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Acuerdo Local 5 de 2004 Junta Administradora Local de Tunjuelito

Fecha de Expedición:
04/09/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3173 de septiembre 8 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ALCALDÍA LOCAL DE TUNJUELITO

Alcaldía Local de Tunjuelito

Septiembre de 2.004

TUNJUELITO SIN INDIFERENCIA: SALUDABLE, PRODUCTIVO E INTEGRADO A LA CIUDAD.

ACUERDO LOCAL 005 DE 2004

(Septiembre 4)

Por el cual se adopta el plan de desarrollo económico, social y de obras para la localidad sexta de Tunjuelito.

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE TUNJUELITO

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en el articulo 324, el Decreto Ley 1421 de 1993 en su articulo 69 numeral 1 y articulo 22 del acuerdo 13 de 2000 y,

CONSIDERANDO:

1. Que la Constitución Política de Colombia establece en su artículo 324 que las Juntas Administradoras Locales, distribuirán y apropiarán las partidas globales que en el presupuesto anual del Distrito se asignen a las localidades, teniendo en cuenta las necesidades básicas insatisfechas de su población sobre las rentas departamentales que se causen en Bogotá, la ley determinará la participación que le corresponda a la Capital de la República. Tal participación no podrá ser superior a la establecida en la fecha de vigencia de esta constitución.

2. Que la Ley 152/94 tiene como propósito establecer los procedimiento y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo, así como la regulación de los demás aspectos contemplados por el art. 342, y en general por el Capitulo II del Titulo XI de la Constitución Política de Colombia y demás normas constitucionales que se refieren al Plan de Desarrollo y la planificación, lo referente a los procesos de planeación en los niveles nacional y territorial.

3. Que el Decreto Ley 1421 de 1993 Art. 69 Atribuciones de las Juntas Administradoras Locales: De conformidad con la Constitución, la ley, los acuerdos del Concejo y los decretos del Alcalde Mayor corresponde a las Juntas Administradoras: Adoptar el plan de Desarrollo Local en concordancia con el Plan General del Desarrollo Económico Social y de Obras Publicas, y el Plan General de Ordenamiento Físico del Distrito, previa audiencia de las organizaciones sociales, cívicas y populares de la localidad.

4. Que en el mismo Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 6 se dan las herramientas para permitir la participación comunitaria, el control social y la adopción del plan de desarrollo, previa audiencia de las organizaciones sociales, cívicas y populares de la localidad.

5. Que mediante decreto 619 de Julio 28 del 2000. Se adopta el Plan de Ordenamiento Territorial para Santa Fe de Bogotá Distrito Capital . en el artículo 8º del Titulo I, trata los objetivos de armonización con los Planes de Desarrollo.

6. Que el Acuerdo 12 de 1994 por el cual se establece el estatuto de planeación del Distrito Capital y se reglamenta la formulación, aprobación, la ejecución y la evaluación del Plan de Desarrollo Económico Social y Obras Públicas del Distrito Capital.

7. Que el Acuerdo 13 de 2000 fija los procedimientos para la elaboración, ejecución y seguimiento del plan de desarrollo local concibiendo objetivos y metas alcanzables determinados y concertados en los encuentros ciudadanos y define un acta de resultados del proceso de encuentros ciudadanos.

8. Que de acuerdo ala Ley 617 de 2000, en su artículo 88, numeral 4 establece la distribución del presupuesto anual del respectivo fondo de desarrollo, previo concepto favorable del CONFIS y de conformidad con los programas y proyectos del plan de desarrollo local, el 80% de las apropiaciones no podrán ser inferior al monto de 2000 salarios mínimos legales y el 20% restante de las apropiaciones no podrán ser inferior al monto de 200 salarios mínimos legales.

9. Que mediante Acuerdo 91 de 2003 se establece el plan de igualdad de oportunidades para la equidad de genero en el Distrito Capital

10. Que mediante Acuerdo 119 de 2004, se adopta el plan de desarrollo social y de obras publicas para el periodo 2005 - 2008 "Bogotá Sin Indiferencia: Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión".

ACUERDA:

I PARTE

PARTE ESTRATEGICA GENERAL

TITULO I.

VISIÓN, MISIÓN, OBJETIVOS DE LA ACCION LOCAL A CORTO Y MEDIANO PLAZO

ARTÍCULO 1º. VISIÓN DE LA LOCALIDAD

Tunjuelito se proyecta como una localidad saludable, moderna, eficiente, productiva, dinámica e incluyente, que fomenta una forma de vida en comunidad, con respeto a la diferencia de genero, gestora de su propio desarrollo humano e integrada a la dinámica de la ciudad y de la región a través del río Tunjuelito, apropiándose de mecanismos participativos que le permita afrontar los retos y oportunidades del milenio.

