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Acuerdo Local 4 de 2004 Junta Administradora Local de Fontibon

Fecha de Expedición:
26/08/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3180 de septiembre 17 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Acuerdo Local Número 004

ACUERDO LOCAL 004 DE 2004

(Agosto 26)

"Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para la Localidad de Fontibón 2005-2008 Fontibón para Todas y Todos".

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE FONTIBON,

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 324 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 69 numeral 1, el Acuerdo Distrital 13 de 2000 artículo 22 y el Acuerdo Local 002 de 2004, Reglamento Interno de la JAL, Y;

CONSIDERANDO:

a. Que mediante Decreto Local 011 del 5 de agosto de 2.004, la señora Alcaldesa Local Dra. Claudia Mónica Naranjo Londoño, convoca a sesiones extraordinarias por el período comprendido entre el 5 al 31 de agosto de 2.004, con el fin de estudiar, analizar y adoptar del "PLAN DE DESARROLLO LOCAL 2.005 . 2.008.

b. Que con fecha 5 de agosto de 2.004, la señora Alcaldesa Local Dra. Claudia Mónica Naranjo Londoño, presenta a la Junta Administradora Local de Fontibón, el Proyecto de Plan de Desarrollo Local de Fontibón Años 2.005 . 2.008 "Fontibón para todas y todos", en cumplimiento al Artículo 21 del Acuerdo 13 de 2.000.

c. Que dentro de las atribuciones de la Junta Administradora Local, esta la de "Adoptar el Plan de Desarrollo Local en concordancia con el plan general de desarrollo económico y social y de obras públicas y el plan general de ordenamiento físico de Distrito, previa audiencia de las organizaciones sociales, cívicas y populares de la localidad". Decreto Ley 1421 de julio 21 de 1.993, Artículo 69 Numeral 1º.

d. Que la Corporación dio cumplimiento a lo establecido en el Decreto Ley 1421 de 1.993 (Estatuto Orgánico de Bogotá D.C.) en su artículo 79.

Por lo anteriormente considerado;

ACUERDA:

I PARTE

PARTE GENERAL

TÍTULO I

MISIÓN DE LA LOCALIDAD

ARTICULO 1°. La Alcaldía local de Fontibón contribuirá al cumplimiento de los objetivos de la Secretaria de Gobierno y la Administración Distrital a través de la promoción de la convivencia, la seguridad ciudadana y el fortalecimiento de la Gestión Local que permitirá a los habitantes de la localidad avanzar en la garantía de los derechos humanos y disminuir las desigualdades, generando un mayor bienestar social..

VISION COMPARTIDA DE LOCALIDAD

ARTICULO 2°. Deseamos ver a Fontibón dentro de 12 años como una localidad con altos niveles de pertenencia por parte de sus habitantes. Integrada socialmente, accesible y segura. Que cuente con una red de organizaciones fortalecidas que puedan trabajar sin discriminaciones. Donde haya posibilidad de ingresos dignos para sus habitantes a través de fuentes de empleo suficientes. Que proporcione educación adecuada de amplia cobertura acorde con las condiciones de ese momento. Donde el principio de solidaridad sea el eje central. Incluyente con los(as) niños(as), adulos(as), discapacitados(as), personas de la tercera edad. Que entienda y respete los derechos humanos. Que cuente con un sistema local de cultura descentralizado, con más líderes. Con sensibilidad frente a la conservación del medio ambiente, es decir, con un buen manejo de los niveles de contaminación auditiva y visual. Una localidad con espacios públicos más humanos, cómodos, dignos y con sentido de pertenencia para el desarrollo sostenible de los ciudadanos.

FUNDAMENTOS DEL PLAN

ARTÍCULO 3º. El Plan de Desarrollo de "Fontibón para Todas y Todos" se enmarca en el Plan distrital de desarrollo "Bogotá Sin Indiferencia. Un Compromiso Social Contra la Pobreza y la Exclusión" se fundamenta en la construcción de las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos humanos integrales, establecidos en el pacto constitucional y en los convenios e instrumentos internacionales y con énfasis en la búsqueda de la pronta efectividad de los niveles básicos de tales derechos. Para avanzar en la garantía de los derechos humanos y disminuir las desigualdades injustas y evitables, en el marco del Estado Social de Derecho, el gobierno local propiciará la mejora en la calidad de vida de los ciudadanos y habitantes de Fontibón; y hará de la calidad de vida el referente principal de la acción de la administración local. En esta perspectiva, la gestión pública actuará de manera integrada y participativa, y comprometerá a la sociedad en la superación de la pobreza sobre la base de la corresponsabilidad de los ciudadanos y las ciudadanas. Al igual que propiciará el cumplimiento efectivo de los derechos y garantías constitucionales, en el marco local en armonía con las acciones adelantadas para tal fin en el Distrito Capital.

TÍTULO II

OBJETIVO, PRINCIPIOS Y POLÍTICAS GENERALES DEL PLAN

ARTÍCULO 4°. Objetivo General del Plan

Construir colectiva y progresivamente una localidad moderna y humana, incluyente, solidaria y comprometida con el desarrollo del Estado Social de Derecho, con mujeres y hombres que ejercen su ciudadanía y reconocen su diversidad. Una localidad con una gestión pública integrada, participativa, efectiva y honesta que genera compromiso social y confianza para avanzar en la reconciliación entre sus habitantes y en la garantía de sus derechos humanos. Una localidad regionalmente, articulada con el distrito y los departamentos para crear mejores condiciones y oportunidades para el desarrollo sostenible de las capacidades humanas, la generación de empleo e ingresos y la producción de riqueza colectiva.

ARTICULO 5°. Principios

1. Solidaridad

Tener sentido de las otras y de los otros. Se expresa en el compromiso del Estado y de la sociedad para superar la adversidad, privilegiando a las personas que se encuentran en situación de pobreza y vulnerabilidad. Es un valor esencial para la convivencia.

2. Autonomía

Reconocer la dignidad de la condición humana para favorecer el ejercicio de la libertad y premover la autodeterminación individual y colectiva.

