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Proyecto de Acuerdo 209 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
.
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PROYECTO DE ACUERDO "POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA ORDEN CIVIL AL MÉRITO .LORENCITA VILLEGAS DE SANTOS. EN LOS GRADOS CRUZ DE

PROYECTO DE ACUERDO No. 209 DE 2004

Ver Acuerdo Distrital 141 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.

"POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA ORDEN CIVIL AL MERITO, MARIA CURREA DE AYA, EN EL GRADO CRUZ DE ORO"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Objeto del proyecto

Crear la Orden Civil al Mérito MARIA CURREA DE AYA, en el Grado de Cruz de Oro, como reconocimiento cada ocho (8) de marzo, fecha en la que se celebra el día Internacional de la mujer y que se otorgará a aquella mujer que a nivel Distrital sobresalga por la labor realizada en el campo social, cultural, económico y de defensa de los derechos humanos, que con su aporte haya contribuido al desarrollo y mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad y que por sus méritos sea merecedora de un reconocimiento público por parte de las autoridades del Distrito Capital.

Justificación

Exaltar y reconocer los méritos de aquella mujer que en Bogotá, se destaque por su trabajo dedicado, constante y decidido en beneficio de la calidad de vida de la comunidad, en los distintos ámbitos de la sociedad, en los que el punto de partida y razón de ser de su trayectoria, sea la comunidad.

Es procedente institucionalizar por parte del Concejo de Bogotá, el otorgamiento de una distinción especial el 8 de marzo de cada año, en el marco de la celebración del día internacional de la mujer.

Sin duda alguna, esta exaltación será un reconocimiento real y público a la mujer, sin precedentes a nivel Distrital, que estimulará a la ganadora a continuar con su compromiso con la comunidad y a su vez sea un ejemplo a seguir para generaciones futuras.

Indiscutiblemente la forma de hacer este reconocimiento se alcanza estableciendo la Orden Civil al Mérito, inspirada en la labor que en el campo social y político realizó la señora MARIA CURREA DE AYA, una de las más célebres ciudadanas colombianas, merecedora al alto honor de representante de la mujer en el Continente Americano, cuyo trabajo en beneficio de la mujer ha trascendido en el tiempo.

Antecedentes

MARIA CURREA DE AYA

"Mujer de las Américas 1961"

Bogotana ilustre, nació en 1888 y fallecida en Bogotá el 23 de mayo de 1985, hija del General Aníbal Currea Díaz y de doña Hercilia Manrique, mujer que trabajo en defensa de los derechos de la mujer y quien por sus calidades humanas excepcionales fuera denominada en 1961 por la Unión de Mujeres Americanas con sede en Nueva York, "Mujer de las Américas".

Maria Currea de Aya fue una mujer de avanzada, pensaba diferente a sus congéneres y tuvo la fortuna de estar casada con un hombre de ideas vanguardistas, el General Ruperto Aya, quien la impulsó y le abrió las puertas, para que saliera en defensa de los derechos femeninos, fue por intermedio suyo, que María se entrevistó con el presidente Olaya Herrera para agradecerle la expedición de la Ley 28 de 1932 mediante la cual se dio por primera vez capacidad civil a la mujer, marcando así el comienzo en Colombia de un nuevo panorama civil y social para el género femenino.

Entre 1937 y 1944, María Currea de Aya vivió en Estados Unidos, en donde hizo contactos con integrantes de la Comisión Interamericana de Mujeres, de la cual se convirtió en la representante de Colombia; a su regreso, traía una misión de conseguir el voto femenino para las mujeres en Colombia, en donde encontró una sociedad un poco más avanzada, con 14 años de reformas liberales.

Para entonces existían 17 mujeres con título universitario y se encontraba en nacimiento un movimiento feminista, el cual conformó en Bogotá la Unión Femenina de Colombia y la Alianza Femenina de Colombia, cuya bandera principal era obtener el derecho de la mujer a sufragar.

Durante los siguientes diez años, lideró proyectos políticos por lograr la ciudadanía femenina, los que fueron archivados, rechazados por diferencias entre liberales y conservadores, pero finalmente los grandes esfuerzos de María Currea de Aya y sus compañeras de lucha, entre quienes se pueden mencionar (Georgina Fletcher, Maria Calderón de Nieto, Maria Montaña de Rueda Vargas, Saturia García de Álvarez y Teresa Cuervo) cristalizándose en el año 1954, luego del golpe de Estado del General Gustavo Rojas Pinilla, siendo a través del Acto Legislativo No.3 que se le concedió la ciudadanía a las colombianas, pudiendo elegir y ser elegidas.