ARTÍCULO 2. MISIÓN DE LA LOCALIDAD

Generar procesos participativos que incrementen y cualifiquen el sentido de pertenencia y responsabilidad con la localidad, conducentes a la construcción de una comunidad productiva, saludable, incluyente, sostenible, solidaria y que interactúa de forma pacífica, segura y tolerante para mejorar las condiciones de vida de los habitantes de Tunjuelito, apoyado en el compromiso social de una Administración Local Moderna y Eficiente que se integra a la dinámica del distrito y la región.

ARTÍCULO 3º. OBJETIVO GENERAL

Construir colectiva y progresivamente una localidad moderna, humana, saludable, incluyente, solidaria y comprometida con el desarrollo del Estado Social de Derecho, con mujeres y hombres que ejercen su ciudadanía y reconocen su diversidad. Una localidad con una gestión pública integrada, participativa, efectiva y honesta que genera compromiso social y confianza para avanzar en la reconciliación entre sus habitantes y en la garantía de sus derechos humanos. Una localidad integrada con la ciudad y la región, articulada con la Nación y el mundo para crear mejores condiciones y oportunidades para el desarrollo sostenible de las capacidades humanas, la generación de empleo e ingresos y la producción de riqueza colectiva.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

1. Potenciar el desarrollo humano con carácter autónomo, solidario y productivo en la Localidad, para generar acciones efectivas que mejoren la calidad de vida, reduzcan la pobreza y la inequidad, de todos y todas, con prioridad en las personas, grupos y comunidades en situación de pobreza y vulnerabilidad.

2. Articular procesos colectivos a una localidad moderna y humana incluyente, solidaria y comprometida para generar un tejido social, donde se respeten y valoren los derechos colectivos y humanos.

3. Fortalecer y consolidar los procesos de formación y participación ciudadana a través de campañas de difusión, capacitación, sensibilización, e implementación de procesos concertados, vía la negociación, la resolución pacifica de los conflictos, la convivencia en armonía con la ley, la autorregulación ética de comportamientos para lograr una localidad construida colectivamente, justa y altamente productiva, con un acumulado de conocimiento que nos permita ser constructores y ejecutores de nuestro propio destino.

ARTÍCULO 4. PRINCIPIOS

1. Solidaridad

Tener sentido de las otras y de los otros. Se expresa en el compromiso del Estado y de la sociedad para superar la adversidad, privilegiando a las personas que se encuentran en situación de pobreza y vulnerabilidad. Es un valor esencial para la convivencia.

2. Autonomía

Reconocer la dignidad de la condición humana para favorecer el ejercicio de la libertad y promover la autodeterminación individual y colectiva.

3. Diversidad

Reconocer y reasignar valor a las diferencias étnicas, de géneros, generacionales y culturales.

4. Equidad

Promover la igualdad de oportunidades mediante políticas progresivas de redistribución, con prioridad en las poblaciones que están en mayores condiciones de pobreza y vulnerabilidad.

5. Participación

Involucrar la participación de ciudadanos y ciudadanas en la toma de decisiones públicas, y promover el fortalecimiento de las organizaciones sociales y la construcción de capital social.

6. Probidad

Actuar con rectitud en el ejercicio de lo público y en la administración y manejo de los recursos públicos, fortaleciendo los mecanismos de rendición de cuentas, veeduría y control ciudadano, para garantizar la mayor cercanía de quienes habitan la ciudad a las acciones y resultados de la gestión del Estado.

TITULO II

ESTRUCTURA DEL PLAN DE DESARROLLO

El Plan de Desarrollo Local "Tunjuelito Sin Indiferencia: Saludable, productivo e integrado a la ciudad" fue diseñado en armonía con el Plan de Desarrollo Distrital Acuerdo 119 de 2004, el plan de ordenamiento territorial POT Decreto 619 de 2000, las estrategias y programas resultantes de los encuentros ciudadanos locales, el diagnóstico integral del plan de desarrollo local vigente, los planes y políticas Distritales. Este se articula en Ejes, Programas, Políticas, Estrategias, metas y un plan de inversión plurianual, en su parte estratégica.

