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Circular 8 de 2005 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
07/02/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/02/2005
Medio de Publicación:
No se publica
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 008 DE 2005

(Febrero 7)

Derogada por el art. 156, Decreto Distrital 654 de 2011

Para:

SUBSECRETARIO GENERAL, DIRECTORES, SUBDIRECTORES, JEFES DE OFICINAS ASESORAS, ASESORES, JEFES DE UNIDAD Y JEFES DE GRUPO.

De:

SECRETARIO GENERAL- ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA D.C.

Asunto:

ACTAS DE LIQUIDACIÓN DE CONTRATOS Y ORDENES

 Ver la Circular de la Secretaría General 19 de 2002

Me permito reiterar a los servidores públicos que ejercen funciones de supervisión o interventoría a los contratos celebrados por la Secretaría General, la obligación de verificar que se suscriba dentro del término establecido por la ley, el acta de liquidación de los contratos y ordenes, es decir a más tardar antes del vencimiento de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización de éstos, o a la expedición del acto administrativo que ordene su terminación, dentro del periodo estipulado en este y exigir si es del caso la ampliación de las pólizas de los contratos.

Con el fin de facilitar el ejercicio de dichas funciones, próximamente se hará entrega del Manual para la Interventoría de contratos y se dará una capacitación al respecto para absolver las dudas que se presenten.

Como es de su conocimiento, los servidores públicos comprometen su responsabilidad cuando incurren en actuaciones y omisiones antijurídicas en la actuación contractual, ya que el servidor público que participa en los procesos contractuales o supervisa responde tanto disciplinaria, como civil y penalmente.

Cordialmente,

ENRIQUE BORDA VILLEGAS

Secretario General