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Escritura Pública 105 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
22/01/1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/01/1998
Medio de Publicación:
No se publica
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ESCRITURA PUBLICA No

ESCRITURA PÚBLICA NO. 0105

CIENTO CINCO

FECHA DE OTORGAMIENTO: VEINTIDÓS (22) DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO (1998).

CLASE DE CONTRATO: PODER GENERAL

PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL CONTRATO: ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO ALCALDE MAYOR DE SANTAFE DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL..

En la ciudad de Santa fe de Bogotá, D.C., Departamento de Cundinamarca Republica de Colombia a los veintidós (22) días del mes de enero.. de mil novecientos noventa y ocho (1998). Ante mi GLORIA MERCEDES DUQUE....., NOTARIA SÉPTIMA (7)... DEL CIRCULO DE SANTA FE DE BOGOTA. Compareció: El Doctor ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO, mayor de edad, quien se identifica con la cedula de ciudadanía numero 19.333.686 de Bogotá , domiciliado y residenciado en esta ciudad, en su condición de ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL, elegido popularmente para el cargo en elecciones celebradas el día veintiséis (26) de Octubre de mil novecientos noventa y siete (1997), quien tomó posesión el día primero (1) de Enero de mil novecientos noventa y ocho (1998), ante el Juez Primero Civil Municipal de la Ciudad, quien en el otorgamiento de este instrumento obra en calidad de representante Legal Judicial y Extrajudicial de Santa fe de Bogotá , Distrito Capital, previa las siguientes consideraciones:

1).- Que en virtud de lo establecido en el artículo 322 de la Constitución Politica de Colombia se organizo a Santa fe de Bogotá, como Distrito Capital y se señalo que su régimen político, fiscal y administrativo será el que este determinado por la Constitución, las claves especiales que para el mismo se dicten y las disposiciones vigentes para los municipios. .....

2). Que el Decreto Ley mil cuatrocientos veintiuno (1421) de mil novecientos noventa y tres (1993) o Estatuto para Santa fe de Bogotá, Distrito Capital, en su artículo treinta y cinco (35) dispone que el Alcalde Mayor de Santa fe de Bogotá, Distrito Capital, es el Jefe de Gobierno y de la Administración Distrital y representa legal judicial y extrajudicialmente al Distrito Capital....

3). Que la diversidad de asuntos, funciones y compromisos que como Jefe de Gobierno y de la Administración Distrital debe cumplir el Alcalde Mayor, dificulta su comparecencia de manera personal a los distintos despachos judiciales y administrativos para atender los asuntos y procesos en que tenga interés o sea parte el Distrito Capital....

4). Que los principios de eficacia, economía, celeridad y desconcentración en el cumplimiento de funciones están enmarcados de manera expresa en el Articulo treinta y nueve (39) del Decreto Ley mil cuatrocientos veintiuno (1421) de mil novecientos noventa y tres (1993)..

5). Que por lo expuesto es necesario asignar a un funcionario de la Administración Distrital para que en nombre y representación del Alcalde Mayor de Santa fe de Bogotá, Distrito Capital, actúe y ejerza las atribuciones propias de la representación legal en lo judicial y extrajudicial consagradas en la Constitución y la Ley...

CLÁUSULAS

PRIMERA.- Otorgar poder general al Subsecretario de Asuntos Legales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Santa fe de Bogotá , Distrito Capital, quien actuará para los efectos establecidos en el presente poder como mandatario principal...

PARÁGRAFO PRIMERO. Con las mismas facultades podrá actuar, en calidad de mandatario suplente, a falta del principal, el Director de Asuntos Judiciales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Santa fe de Bogotá, Distrito Capital...

PARÁGRAFO SEGUNDO.- Los apoderados aquí constituidos ejercerán la representación legal, en lo judicial y extrajudicial, del Distrito Capital de Santa fe de Bogotá, con facultades de comparecer, asistir, actuar y representar ante los distintos despachos judiciales y administrativos, los asuntos y procesos en que tenga interés o sea parte del Distrito Capital, especialmente en las etapas y audiencias de conciliación judiciales y extrajudiciales que se promueven o surjan en las jurisdicciones Civil, Laboral, Contenciosos Administrativa y Penal, así como en los asuntos relacionados con quiebras, concordatos, concursos de Acreedores. Procesos de Liquidación, de Ejecución Fiscal, los enunciados en el Decreto trescientos cincuenta (350) de mil novecientos ochenta y nueve (1989) conforme a lo dispuesto en los artículos setenta (70) y ciento uno (101) del código de Procedimiento Civil, en la Ley veintitrés (23) de mil novecientos noventa y uno (1991), sus Decretos Reglamentarios números ciento setenta y uno (171) y ochocientos (800) y demás normas complementarias...

SEGUNDA.- La representación otorgada mediante el presente poder general conlleva la facultad de recibir notificaciones, constituir apoderados judiciales y otorgar poderes especiales dentro de los términos de ley para que los mismos actúen conforme al interés jurídico que sea parte el Distrito Capital.....

TERCERA.- Las facultades aquí otorgadas no implican capacidad jurídica para promover, iniciar o instalar acción alguna a nombre de Santa fe de Bogotá, Distrito Capital..

CUARTA.- Se presenta para protocolo conjuntamente con el presente instrumento copia autentica de los siguientes documentos:.....

1). Credencial expedida por la Registraduria Nacional del Estado Civil en la que se declara al doctor ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO, identificado con la Cedula de Ciudadanía No. 19.333.686 expedida en Bogotá como Alcalde Mayor del Distrito Capital de Santa fe de Bogotá , para el periodo constitucional de 1998 al 2001..........

2). Acta de posesión para el ejercicio del cargo fachada el 1 de enero de 1998 ante el Juez Primero Civil Municipal de Santa fe de Bogotá, Distrito Capital....

En este estado se protocoliza con este instrumento la constancia de reparto de este contrato la cual se llevo a cabo en Superintendencia de Notariado y Registro con fecha trece (13) de enero de mil novecientos noventa y ocho (1.998).........

HASTA AQUÍ LA MINUTA PRESENTADA

COMPROBANTES Y ANEXOS: El compareciente presento los comprobantes y anexos que enseguida se relacionan:

1.- Credencial expedida por la Registraduría Nacional del estado Civil....

2.- Acta de posesión para el ejercicio del cargo fachada el 1 de enero de 1998 ante el Juez Primero Civil Municipal de santa fe de Bogotá, Distrito capital..

OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN: Leído el presente instrumento por el compareciente y advertido de las formalidades legales lo aprueba y firma, conmigo la Notaria que lo autoriza..........

La presente escritura ha quedado elaborada en las hojas de papel notarial números: AA 2298309 AA2298310 AA2298311

ESTA HOJA CORRESPONDE A LA ESCRITURA PÚBLICA NUMERO CIENTO CINCO (0105) DE FECHA VEINTIDÓS (22) DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO (1998) OTORGADA EN LA NOTARIA SÉPTIMA (7) DEL CIRCULO DE SANTA FE DE BOGOTÁ D.C....

Derechos Notariales Decreto 1681/96 $=o=o=o=

IVA................$3.392.oo.......

EL COMPARECIENTE

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ D.C.,

C.C. No. 19.333.686 de Bogotá.

LA NOTARIA SÉPTIMA (7) DEL CIRCULO DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C.

NOTARIA

GLORIA MERCEDES DUQUE