ARTÍCULO 5. EJES ESTRUCTURALES DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL

El plan de desarrollo local "Tunjuelito Sin Indiferencia: Saludable, productivo e integrado a la ciudad", se estructura sobre tres Ejes y un Objetivo:

· Eje Social

· Eje Urbano Regional

· Eje de Reconciliación

· Objetivo Gestión Pública Humana

CAPITULO 1

EJE SOCIAL

ARTÍCULO 6º. OBJETIVO DEL EJE SOCIAL

Contribuir al desarrollo de los derechos económicos, sociales y culturales, con el propósito de mejorar las condiciones de vida priorizando grupos y comunidades en situación de pobreza y vulnerabilidad, de forma que se propicie el desarrollo de sus capacidades y su inclusión social.

ARTÍCULO 7. ESTRATEGIAS DEL EJE SOCIAL

1. Apoyar y gestionar programas encaminados a garantizar el derecho fundamental a la alimentación, para los habitantes de la localidad de Tunjuelito en condiciones de pobreza y vulnerabilidad.

2. Promover programas que posibiliten el acceso a servicios sociales como la educación y la salud en la localidad con énfasis en la población vulnerable de Tunjuelito.

3. Estimular y potenciar las capacidades y el talento de las personas mediante condiciones de formación para el trabajo y generación de empleo, por medio de la inversión pública y alianzas con el sector privado y el fomento de formas asociativas y comunitarias de la localidad.

4. Fortalecer la apropiación de la localidad de Tunjuelito por sus habitantes, entendiéndola como una escuela permanente de aprendizaje artístico cultural ecológico y social, mediante el acceso a las distintas manifestaciones y actividades de la vida urbana local.

ARTÍCULO 8. PROGRAMAS DEL EJE SOCIAL

1. Bogotá sin hambre.

Se emprenderán acciones para que la población pobre y vulnerable acceda a los alimentos con equidad entre genero, generaciones y etnias:

· Fortalecimiento alimenticio y nutricional a través de los suplementos, de los comedores infantiles (población escolarizada).

· Apoyo a los programas distritales de Banco de Alimentos, en coordinación con la empresa privada.

· Apoyo a educación nutricional y alimentaría para la población vulnerable y pobre de la localidad (niños y niñas, adulto mayor, madres cabeza de familia, discapacitados, habitantes de la calle, desplazados, madres adolescentes gestantes o lactantes).

· Apoyo, fortalecimiento y continuidad de los programas de nutrición local (Comedores comunitarios) a través del bono alimenticio para población vulnerable (madres cabeza de hogar, madres lactantes, madres comunitarias, adolescentes gestantes, adulto mayor, menores de 5 años, HOBIS, desplazados y personas en situación de discapacidad).

· Capacitación en hábitos alimenticios saludables para mujeres cabeza de familia y adulto mayor.

2. Más y mejor Educación para todos y todas

Ofrecerá y orientara la educación, bajo los criterios de disponibilidad, acceso, permanencia y pertinencia de programas tendientes a mejorar la educación publica.

· Dotación de herramientas pedagógicas a las IED con elementos básicos y medios educativos.

· Promoción e inclusión social a población con necesidades educativas especiales y continuidad del Plan de atención integral a estudiantes?.

· Apoyo a programas de educación técnica y media técnica, así, como capacitación técnica no formal que tengan en cuenta las necesidades de la comunidad y el sector productivo.

· Ampliación, mejoramiento y dotación de infraestructura a las instituciones educativas de la localidad.

3. Salud para la vida digna

Se realizarán intervenciones y acciones que contribuyan a mejorar las condiciones de vida, las capacidades y las opciones de las personas y las familias para lograr comunidades y hábitats saludables y apoyara la promoción de la universalización progresiva de la atención integral en salud.

· Capacitación a gestores para la promoción de la salud sexual y reproductiva, a través de talleres entre padres e hijos y con educadores profesionales desde la primera etapa de vida.

· Promoción de acciones integrales en salud preventiva y apoyo al fortalecimiento de la salud pública en lo local para población en situación de discapacidad.

· Promoción de hábitos saludables para población vulnerable, especialmente tercera edad, discapacitados y personas con enfermedades mentales.

· Promoción de acciones de apoyo a la gestión de la atención primaria en salud con enfoque familiar y comunitario

4. Restablecimiento de derechos e inclusión social

Brindará especial atención a las poblaciones cuyos derechos han sido vulnerados

mediante acciones de protección, en especial a las víctimas de violencia intrafamiliar y sexual y acciones para su prevención y atención.

· Dotación a centros de atención comunitaria.

· Promoción de acciones integrales para la prevención del maltrato físico e infantil.

· Promoción pedagógica para la prevención del consumo de sustancias psicoactivas.

5. Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo

Gestionará oportunidades de formación integral y de generación de empleo e ingresos y compromisos con el sector privado que posibiliten el desarrollo pleno de los talentos y capacidades de las personas, así como la generación de condiciones para la inclusión económica, productiva y social de las poblaciones en mayor condición de vulnerabilidad, y para la formalización del trabajo y las actividades económicas.

· Articulación de la educación media técnica oficial con los programas de educación formal en los niveles superior, técnico, tecnológico y profesional con apoyo e incentivo a bachilleres de escasos recursos con excelencia académica.

· Implementación de procesos de capacitación productiva y fortalecimiento técnico de proyectos productivos dirigido a comerciantes y microempresarios de la localidad .

· Inclusión de Adultos mayores de la localidad en proyectos productivos de carácter asociativo.

· Vinculación de la población discapacitada en procesos de inserción laboral.

6. Cultura para la inclusión social

Fomentará acciones dirigidas a promover el desarrollo cultural y artístico de la localidad, mediante la formación formal e informal, y el acceso a bienes y servicios culturales.

· Promoción pedagógica de expresiones artísticas y culturales para la niñez de la localidad.

· Apoyo a la circulación? del arte mediante la promoción de eventos culturales en la localidad, en los diferentes espacios públicos.

· Fomento a la investigación local que permita identificar los consumos y ofertas artísticos culturales locales.

· Promoción de las prácticas artísticas y la circulación de los productos culturales de la localidad.

· Vinculación en procesos culturales de la población vulnerable de la localidad.

7. Recreación y deporte para todos y todas

Promoverá la masificación de las prácticas y actividades deportivas de tipo recreativo y competitivo que fomenten y desarrollen, a través del contacto y reconocimiento de las diferencias, una cultura de solidaridad y convivencia.

· Promoción de la practica deportiva a traves de la realización de eventos en la localidad.

· Fortalecimiento de la actividad deportiva y recreativa de la localidad a través de la capacitación para deportistas y la dotación de infraestructura local.

· Articulación de procesos deportivos y recreativos de la localidad, mediante la Implementación de escuelas y clubes con realización de eventos recreativos y deportivos en todas las disciplinas y categorías para todos los grupos poblacionales.

ARTÍCULO 9. METAS DEL EJE SOCIAL.

CAPITULO 2.

EJE URBANO REGIONAL

ARTÍCULO 10. OBJETIVO DEL EJE URBANO REGIONAL

Avanzar en la conformación de una localidad de las hombres y mujeres y para las hombres y mujeres, con un entorno humano que promueva el ejercicio de los derechos colectivos y la equidad. Una localidad moderna, ambiental y socialmente sostenible, integrada en el territorio y participativa en su desarrollo.

ARTÍCULO 11. POLÍTICAS DEL EJE URBANO REGIONAL

1. Hábitat

El hábitat será un referente de identidad para las comunidades y un criterio rector para el ordenamiento del territorio dando prioridad a las zonas en condición de pobreza, riesgo y vulnerabilidad.

2. Localidad - Región

La localidad se articulará hacia lo Distrital, regional y nacional, con proyección internacional, bajo criterios de reciprocidad y cooperación reconociendo la autonomía y la diversidad para la promoción del desarrollo sostenible.

3. Sostenibilidad ambiental

La protección y preservación del ambiente será una construcción colectiva para asegurar la distribución equitativa de los beneficios ambientales, procurar la calidad ambiental necesaria para la salud, el bienestar y la productividad y asegurar las áreas de sustento para la sostenibilidad de la localidad y la región.

ARTÍCULO 12. ESTRATEGIAS DEL EJE URBANO REGIONAL

1. Fortalecer los procesos de uso y ocupación del territorio y la coordinación de la acción local para lograr que el suelo cumpla con su función social y ecológica

2. Consolidación del espacio público a través de acciones relacionadas con sostenibilidad, defensa, pertenencia, disfrute y uso del mismo, teniendo en cuenta las prioridades de inversión y el Plan Maestro de Espacio Público.

3. Articulación, coordinación y fortalecimiento de los diferentes agentes políticos e institucionales, públicos y privados mediante la Planeación Local, para lograr la unidad de acción y mejorar la gestión y el control de las actuaciones públicas y privadas.

ARTÍCULO 13. PROGRAMAS DEL EJE URBANO REGIONAL

1. Hábitat desde los barrios y las UPZ

Favorecerá el desarrollo humano, en el entorno más inmediato de las hombres y mujeres, que le permita a la comunidad la construcción, uso y disfrute de su territorio, en condiciones de amabilidad, dignidad y seguridad, mediante el mejoramiento de barrios y promover respeto, aprecio y orgullo en la localidad.