3. Diversidad

Reconocer y reasignar valor a las diferencias étnicas, de géneros, generacionales y culturales.

4. Equidad

Promover la igualdad de oportunidades mediante políticas progresivas de redistribución, con prioridad en las poblaciones que están en mayores condiciones de pobreza y vulnerabilidad.

5. Participación

Involucrar la participación de ciudadanos y ciudadanas en la toma de decisiones públicas, y promover el fortalecimiento de las organizaciones sociales y la construcción de capital social.

6. Probidad

Actuar con rectitud en el ejercicio de lo público y en la administración y manejo de los recursos públicos, fortaleciendo los mecanismos de rendición de cuentas, veeduría y control ciudadano, para garantizar la mayor cercanía de quienes habitan la ciudad a las acciones y resultados de la gestión del Estado.

ARTÍCULO 6º. Políticas Generales del Plan de Desarrollo. Las orientaciones o directrices que regirán la gestión y la actuación pública son:

1. Intervención social integral

La acción pública se orientará a la intervención social articulada e integral para atender en forma simultánea las carencias de los grupos humanos y las necesidades de las comunidades con perspectivas de género, ciclo vital, situación socio-económica y habitabilidad del territorio.

2. Integración social

La gestión pública estimulará la integración social de la ciudad y el desarrollo de las capacidades de los ciudadanos y las ciudadanas, la autogestión y la vinculación del sector privado y del tercer sector en las responsabilidades colectivas.

3. Intervención para la equidad

El gobierno intervendrá para garantizar la redistribución de los beneficios económicos y enfrentar en forma integral la pobreza, la exclusión y la inequidad.

4. Prevalencia de los derechos de las niñas y los niños

Los derechos de las niñas y los niños tendrán prioridad sobre los derechos de los demás y sobre todas las normas y consideraciones cuando ellas impidan su garantía o satisfacción. Las instituciones locales y la sociedad concurrirán para garantizar su incorporación en la formulación de políticas, planes, programas y en la asignación de los recursos del presupuesto público local, así como su protección y socorro en toda circunstancia, y su vinculación a programas de interés general.

5. Mujer y géneros

La perspectiva de mujer y géneros estará orientada a la creación de condiciones para alcanzar la igualdad de oportunidades, el ejercicio efectivo de los derechos, el respeto al libre desarrollo de la personalidad y a la diversidad sexual.

6. Juventud

Se fortalecerán y promoverán las políticas, instancias, estrategias, y programas para la juventud, brindando mecanismos, escenarios y oportunidades que garanticen el ejercicio de sus derechos, la participación con decisión, el reconocimiento de su diversidad y la elevación de sus capacidades en función de fortalecerla como un sujeto político para la realización de sus proyectos de vida y la construcción de una sociedad justa y democrática. Se fortalecerán las políticas públicas en materia de prevención integral del uso indebido de sustancias psicoactivas y de formación responsable en salud sexual y reproductiva; igualmente, se adoptarán mecanismos efectivos para el diseño y apoyo a la gestión productiva de iniciativas colectivas de los jóvenes profesionales y no profesionales.

7. Cambio cultural

Se promoverán la reflexión y la acción colectivas en torno al comportamiento y actitudes de las personas para afianzar el ejercicio de la ciudadanía, la democracia, la solidaridad y el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

8. Participación para la decisión

Los ciudadanos y las ciudadanas participarán efectivamente en las decisiones públicas. La Administración local proveerá la información, los escenarios y los mecanismos necesarios y promoverá la organización y el control ciudadano. Se reconocerán los diferentes actores, sus intereses y propuestas, para procurar que las decisiones públicas sean el resultado de la construcción de acuerdos y consensos.

9. Control social y rendición de cuentas

Se promoverá la participación ciudadana en el control de la gestión pública. Se comunicarán con claridad y veracidad los procesos, resultados e impactos de las políticas y se mantendrá una interlocución permanente con la ciudadanía.

10. Seguridad alimentaria

Se desarrollará una política de seguridad alimentaria entendida como la garantía de acceso y abastecimiento adecuados de alimentos y nutrientes en un horizonte de sostenibilidad y como espacio de encuentro para la formación ciudadana, de manera complementaria a otros servicios sociales del Estado. Se promoverán las redes de productores y consumidores y las potencialidades de la agricultura urbana y ecológica como alternativa socio-ambiental. A través de esta política se espera contribuir a la generación de empleo e ingresos en el marco de la integración regional, con el consiguiente fomento a la construcción de capital social y sea la corresponsabilidad.

11. Integración territorial para la sostenibilidad

La localidad se abordará en una perspectiva sostenible a partir de la descentralización y la desconcentración, la integración urbano-rural y regional.

Empleo e ingresos

La política de generación de empleo y de oportunidades de ingresos es un imperativo de la lucha contra la pobreza y la exclusión, la cual será desarrollada en una perspectiva de solución sostenible que lleve a transformar las acciones urgentes, como la lucha contra el hambre, en soluciones de largo plazo. Se basa en la utilización del potencial de la inversión pública para generar empleo y promover la producción local y regional; en la promoción de la demanda de bienes y servicios de consumo masivo, y en el fortalecimiento de la economía social, de la micro, la pequeña y la mediana empresa. El aumento de la cobertura y la permanencia de la población joven en el sistema educativo son elementos esenciales de esta política. Se aprovecharán las oportunidades de inserción creativa en la economía internacional y se potenciará la estructura productiva local y regional mediante la innovación tecnológica y la mejora de la competitividad y la calidad del aparato productivo.

TÍTULO III

EJES ESTRUCTURALES DEL PLAN DE DESARROLLO

Políticas, Estrategias, Programas y Metas

ARTÍCULO 7°. Ejes Estructurales. El Plan de Desarrollo "Fontibón para todas y todos", se estructura sobre tres ejes:

Eje Social

Eje Urbano Regional

Eje de Reconciliación

CAPÍTULO 1°

EJE SOCIAL

ARTÍCULO 8°. Objetivo del Eje Social.

