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Concepto 960 de 1997 Secretaría Distrital de Hacienda - Tesorería Distrital

Fecha de Expedición:
26/02/1997
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/02/1997
Medio de Publicación:
No se public¿
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

(CÓDIGO CJA09601997) FONDO EDUCATIVO REGIONAL.- El Tesorero Distrital de la Secretaría de Hacienda de la Alcaldía Mayor, mediante oficio de fecha 26 de febrero de 1997, conceptuó:

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Ver el Concepto de la Secretaría de Hacienda 880 de 1998

  1. .............................................

     

    ...........el Distrito Capital a través de la Secretaría de Educación Distrital es quien administra autónomamente por conducto del Fondo Educativo Regional, tanto los recursos del Situado Fiscal como aquellos convenidos con la Nación y las entidades territoriales destinados al sector de la educación, de acuerdo con lo consagrado por la Ley 60 de 1993 y en especial el artículo 179 de la Ley 115 de 1994.

     

    Cabe señalar, que dicha administración es resultado de la certificación dada al Distrito Capital por el Ministerio de Educación Nacional mediante Resolución 6144 de 1995.

     

  2. ...........................................

     

    La Ley General de Educación asignó al Fondo Educativo Regional la función de "...Pagar los salarios del personal docente y administrativo de la educación.", no limitando el mecanismo mediante el cual se efectúe el referido pago. Por lo tanto es viable la celebración de contratos por parte del Secretario de Educación para cumplir con la función señalada, en atención a la delegación realizada por el Alcalde Mayor en sus Secretarios de Despacho.

    ..........................................................................................

     

  3. ...........................................

 

Respecto a las inversiones de excedentes de liquidez la Secretaría de Educación a través del Fondo Educativo Regional puede efectuarlas en entidades vigiladas por la Super-intendencia Bancaria, según el artículo 79 del Decreto 714 de 1996, resaltando que es la Secretaría de Hacienda, a través de la Tesorería Distrital, la que establece las políticas de inversión que deben tener en cuenta los Establecimientos Públicos. Sobre el particular, ....... para el cumplimiento de esta función se ha instituido el "Comité de Tesorería Distrital de la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá", mediante el Decreto 718 de 1996......................

 

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Firma HUGO ALBERTO VALENCIA BÁEZ