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Decreto Local 7 de 2004 Alcaldía Local de Sumapaz

Fecha de Expedición:
03/09/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3178 de septiembre 15 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PLAN DE DESARROLLO LOCAL

PLAN DE DESARROLLO LOCAL

2005 . 2008

"SUMAPAZ: SIN INDIFERENCIA, HUMANA Y RURAL

ALCALDÍA LOCAL DE SUMAPAZ

DECRETO LOCAL 007 DE 2004

(Septiembre 3)

"Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para la Localidad 20 de Sumapaz D.C.".

EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES,

y en especial las señaladas en el Decreto 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

1. Que el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas 2005 - 2008 "Sumapaz: sin indiferencia humana y rural" fue construido con la participación de las ciudadanas y los ciudadanos de Sumapaz, que apoyaron este proceso de manera activa y propositiva en los encuentros ciudadanos, con el acompañamiento y apoyo del Consejo de Planeación Local y la Alcaldía Local. Busca consolidar una comunidad comprometida con el desarrollo a escala humana, que representa un compromiso con el bienestar social, el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes, el respeto a su cultura, la dotación de espacios adecuados para recreación, hacer un uso sostenible de los recursos naturales así como el reestablecer de la gobernabilidad local.

2. Que Sumapaz, la localidad rural de Bogotá, es un territorio de 75.788 hectáreas, que equivalen al 42.6% del territorio del Distrito Capital, de esta extensión, el 45.6% pertenece al PNN de Sumapaz, implicando que la Localidad ubicada en el páramo más extenso del mundo, deberá atender sus condiciones de ruralidad, de ecosistema estratégico y de conservación de el recurso hídrico, el aire y biodiversidad de los siete millones de habitantes de la cuidad de Bogotá.

3. Que la mayor inversión del Plan de Desarrollo de Bogotá, D.C. "Bogotá 2005 . 2008 sin indiferencia un compromiso social contra la pobreza y la exclusión" ", está en el Eje Social, de ahí que el mayor porcentaje de las inversiones de los planes locales estará destinado al mismo. La Dirección Administrativa Local de Sumapaz, asume que el desarrollo del Distrito Capital esta en función del cumplimiento del Plan de Desarrollo Distrital, en donde las localidades mediante sus planes fortalecen el compromiso de cumplimiento. Referente a la localidad del Sumapaz, pese a que compartimos el propósito central del Alcalde Mayor, el Plan de Desarrollo tiene el mayor porcentaje de inversión en el eje urbano regional, de acuerdo a los siguientes puntos, dadas sus condiciones naturales y de ruralidad:

· Que la Localidad de Sumapaz posee el territorio más extenso de todas las demás localidades que conforman el Distrito Capital. La parte más cercana de la localidad frente al área urbana dista aproximadamente dos horas y la más distante a siete horas por carretera recebada.

· Que al mismo tiempo, la Localidad de Sumapaz cuenta con el menor número de habitantes en comparación con las demás localidades,

· Que la población de Sumapaz no sufre de problemas sociales como la miseria, la indigencia, la prostitución y la delincuencia común,

· Que dadas las condiciones del territorio de la Localidad en términos de su extensión y topografía, el mantenimiento y mejoramiento de la infraestructura vial, de las redes de servicios públicos domiciliarios resultan un aporte significativo y pertinente al mejoramiento de la calidad de vida y de las condiciones sociales de los habitantes de la Localidad.

· Que el mantenimiento de las vías, infraestructura de acueducto, alcantarillado, salones comunales, colegios, hospitales y áreas de recreación demandan altos costos en maquinaria, materiales, mano de obra y combustible y sin el buen estado de estos es imposible desarrollar la cultura, salud, deportes, educación y planes de Bienestar Social en la localidad.

Y teniendo en cuenta que:

1. No hay ediles en la localidad de Sumapaz ya que en el pasado proceso electoral no se presentaron listas para la Junta Administradora Local.

2. La Secretaría de Gobierno emitió un Concepto Jurídico RAD 3-2004-18526 que fue radicado con el número 831 en la Alcaldía Local el día 13 de Julio del 2004, según el cual se recomienda "acoger el procedimiento aplicado para los Planes de Desarrollo que siendo presentados a la respectiva Corporación no son aprobados por la misma, caso en los cuales los Alcaldes los adoptan por Decreto".

3. En la Localidad de Sumapaz la Administración está fundamentada en la participación de la ciudadanía, en el control y seguimiento de la inversión Local.

4. Las decisiones de los encuentros ciudadanos de la localidad, fueron incorporadas al Plan de Desarrollo Local en el 97%, según informe del estudio de la Secretaria de Gobierno, legitimando así el Plan de Desarrollo que se Decreta.

5. Mediante diferentes instrumentos de participación ciudadana, comisiones y el Consejo de Planeación Local, la población de la localidad 20 de Sumapaz propuso, analizó y estructuró el Plan de Desarrollo Local 2005-2008 junto con la Alcaldía Local "Sumapaz Sin Indiferencia Humana y Rural".

DECRETA

I PARTE

PARTE ESTRATÉGICA GENERAL

TITULO I

VISIÓN, OBJETIVOS DE LA ACCIÓN LOCAL A CORTO Y MEDIANO PLAZO

ARTICULO 1º. VISIÓN DE LA LOCALIDAD

La Localidad de Sumapaz deberá constituirse en un escenario de dialogo y entendimiento que permita el constante fortalecimiento de los lazos de unidad y amistad entre sus habitantes, en el que estos puedan mejorar sus condiciones de vida a partir de la defensa comprometida de las riquezas ambientales que el páramo les brinda, de tal forma que las nuevas generaciones puedan disfrutarlas y hacerlas parte de su identidad rural y de esta manera, asegurar su adecuado uso y aprovechamiento. Soñamos con una Bogotá urbana capaz de aceptar y entender su territorio rural, de concebirlo, acogerlo y valorarlo en toda su plenitud debido a su invaluable riqueza natural y herencia histórica.

ARTICULO 2º. MISIÓN DE LA LOCALIDAD

Contribuir al cumplimiento de los objetivos de la Administración Distrital a través de la realización de acciones fundamentales para la localidad tales como el fortalecimiento de la Gobernabilidad, la protección y conservación del ecosistema de páramo, el mejoramiento de la calidad de vida de las familias de la localidad y el mayor acercamiento entre la administración y las organizaciones y comunidades locales, de tal manera que se consolide un ambiente de solidaridad, convivencia, tranquilidad armoniosa y democrática, transparencia y colaboración en la gestión de lo público local en el que prime el respeto absoluto y permanente por los Derechos Humanos y la búsqueda de mayores niveles de desarrollo humano y sustentable para sus habitantes y el territorio.

ARTICULO 3º. OBJETIVO GENERAL

El plan de desarrollo local busca avanzar hacia una localidad construida por todos, incluyente y solidaria, donde aprendamos a vivir armoniosamente y se impulse el desarrollo humano y productivo con énfasis en la sostenibilidad ambiental y social, que permita avanzar en la construcción colectiva de una localidad ambientalmente sostenible, humana, incluyente, solidaria y comprometida con el desarrollo del Estado Social de Derecho, con mujeres y hombres que ejercen su ciudadanía y reconocen su diversidad y que trabajen conjuntamente para hacer más visible a la localidad ante el Distrito, de tal manera que se reconozca su valor como Ecosistema Estratégico y espacio humano vital y desde allí, se articule local y regionalmente.

ARTICULO 4º. PRINCIPIOS.

Las normas fundamentales que rigen el pensamiento y la conducta de la administración son:

1. Solidaridad

Tener sentido de las otras y de los otros. Se expresa en el compromiso del Estado y de la sociedad para superar la adversidad, privilegiando a las personas que se encuentran en situación de pobreza y vulnerabilidad. Es un valor esencial para la convivencia.

2. Autonomía

Reconocer la dignidad de la condición humana para favorecer el ejercicio de la libertad y promover la autodeterminación individual y colectiva.

3. Diversidad

Reconocer y reasignar valor a las diferencias étnicas, de géneros, generacionales y culturales.

4. Equidad

Promover la igualdad de oportunidades mediante políticas progresivas de redistribución, con prioridad en las poblaciones que están en mayores condiciones de pobreza y vulnerabilidad.

5. Participación

Involucrar la participación de ciudadanos y ciudadanas en la toma de decisiones públicas, y promover el fortalecimiento de las organizaciones sociales y la construcción de capital social.

6. Probidad

Actuar con rectitud en el ejercicio de lo público y en la administración y manejar los recursos públicos fortaleciendo los mecanismos de rendición de cuentas, veeduría y control ciudadano, para garantizar la mayor cercanía de quienes habitan la localidad a las acciones y resultados de la gestión del Estado.

ARTICULO 5º. POLÍTICAS GENERALES DEL PLAN DE DESARROLLO.

Las orientaciones o directrices que regirán la actuación pública son:

1. Intervención social integral

La acción pública se orientará a la intervención social articulada e integral para atender en forma simultánea las carencias de los grupos humanos y las necesidades de las comunidades con perspectivas de género, ciclo vital, situación socio-económica y habitabilidad del territorio.

2. Integración social

La gestión pública estimulará la integración social de la localidad y el desarrollo de las capacidades de los ciudadanos y las ciudadanas, la autogestión y la vinculación del sector privado y del tercer sector en las responsabilidades colectivas.

3. Intervención para la equidad

El gobierno intervendrá para garantizar la redistribución de los beneficios económicos y enfrentar de forma integral la pobreza, la exclusión y la inequidad.

4. Prevalencia de los derechos de las niñas y los niños

Los derechos de las niñas y los niños tienen prioridad sobre los derechos de los demás y sobre todas las normas y consideraciones cuando ellas impidan su garantía o satisfacción. Las instituciones distritales y la sociedad concurrirán para garantizar su incorporación en la formulación de políticas, planes, programas y en la asignación de los recursos del presupuesto público; así como su protección y socorro en toda circunstancia, y su vinculación a programas de interés general.

5. Mujer y género

La perspectiva de mujer y géneros estará orientada a la creación de condiciones para alcanzar la igualdad de oportunidades, el ejercicio efectivo de los derechos, el respeto al libre desarrollo de la personalidad y a la diversidad sexual.

6. Juventud

Se fortalecerán y promoverán las políticas, instancias, estrategias, y los programas de la juventud, brindando mecanismos, escenarios y oportunidades que garanticen el ejercicio de sus derechos, la participación con decisión, el reconocimiento de su diversidad y la elevación de sus capacidades en función de fortalecer a la juventud como un sujeto político para la realización de sus proyectos de vida y la construcción de una sociedad justa y democrática. Se fortalecerán las políticas públicas en materia de prevención integral del uso indebido de sustancias psicoactivas y de formación en salud sexual y reproductiva; igualmente, se adoptarán mecanismos efectivos para el diseño y apoyo a la gestión productiva de iniciativas colectivas de los jóvenes profesionales y no profesionales.

7. Cambio cultural

Se promoverán la reflexión y la acción colectivas en torno al comportamiento y actitudes de las personas para afianzar el ejercicio de la ciudadanía, la democracia, la solidaridad y el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

8. Participación para la decisión

Los ciudadanos y las ciudadanas participarán efectivamente en las decisiones públicas. La Administración Distrital proveerá la información, los escenarios y los mecanismos necesarios y promoverá la organización y el control ciudadano. Se reconocerán los diferentes actores, sus intereses y propuestas, para procurar que las decisiones públicas sean el resultado de la construcción de acuerdos y consensos.

9. Control social y rendición de cuentas

Se promoverá la participación ciudadana en el control de la gestión pública. Se comunicarán con claridad y veracidad los procesos, resultados e impactos de las políticas y se mantendrá una interlocución permanente con la ciudadanía.

10. Seguridad alimentaria

Se desarrollará una política de seguridad alimentaria entendida como la garantía de acceso y abastecimiento adecuados de alimentos y nutrientes en un horizonte de sostenibilidad y como espacios de encuentro para la formación ciudadana, de manera complementaria a otros servicios sociales del Estado. Se promoverán las redes de productores y consumidores y las potencialidades de la agricultura orgánica y ecológica como alternativa socio-ambiental. A través de esta política se espera contribuir a la generación de empleo e ingresos en el marco de la integración regional, con el consiguiente fomento a la construcción de capital social y la corresponsabilidad.

11. Integración territorial para la sostenibilidad

La localidad se abordará con una perspectiva sostenible, a partir de la integración urbano-rural y regional, y la articulación con la dinámica nacional e internacional.

12. Generación de riqueza colectiva

El desarrollo económico permitirá avanzar progresivamente hacia una sociedad más equitativa, con más y mejores oportunidades para todos y todas, a partir del crecimiento, calificación y reorientación de las actividades productivas. Las políticas económicas serán producto de la concertación con el sector privado, el tercer sector y la Nación, en un contexto internacional.