Crear condiciones sostenibles para el ejercicio efectivo de los derechos económicos, sociales y culturales, con el propósito de mejorar la calidad de vida, reducir la pobreza y la inequidad, potenciar el desarrollo autónomo, solidario y corresponsable de todos y todas, con prioridad para las personas, grupos y comunidades en situación de pobreza y vulnerabilidad, propiciando su inclusión social mediante la igualdad de oportunidades y el desarrollo de sus capacidades, la generación de empleo e ingresos y la producción y apropiación colectiva de la riqueza.

ARTÍCULO 9°. Políticas del Eje Social

1. Protección, promoción y restablecimiento de derechos

Se propenderá por la promoción, protección y restablecimiento de los derechos y prevención de las causas asociadas a su vulneración. Se dará prevalencia a los derechos de los niños y las niñas, a la perspectiva de equidad entre géneros y al restablecimiento de derechos e inclusión social de jóvenes, población adulta mayor y con discapacidad. Las políticas garantizarán el respeto de la diversidad étnica y cultural. Se privilegiarán acciones de sensibilización y afectación de imaginarios en torno a la garantía de derechos, la inclusión y la equidad.

2. La alimentación como un derecho fundamental

Se avanzará progresivamente en la garantía del derecho a la alimentación con prioridad para las personas en situación de mayor pobreza y vulnerabilidad. En torno a este derecho se crearán espacios para la formación e integración ciudadana que faciliten y cualifiquen el acceso de las personas y las comunidades a las redes de servicios económicos, sociales y culturales.

3. Ejercicio pleno de los derechos de los niños y las niñas

Se propiciarán las condiciones materiales y afectivas necesarias para garantizar el ejercicio pleno de los derechos de los niños y las niñas, con especial énfasis en los derechos asociados a una nutrición adecuada, a la protección integral y a la inclusión social con equidad. Se reconoce a la familia como contexto primario de formación de la vivencia democrática y del desarrollo de los niños y las niñas, por lo que se privilegiarán acciones para su fortalecimiento.

Se adelantarán intervenciones integrales, interinstitucionales e intersectoriales para enfrentar problemas fundamentales que padecen los niños y niñas en situación de pobreza y vulnerabilidad, en especial alimentación y nutrición, violencia intrafamiliar, abuso sexual y explotación laboral. Ello implica mejorar la calidad y ampliar el acceso a la educación inicial, preescolar, básica y media, a la salud, a la cultura, a la recreación y el deporte, atendiendo el contexto familiar que permita una sostenibilidad y permanencia de los niños y niñas en los servicios sociales.

Para la garantía de sus derechos concurrirán solidaria y corresponsablemente la familia, la sociedad y el Estado.

4. Juventud con oportunidades

Se aprovechará el potencial que representa la diversidad juvenil y se considerará como factor para la inclusión social en diferentes programas, creando oportunidades y alternativas afectivas, creativas, críticas, lúdicas, comunicativas, productivas, comunitarias, ecológicas y de construcción social de sentido existencial.

Se fomentará la formación y desarrollo de capacidades para asumir nuevos roles juveniles, la sexualidad y procreación responsable, la orientación vocacional y profesional, el reconocimiento de sí mismos, de otros y de la ciudad que contribuyan a la formación de sujetos éticos, estéticos, políticos y de derechos.

Se emprenderán proyectos y acciones para la prevención integral de problemas asociados con la violencia intrafamiliar, las infecciones de transmisión sexual (ITS), el embarazo no deseado en adolescentes y el uso indebido de drogas; y para la promoción de la salud sexual y reproductiva, hábitos de vida saludable, orientación vocacional y ocupacional, identidades juveniles en el contexto de una cultura de trabajo y productividad, formación artística, educación política y sistemas de participación.

Se creará la instancia para la formulación, implementación y gestión de la política pública de juventud a través de un Sistema Distrital, adoptando las políticas, estrategias, programas, y mecanismos de acción interinstitucional e intersectorial que contribuyan a la realización plena de los derechos de la juventud y a la disminución de todas las formas de desigualdad, inequidad, indiferencia, exclusión, violencia y discriminación contra los y las jóvenes.

Se implementarán mecanismos de coordinación interinstitucional e intersectorial que permitan aunar esfuerzos para generar nuevos cupos en educación superior universitaria, técnica y tecnológica.

5. Equidad en el acceso de servicios sociales

Se avanzará hacia la garantía del acceso equitativo a los servicios sociales y públicos culturales, deportivos y recreativos. Se fortalecerá la participación autónoma de las personas y comunidades en el uso de los servicios y la participación comunitaria en la definición, seguimiento y evaluación de la política social con criterios de corresponsabilidad. Se dará atención prioritaria a grupos de población en situación de mayor pobreza y vulnerabilidad, y especial atención a la población con discapacidad.

6. Vinculación productiva

Se promoverá la generación de oportunidades para potenciar el talento humano mediante la educación formal y no formal, la promoción de formas asociativas para el trabajo, en el marco de la política de generación de empleo e ingresos y la creación de riqueza colectiva.

ARTÍCULO 10°. Estrategias del Eje Social

· Garantía a las personas y al colectivo social del derecho fundamental al alimento, con prioridad en niñas, niños, los y las jóvenes, mujeres gestantes o lactantes, población adulta mayor y población con discapacidad.

· Garantía de acceso progresivo, permanencia y calidad en los servicios sociales. Las acciones públicas le darán prioridad a la universalización de la salud y la educación en la perspectiva no sólo individual sino familiar y de comunidad, con un enfoque de equidad de género, intergeneracional e intercultural, que ofrezca oportunidades para todas y todos y en especial para erradicar la indigencia, el trabajo infantil, la explotación sexual y la violencia intrafamiliar.

· Creación y estímulo, con criterios de inclusión, de las condiciones que potencien la capacidad y el talento de las personas a través de la formación para el trabajo, la generación de empleo mediante la inversión pública y las alianzas con el sector privado, las oportunidades para la generación de ingresos mediante formas asociativas, comunitarias y solidarias, y la micro, la pequeña y la mediana empresa.

