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Decreto 923 de 1994 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/12/1994
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/12/1994
Medio de Publicación:
Registro Distrital 925 de diciembre 30 de 1994
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 923 DE 1994

(Diciembre 29)

Derogado parcialmente por el art. 4, Decreto Distrital 680 de 1998  

Por el cual se reglamenta el sector comprendido por los barrios la Estanzuela, Eduardo Santos, El Progreso, El Vergel, Veraguas y Santa Isabel 1, 2, 3, y 4 Sector y se asignan tratamientos y se dictan otras disposiciones.

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA D.C.,

En ejercicio de las facultades que le confieren el Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 38 y el Acuerdo 6 de 1990, artículo 384,

DECRETA:

CAPITULO I PARTE GENERAL

ARTICULO 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN:

El presente decreto reglamenta los siguientes límites:

Por el norte: La avenida de los Comuneros (calle 6), entre la vía expresa NQS (Avenida Ciudad de Quito) y la Avenida Caracas (Troncal caracas).

Por el Sur: La Avenida 1 entre la Avenida Caracas (Troncal Caracas) y la Carrera 17; y la Calle 8. Sur entre la Cra. 27 y la via expresa NQS (Avenida Ciudad de Quito).

Por el oriente: La Avenida Caracas (Troncal Caracas), entre la Avenida 1 y la Avenida de los Comuneros (calle 6ª).

Por el occidente: La vía expresa NQS (Avenida Ciudad de Quito) entre la Avenida de los Comuneros (Calle 6a) y la Calle 8 Sur.

ARTICULO 2. PLANOS OFICIALES

Se adoptan como parte integrante del presente decreto, los siguientes planos de zonificación y tratamientos:

1. Plano No.1 de Zonificación y Tratamientos escala 1:5.000

2. Plano No.2 de Tratamiento de Conservación Arquitectónica escala 1.2000.

CAPITULO II.

REGLAMENTACIÓN URBANÍSTICA

ARTICULO 3. TRATAMIENTO ESPECIAL DE CONSERVACIÓN ARQUITECTÓNICA

Se asigna el tratamiento especial de conservación arquitectónica a los inmuebles señalados en el plano No. 02, el cual hace parte integral de este decreto, clasificados como edificaciones de conservación arquitectónica, cuyo listado se relaciona a continuación:

INMUEBLES DE CONSERVACIÓN

Mz

Pr

Eduardo Santos

Avenida Caracas No. 2-61/63

05

12

Avenida Caracas No.2- 57/53

05

12

Calle 2 No. 14-06/10

05

12

Carrera 16 No 2-16

06

01

Carrera 16 No. 2-18

06

01

Calle 2A No. 15-65

06

01

Transversal 17 No. 1B-22

10

09

Transversal 17 No. 1B-26

10

09

Transversal 17 No. 1C-44

10

26

Transversal 17 No. 1C-56/ 52/48

10

27

Transversal 17 No. 1C-62/58

10

28

Calle 10 No. 17-57/55

10

29

Calle 10 No. 17-43

10

30

Calle 10 No. 17-31

10

34

Calle 1E No. 16-95/91

10

31

Carrera 17 No. 1D-48

10

32

Carrera 17 No. 1D-38

10

33

Calle 10 No. 17-51

10

35

Carrera 17 No. 1D-12/08

10

36

Carrera 17 No. 1D-34

10

37

Carrera 17 No. 1D-118

10

38

Carrera 17 No. 1D-20

10

39

Calle 1D No. 17-19/15

10

40

Carrera 17 No. 1D-04

10

41

Calle 1D No. 17-01

10

42

Calle 1D No. 17-13

10

43

Carrera 17 No. 1D-24

10

44

Calle 1D No. 17-07

10

45

Calle 1D No. 17-33

10

46

Calle 3A No. 17-24

11

11

Carrera 17 No. 3A-13/17

11

22

Carrera 17A No. 2-48

12

03

Carrera 17A No. 2-

12

04

Calle 3 No. 17-09 y Carrera 17 No. 2-63/51

12

16

Carrera 17A No. 2-54

12

19

Carrera 18 No.3A-52

13

02

Carrera 18 No.3A-40/36

13

04

Carrera 18 No.3A-48

13

05

Carrera 18 No.3A-60/56

13

06

Carrera 8 No.3A-34/30

13

08

Carrera 18 No.3A-26/20

13

09

Carrera 18 No. 3-06/14

14

15

Carrera 16 No. 3-18

14

22

Carrera 17A No. 2-59

15

01

Carrera 17A No. 2-57

15

02

Calle 3 No. 17A-33 y Cra. 18 No. 2-62

15

21

Carrera 18 No. 1F-18

16

01

Carrera 18 No. 1F-24

16

01

Calle 2 No. 17-69/71/75

16

02

Calle 2 No. 17-67

16

03

Calle 1E No. 17-86 y Trasv 17 No. 1E-12

16

15

Transversal 17 No. 1E-22

16

16

Transversal 17 No. 1E-36

16

17

Carrera 18 No. 1F-06/04

16

18

Calle 1D No. 17-1217

01

 

