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Decreto 830 de 1995 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/06/1995
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/06/1995
Medio de Publicación:
Registro Distrital 989 del 29 de junio de 1995
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 830 DE 1995

(diciembre 19)

Derogado por el art. 8, Decreto Distrital 339 de 2006

por el cual se modifican los artículos cuarto y quinto del Decreto 350 de 1995.

El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus atribuciones legales

DECRETA:

Artículo 1º.- El artículo Cuarto del Decreto 350 del 29 de junio de 1995, quedará así:

Artículo 4º.- Corte de cuentas. Para determinar las cuantías que las entidades sustituidas deban transferir para el pago de pensiones, efectuarán un corte de cuentas a 31 de diciembre de 1995.

Artículo 2º.- El artículo Quinto del Decreto 350 del 29 de junio de 1995, quedará así:

Artículo 5º.- Información. A más tardar el 1º de enero de 1996 las entidades sustituídas entregarán los archivos magnéticos, documentos y demás información que se requiera para que el Fondo pueda crear la base de datos necesaria para la elaboración y control de la nómina de pensionados. Las entidades sustituídas enviarán, de acuerdo con las instrucciones impartidas por la Secretaría de Hacienda, la información de las novedades que se registren hasta el 31 de diciembre de 1995.

Artículo 3º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 19 de diciembre de 1995

El Alcalde Mayor, ANTANAS MOCKUS SIVICKAS. La Secretaria General, MARÍA EUGENIA AVENDAÑO MENDOZA.

NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital No. 1078 de diciembre 29 de 1995.