13. Empleo e ingresos

La política de generación de empleo y de oportunidades de ingresos es un imperativo de la lucha contra la pobreza y la exclusión, la cual debe ser desarrollada en una perspectiva de solución sostenible que lleve a transformar las acciones urgentes, como la lucha contra el hambre, en soluciones de largo plazo. Se basa en la utilización del potencial de la inversión pública para generar empleo y promover la producción local y regional; en la promoción de la demanda de bienes y servicios de consumo masivo, y en el impulso de la economía social, de la micro, la pequeña y la mediana empresa. El aumento de la cobertura y la permanencia de la población joven en el sistema educativo son elementos esenciales de esta política. Se potenciará la estructura productiva local y regional mediante la innovación tecnológica y la mejora de la competitividad y la calidad del aparato productivo.

14. Integración Internacional

La Localidad emprenderá una gestión de relaciones internacionales con perfil propio en materia política, comercial, cultural, institucional y de cooperación técnica y ambiental; dando prioridad a los vínculos con ciudades, regiones y países andinos e iberoamericanos, a fin de promover su inserción competitiva en la comunidad internacional.

TITULO II

EJES ESTRUCTURALES DEL PLAN DE DESARROLLO

POLÍTICAS, ESTRATEGIAS, PROGRAMAS Y METAS

ARTICULO 6º. EJES ESTRUCTURALES

El Plan de Desarrollo Local "Sumapaz: Sin Indiferencia, Humana y Rural" se estructura sobre tres ejes:

- Eje Social

- Eje Urbano Regional

- Eje de Reconciliación

CAPITULO 1°

EJE SOCIAL

ARTICULO 7º. OBJETIVO DEL EJE SOCIAL

Objetivo del Eje Social. Crear condiciones sostenibles para el ejercicio efectivo de los derechos económicos, sociales y culturales, con el propósito de mejorar la calidad de vida, reducir la pobreza y la inequidad, potenciar el desarrollo autónomo, solidario y corresponsable de todos y todas, con prioridad para las personas, grupos y comunidades en situación de pobreza y vulnerabilidad, propiciando su inclusión social mediante la igualdad de oportunidades y el desarrollo de sus capacidades, la generación de empleo e ingresos y la producción y apropiación colectiva de la riqueza.

ARTICULO 8º. POLÍTICAS DEL EJE SOCIAL

1. Protección, promoción y restablecimiento de derechos

Promoción, protección y restablecimiento de los derechos y prevención de las causas asociadas a su vulneración. Se dará prevalencia a los derechos de los niños y las niñas, a la perspectiva de equidad entre géneros y al restablecimiento de derechos e inclusión social de jóvenes, población adulta mayor y con discapacidad. Las políticas garantizarán el respeto de la diversidad étnica y cultural. Se privilegiarán acciones de sensibilización y afectación de imaginarios en torno a la garantía de derechos, la inclusión y la equidad.

2. La alimentación como un derecho fundamental

Se avanzará progresivamente en la garantía del derecho a la alimentación con prioridad para las personas en situación de mayor pobreza y vulnerabilidad. En torno a este derecho se crearán espacios para la formación e integración ciudadana que faciliten y cualifiquen el acceso de las personas y las comunidades a las redes de servicios económicos, sociales y culturales.

3. Ejercicio pleno de los derechos de los niños y las niñas

Se propiciarán las condiciones materiales y afectivas necesarias para garantizar el ejercicio pleno de los derechos de los niños y las niñas, con especial énfasis en los derechos asociados a una nutrición adecuada, a la protección integral y a la inclusión social con equidad. Se reconoce a la familia como contexto primario de formación de la vivencia democrática y del desarrollo de los niños y las niñas, por lo que se privilegiarán acciones para su fortalecimiento.

Se adelantarán intervenciones integrales, interinstitucionales e intersectoriales para enfrentar problemas fundamentales que padecen los niños y niñas, en situación de pobreza y vulnerabilidad, en especial alimentación y nutrición, violencia intrafamiliar, abuso sexual y explotación laboral. Ello implica mejorar la calidad y ampliar el acceso a la educación inicial, preescolar, básica y media, a la salud, a la cultura, a la recreación y el deporte, atendiendo el contexto familiar que permita una sostenibilidad y permanencia de los niños y niñas a los servicios sociales.

Para la garantía de sus derechos concurrirán solidaria y corresponsablemente la familia, la sociedad y el Estado.

4. Juventud con oportunidades

Se aprovechará el potencial que representa la diversidad juvenil y se considerará como factor para la inclusión social en diferentes programas, creando oportunidades y alternativas afectivas, creativas, críticas, lúdicas, comunicativas, productivas, comunitarias, ecológicas y de construcción social de sentido existencial.

Se fomentará la formación y desarrollo de capacidades para asumir nuevos roles juveniles, la sexualidad y procreación responsables, la orientación vocacional y profesional, el reconocimiento de sí mismos, de otros y de la localidad que contribuyan a la formación de sujetos éticos, estéticos, políticos y de derechos.

Se emprenderán proyectos y acciones para la prevención integral de problemas asociados con la violencia intrafamiliar, las infecciones de transmisión (ITS), el embarazo no deseado en adolescentes y el uso indebido de alcohol y tabaco; y para la promoción de la salud sexual y reproductiva, hábitos de vida saludable, orientación vocacional y ocupacional, identidades juveniles en el contexto de una cultura de trabajo y productividad, formación artística, educación política y sistemas de participación.

Se crearán los espacios para la discusión, implementación y gestión de la política pública de juventud, adoptando las políticas, estrategias, programas, y mecanismos de acción interinstitucional e intersectorial que contribuyan a la realización plena de los derechos de la juventud y a la disminución de todas las formas de desigualdad, inequidad, indiferencia, exclusión, violencia y discriminación contra los y las jóvenes.

Se implementarán mecanismos de coordinación interinstitucional e intersectorial que permitan aunar esfuerzos para generar nuevos cupos en educación superior universitaria, técnica y tecnológica.

5. Equidad en el Acceso de Servicios Sociales

Se avanzará hacia la garantía del acceso equitativo a los servicios sociales y públicos culturales, deportivos y recreativos. Se fortalecerá la participación autónoma de las personas y comunidades en el uso de los servicios y la participación comunitaria en la definición, seguimiento y evaluación de la política social con criterios de corresponsabilidad. Se dará atención prioritaria a grupos de población en situación de mayor pobreza y vulnerabilidad y especial atención a la población con discapacidad.

6. Vinculación productiva

Se promoverá la generación de oportunidades para potenciar el talento humano mediante la educación formal y no formal, la promoción de formas asociativas para el trabajo, en el marco de la política de generación de empleo e ingresos y la creación de riqueza colectiva.