No obstante no se contaba con el instrumento para ejercerlo, esto es, la cédula de ciudadanía, durante los años siguientes Doña María Currea de Aya junto con su Hija Doña Beatriz y algunas de sus amigas se dedicaron por todos los rincones de Bogotá a invitar y animar a las mujeres a que obtuvieran su cédula, en el resto del país, otros grupos hicieron la misma invitación.

María Currea de Aya luchó contra el rigor de las amenazas y el acoso oficial a que fue sometida, sin embargo, el resultado de toda su lucha por la causa, se pudo medir en el plebiscito de diciembre de 1957, histórico para Colombia, pues por primera vez las mujeres ejercieron su derecho a votar, (un millón ochocientos treinta y cinco mil doscientas cincuenta y cinco) 1.835.255 mujeres que sufragaron.

María Currea de Aya y el grupo de mujeres de su generación cumplieron con su parte y dejaron un legado para que otras continuaran el trabajo; por su ardua labor en todo este proceso el Presidente Alberto Lleras Camargo la condecoró con la Cruz de Boyacá; después el hoy ex Presidente Alfonso López Michelsen le impuso otra, en ceremonia privada en la que sentidamente le manifestó: "Sin haber sido primera dama hizo todo lo que tiene que hacer una mujer por su país".

Como Bogotana, conoció ampliamente la problemática social de la ciudad, recorrió cada uno de sus barrios y a través de los voluntariados a los que perteneció, fue multiplicadora de ayuda a la población carente de la época.

Fue la primera mujer Concejal de Bogotá y además Presidente del Cabildo en el año de 1959.

Fundó e hizo parte activa de organizaciones que trabajaron por la mujer y sus derechos: Unión de Ciudadanas de Colombia, Cruz Roja, Voluntariado de las Damas Grises de Bogotá, Voluntariado de Socorrismo, fundadora de la Escuela de Enfermería en la Cruz Roja y miembro de la Junta Directiva de Profamilia.

En la presidencia del Doctor Carlos Lleras Restrepo, María Currea de Aya trabajó en pro de la recreación y fundó la Asociación Colombiana de Recreación, que fue el inicio de Coldeportes.

Condecoraciones otorgadas a Doña MARIA CURREA DE AYA

Entre otras, MARIA CURREA DE AYA, recibió las siguientes condecoraciones por su magna labor a favor de la mujer y de la sociedad en general:

  • Condecoración de Oficial de la "Orden de Boyacá", conferida mediante Decreto Presidencial 2200 del 4 de agosto de 1962.
  • Condecoración de Oficial de la "Orden al Mérito por Servicios Distinguidos" conferida por el Presidente de la República de Perú, certificada por el Ministro de Relaciones Exteriores, el 27 de Marzo de 1972.
  • Condecoración "Orden al Mérito en categoría de oro" conferida por la Junta Directiva de la Asociación Colombiana de Recreación, el día 27 de Junio de 1972.
  • Condecoración "Medalla de la Asociación Colombiana PRO Naciones Unidas 19812, Bogotá X . 6 de 1981, Acuerdo No. 6, Asociación Colombiana PRO Naciones Unidas.
  • Condecoración de comendador de la "Orden de Boyacá", conferida por el Presidente de la República a través del Decreto 707 del 19 de abril de 1978.
  • El Club de Jardinería de Bogotá crea la Exposición Nacional de Flores una categoría que será ejecutada en Rosas, "Premio Maria Currea de Aya" dado en Sogamoso el 11 de julio de 1985.

Es importante, Señores Concejales rendir un homenaje póstumo a MARIA CURREA DE AYA, desde esta Corporación, exaltando su nombre en la condecoración cuya creación pretende el proyecto de acuerdo, la cual se otorgará a aquella mujer que decididamente ha trabajado en beneficio de otros a nivel Distrital.

La Orden que llevará el nombre de tan ilustre dama, se otorgará todos los años en ceremonia especial a realizarse cada 8 de Marzo, fecha en que se celebra el día Internacional de la Mujer.

La ganadora de la condecoración será seleccionada entre candidatas que podrán ser postuladas por cualquier ciudadano o comunidad específica. Dicha postulación podrá ser hecha por cualquier ciudadano o comunicada y deberá presentarse antes del 30 de enero de cada año ante la Secretaría General del Concejo, indicando el motivo de la exaltación y el campo en el cual se ha destacado, para que sea escogida por el jurado calificador.

La Orden Civil al Mérito María Currea de Aya, se impondrá aquella mujer que sobresalga en el campo social, cultural, económico y de defensa de los derechos humanos; mujeres organizadas que se destaquen por haber ejecutado proyectos de interés colectivo para la comunidad.