ARTÍCULO 11º. Programas del Eje Social

1. Bogotá sin hambre

El programa "Fontibón sin hambre" agrupará, promoverá y liderará las acciones en lo local, que le dan coherencia y articulación a la política y a la estrategia de seguridad alimentaria y nutricional. Se emprenderán acciones para que la población más pobre y vulnerable de la localidad novena acceda a los alimentos con equidad entre géneros y generaciones. Particular atención tendrán los niños, las niñas, las madres gestantes y lactantes, los adultos y adultas mayores, y la población con discapacidad. Ofrecerá alimentos y nutrientes a través de los suplementos, de los comedores infantiles (población escolarizada y no escolarizada) y de los comedores comunitarios.

2. Más y mejor educación para todos y todas

Fortalecimiento a la educación pública y la gestión descentralizada, transparente y participativa en la localidad y en las instituciones educativas. Ampliará la capacidad del sistema para atender más niños, niñas y jóvenes mediante la construcción de nuevos colegios, la ampliación y mejoramiento de los existentes, y la cooperación con el sector privado. Se dará continuidad a los procesos pedagógicos y metodológicos para lograr más y mejor educación; se promoverá la informática y la interactividad en las instituciones, los estudiantes y los docentes. Todo ello en dirección a mejorar la calidad de la educación. Se promoverá la capacitación a madres comunitarias en temas nutricionales y en otros aspectos complementarios a su labor.

3. Salud para la vida digna

Promoverá la garantía del derecho a la salud para todos y todas mediante la universalización progresiva de la atención integral con enfoque familiar y comunitario, priorizando las intervenciones según tipo de trabajo, ubicación geográfica y situaciones especiales como la pobreza, la vulnerabilidad, el alto riesgo de enfermar, el desplazamiento y la discapacidad. Realizará intervenciones y acciones intersectoriales que contribuyan a mejorar las condiciones de vida, las capacidades y las opciones de las personas y las familias para lograr comunidades y hábitat saludables. Fortalecerá la salud pública en la dimensión local-regional a partir de intervenciones estratégicas que modifiquen los determinantes del proceso salud-enfermedad.

4. Restablecimiento de derechos e inclusión social

Brindará especial atención a las poblaciones cuyos derechos han sido vulnerados, en especial a las víctimas de violencia intrafamiliar y sexual, mediante acciones de protección y atención a las mismas, de prevención y de restablecimiento de derechos, y de sanción a los causantes de su vulneración. Contemplará acciones de corresponsabilidad entre la sociedad, el Estado y la familia. Se dotarán los espacios para la población vulnerable de adultos mayores, discapacitados y niños y niñas de la localidad.

5. Cero tolerancia con el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral infantil

Promoverá todas las estrategias, incluidas las relacionadas con la familia, tendientes a prevenir el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral infantil y a atender y proteger a los niños y niñas víctimas de tales flagelos.

6. Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo

Brindará oportunidades efectivas de formación integral y de generación de empleo e ingresos mediante la inversión pública y compromisos con el sector privado que posibiliten el desarrollo pleno de los talentos y capacidades de las personas, así como la generación de condiciones para la inclusión económica, productiva y social de las poblaciones en mayor condición de vulnerabilidad, y para la formalización del trabajo y las actividades económicas. Promoverá el reconocimiento social de personas y oficios que permita la recuperación de la autoestima y la dignidad, la formación básica y la calificación técnica con posibilidades de acreditación de prácticas productivas, así como el desarrollo asociativo-empresarial con acompañamiento pedagógico y social de largo plazo. Fortalecerá la gestión para la vinculación laboral de las personas y garantizará las acciones positivas contra todo tipo de discriminación en materia de empleo.

7. Cultura para la inclusión social

Comprenderá acciones dirigidas a promover el desarrollo cultural y artístico de la localidad, articulando las políticas culturales propias con énfasis en los sectores de menores ingresos, y la difusión para el mejoramiento del acceso a bienes y servicios culturales; fomentar la creación y la descentralización en la misma localidad de las actividades culturales, mediante la educación formal, no formal e informal, los estímulos a las prácticas artísticas y la circulación de los productos; a estimular el desarrollo profesional y laboral de los diferentes agentes culturales y artísticos; y a consolidar y promover cambios en los valores, actitudes, hábitos y tradiciones de los habitantes de la localidad con énfasis en la solidaridad, la equidad y la participación.

8. Recreación y deporte para todos y todas

Promoverá la democratización de la recreación y el deporte a través del fortalecimiento de la participación, el uso y disfrute del espacio publico, el deporte asociado y el buen uso del tiempo libre. Las políticas de recreación y deporte tendrán un enfoque poblacional, focalizarán la inversión del sector y promoverán el diseño e implementación de un sistema integral de recreación y deporte para la localidad.

ARTÍCULO 12º. Metas del Eje Social

El indicador de Distribución Porcentual del Eje Social es del 63%, distribuido así:

Bogotá sin hambre:

8%

Mas y mejor educación para todas y todos:

23%

Salud parta la vioda digna (acueductos):

13%

Restablecimientos derecho VIF:

2%

Capacidades y oportunidades:

5%

Cultura para la inclusión social:

5%

Redcreación y deporte:

7%

Total Eje Social:

63%

CAPÍTULO 2°.

EJE URBANO REGIONAL

ARTÍCULO 13º. Objetivo del Eje Urbano Regional.

Avanzar en la conformación de una localidad de las personas y para las personas, con un entorno humano que promueva el ejercicio de los derechos colectivos, la equidad y la inclusión social. Una localidad moderna, ambiental y socialmente sostenible, equilibrada en sus infraestructuras, integrada en el territorio, competitiva en su economía y participativa en su desarrollo.

ARTÍCULO 14º. Políticas del Eje Urbano Regional

1. Hábitat

El hábitat, asociado a los espacios donde transcurre la vida, será el referente de identidad para las comunidades y un criterio rector de la acción pública, a fin de elevar la calidad de vida mediante el mejoramiento de las condiciones de habitabilidad, disponibilidad, accesibilidad física y económica a los servicios, y de reconocimiento a los valores de los grupos sociales y culturales, dando prioridad a las zonas en condiciones de mayor pobreza, riesgo y vulnerabilidad.

