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Decreto 384 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/11/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/11/2004
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3227 de noviembre 26 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Decreto Número 384

DECRETO 384 DE 2004

(Noviembre 26)

Por el cual se declara Huésped de Honor y se entregan las llaves de la ciudad al excelentísimo señor Carlos Mesa Gisbert, Presidente Constitucional de la República de Bolivia.

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C

Como Jefe de Gobierno de la Administración Distrital, en ejercicio de las atribuciones señaladas en el Decreto Ley 1421 de 1993 Artículo 35, y

CONSIDERANDO:

Que el excelentísimo señor Carlos Mesa Gisbert, honra nuestra ciudad con su visita, fortaleciendo los vínculos de amistad y cooperación entre nuestros pueblos.

Que el Presidente Constitucional de la República de Bolivia Carlos Mesa Gisbert, nació el 12 de Agosto de 1953 en la Paz, se ha destacado por su gran ingenio periodístico tanto en la radio como la televisión y el cine.

Que en su trayectoria política se ha caracterizado por la lucha contra la corrupción y la búsqueda de soluciones económicas para su país.

Que el ilustre visitante en sus diferentes actividades de la política y el servicio público, ha hecho manifiesta su capacidad de servicio en pro del bienestar ciudadano, ha sido defensor de los principios democráticos y forjador de la integración regional en América latina.

Que es deber del Alcalde Mayor de Bogotá D.C., honrar a tan ilustre visitante, de conformidad con el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993.

DECRETA:

Artículo Primero.- Declarar Huésped de Honor de Bogotá, D.C., al señor Carlos Mesa Gisbert, Presidente Constitucional de la República de Bolivia.

Artículo Segundo.- Entregar en ceremonia especial, en nombre de la ciudadanía, las llaves de la ciudad y copia del presente Decreto en nota de estilo, a tan ilustre huésped.

Artículo Tercero.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días del mes de Noviembre de 2004

Luis Eduardo Garzón

Alcalde Mayor de Bogotá

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3227 de noviembre 26 de 2004.