· Coordinación entre instituciones y comunidad en general para Adecuación, mantenimiento y reconstrucción de malla vial y espacio publico de la localidad.

· Promoción de la prevención y el control de riesgo vehicular en la localidad.

2. Sostenibilidad Urbano- rural

Buscará consolidar el patrimonio natural y garantizar la calidad ambiental que permita alcanzar un mayor bienestar de las actuales y las futuras generaciones. Reconocerá la relevancia del ámbito rural y desarrollará su complementariedad con el urbano, en términos de sostenibilidad ambiental y social, productividad, gobernabilidad e integración Distrital y regional.

· Capacitación integral para el manejo de residuos sólidos.

· Recuperación y manejo ambiental de canteras con la creación del parque ecoeficiente y el sistema de información del parque minero industrial.

· Mitigación del riesgo medioambiental en la cuenca del río Tunjuelito.

· Fomento a la educación ambiental para el manejo racional de la cuenca del río Tunjuelito.

· Armonización del manejo de la cuenca del río Tunjuelito.

3. Bogotá Productiva

Para propiciar un entorno productivo en condiciones de igualdad de oportunidades, se promoverán la formación del talento humano. Se adelantarán acciones que generen valor agregado en todas las actividades a través de procesos asociativos.

· Apoyo a proyectos de empresas asociativas de la localidad.

ARTÍCULO 14. METAS DEL EJE URBANO REGIONAL

CAPITULO 3

EJE DE RECONCILIACIÓN

ARTÍCULO 15. OBJETIVO DEL EJE DE RECONCILIACIÓN

Desarrollar una institucionalidad pública y una organización ciudadana que propicie y dinamice una cultura de la solidaridad, la inclusión, la participación, el control social, la responsabilidad y corresponsabilidad, el respeto a la vida y la resistencia civil contra la violencia, de tal manera que la acción ciudadana y la gestión pública sean impulso y escuela para la reconciliación de los habitantes de la localidad.

ARTÍCULO 16. POLÍTICAS DEL EJE DE RECONCILIACIÓN

1. Derechos Humanos y Cultura de convivencia

Se desarrollara programas para promover la cultura de paz, de no violencia, de solidaridad y de respeto integral a los Derechos Humanos con el reconocimiento de la diversidad y las diferencias.

2. Seguridad

Se apoyaran programas tendientes a la prevención y el control a la violencia y la delincuencia y la conservación del orden público en la ciudad en el marco del respeto a los derechos fundamentales.

3. Participación

Se promoverá y consolidará un Sistema local de Participación efectiva que propicie su ejercicio y el control social a la gestión pública.

4. Prevención de riesgos y atención de emergencias

Se fortalecerá la capacidad de la localidad para brindar respuesta oportuna y efectiva a emergencias producidas por eventos de origen natural y antrópico.

5. Inclusión económica

Se integrarán actividades como las ventas ambulantes, el reciclaje y el transporte no motorizado, a los procesos, servicios, canales y mercados de la economía de la ciudad.

ARTÍCULO 17. ESTRATEGIAS DEL EJE DE RECONCILIACIÓN

1. Contribución a la consolidación de relaciones sociales solidarias, pacíficas y de respeto a la convivencia en las comunidades mediante apoyo a programas de prevención y atención temprana de situaciones conflictivas.

2. Desarrollo de la democracia participativa mediante el fortalecimiento de espacios de deliberación, el acceso ciudadano a información, capacitación y organización que promueva el control social.

3. Coordinación y gestión interinstitucional para atender los asuntos de emergencias, Policía y orden público.

ARTÍCULO 18. PROGRAMAS DEL EJE DE RECONCILIACIÓN

1. Gestión pacífica de conflictos

Generará y consolidará en la comunidad una cultura que promueva la utilización de mecanismos pacíficos para la resolución de los conflictos, como forma de acceder a una localidad más amable y solidaria, que propenda por el respeto y garantía de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

2. Derechos Humanos para todas y todos

Apoyara programas integrales que garanticen el respeto, la protección y la vigencia de los derechos humanos, en la perspectiva de la exigibilidad progresiva de los mismos dando especial tratamiento a familias, grupos étnicos y población en condición de desplazamiento.

· Atención a población desplazada en coordinación con entidades Distritales.

· Capacitación en Derechos humanos a las familias de la localidad.

3. Bogotá, menos vulnerable ante eventos críticos

Desarrollará la organización, los procesos, los instrumentos y una cultura de la prevención para fortalecer las capacidades de la localidad en la atención de emergencias de origen natural o antrópico.