ARTICULO 9º. Estrategias del Eje Social

1. Garantía a las personas y al colectivo social del derecho fundamental al alimento, con prioridad en niños, niñas, los y las jóvenes, mujeres gestantes o lactantes, población adulta mayor y población con discapacidad. Las acciones de Emergencia Social tendrán una perspectiva de sostenibilidad que garantice la seguridad alimentaría a través de la adecuada y oportuna producción, provisión, almacenamiento, comercialización, distribución y acceso a los alimentos, mediante el fomento de cadenas de abastecimiento y la construcción efectiva de alianzas en el contexto de la ciudad-región. En correspondencia con la política de seguridad alimentaria se aprovechará la potencialidad del sector rural así como del conjunto de organizaciones del tercer sector asociadas a ésta.

2. Garantía de acceso progresivo, permanencia y calidad en los servicios sociales. Las acciones públicas le darán prioridad a la universalización de la salud y la educación en la perspectiva no solo individual sino familiar y de comunidad, con un enfoque de equidad de género, intergeneracional e intercultural, que ofrezca oportunidades para todas y todos y en especial para erradicar la indigencia, el trabajo infantil, la explotación sexual y la violencia intrafamiliar.

3. Creación y estímulo, con criterios de inclusión, de las condiciones que potencien la capacidad y el talento de las personas a través de la formación para el trabajo; la generación de empleo mediante la inversión pública y las alianzas con el sector privado; las oportunidades para la generación de ingresos mediante formas asociativas, comunitarias y solidarias; y la micro, la pequeña y la mediana empresa.

4. Apropiación de la localidad como entorno cultural, artístico y lúdico, y como escuela permanente de aprendizaje, reflexión y socialización que apunta a aumentar el conocimiento y el disfrute de ésta por parte de sus habitantes mediante el acceso a las distintas manifestaciones de la vida urbana. Para ello se ampliará, desconcentrará y fortalecerá la oferta pública y se generarán mecanismos que faciliten el acceso a la misma, buscando la armonización con la oferta privada y la del tercer sector.

5. Acercamiento con el DAPD para el análisis y el estudio de los beneficiarios en salud de la Localidad, con el propósito de tener un SISBEN actualizado y que aplique los principios de equidad e igualdad.

ARTICULO 10º. PROGRAMAS DEL EJE SOCIAL

1. BOGOTA SIN HAMBRE: Considerando que la Localidad de Sumapaz ha desarrollado acciones dirigidas a mejorar el bienestar alimentario de sus comunidades, resulta pertinente continuar llevando a cabo esta clase de procesos que devienen en importantes instrumentos del desarrollo económico y social; en este sentido, los esfuerzos necesarios para el logro de los propósitos que se persiguen a través de este programa deben centrarse en la familia, la niñez y en el grupo de adultos mayores; tres grupos diferentes pero clara y suficientemente interrelacionados como para garantizar la vinculación de toda la población de la Localidad en los beneficios que de este programa se derivan. Cada uno de estos grupos será tratado con diferentes estrategias que atiendan a sus propias particularidades, así por ejemplo, el grupo de familias será cubierto con acciones dirigidas hacia la formación en hábitos alimenticios y en valores y prácticas nutricionales que consideren las necesidades alimentarías de cada miembro del grupo familiar de acuerdo a criterios como la edad, el sexo, deficiencias nutricionales o enfermedades. Para el grupo de adultos mayores será necesario dar continuidad al conjunto de beneficios de carácter económico que se brindan en forma de bonos para la adquisición de alimentos, medicamentos y vestuario. Finalmente, la niñez será beneficiada con todas las acciones que refuercen la satisfacción de sus necesidades alimentarias y nutricionales a través de los comedores escolares los cuales serán dotados con los mercados y utensilios de cocina necesarios para asegurar el cumplimiento de los estándares nutricionales establecidos por el hospital de Nazareth.

2. MÁS Y MEJOR EDUCACIÓN PARA TODOS Y TODAS: Este programa debe garantizar que toda la población en edad escolar pueda ejercer su derecho a la educación en condiciones de calidad, pertinencia, oportunidad, innovación de prácticas pedagógicas, transporte y acceso; para lo cual se desarrollaran acciones relacionadas tanto con el mantenimiento y adecuación de infraestructuras y la ampliación de los centros educativos que aseguren la cantidad de cupos escolares que sean necesarios para mantener el equilibrio entre oferta y demanda educativa que hasta ahora se ha logrado conservar, como con aquellas relacionadas con el mejoramiento de la calidad del servicio de educación, en términos de dotación, capacitación de docentes, actualización de bibliotecas, construcción de ludotecas y diseño de estrategias pedagógicas para la promoción de hábitos de lectura y escritura.

Con el propósito de disminuir la tasa de analfabetismo presente en el grupo de adultos y mejorar sus condiciones de vida permitiendo que puedan ejercer efectivamente el derecho a la educación, se apoyará el proceso de educación para adultos iniciado en la localidad de tal manera que puedan finalizar los ciclos de educación básica primaria, media vocacional y los de secundaria, apoyados por el cuerpo docente de la localidad.

3. SALUD PARA LA VIDA DIGNA: Promoverá la atención integral en salud a cada habitante de la localidad haciendo un mayor esfuerzo en aquellos grupos mas vulnerables como discapacitados, adultos mayores, materno infantil y madres cabeza de familia con lo cual se garantiza el ejercicio de este derecho en condiciones de equidad y solidaridad, para ello será necesario llevar a cabo actividades que garanticen la satisfacción de las necesidades de estos grupos a través de (por ejemplo) jornadas continuas de vacunación, atención integral a gestantes, campañas de salud visual y oral, formación en educación sexual y reproductiva así como también en planificación familiar y velar para que esta vinculación sea coherente con las realidades socioeconómicas de los habitantes de la localidad.

4. RESTABLECIMIENTO DE DERECHOS E INCLUSIÓN SOCIAL. Centrará su atención en la protección de las víctimas de la violencia familiar y sexual a través de medidas que aseguren su paso a ambientes mas seguros donde se garantice el ejercicio a una vida digna y respetuosa, paralelamente se promocionarán acciones para atención, prevención y sanción de cualquiera de las formas de maltrato físico, mental o sexual al interior de las familias y de la comunidad También se desarrollarán medidas para asegurar el derecho al libre desarrollo y ejercicio de la personalidad de los niños y niñas así como también de los y las jóvenes de la localidad.

5. ESCUELA CIUDAD Y CIUDAD ESCUELA: La ciudad como escenario de formación y aprendizaje. Perseguirá que el ambiente y las condiciones rurales de la localidad se conviertan en un factor clave que permita a sus habitantes la aprehensión de sus contradicciones, complejidades y potencialidades que están directamente relacionadas con las características del territorio que les impone al mismo tiempo rigores y oportunidades muy diferentes al que impone el territorio urbano. Será entonces necesario diseñar caminos que permitan repensar y construir un nuevo sentido de lo rural que supere el tradicional enfoque de lectura centrado en la miseria, la violencia, la falta de oportunidades, la dependencia económica con los centros urbanos y la explotación incontrolada de los recursos naturales, para pasar a la construcción colectiva de lo que significa la protección, aprovechamiento, goce, disfrute y conservación de territorios estratégicos como lo es el de la Localidad.