2. Ciudad . Región

La localidad se articulará desde las UPZ y fortalezas locales hacia la región en el marco de la integración regional, nacional, latinoamericana y la proyección internacional, con criterios de autonomía, solidaridad, cooperación, diversidad y participación para propiciar el crecimiento económico, la equidad social y ecológica así como el desarrollo sostenible. Para avanzar en los procesos de integración regional e internacional, se promoverá el fortalecimiento y la legitimación de la Mesa de Planificación Regional y del Consejo Regional de Competitividad, así como de otras instancias, instrumentos o mecanismos que los desarrollen, estableciendo grupos de trabajo que contribuyan a ampliar la convocatoria, a asegurar la representación de todos los sectores, a vincular las instancias técnicas de municipios y departamentos cercanos, con el fin de procurar la coordinación en los planes de desarrollo y la defensa de los intereses de la ciudad y la región.

3. Sostenibilidad ambiental

La construcción colectiva del equilibrio entre el sistema ambiental y los procesos de uso y aprovechamiento de los recursos es una condición fundamental para preservar la estructura ecológica principal; asegurar la distribución equitativa de los beneficios ambientales; procurar la calidad ambiental necesaria para la salud, el bienestar y la productividad; proteger las áreas de sustento, y promover en las empresas y la ciudadanía una cultura que garantice los derechos colectivos y del ambiente. La gestión ambiental tendrá como propósitos recuperar y mantener la calidad del agua, del aire y del suelo, mejorar la calidad sensorial percibida, conservar la biodiversidad, implementar medidas para la estabilidad climática y controlar los riesgos asociados a fenómenos naturales, tecnológicos y biológicos.

ARTÍCULO 15º. Estrategias del Eje Urbano Regional

· Distribución equilibrada de la oferta y el acceso a bienes y servicios en el territorio acorde con las necesidades de la población local mediante la vinculación y coordinación institucional.

· Articulación con el sector privado y el tercer sector para promover el crecimiento de la demanda agregada local, especialmente la de bienes de consumo básico. Fortalecer la economía social y de las pequeñas unidades de producción y prestación de servicios con instrumentos como asistencia técnica, promoción, gestiones a favor de la asociatividad.

· Mejoramiento de la accesibilidad de las personas a los sitios de trabajo y estudio, así como a bienes, servicios, equipamientos e información mediante acciones de conectividad física y virtual que permitan mejorar la calidad de los servicios.

· Aprovechamiento de las oportunidades de inserción creativa en la comunidad internacional para potenciar la estructura económica local.

ARTÍCULO 16º. Programas del Eje Urbano Regional

1. Hábitat desde los barrios y las UPZ

Favorecerá el desarrollo humano, en el entorno más inmediato de las personas, que le permita a la comunidad la construcción, el uso y el disfrute sostenible de su territorio. Promoverá acciones de prevención y control de riesgos y de desarrollo ilegal, de mejoramiento integral de barrios, de renovación urbana con especial atención en el centro histórico y la protección del patrimonio cultural. Promoverá la ampliación y mejoramiento de los escenarios deportivos y recreativos de la localidad.

2. Sostenibilidad urbano rural

Buscará consolidar el patrimonio natural y garantizar la calidad ambiental que permita alcanzar un mayor bienestar de las actuales y futuras generaciones de la localidad.

3. Región integrada para el desarrollo

Se enfocará a desconcentrar el desarrollo a fin de asegurar la viabilidad futura de la localidad y la región, avanzando en la articulación de redes de localidades, ciudades y municipios. Con estos propósitos se promoverán instrumentos encaminados a la realización de convenios entre localidades, municipios y departamentos. Se fortalecerán y ampliarán las relaciones con Cundinamarca en temas como recursos hídricos, salud y educación, infraestructura y competitividad, para continuar el proceso adelantado por la Mesa de Planificación Regional.

4. Bogotá productiva

Para generar las competencias adecuadas que respondan a un mundo globalizado y propiciar un entorno productivo en condiciones de igualdad de oportunidades, se promoverán la formación del talento humano y la innovación. Se adelantarán acciones que generen valor agregado en todas las actividades a través de procesos asociativos y solidarios, especialmente con MiPyMes en cadenas y clusters, que atraigan inversión y turismo, y que amplíen la oferta de exportación. Se promoverán medidas para calificar la demanda local con énfasis en los derechos de los consumidores y las consumidoras. Se fortalecerán los escenarios de acción conjunta público-privada como el Consejo Regional de Competitividad y se creará la Unidad Local de Desarrollo Empresarial.

ARTÍCULO 17º. Metas del Eje Urbano Regional

El indicador de Distribución Porcentual del Eje Urbano Regional es del 22%, distribuido así:

Habitad desde los barrios y las UPZs

21%

Sostenibilidad Urbano Rural:

0%

Bogotá productiva:.

1%

CAPÍTULO 3°

EJE DE RECONCILIACIÓN

ARTÍCULO 18°. Objetivo del Eje de Reconciliación.

Desarrollar una institucionalidad pública y una organización ciudadana que propicie y dinamice una cultura de reconciliación, de solidaridad, de inclusión, de participación, de responsabilidad y corresponsabilidad, de respeto a la vida, a los derechos humanos, a la justicia, la seguridad, a la participación y al control social como instrumentos para las acciones civiles contra la violencia, de tal manera que la acción ciudadana y la gestión pública sean impulso y escuela para la reconciliación de los colombianos y las colombianas.

Promover una cultura de reconciliación que le sirva a la localidad. de fundamento esencial para la construcción de la paz sostenible.

ARTÍCULO 29°. Políticas del Eje de Reconciliación

1. Derechos humanos y cultura de convivencia

Se promoverá y consolidará una cultura de paz, de no-violencia, de solidaridad y de respeto integral a los Derechos Humanos, con el reconocimiento de la diversidad de género, generacional, étnica y cultural en un marco de equidad.