· Implementación de una estrategia formativa e informativa en torno a la gestión del riesgo.

· Fortalecimiento del Comité Local de Emergencias.

4. Participación para la decisión

Realizará acciones de suministro de información y fortalecimiento a las organizaciones locales, para que los ciudadanos y ciudadanas, participen en la toma de decisiones públicas que los afecten.

· Apoyo y fortalecimiento al Consejo Local de Juventud.

· Capacitación en formación política y control social en el marco de la escuela de gestión.

5. Inclusión económica y Desarrollo Empresarial Sectorial

Este programa se encaminará a la generación de empleo sostenible en el tiempo, incorporando el componente de asociatividad y al crecimiento de las economías locales enfocado a vendedores ambulantes.

· Promoción del uso racional de espacio público con estrategias de productividad.

ARTÍCULO 19. METAS DEL EJE DE RECONCILIACIÓN

TITULO III

OBJETIVO DE GESTIÓN PÚBLICA

CAPITULO 1

GESTION PÚBLICA HUMANA, SOSTENIBLE Y EFICAZ.

ARTÍCULO 20. OBJETIVO DE LA GESTIÓN PÚBLICA HUMANA.

Fortalecer la gestión institucional haciéndola humana y eficaz para garantizar la materialización y el respeto de los derechos constitucionales y legales de sus gentes, como condición fundamental para el logro de "Tunjuelito Sin Indiferencia: Saludable, productivo e integrado a la Ciudad".

La Administración Local se ha fijado como objetivo institucional fortalecer y desarrollar la organización Local, considerando que la institucionalidad existente debe adecuarse y prepararse para avanzar decididamente hacia la modernización, generando mecanismos para la inclusión social y la satisfacción progresiva de los derechos, así como la integración urbano-regional, la reconciliación, la convivencia ciudadana, la participación y la seguridad de la localidad.

ARTÍCULO 21. POLÍTICAS PARA UNA GESTIÓN PÚBLICA HUMANA.

La Institucionalidad pública debe transformarse y desarrollarse en el marco de la descentralización y desconcentración, siendo concordante con la creciente demanda de la localidad de atención humana y eficiente.

1. Servicio oportuno y adecuado a los ciudadanos y las ciudadanas, buscando un mayor acercamiento y una interacción mas abierta, transparente e incluyente de la Administración con toda la comunidad.

2. Los programas y acciones de la Administración local se realizarán dentro de un modelo de gestión ágil, transparente y moderna que convoque y logre la solidaridad de agentes organizados de la localidad.

3. La información disponible, oportuna y veraz será un soporte fundamental para la rendición de cuentas y el control social. La comunicación será el fundamento para la participación y para el fortalecimiento de la institucionalidad y la legitimidad de la administración.

ARTÍCULO 22. ESTRATEGIAS PARA UNA GESTIÓN PÚBLICA HUMANA

1. Mejoramiento del Servicio de atención a la ciudadanía con énfasis en los grupos más vulnerables.

2. Promoción de la comunicación como base de la participación ciudadana y el fortalecimiento institucional.

3. Articulación de mecanismos que consoliden la descentralización a través de la cofinanciación de programas y la integración con otras localidades.

ARTÍCULO 23. PROGRAMAS DE GESTIÓN PÚBLICA HUMANA.

1. Administración Moderna y Humana

Fortalecer la adecuación y preparación de la institucionalidad para atender, contribuir a las necesidades y los retos de la política social, la integración urbano-regional, la reconciliación y la participación.

2. Localidades modernas y eficaces

Realizará acciones de modernización técnica, administrativa e informática en la localidad para promover el acercamiento a la ciudadanía, la agilización y simplificación de los procesos y trámites, así como una mayor participación y control social para la gobernabilidad estable de la localidad

3. Bogotá transparente y efectiva

Desarrollará un conjunto de proyectos y acciones dirigidos a fortalecer la capacidad institucional local para el cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo mediante el diseño y aplicación de un amplio proceso de autorregulación institucional y de evaluaciones integrales a sectores estratégicos de la ciudad para garantizar la transparencia y enfrentar la corrupción.

4. Comunicación para la solidaridad

Fomentará canales de interacción y comunicación para la construcción de ciudadanía y fortalecerá la cultura organizacional, el sentido de pertenencia y el compromiso de los servidores públicos.

ARTÍCULO 24. METAS DE LA GESTION PUBLICA HUMANA.