6. CULTURA PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL: Fortalecerá el sentido de expresión cultural de la localidad al mismo tiempo que la acercara a expresiones y bienes culturales y artísticos de carácter universal como mecanismo de desarrollo cultural. Para ello será necesario fomentar toda forma de expresión estética y artística que sensibilicen apreciablemente a la población y le permita construir nuevos sentidos del respeto, la tolerancia, la solidaridad, la belleza, la democracia y el afecto.

7. RECREACIÓN Y DEPORTE PARA TODOS Y TODAS: Promoverá la universalización de practicas deportivas y recreativas que posibiliten un mejor aprovechamiento del tiempo libre. También se ocupará de fomentar nuevos espacios de socialización y de reconocimiento para la formación de nuevos tejidos sociales y culturales. Estos espacios deben coadyuvar al fortalecimiento de la educación formal y por lo tanto las acciones deben estar dirigidas tanto a la población escolarizada como a la comunidad en general.

ARTICULO 11º. METAS DEL EJE SOCIAL

CAPITULO 2°.

EJE URBANO REGIONAL

ARTICULO 12º. OBJETIVO DEL EJE URBANO REGIONAL

Objetivo del Eje Urbano Regional. Avanzar en la conformación de una localidad de las personas y para las personas, con un entorno humano que promueva el ejercicio de los derechos colectivos, la equidad y la inclusión social. Una localidad moderna, ambiental y socialmente sostenible, equilibrada en sus infraestructuras, integrada en el territorio, competitiva en su economía y participativa en su desarrollo.

ARTICULO 13º. POLÍTICAS DEL EJE URBANO REGIONAL

1. Hábitat

El hábitat, asociado a los espacios donde transcurre la vida, será el referente de identidad para la comunidad y un criterio rector de la acción pública, a fin de elevar la calidad de vida mediante el mejoramiento de las condiciones de habitabilidad, disponibilidad, accesibilidad física y económica a los servicios, y de reconocimiento a los valores de los grupos sociales y culturales.

2. Ciudad . Región

La localidad se articulará hacia la ciudad y la región en el marco de la integración regional, nacional, con criterios de autonomía, solidaridad, cooperación, diversidad y participación para propiciar el crecimiento económico, la equidad social y ecológica así como el desarrollo sostenible.

3. Coo-petitividad y competitividad

Se promoverán procesos colectivos que estimulen a personas productivas, a empresas de valor agregado y se fortalecerá el papel de coordinación del gobierno local, todo ello con el propósito de hacer posible la integración económica y social, la generación de empleo e ingresos y el logro progresivo de una sociedad mas justa y equitativa.

4. Sostenibilidad ambiental

La construcción colectiva del equilibrio entre el sistema ambiental y los procesos de uso y aprovechamiento de los recursos es una condición fundamental para preservar la estructura ecológica principal de la Localidad; asegurar la distribución equitativa de los beneficios ambientales; procurar la calidad ambiental necesaria para la salud, el bienestar y la productividad; proteger las áreas de sustento, y promover en las empresas y la ciudadanía una cultura que garantice los derechos colectivos y del ambiente. La gestión ambiental tendrá como propósitos recuperar y mantener la calidad de los ecosistemas de páramo, del agua, del aire y del suelo, conservar la biodiversidad, implementar medidas para la estabilidad climática y controlar los riesgos asociados a fenómenos naturales, tecnológicos y biológicos.

ARTICULO 14º. Estrategias del Eje Urbano Regional

1. Redistribución equitativa de los beneficios del desarrollo entre todos y todas, y aumento de los recursos locales para inversión social.

2. Distribución equilibrada de la oferta y el acceso a bienes y servicios en el territorio acorde con las necesidades de la población, las comunidades y el crecimiento organizado de la Localidad.

3. Promoción y mejoramiento de la accesibilidad de las personas a bienes, servicios, equipamientos e información mediante acciones de conectividad física y virtual que permitan mejorar la calidad de los servicios, reducir el número y la distancia de los viajes, así como los tiempos y costos asociados, promoviendo modos alternativos de transporte que reduzcan el impacto ambiental.

4. Fortalecer la economía social y de las pequeñas unidades de producción y prestación de servicios con instrumentos como asistencia técnica y promoción, y gestiones en favor de la asociatividad.

5. Afianzamiento de la unidad de acción, mejoramiento de la gestión y el control de las actuaciones públicas y privadas en el territorio mediante la coordinación y fortalecimiento de los diferentes agentes políticos e institucionales en el marco del Sistema Distrital de Planeación en coordinación con los Sistemas de Protección y Seguridad Social, de Participación y de Información.

6. Fortalecimiento de las relaciones económicas y sociales con los municipios vecinos a través de proyectos de conexión vial y extensión de servicios.

ARTICULO 15º. PROGRAMAS DEL EJE URBANO REGIONAL

1. HÁBITAT DESDE LOS BARRIOS Y LAS UPZ. Teniendo en cuenta las condiciones de ruralidad de la localidad, este programa favorecerá el mejoramiento de la vivienda de los habitantes por medio de acciones conjuntas con el Banco Agrario, la Caja de Vivienda Popular y las instancias que el Gobierno Distrital promueva para este efecto.

De otro lado, se continuará con la ampliación de la cobertura de los servicios públicos de la localidad, haciendo énfasis en los servicios públicos domiciliarios Acueducto, Alcantarillado, Energía Eléctrica. Se hará un esfuerzo por ampliar la cobertura de la telefonía rural en el territorio local.

Debido a las condiciones de contaminación y deterioro ambiental que causan las basuras de la localidad y su no inclusión en el Plan Maestro Distrital, se buscará regularizar y optimizar el sistema de recolección de residuos sólidos conjuntamente con una campaña para su disposición adecuada.

Se continuará con el mantenimiento y mejoramiento de las instituciones educativas que así lo requieran, de la infraestructura y dotación de la Alcaldía a través de la adecuación y ampliación de la Sede Local de Servicios de Santa Rosa, las Inspecciones Rurales de Betania, Nazareth y San Juan y dotación de la sede urbana.

Teniendo en cuenta la importancia del mantenimiento de las vías de acceso, se continuará con los programas de mantenimiento vial así como la realización de obras de arte que se requieran.

2. SOSTENIBILIDAD URBANO . RURAL. Se impulsará un mayor reconocimiento de la ruralidad del Distrito como un eje productivo y ambiental de gran importancia. Propendiendo por la creación de la cultura de cuentas ambientales e incentivos a la conservación como alternativa futura, en la que tanto como comunidad rural y entidades estatales se unan en un solo proyecto de restauración y conservación del páramo como ecosistema estratégico.

Manteniendo esa misma orientación y reconociendo la importancia de los habitantes de la localidad, se mantendrán los programas de asistencia técnica bajo la orientación y dirección de la ULATA, así como la ampliación de los corredores biológicos, dentro de la filosofía de planificación predial, veredal, zonal y la local; escuela de sostenibilidad y reconversión de tecnología.

3. BOGOTÁ PRODUCTIVA. Con el fin de potenciar las capacidades productivas de la localidad se impulsará la creación y fortalecimiento de empresas asociativas. Al mismo tiempo, generará procesos que permita calificar la mano de obra local al nivel de tecnológico en condiciones de igualdad de oportunidades.

De otra parte, se continuará la capacitación en gestión, formulación y administración de proyectos comunitarios y ecoturisticos, fortaleciendo la educación ambiental.

Como también fortalecerá los convenios que permitan el acceso a la educación superior de los bachilleres de la localidad, con instituciones como el ICETEX y universidades publicas y privadas.

ARTICULO 16º. METAS DEL EJE URBANO REGIONAL

CAPITULO 3°

EJE DE RECONCILIACIÓN

ARTICULO 17°. OBJETIVO DEL EJE DE RECONCILIACIÓN

Desarrollar una institucionalidad pública y una organización ciudadana que propicie y dinamice una cultura de reconciliación, de solidaridad, de inclusión, de participación, de control social, de responsabilidad y corresponsabilidad, de respeto a la vida y resistencia civil contra la violencia, de tal manera que la acción ciudadana y la gestión pública sean impulso y escuela para la reconciliación de los colombianos y las colombianas.

ARTICULO 18°. POLÍTICAS DEL EJE DE RECONCILIACIÓN

1. Derechos humanos y cultura de convivencia

Se promoverá y consolidará una cultura de paz, de no violencia, de solidaridad y de respeto integral a los Derechos Humanos con el reconocimiento de la diversidad de género, generacional, étnica y cultural, en un marco de equidad.

2. Seguridad

Se propiciarán acciones tendientes a la prevención y el control a la violencia y la delincuencia y la conservación del orden público en la localidad en el marco del respeto a los derechos fundamentales.

3. Participación

Se promoverá el ejercicio de los derechos, la concertación y el control social a la gestión pública como elementos constitutivos del Estado Social de Derecho

4. Prevención de riesgos y atención de emergencias

Se fortalecerá la capacidad de la localidad y de sus habitantes para reducir los riesgos y brindar respuesta oportuna y efectiva a emergencias originadas por eventos de origen natural y antrópico.

5. Descentralización

Se consolidará un proceso gradual de desarrollo autónomo gracias al fortalecimiento del gobierno local y a la promoción de la integración y coordinación de las instancias de participación y control ciudadano de la localidad

6. Inclusión económica

Se integrarán todas aquellas actividades que mejoren las condiciones económicas de las familias de la localidad a los procesos, servicios, canales y mercados de la economía local siempre que sean ambientalmente viables y consecuentes con la condición rural de sus habitantes.

7. Justicia para la paz

Se promoverá y consolidará una cultura de paz, de no violencia, de solidaridad , que promueva la utilización de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos y se favorecerá el fortalecimiento de las instituciones para un pronta y cumplida justicia

ARTICULO 19°. ESTRATEGIAS DEL EJE DE RECONCILIACIÓN

1. Contribución a la consolidación de relaciones sociales solidarias, pacíficas y de respeto a la convivencia en las comunidades mediante acciones de prevención y atención temprana de situaciones conflictivas. Así mismo, a través del fortalecimiento de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, el sistema de justicia comunitaria y la capacidad de respuesta ciudadana a las diversas manifestaciones conflictivas y de violencia que afectan la localidad, en el marco de una política de reconocimiento, respeto y defensa de los derechos humanos.

2. Garantía del derecho ciudadano a acceder al servicio público de justicia mediante la articulación al Sistema de Justicia de la ciudad que integre las instancias institucionales y de la ciudadanía, a través de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, para una pronta y eficiente justicia.

3. Desarrollo de la democracia participativa mediante el fortalecimiento de espacios de deliberación, el acceso ciudadano a información, capacitación y organización con énfasis en los escenarios locales.

4. Coordinación y gestión interinstitucional para atender los asuntos de orden público.

5. Promoción de acciones integrales de coordinación y gestión en relación con los proyectos de inversión local, las cuales habrán de generar procesos pedagógicos de participación y convivencia, tanto en las instituciones como en las organizaciones sociales.

6. Desarrollo y promoción de los mecanismos y la cultura de prevención de riesgos, fortaleciendo la atención de emergencias.

ARTICULO 20º. PROGRAMAS DEL EJE DE RECONCILIACIÓN

1. GESTIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS. Impulsará al interior de la localidad la apropiación cultural de las vías pacíficas para la resolución de conflictos. Para tal fin los frentes de trabajo comunitario atravesarán los niveles micro, mezo y macro de los espacios de convivencia. Tales niveles corresponden al de la familia (micro), organizaciones que se constituyen por ingresos de grupo o necesidades generacionales tales como escuelas, colegios, organizaciones femeninas, de trabajadores, de jóvenes y culturales entre otros (mezo). El nivel macro se extiende desde el plano de lo local individual hasta el de lo local social ya que involucra todos los aspectos que afectan e interesan a cada miembro de la localidad y cuya importancia radica en que se constituye en el espacio en el que (atendiendo a los principios de tolerancia, respeto, equidad, igualdad y aprecio por la vida) la comunidad puede y debe aprehender a plantear soluciones pertinentes a sus necesidades comunes o a proponer cursos de acción que mejoren sus condiciones de vida a partir del universo de intereses y problemas que se manifiestan en su interior. En tal nivel se encuentran eventos como los encuentros ciudadanos, los foros locales y el Consejo de Consejos, en los que la administración local será coherente en cada uno de ellos con lo perseguido en este programa y liderará la utilización de tales vías y conductas.

2. DERECHOS HUMANOS PARA TODOS Y TODAS. Desarrollará acciones que permitan, de una parte, garantizar el respeto, la protección y la vigencia de los derechos humanos a partir de una perspectiva que reconoce la importancia por igual a las distintas generaciones de Derechos Humanos y que en esa mediada orientará toda su atención al logro del pleno ejercicio del conjunto de los Derechos Humanos; y de otra parte, que aseguren la promoción permanente de los Derechos Humanos a través de la formación de comunidades en las implicaciones que se derivan de la dignidad humana, y en tal sentido, en la formación de individuos que se reconozcan como sujetos de derechos exigibles.