2. Seguridad

Se propiciarán acciones tendientes a la prevención y el control de la violencia y la delincuencia y a la conservación del orden público en la localidad, en el marco del respeto a los derechos fundamentales. Fortalecerá la capacidad de los organismos civiles y de la Fuerza Pública a fin de lograr el ambiente de convivencia social requerido para que los ciudadanos puedan realizar el ejercicio público y privado de todas las libertades previstas en el orden constitucional y para garantizar el normal desarrollo y disfrute de los derechos fundamentales de las personas.

3. Participación

Se promoverá la formulación participativa y la ejecución de una política local de participación efectiva que propicie el ejercicio de los derechos, la concertación y el control social a la gestión pública como elementos constitutivos del Estado Social de Derecho.

4. Prevención de riesgos y atención de emergencias

Se fortalecerá la capacidad de la localidad, y de sus habitantes para reducir los riesgos y brindar respuesta oportuna y efectiva a emergencias generadas por eventos de origen natural y antrópico.

5. Descentralización

Se consolidará un proceso gradual de desarrollo autónomo de la localidad con el apoyo de la Administración central, promoverá la integración y coordinación de las instancias de participación y control ciudadano respecto de los asuntos propios de su territorio.

6. Inclusión económica

Se integrarán actividades como las ventas ambulantes, el reciclaje y el transporte no motorizado a los procesos, servicios, canales y mercados de la localidad.

7. Justicia para la paz

Se promoverá y consolidará una cultura de paz, de no violencia, de solidaridad, que motive la utilización de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos y se fortalecerán las instituciones para una pronta y cumplida justicia.

ARTÍCULO 20°. Estrategias del Eje de Reconciliación

· Contribución a la consolidación de relaciones sociales solidarias y pacíficas que promuevan la convivencia, en el marco de una política de reconocimiento, respeto y defensa de los derechos humanos.

· Fortalecimiento de los organismos de seguridad locales y las organizaciones de la sociedad civil para atender los asuntos de desarrollo de las acciones de resistencia civil en los actos que atenten contra el orden público, la seguridad ciudadana, y las manifestaciones conflictivas y de violencia que afectan a Fontibón.

· Diseño, operación y seguimiento del sistema local de participación para fortalecer el capital social y las relaciones entre la administración de Fontibón y la ciudadanía organizada.

· Fortalecimiento de los espacios locales de deliberación que reconozcan la diversidad étnica, de género, cultural y generacional y promuevan el acceso ciudadano a una información pertinente. Desarrollo de la Escuela de Participación y Gestión Social que alimente el Sistema Local de Participación y promueva la organización y el control social.

· Desarrollo y promoción de los mecanismos y la cultura de prevención de riesgos, fortaleciendo la atención de emergencias.

ARTÍCULO 21º. Programas del Eje de Reconciliación

1. Gestión pacífica de conflictos

Generará y consolidará en la comunidad una cultura que promueva la utilización de mecanismos alternativos de solución de conflictos para acceder a una localidad amable y solidaria que respete y garantice los derechos fundamentales.

2. Derechos humanos para todas y todos

Implementará acciones integrales que garanticen el respeto, la protección y la vigencia de los derechos humanos en la perspectiva de la exigibilidad de los mismos, dando especial tratamiento a la defensa de los derechos de los niños y de las niñas, los grupos étnicos y las poblaciones que se encuentran en condición de vulnerabilidad frente a las violencias. Especial importancia se le dará a la formación en los temas de Derechos Humanos, deberes y garantías. Se propenderá, dentro de la órbita de competencia de las autoridades locales, por dar aplicación a los convenios y tratados de derechos humanos de los cuales es parte el Estado colombiano, así como a las recomendaciones de los organismos internacionales encargados de promover y verificar su cumplimiento.

4. Sistema de justicia de la ciudad

Fortalecerá, coordinará y capacitará a las entidades e instancias Distritales y locales que prestan servicios de justicia en la ciudad y a los operadores de los mecanismos alternativos de solución de conflictos. Se realizarán acciones para hacer efectivo el cumplimiento del Código de Policía.

5. Comunicación para la reconciliación

Promoverá y divulgará acciones comunicativas que propicien dinámicas de reconciliación.

6. Atención integral de violencia, delincuencia y orden público

Adelantará de manera simultánea acciones de prevención, atención y control, a través de procesos de coordinación interinstitucional del fortalecimiento de los organismos de seguridad del Estado.

7. Red distrital de reconciliación, resistencia civil y no - violencia

Promoverá la constitución y el desarrollo de una red ciudadana para prevenir y reaccionar contra la violencia y postular una opción ciudadana por la acción política no violenta, dentro del marco de la Constitución y la ley.

8. Bogotá menos vulnerable ante eventos críticos

Desarrollará la organización, los procesos, los instrumentos y una cultura de la prevención para fortalecer las capacidades de la ciudad y de las localidades en la atención de emergencias de origen natural o antrópico.

9. Participación para la decisión

Realizará acciones de fortalecimiento a la organización y al suministro de información para que ciudadanos y ciudadanas participen en la toma de decisiones públicas que les afecten en el ámbito del desarrollo local, apoyando los organismos de control en sus programas de participación. Para este efecto, se diseñará e implementará el Sistema Local de Participación.

10. Comunicación para la participación

Promoverá y divulgará acciones comunicativas que propicien dinámicas de participación ciudadana e incluyan la diversidad étnica, de género, cultural y generacional. Se propiciará el fortalecimiento de los medios alternativos de comunicación local, entre ellos los medios impresos locales, los radiofónicos y la televisión comunitaria con influencia en la localidad de Fontibón, como alternativa al derecho de informar y ser informado.

11. Control social a la gestión pública

Asesorará, brindará información y diseñará las herramientas necesarias para que la ciudadanía ejerza un control social efectivo a las políticas, planes, programas y proyectos locales.

12. Obras con participación ciudadana

Fortalecerá la organización social a través del desarrollo de obras de interés comunitario y de inversión local ejecutadas por la vía de la participación, la cofinanciación, la complementariedad y el diseño de soluciones compartidas que involucren a las organizaciones comunitarias.