CAPITULO 2

PROCESOS DE COORDINACION

ARTÍCULO 25. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Y LOCAL.

La coordinación interinstitucional será un mecanismo fundamental para la ejecución de este Plan y permitirá incorporar en las acciones locales un alto componente de participación ciudadana.

Ella se logrará en lo fundamental, a través de los tres ejes de este plan, el cual es transversal a todas y cada una de las acciones que se desarrollarán para garantizar, entre otras, la adecuada realización, seguimiento y evaluación del Plan, Planeación, Participación e Información y la debida coordinación y articulación para el logro de las metas.

ARTÍCULO 26. MECANISMOS DE COORDINACIÓN CON OTROS NIVELES DE GOBIERNO.

El logro de resultados del Plan depende de la acción coordinada y concertada de las entidades del Distrito en la localidad.

TITULO IV

PROYECTOS PRIORITARIOS

ARTÍCULO 27. PROYECTOS PRIORITARIOS

El plan de desarrollo de Tunjuelito Sin indiferencia: Saludable, Productivo e integrado a la Ciudad contempla los siguientes proyectos prioritarios

1. Fortalecimiento a la nutrición

Su objetivo tiende a garantizar el derecho fundamental a la alimentación y su conexión directa con el derecho a la vida, mejorando los estándares de vida de la población más pobre y vulnerable de la localidad.

2. Sistema vial local

Su objetivo general es recuperar la malla vial de la localidad. El deterioro causado por la falta de mantenimiento en algunos casos y por el incremento del flujo de vehículos pesado (carga y servicio público) por las vías secundarias de la localidad. Recuperar la malla vial favorece la movilidad, entendida esta como el flujo de mercancías y pasajeros. El Sistema de Transmilenio incide en el aumento del flujo vehicular en las vías internas.

3. Fortalecimiento al sistema cultural y recreo-deportivo de la localidad

El proyecto busca crear identidad local con el fin de garantizar la vinculación a la vida cultural y social de nuestra comunidad. y generar una ética de convivencia pacífica, para ello será necesario vincular a todas las organizaciones de la comunidad que pertenecen a la localidad en procesos culturales que les permita interactuar con el medio de una forma más amplia.

De igual manera el sector de recreación y deporte han generado propuestas para la utilización del tiempo libre y la cualificación recreo-deportiva. De esta forma se pretende aumentar los niveles de solidaridad y convivencia ciudadana para integrar el valor de seguridad en la dinámica local

3. Apoyar procesos en educación y salud.

Busca hacer eficientes los procesos de educación y salud tendientes a mejorar las condiciones de vida en la localidad, especialmente de la población vulnerable, en los diferentes niveles como capacitación en educación formal y no formal, hábitos saludables, difusión, promoción y prevención en salud integral.

II PARTE

PLAN DE INVERSIONES

TITULO I

ARTÍCULO 28. PROYECCION DE RECURSOS FINANCIEROS:

El plan de inversiones de "Tunjuelito sin Indiferencia: Saludable, Productivo e integrado a la ciudad" asciende a $30.882.985.948 para el cuatrienio, cuyas fuentes son los ingresos corrientes en cuantía de $99.484.000 para el cuatrienio y las transferencias del nivel central del Distrito, con un valor de $30.783.501.948 tal como se puede observar en el cuadro 1 de los anexos.

ARTÍCULO 29. DESCRIPCION DE LOS PROGRAMAS CON INDICACION DE OBJETIVOS Y METAS LOCALES

El plan de desarrollo "Tunjuelito sin Indiferencia: Saludable, Productivo e integrado a la ciudad" contempla tres ejes y un objetivo del plan de desarrollo "BOGOTA SIN INDIFERENCIA: Un Compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión" y 19 programas los cuales son concordantes con el plan del Distrito y 67 metas locales, en el cuadro 2 de los anexos, se describen los objetivos y las metas locales.

ARTÍCULO 30. PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL - PRESUPUESTOS PLURIANUALES

El Plan plurianual de inversiones estará conformado por:

1. Presupuesto plurianual de los programas

2. Presupuesto plurianual de los Proyectos Prioritarios

El 100 % del plan plurianual de inversiones del Plan de Desarrollo Local será el resultado de la suma de los cuatro presupuestos plurianuales y se debe hacer referencia en este articulo a las cifras del cuadro 3 de los anexos.

ARTÍCULO 31. PRESUPUESTO PLURIANUAL POR PROGRAMAS

En el cuadro 4 de los anexos, se muestra el presupuesto por programas y objetivos para el cuatrienio teniendo en cuenta lo priorizado en los encuentros ciudadanos.