3. PARTICIPACIÓN PARA LA DECISIÓN

Realizará acciones de fortalecimiento a la organización y al suministro de información para que ciudadanos y ciudadanas participen en la toma de decisiones públicas que les afectan en el ámbito del desarrollo local y Distrital, apoyando los organismos de control en sus programas de participación.

ARTICULO 21º. METAS DEL EJE DE RECONCILIACIÓN

TITULO III

OBJETIVO DE GESTIÓN PÚBLICA

CAPITULO 1°

GESTIÓN PÚBLICA HUMANA, SOSTENIBLE Y EFICAZ

ARTICULO 22º. OBJETIVO DE LA GESTIÓN PÚBLICA HUMANA, SOSTENIBLE Y EFICAZ

Fortalecer la gestión institucional haciéndola humana, sostenible y eficaz para garantizar la materialización y el respeto de los derechos constitucionales y legales de sus gentes, como condición fundamental para el logro de una Sumapaz Sin Indiferencia. Se trata de adecuar y desarrollar la Organización Local y de preparar la institucionalidad existente para avanzar decididamente hacia la inclusión social y la satisfacción progresiva de los derechos, así como de la integración urbano-regional, la reconciliación, la convivencia ciudadana, la participación, la desconcentración, la descentralización y la seguridad de la localidad.

ARTICULO 23°. POLÍTICAS PARA UNA GESTIÓN PÚBLICA HUMANA, SOSTENIBLE Y EFICAZ

1. La Institucionalidad pública se transformará y desarrollará en concordancia con las demandas de la Localidad para la lograr la coordinación del Gobierno y la autonomía progresiva de la Localidad.

2. Se brindará un servicio oportuno y adecuado a los ciudadanos y las ciudadanas buscando un mayor acercamiento y una interacción más abierta, transparente e incluyente de la Administración con toda la comunidad.

3. Se construirá una cultura organizacional ética y de servicio que propicie el compromiso de los servidores y las servidoras públicas con el desarrollo y el fortalecimiento de sus competencias y habilidades.

4. Los programas y acciones de la Administración Distrital se realizarán dentro de un modelo de gestión efectivo, transparente y participativo que convoque y logre la solidaridad de los demás agentes y sectores de la sociedad.

5. La gestión de los recursos públicos para proveer el funcionamiento y la financiación del Plan de Desarrollo del Distrito Local tendrá un manejo responsable en el cual prevalezcan la probidad y la sostenibilidad de los programas y proyectos, en el marco del Sistema de Presupuesto Orientado a Resultados, el cual facilita el control social.

6. La comunicación será el fundamento para la participación y el fortalecimiento de la institucionalidad y la legitimidad de la Administración.

7. La información disponible, suficiente y veraz será un soporte fundamental para la toma de decisiones, la rendición de cuentas y el control social.

ARTICULO 24°. ESTRATEGIAS PARA UNA GESTIÓN PÚBLICA HUMANA, SOSTENIBLE Y EFICAZ

1. Fortalecimiento progresivo de la autonomía y la capacidad técnica, jurídica, administrativa, financiera e informática de la localidad.

2. Mejoramiento del Servicio a la ciudadanía con énfasis en los grupos más vulnerables.

3. Promoción de la comunicación como base de la participación ciudadana y el fortalecimiento institucional.

4. Desarrollo y aplicación de metodologías y herramientas que fortalezcan la rendición de cuentas, el control social, el seguimiento y evaluación para garantizar una gestión pública efectiva y transparente.

ARTICULO 25°. PROGRAMAS DE GESTIÓN PÚBLICA HUMANA, SOSTENIBLE Y EFICAZ.

1. ADMINISTRACIÓN MODERNA Y HUMANA

Garantizará la relación misional, adecuación, fortalecimiento y modernización de la institucionalidad para atender, en el marco del modelo propio de descentralización de funciones, los derechos humanos, las necesidades y los retos de la política social, la integración urbano regional, la reconciliación y la participación.

Se desarrollarán las acciones necesarias para implementar el Sistema de Gestión de Calidad conforme a la Ley, como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados.

Así mismo, para garantizar el monitoreo y seguimiento de las políticas públicas y de los planes y proyectos de la administración distrital se implementarán sistemas de cuadros de mando integral como modelo de gestión basado en la estrategia.

2. LOCALIDADES MODERNAS Y EFICACES

Adelantará las acciones de modernización técnica, jurídica, administrativa e informática de la Localidad para promover el acercamiento a la ciudadanía, la agilización y simplificación de los procesos y trámites, así como una mayor participación y control social para la gobernabilidad estable de la Localidad.

3. SISTEMA DISTRITAL DE SERVICIO A LA CIUDADANÍA

Fortalecerá la infraestructura y la definición de políticas, estándares, indicadores y mecanismos de seguimiento y control compartidos para garantizar la calidad y la oportunidad en la prestación de los servicios a la ciudadanía

ARTICULO 26°. METAS DE GESTIÓN PÚBLICA HUMANA, SOSTENIBLE Y EFICAZ.

CAPITULO 2°

PROCESOS DE COORDINACIÓN

ARTICULO 27°. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Y LOCAL

La coordinación interinstitucional será mecanismo fundamental para la ejecución de este Plan y permitirá incorporar en las acciones locales un alto componente de participación ciudadana. Ella se logrará en lo fundamental, a través del Objetivo de Gestión Pública Humana, Sostenible y Eficaz, el cual es transversal a todas y cada una de las acciones que se desarrollarán para garantizar, entre otras, la adecuada realización, seguimiento y evaluación del Plan.

La consolidación y el fortalecimiento de los Sistemas Distritales de Protección y Seguridad Social, Planeación, Participación e Información; el fortalecimiento institucional y la creación de la Red Distrital de Comunicaciones son propósitos que garantizarán el desarrollo suficiente de este plan y darán sostenibilidad a las acciones que se propone.

De igual manera, se definirán las instancias y se dará el apoyo institucional suficiente para el desarrollo de los temas de Mujer y Género, Juventud, Empleo e Ingresos y Relaciones Internacionales y garantizar su transversalidad y la debida coordinación y articulación para el logro de las metas.

La inversión en las localidades se optimizara a través de esquemas de confinanciación entre el Gobierno Distrital y los Gobiernos Locales en los cuales se potencial izarán los recursos del Fondo de Desarrollo Local, como contrapartidas en proyectos de gran impacto social y consecuentes con la coherenciaentre la planeación local y Distrital

Se fomentará la vinculación y participación activa del sector privado y la realización de proyectos, especialmente de aquellos que generen impacto en las zonas donde tiene presencia o participación económica y que contribuyan al desarrollo y generación de empleo.

Se utilizará la complementariedad y subsidiaridad y la concurrencia de las localidades y las entidades sectoriales de la administración Distrital para la provisión de bienes y servicios destinados a la población.

Para ejecutar proyectos de impacto en área de influencia común a dos o más localidades o localidades con necesidades afines y se promoverá la celebración de convenios que permitan obtener ahorros a escala

ARTICULO 28°. MECANISMOS DE COORDINACIÓN CON OTROS NIVELES DE GOBIERNO.

El logro de resultados del Plan depende de la acción coordinada y concertada de la localidad y de ésta con las entidades de nivel Distrital.

Así la Localidad, asumiendo una actitud proactiva, fortalecerá los mecanismos de concertación existentes y promoverá la creación de aquellos que en ejercicio de su deber considere necesarios, con el fin de garantizar la armonía y articulación entre las acciones estratégicas que tanto el Gobierno Nacional, el Departamento de Cundinamarca, los Departamentos de la Región Central y sus municipios, las Corporaciones Autónomas Regionales, como el Distrito Capital realizan en la región. De igual manera lo hará con otros actores, frente a la necesidad de desarrollar esquemas de solidaridad y corresponsabilidad en lo que se refiere al desarrollo integral de la región y del país.

TITULO IV

PROYECTOS PRIORITARIOS

ARTICULO 29°. PROYECTOS PRIORITARIOS.

El Plan de Desarrollo de la Localidad "Sumapaz: Sin Indiferencia, Humana y Rural" contempla los siguientes proyectos prioritarios:

TITULO V

PLAN DE INVERSIONES

ARTICULO 30°. PROYECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS:

"La Secretaría de Hacienda proporcionará la información del cálculo de proyecciones de manera oficial a cada una de las localidades, correspondiente a los recursos que la Administración Central le transfiere a la localidad, así como, las demás fuentes del presupuesto local.

Se debe observar que de acuerdo a la Ley 617 artículo 88 numeral 4 que los programas deben cumplir con los montos estipulados así: "El 80% de las apropiaciones no podrán ser inferiores al monto de 2000 smml y el 20% restante de las apropiaciones no podrán ser inferior al monto de 200 smml".

Ver el cuadro anexo 1.

ARTICULO 31º. DESCRIPCION DE LOS EJES LOCALES:

Ver el cuadro anexo No. 2.

ARTICULO 32º. PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL - PRESUPUESTOS PLURIANUALES

Ver el cuadro anexo No. 3

ARTICULO 33º. FINANCIACIÓN DEL PLAN:

La financiación del presente plan de Desarrollo Local Sumapaz: sin indiferencia humana y rural, se realizará por los recursos transferidos por la Administración Central.

El Alcalde local hará la gestión correspondiente a la adquisición de recursos adicionales a las transferencias ya sean estos por acciones internacionales, nacionales, departamentales y Distritales.

ARTICULO 34º. MECANISMOS DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL PREVISTOS PARA SU EJECUCIÓN:

"La Administración Local estructurará y pondrá en marcha una estrategia de coordinación interinstitucional, que incremente los niveles, espacios y canales de comunicación con los niveles Distrital (central y descentralizado) y Nacional. Lo anterior con el propósito de adelantar acciones concertadas y estratégicas que permitan obtener mayores beneficios sociales y económicos para la localidad".

ARTICULO 35º. EJECUCIÓN:

"Su ejecución anualmente corresponderá a lo aprobado y definido en el Plan de Inversiones del presupuesto anual de la localidad y quedará sujeta al comportamiento de los ingresos. Teniendo en cuenta la comunicación anual que haga la Secretaría de Hacienda de la cuota de gasto global para la localidad, se harán los ajustes pertinentes al Plan de Inversiones a través del Plan de Desarrollo de los presupuestos anuales. Para los ajustes se tendrá en cuenta el peso relativo que cada programa tenga en las inversiones afectadas por la disminución de dichos ingresos y los niveles y capacidad de ejecución. De esta manera se promueve la asignación eficiente de los recursos".

ARTICULO 36º. EVALUACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL:

"El Alcalde Local a través de la Oficina de Planeación Local efectuará la evaluación de gestión y resultados alcanzados en la ejecución del Plan de Desarrollo Local, de acuerdo con los lineamientos del Departamento Administrativo de Planeación Distrital".

ARTICULO 37º. CONTINUIDAD:

"Con el fin de asegurar la real ejecución de los proyectos se deberá aplicar como criterio la necesidad de dar continuidad a aquellos que se vengan ejecutando y que requieran, para su culminación, recursos por más de una vigencia.

De acuerdo con el Decreto Ley 1421 de 1993 en su Artículo 69o. numeral 4º precisa : "No se podrán hacer apropiaciones para la iniciación de nuevas obras mientras no estén terminadas las que se hubieren iniciado en la respectiva localidad para el mismo servicio". Esta figura se conoce ampliamente en las localidades como Obras Inconclusas, las cuales por tradición, costumbre y error se han agrupado en un sólo proyecto denominado Obras Inconclusas dentro del Plan de Inversiones de la localidad. Bajo esta denominación se han agregado todas las obras que presentan dicha situación.

Con el propósito de darle a cada Obra Inconclusa la categoría de proyecto en forma individual con el fin de conocer y hacer seguimiento al uso de los recursos en este rubro, las localidades deberán identificar estas obras y darles la denominación correspondiente de proyecto precisando las acciones que es necesario concluir. Lo anterior implica que estos proyectos deberán surtir todos los requisitos exigidos por parte del Banco de Programas y Proyectos Local como cualquier otro proyecto.

Lo anteriormente mencionado se refiere a que cada uno de estos proyectos deberá contar con su debida formulación que incluya los aspectos técnicos, económicos, financieros, ambientales y sociales para oficializar su registro ante el Banco de Programas y Proyectos Local y continuar su ejecución".

ARTICULO 38º. VIGENCIA:

El presente Decreto Local rige a partir del primero (1º) de Enero de 2005 y deroga, modifica o suspende las disposiciones que le sean contrarias. Y surte efectos fiscales a partir del primero (1) de enero del año 2005.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en la Localidad de Sumapaz, Bogotá, D.C., a los 3 días del mes de septiembre del año dos mil cuatro (2004).

MARIO UPEGUI HURTADO

Alcalde Local

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3178 de septiembre 15 de 2004.