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DECRETO 608 DE 1998 (Julio 8) Por el cual se otorga la "Orden Civil al Mérito Ciudad de Santa Fe de Bogotá en el Grado de Comendador al Teniente Coronel NELSON FERNANDO MOLINA GAJARDO, Oficial miembro de la Policía de Carabineros de Chile. EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C., En ejercicio de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que con el propósito de honrar a nacionales y extranjeros que se hayan hecho merecedores a una exaltación en nombre del pueblo de Colombia, la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá, D. C, en representación de la ciudadana creó por Decretos números 0693 del 7 de junio de 1971 y 480 del 2 de agosto de 1991, la Orden Civil al Mérito Ciudad de Santa Fe de Bogotá, D.C. Que el Teniente Coronel NELSON FERNANDO MOLINA GAJARDO DONOSO, en su calidad de miembro de la Policía de Carabineros de Chile, en comisión de asesoría técnica en la organización y capacitación de la Policía Metropolitana de Tránsito de Santa Fe de Bogotá, D.C., ha cumplido una importante labor en el planeamiento y organización del tránsito en la ciudad capital, lo cual ha contribuido al mejoramiento de las condiciones de vida de sus habitantes. Que el Oficial se ha destacado por las diversas labores que ha desempeñado durante su misión. Algunas tareas que deben destacarse son la creación de la Escuela de Tránsito de la Policía Nacional y de la Oficina de Investigación de Accidentes. También estuvo a cargo de la estructuración del Plan Estratégico de la Estación Metropolitana de Tránsito. Que es deber del Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., hacer justo reconocimiento a quien se ha convertido en un ciudadano ejemplar en razón a su formación, desempeño e indeclinable voluntad de contribuir al progreso y bienestar del Distrito Capital. DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO.- Otórgase la "Orden Civil al Mérito Ciudad de Santa Fe de Bogotá", en el Grado de Comendador al Teniente Coronel NELSON FERNANDO MOLINA GAJARDO, Oficial miembro de la Policía de Carabineros de Chile. ARTÍCULO SEGUNDO.- En Ceremonia especial, el Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., hará entrega de esta condecoración y del presente Decreto en nota de estilo. ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C, a los ocho (8) días del mes de julio de mil novecientos noventa y ocho (1998). ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor NOTA: Publicado en el Registro Distrital 1693 de julio 8 de 1998. |