14. Inclusión económica y desarrollo empresarial sectorial

Este programa se encaminará a la generación de empleo sostenible en el tiempo a través del fortalecimiento de las cadenas productivas basadas en los cluster locales, incorporando el componente de asociatividad al crecimiento de las economías locales. Prestará asesoría para la consecución de recursos de financiación para capital de trabajo y apoyo para la capacitación y desarrollo técnico de las PYMES participantes para que sean unidades productivas en red integradas a las cadenas productivas.

ARTÍCULO 22º. Metas del Eje de Reconciliación

El indicador de Distribución Porcentual del Eje De Redconciliación es del 6%,

TÍTULO IV

OBJETIVO DE GESTIÓN PÚBLICA HUMANA

CAPÍTULO 1º

GESTIÓN PÚBLICA HUMANA

ARTÍCULO 23º. Objetivo de la Gestión Pública Humana. Fortalecer la gestión institucional, haciéndola humana, sostenible y eficaz, para garantizar la materialización y el respeto de los derechos humanos y demás derechos constitucionales y legales como condición fundamental para el logro de una Bogotá Sin Indiferencia . Fontibón sin Indiferencia. Se trata de adecuar y desarrollar la organización local y de preparar la institucionalidad para avanzar decididamente hacia la inclusión social y la satisfacción progresiva de los derechos, así como de la integración urbano-regional, la reconciliación, la convivencia ciudadana, la participación y la seguridad ciudadana, dentro del marco de la descentralización y desconcentración.

ARTÍCULO 24°. Políticas para una Gestión Pública Humana

1. La institucionalidad pública se transformará y desarrollará en concordancia con las demandas de la localidad para lograr la coordinación del gobierno y la autonomía progresiva de la misma.

2. Se brindará un servicio oportuno y adecuado a los ciudadanos y las ciudadanas buscando un mayor acercamiento y una interacción más abierta, transparente e incluyente de la Administración con toda la comunidad.

3. Se construirá una cultura organizacional ética y de servicio que propicie el compromiso de los servidores y las servidoras públicas con el desarrollo y el fortalecimiento de sus competencias y habilidades.

4. Los programas y acciones de la Administración Local se realizarán dentro de un modelo de gestión efectivo, transparente y participativo que convoque y logre la solidaridad de los demás agentes y sectores de la sociedad.

5. La gestión de los recursos públicos para proveer el funcionamiento y la financiación del Plan de Desarrollo Local tendrá un manejo responsable en el cual prevalezcan la probidad y la sostenibilidad de los programas y proyectos, en el marco del Sistema de Presupuesto Orientado a Resultados, el cual facilita el control social.

6. La comunicación será el fundamento para la participación y el fortalecimiento de la institucionalidad y la legitimidad de la Administración.

7. La información disponible, suficiente y veraz será un soporte fundamental para la toma de decisiones, la rendición de cuentas y el control social.

ARTÍCULO 25°. Estrategias para una gestión pública humana

· Desarrollo progresivo y gradual de la autonomía local, mediante un modelo propio de descentralización, con base en un criterio de corresponsabilidad que compromete a la autoridad local al logro de procesos de organización, participación y control social, y a la administración distrital al fortalecimiento de la capacidad técnica, jurídica, administrativa, financiera e informática de la localidad.

· Mejoramiento del servicio de atención a los(as) ciudadanos(as), con énfasis en los grupos más vulnerables.

· Desarrollo del Sistema Local de Información Integral.

· Promoción de la comunicación como base de la participación ciudadana y el fortalecimiento institucional

· Desarrollo y aplicación de metodologías y herramientas que fortalezcan la rendición de cuentas, el control social, el seguimiento y evaluación para garantizar una gestión pública proba, efectiva y transparente.

ARTÍCULO 26°. Programas de Gestión Pública Humana

1. Administración Moderna y Humana

Garantizará la relación misional, adecuación, fortalecimiento y modernización de la institucionalidad para atender, en el marco del modelo propio de descentralización de funciones, los derechos humanos, las necesidades y los retos de la política social, la integración urbano regional, la reconciliación y la participación.

Se desarrollarán las acciones necesarias para implementar el Sistema de Gestión de Calidad conforme a la Ley, como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados.

Así mismo, para garantizar el monitoreo y seguimiento de las políticas públicas y de los planes y proyectos de la Administración Local se implementarán sistemas de cuadros de mando integral como modelo de gestión basado en la estrategia.

2. Localidades modernas y eficaces

Adelantará el proceso de descentralización de funciones de manera progresiva y gradual, y las acciones de modernización técnica, jurídica, administrativa e informática de las localidades para promover el acercamiento a la ciudadanía, la agilización y simplificación de los procesos y trámites, así como una mayor participación y control social para la gobernabilidad estable de la ciudad. Se dará cumplimiento a la normatividad en lo referente al pago de honorarios y seguros de vida a ediles.

3. Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía

Fortalecerá la infraestructura y la definición de políticas, estándares, indicadores y mecanismos de seguimiento y control compartidos para garantizar la calidad y la oportunidad en la prestación de los servicios a la ciudadanía.

4. Bogotá transparente y efectiva

Desarrollará un conjunto de proyectos y acciones dirigidos a fortalecer la capacidad institucional local para el cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo mediante el diseño y aplicación de un amplio proceso de autorregulación institucional y de evaluaciones integrales a sectores estratégicos de la localidad para garantizar la transparencia y enfrentar la corrupción.

5. Sistema distrital de Información

Desarrollará de manera integral los sistemas informáticos y la gestión documental para garantizar a la Administración y a la ciudadanía información oportuna y confiable.

6. Comunicación para la solidaridad

Fomentará canales de interacción y comunicación para la construcción de ciudadanía y el ejercicio del derecho fundamental a la libre expresión; fortalecerá la cultura organizacional, el sentido de pertenencia y el compromiso de los servidores públicos.

ARTÍCULO 27°. Metas de Gestión Pública Humana.

El indicador de Distribución Porcentual del Obetivo Gestión Pública Humana es del 9%.

