Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 14 de 2004 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
21/12/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/12/2004
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3264 de enero 27 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 00014 DE 2004

(Diciembre 21)

Derogada por el art. 39, Resolución de la J.D. IDU 13 de 2005

Por lo cual se modifica la Resolución 006 de mayo 27 de 2003 y se dictan otras disposiciones.

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C.,

en ejercicio de sus facultades, conferidas por el ordinal 9 del artículo 16 del Acuerdo 19 de 1972 del Concejo Distrital y del Decreto 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que es atribución de la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Urbano disponer la organización administrativa del Instituto y crear, suprimir, modificar dependencias, señalando sus respectivas funciones.

Que mediante Resolución No. 006 de mayo 27 de 2003, la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Urbano, señaló las funciones de cada una de las dependencias que conforman la estructura orgánica del IDU.

Que de conformidad con las políticas de desarrollo administrativo previstas en la Ley 489 de 1998, se hace necesario realizar ajustes a la organización interna de la entidad en relación con la distribución de competencias de algunas dependencias y áreas de gestión.

Que se hace necesario adicionar nuevos procesos y funciones al área que tiene a cargo el manejo ambiental de la entidad, adicionando el componente de seguridad integral a todos los procesos que interactúan en la ejecución de los proyectos.

Que en virtud de las consideraciones anteriores y una vez revisados los procesos y la estructura organizacional vigente del Instituto, se determinó que es necesario ajustar las funciones de la Oficina Asesora de Gestión Ambiental en lo relacionado con el componente de seguridad integral.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTICULO 1. - Modificar el artículo 6 de la Resolución No. 006 del 27 de mayo de 2003, el cual quedará, así:

- ARTICULO 6. La Oficina Asesora de Gestión Ambiental, tendrá las siguientes funciones:

* Apoyar a la Subdirección General Técnica en la definición políticas, Proyectos, planes y programas en materia ambiental y seguridad integral en la ejecución de los proyectos de inversión que debe desarrollar la entidad.

* Diseñar, establecer, documentar y divulgar políticas, aspectos, requisitos, lineamientos ambientales y de seguridad integral para los proyectos a cargo del IDU.

* Definir, gestionar y aprobar las especificaciones y requerimientos ambientales y de seguridad integral en los proyectos que ejecute la entidad.

* Dirigir y coordinar mediante visita a terreno, el control de la gestión ambiental y de seguridad integral y verificar que se cumplan con las medidas ambientales y de seguridad establecidas en el plan y guía de manejo ambiental durante la ejecución de la obra.

* Controlar el cumplimiento de los requerimientos de seguridad industrial y salud ocupacional, la evaluación de los riesgos y el desempeño de seguridad asociado a la ejecución de la obra.

* Vigilar para que se cumpla con la utilización de la maquinaria y equipos adecuados para la ejecución de una obra, de acuerdo con su complejidad, así como exigir el mantenimiento preventivo y correctivo de los mismos.

* Dirigir, controlar y velar por la implementación de las medidas establecidas en los términos y de condiciones para los estudios de tránsito y transporte y planes de manejo de tráfico aprobados por la Secretaria de Tránsito y Transporte -STT en la ejecución del proyecto a cargo del IDU, así como exigir el cumplimiento de la normatividad vigente sobre el particular.

ARTICULO 2. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Dada en Bogotá D.C., a los veintiún (21) días del mes de diciembre de dos mil cuatro (2004).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Firma Ilegible

PRESIDENTE

Firma Ilegible

SECRETARIO

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3264 de enero 27 de 2005.