Será conferida por el jurado calificador, que estará integrado por los miembros de la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá, el Secretario General de la Alcaldía Mayor, el Director del Departamento Administrativo de Bienestar Social del Distrito, el Director del Instituto Distrital de Cultura y Turismo de Bogotá, el Director del Departamento Administrativo de Acción Comunal, el Director del Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud "IDIPRÓN", dos (2) Concejales mujeres de la Corporación y dos (2) representantes de las organizaciones o asociaciones comunitarias sin ánimo de lucro de la Casa de la Mujer designadas por la mesa Directiva del Concejo.

Fundamento Legal

De acuerdo a lo dispuesto en la Carta Política, El Estatuto Orgánico del Distrito Capital, Decreto Ley 1421 de 1993 artículo 8, " El Concejo es la suprema autoridad administrativa del Distrito Capital"... y dentro de sus competencias se establecen el artículo 12:

1- ) Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de sus funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito;

13 -) Regular la prestación y defensa del patrimonio cultural.

Y artículo 62,del Acuerdo 095 de 2003, "ORGANIZACIÓN Y TRAMITE DE LOS PROYECTOS DE ACUERDO, INICIATIVA. Los Proyectos de acuerdo pueden ser presentados por los Concejales....".

Imputación Presupuestal

Los gastos ocasionados por el otorgamiento de la condecoración, esta se imputara con cargo al presupuesto de la Unidad 04 Fondo Cuenta del Concejo, 3-1-1-02-16-00-0000-00, PROMOCIÓN INSTITUCIONAL.

Cordialmente,

YAMILE MEDINA MEDINA

Concejal de Bogotá D. C.

PROYECTO DE ACUERDO No. DE 2004

"POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA ORDEN CIVIL AL MERITO, MARIA CURREA DE AYA, EN EL GRADO CRUZ DE ORO"

El Concejo de Bogotá, D.C.,

De acuerdo a lo dispuesto en la Carta Política, El Estatuto Orgánico del Distrito Capital, Decreto Ley 1421 de 1993 artículos 8 y 12 numerales 1 y 13, Y artículo 62,del Acuerdo 095 de 2003,

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO. Crease la Orden Civil al mérito MARIA CURREA DE AYA en el grado CRUZ DE ORO.

ARTICULO SEGUNDO. La Orden Civil al mérito MARIA CURREA DE AYA constará de:

  • Medalla de 5 centímetros de diámetro con la efigie de doña Maria Currea de Aya y cinta de lujo con los colores de la bandera de Bogotá, D.C.
  • Estuche y carpeta que contendrá en nota de estilo, copia de la resolución por medio de la cual se otorga la orden.

PARAGRAFO PRIMERO: La Orden Civil al Mérito en el grado Cruz de Oro, María Currea de Aya, será conferida por la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá a la mujer que sobresalga en el campo social, cultural colombiano, económico y de defensa de los derechos humanos; mujeres organizadas que se destaquen por haber ejecutado proyectos de interés colectivo para la comunidad.

PARAGRAFO SEGUNDO: El jurado que conceda la Orden Civil al Mérito MARIA CURREA de AYA, estará integrado por los miembros de la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá, el Secretario General de la Alcaldía Mayor, el Director del Departamento Administrativo de Bienestar Social del Distrito, el Director del Instituto Distrital de Cultura y Turismo de Bogotá, el Director del Departamento Administrativo de Acción Comunal, el Director del Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud "IDIPRÓN", dos (2) Concejales mujeres de la Corporación y dos (2) representantes de las organizaciones o asociaciones comunitarias sin ánimo de lucro de la Casa de la Mujer designadas por la mesa Directiva del Concejo.

ARTICULO TERCERO. La Orden Civil al Mérito en el Grado Cruz de Oro el cual se otorgará todos los años en ceremonia especial que se realizará el 8 de Marzo de cada año, en el marco de la celebración del Día Internacional de la Mujer.

ARTÍCULO CUARTO: POSTULACIÓN: Las candidatas al recibir la Orden Civil al Mérito, en el Grado Cruz de Oro, será seleccionada entre candidatas que podrán ser postuladas por cualquier ciudadano o comunidad específica. Dicha postulación podrá ser hecha por cualquier ciudadano o comunicada y deberá presentarse antes del 30 de enero de cada año ante la Secretaría General del Concejo, indicando el motivo de la exaltación y el campo en el cual se ha destacado, para que sea escogida por el jurado calificador.

ARTICULO CUARTO. Los gastos que se ocasionen por la creación e imposición de la Orden Civil al Mérito en el Grado Cruz de Oro serán a cargo del presupuesto de la Unidad 04 Fondo Cuenta del Concejo, 3-1-1-02-16-00-0000-00, PROMOCIÓN INSTITUCIONAL, o por la entidad que opere como ordenadora del gasto del Concejo.

ARTICULO QUINTO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE