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Decreto 981 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

DECRETO 981 DE 1998

(noviembre 24)

 

por el cual se delega la función para la celebración de convenios interadministravos.

 

El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 38, ordinal 15 y 40 del Decreto Ley 1421 de 1993.

 Derogado por el art. 4 del Decreto Distrital No. 258 de 2000

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Delégase en los Secretarios de Despacho y en los Directores de Departamento Administrativo, la representación legal del Distrito Capital para la celebración de convenios interadministrativos y de cofinanciación con entidades públicas del orden nacional y territorial, cuyo objeto corresponda a las funciones de su cargo.

 

La delegación de que trata este artículo conlleva todos los actos inherentes a la actividad contractual.

 

Parágrafo Único.- La delegación de que trata este artículo comprende los convenios interadministrativos de comodato, los cuales solamente se podrán celebrar hasta por el término de dos (2) años, y donación entre entidades del orden distrital.

 

 Artículo 2º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 602 del 20 de septiembre de 1996.

 

Publíquese y cúmplase

 

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 24 de Noviembre de 1998.

 

El Alcalde Mayor, ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital 1787 de Noviembre 25 de 1998.