CAPÍTULO 2°

PROCESOS DE COORDINACIÓN

ARTÍCULO 28°. Coordinación Interinstitucional y Local. La coordinación interinstitucional local será mecanismo fundamental para la ejecución de este Plan y permitirá incorporar en las acciones locales un alto componente de participación ciudadana. Ésta se logrará, en lo fundamental, a través del Objetivo de Gestión Pública Humana, el cual es transversal a todas y cada una de las acciones que se desarrollarán para garantizar, entre otras, la adecuada realización, seguimiento y evaluación del Plan.

La consolidación y el fortalecimiento del sistema de Planeación, Participación e Información, y el fortalecimiento institucional y la creación de la Red local de Comunicaciones son propósitos que garantizarán el desarrollo suficiente de este Plan y darán sostenibilidad a las acciones que se propone.

ARTICULO 29°. Cofinanciación y participación local. La inversión en la localidad se optimizará a través de un esquema de cofinanciación entre el gobierno distrital y el gobiernos local en el cual se potenciará los recursos del Fondo de Desarrollo Local como contrapartida en proyectos de gran impacto social y consecuentes con la coherencia entre la planeación local y distrital.

Se fomentará la vinculación y participación activa del sector privado en la realización de proyectos, especialmente de aquellos que generen impacto en las zonas donde tiene presencia o participación económica, y que contribuyan al desarrollo y la generación de empleo.

Se utilizarán la complementariedad, la subsidiariedad y la concurrencia de la localidad y las entidades sectoriales de la Administración Distrital para la provisión de bienes y servicios destinados a poblaciones en condiciones de vulnerabilidad.

Para ejecutar proyectos de impacto en áreas de influencia común a dos o más localidades o de localidades con necesidades afines, se promoverá la celebración de convenios que permitan obtener ahorros a escala. Se ajustará el modelo de asignación de recursos a la localidad a partir de criterios de eficiencia y equidad.

ARTÍCULO 30°. Mecanismos de Coordinación con otros niveles de gobierno

El logro de resultados del Plan depende de la acción coordinada y concertada de las entidades del Distrito entre sí y de éstas con las autoridades de los diferentes niveles de gobierno y con otros actores sociales presentes en el territorio y de otros territorios del mundo, y con las entidades multilaterales en el marco de los acuerdos de aplicación universal.

PARTE II

PLAN DE INVERSIONES

TITULO I

ESTRATEGIA FINANCIERA DEL PLAN

ARTICULO 31°. Proyección de recursos financieros. La Secretaría de Hacienda proporcionó la información del cálculo de las proyecciones a Fontibón, correspondiente a los recursos que la Administración Central le transfiere a la localidad. Se hace una proyección de los ingresos propios de la localidad con base en la ejecución histórica de los mismos, dando como resultado ingresos propios por la suma de $80.000.000 anuales.

El Plan de Desarrollo "Fontibón para todas y todos" vigencia 2005-2008, cuenta para su financiación con recursos de transferencia e ingresos propios por un monto de $32.828.830.968 a pesos constantes de 2004. Significa una apropiación anual de $8.207.207.742 durante los años 2005, 2006, 2007 y 2008. En el cuadro No. 2 se registra el total de recursos incluyendo propios y de transferencia del sector central.

ARTICULO 32°. Plan plurianual de inversiones del Plan de Desarrollo Local. En el cuadro No. 3 se relaciona la distribución de recursos por ejes y programas.

ARTICULO 33°. Presupuesto plurianual por programa. En el cuadro No. 3 se relaciona la distribución presupuestal por programas.

ARTICULO 34°. Presupuesto plurianual por proyecto de gran impacto. Cuadro No. 4

ARTICULO 35°. Presupuesto plurianual por propuesta estratégica local y zonal. Cuadro No. 5

ARTICULO 36°. Financiación del plan. El Plan de Desarrollo Local está financiado por las transferencias de la Administración Central más los ingresos propios proyectados para cada vigencia.

ARTICULO 37°. Ejecución. Los recursos disponibles para la ejecución del plan de inversiones dependerán de las estrategias de financiamiento. En el evento que los ingresos proyectados no alcancen los niveles aquí señalados, la localidad ajustará el plan a los recursos disponibles a través de los presupuestos anuales.

ARTICULO 38°. Evaluación. El alcalde local efectuará la evaluación de gestión y resultados alcanzados en la ejecución del plan de desarrollo local.

ARTICULO 39°. Vigencia. El presente acuerdo local rige a partir del 1° de enero de 2005, previa publicación y deroga, modifica o suspende las disposiciones que le sean contrarias.

ARTICULO 40°. PROPUESTA INDICATIVA DE DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL.

Eje social:

63%

Bogotá sin hambre:

8%

Más y mejor educación para todas(os):

23%

Salud para la vida digna- Acueductos:

13%

Restablecimiento derechos VIF:

2%

Capacidades y oportunidades:

5%

Cultura para la inclusión social:

5%

Recreación y deporte:

7%

Eje Urbano Regional:

22%

Hábitat desde los barrios y las UPZ:

21%

Sostenibilidad urbano rural:

0%

Bogotá productiva:

1%

Eje de Reconciliación:

6%

Objetivo Gestión Pública Humana:

9%

ARTÍCULO 41°. Hacen parte integral del presente Acuerdo los anexos No.1 y 2

Anexo No. 1. Concertación Plan de Desarrollo Localidad de Fontibón

Anexo No. 2. Proyectos prioritarios

ARTÍCULO 42°. Divulgación. La Administración Distrital organizará campañas pedagógicas de difusión masiva del presente acuerdo.

ARTÍCULO 43°. Vigencia. El presente Acuerdo, el cual rige a partir de la fecha de su publicación, deroga y modifica las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C, a los veintiséis (26) días del mes de agosto de dos mil cuatro (2004)

EDGAR HUERTAS BORRAEZ

Presidente JAL de Fontibón

VICTOR MANUEL PIRACOCA BARINAS

Presidente Comisión 2ª Permanente o del Plan

HEBERTO O. CORREA FORERO

Secretario JAL de Fontibón

El presente Acuerdo Local es sancionado mediante Decreto Local No. 013 de septiembre de 2004.

CLAUDIA MONICA NARANJO LONDOÑO

Alcaldesa Local de Fontibón.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3180 de septiembre 17 de 2004.