ARTÍCULO 32. PRESUPUESTO PLURIANUAL POR PROYECTO PRIORITARIOS

Corresponde al costeo de los programas que componen los proyectos prioritarios. Ver cuadro 5 de los anexos.

ARTÍCULO 33. FINANCIACION DEL PLAN

La financiación del plan de desarrollo local son los ingresos corrientes cuya cuantía es de $99 millones de pesos y las transferencias del nivel central del Distrito, con un valor de $30.784 millones de pesos. Por un gran total de $30883 millones en pesos del 2.004.

ARTÍCULO 34. COFINANCIACIÓN Y PARTICIPACIÓN LOCAL

La inversión en las localidades se optimizará a través de esquemas de cofinanciación entre el gobierno distrital y los gobiernos locales en los cuales se potencializarán los recursos de los Fondos de Desarrollo Local como contrapartidas en proyectos de gran impacto social y consecuentes con la coherencia entre la planeación local y distrital.

Se fomentará la vinculación y participación activa del sector privado en la realización de proyectos, especialmente de aquellos que generen impacto en las zonas donde tiene presencia o participación económica, y que contribuyan al desarrollo y la generación de empleo.

Se utilizarán la complementariedad, la subsidiariedad y la concurrencia de las localidades y las entidades sectoriales de la Administración Distrital para la provisión de bienes y servicios destinados a poblaciones en condiciones especiales o de vulnerabilidad.

Para ejecutar proyectos de impacto en áreas de influencia común a dos o más localidades o de localidades con necesidades afines, se promoverá la celebración de convenios que permitan obtener ahorros a escala.

Se ajustará el modelo de asignación de recursos a las localidades a partir de criterios de eficiencia y equidad.

ARTÍCULO 35. MECANISMOS DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL PREVISTOS PARA SU EJECUCIÓN

La coordinación interinstitucional prevista por la localidad se basa en el principio de la complementariedad de acciones y de recursos entre la administración local y los niveles central y descentralizado del Distrito, Nacional e Internacional con el objeto de potenciar esfuerzos, manejar con mayor eficiencia los recursos disponibles y obtener acciones de gran impacto para beneficio de la población; para ello se trabajara coordinadamente a través de un comité interinstitucional conformado por los representantes de la administración Distrital (central y descentralizado), Nacional e internacional y los responsables de la administración local, con el fin de programar adecuadamente la ejecución del plan.

ARTÍCULO 36. EJECUCIÓN

Los recursos disponibles para la ejecución del plan de inversiones depederán de las estrategias de financiamiento. En el evento que los ingresos proyectados no alcancen los niveles aquí señalados, la localidad ajustará el plan a los recursos disponibles a traves de los presupuestos anuales.

ARTÍCULO 37. EVALUACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL

El Alcalde Local y la JAL, a través del Área de Planeación Local efectuarán la evaluación de gestión y resultados alcanzados en la ejecución del Plan de Desarrollo Local, de acuerdo con los lineamientos del Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

Con el fin de asegurar la real ejecución de los proyectos se deberá aplicar como criterio la necesidad de dar continuidad a aquellos que se vengan ejecutando y que requieran, para su culminación, recursos por más de una vigencia.

De acuerdo con el Decreto Ley 1421 de 1993 en su Artículo 69. numeral 4 precisa : "No se podrán hacer apropiaciones para la iniciación de nuevas obras mientras no estén terminadas las que se hubieren iniciado en la respectiva localidad para el mismo servicio". Los proyectos deberán surtir todos los requisitos exigidos por parte del Banco de Programas y Proyectos Local.

Lo anteriormente mencionado se refiere a que cada uno de estos proyectos deberá contar con su debida formulación que incluya los aspectos técnicos, económicos, financieros, ambientales y sociales para oficializar su registro ante el Banco de Programas y Proyectos Local y continuar su ejecución.

ARTÍCULO 38. VIGENCIA

El presente Acuerdo Local rige a partir del 1 de Enero de 2005, previa publicación y deroga, modifica o suspende las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C. a los cuatro (04) días del mes de septiembre de año dos mil cuatro (2004).

ARGEMIRO RAMÍREZ MENDIVELSO

Presidente Junta Administradora Local

FRANKLIN A. RODRÍGUEZ C.

Secretario Junta Administradora Local

Sancionado hoy ocho (08) de septiembre del año dos mil cuatro (2004).

MARTÍN EMILIO RODRÍGUEZ CÁRDENAS

Alcalde Local de Tunjuelito

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3173 de septiembre 8 de 2004.