Calle 1D No. 17 -08

17

01

Carrera 17 No. 1D-35/43

17

02

Calle 1E No. 17-11/15

17

03

Calle 1E No. 17-19/23

17

04

Calle 1E No. 17-31

17

05

Calle 1E No. 17-37

17

06

Calle 1E No. 17-39

17

07

Calle 1E No. 17-49

17

08

Calle 1E No. 17- 53

17

09

Calle 1E No. 17 -63

17

10

Calle 1E No. 17-65

17

11

Carrera 17 No. 1D-17

17

12

Carrera 17 No. 1D-21

17

13

Calle 1D No. 17-30

17

14

Calle 1D No. 17-16

17

15

Calle 1D No. 17-24

17

16

Carrera 17 No. 1D-09/11

17

17

Carrera 17 No. 1D-29

17

18

Calle 1D No.17-04

17

19

Carrera 17 No. 1D-01/03

17

20

Calle 1C No. 17-13/17

19

20

Transversal 17 No. 1B-67/69 y Calle 1C No. 17-17

19

21

Carrera 18 No. 1-56/54

20

13

Carrera 18 No. 3A-49/55

21

02

Carrera 18 No. 3A-07/01

21

05

Carrera 18 No. 3A-19

21

08

Carrera 18A No. 3A-38

21

10

Calle 3A No. 18-30

21

11

Carrera 18A No. 3A-30

21

15

Carrera 18A No. 3A-04/08

21

17

Carrera 18A No. 3-22

22

02

Calle 3A No. 18-30

22

05

Carrera 18A No. 3-14

22

08

Calle 3a. No. 18-18

22

09

Calle 3A No. 18-39 y Carrera 18A No. 3-50/42

22

12

Carrera 18A No. 3-32/28/26

22

16

Carrera 18A No. 3-08/00 y Calle 3 No. 18-40

22

17

Carrera 18 No. 2A-39/33

23

02

Calle 3 No. 18-17

23

03

Calle 3 No. 18-07

23

04

Calle 3 No. 18-27

23

08

Calle 3 No. 18-19

23

09

Carrera 18 No. 2A-49 y Calle 3 No. 18-03/05

23

10

Calle 3 No. 18-31

23

18

Calle 1F No. 18-03

25

12

Calle 1F No. 18-11

25

13

Carrera 18 No. 1C-51

26

02

Carrera 18 No. 1C-41

26

03

Calle 1B No. 18-20

27

09

Calle 1B No. 18-36/32

27

11

Carrera 18A No. 18-24

27

15

Calle 1B No. 18-46/42/50

27

16

Calle 1B No. 18-11

28

03

Calle 1B No. 18-17

28

03

Carrera 18 No. 1-65/61/57

28

08

Carrera 18 No. 1-69/71

28

02

Calle 3B No. 18A-36/32

29

03

Calle 38 No. 18A-22

29

05

Calle 38 No. 18A-14

29

02

Carrera 18A No. 3B-05

29

05

Carrera 18A No. 3B-13

29

12

Carrera 18A No. 38-15/23

29

04

Ant. Avenida 6 No. 18A-03/05/ 11/ 13

29

08

Ant Avenida 6 No. 18A-27/31

29

01

Anto Avenida 6 No. 18A- 33/37

29

09

Calle 3 No. 18A-14/18

30

03

Calle 3 No. 18A-36

30

04

Calle 3 No. 18A-32

30

05

Calle 3 No. 18A-22/26

30

06

Calle 3 No. 18A-86

30

07

Calle 3 No. 18A-46

30

08

Calle 3 No. 18A-74

30

09

Carrera 18A No. 3-27

30

12

Calle 3A No. 18A-19/11

30

13

Calle 3A No. 18A- 39

30

14

Carrera 18B No.3A- 37

30

16

Carrera 19 No. 3-48/52/54

30

17

Carrera 19 No. 3-14

30

18

Calle 3a. No. 18A-68

30

19

Calle 3A No. 18A-3l

30

20

Carrera 18 No. 3A- 33

30

22

Carrera 18 No. 3A-19

30

23

Calle 3 No. 18A-60

30

25

Carrera 18 No. 3A-23

30

26

Calle 3A No. 18A-47

30

27

Carrera 18B No. 3A-11/13/09

30

28

Calle 3 18A-54

30

29

Carrera 19 No. 3-10

30

30

Carrera 19 No. 3-34/38

30

31

Carrera 19 No. 3-56/58/60

30

32

Ant. Avenida 6 No. 18B-11

30

33

Ant. Avenida 6 No.18B-25

30

34

Ant. Avenida 6 No. 18B-33/35

30

37

Ant. Avenida 6 No. 188-07/03

30

38

Calle 3 No. 18A-92

30

41

Calle 3 No. 18A-15

32

07

Calle 3 No. 18A-17/23

32

08-06

Calle 3 No. 18A-29/25

32

08-06

Carrera 19 No. 2-04/00

32

13

Calle 3 No. 18A-33/35/37

32

15

Calle 3 No. 18A-79/85

32

19

Calle 3 No. 18A-77/71

32

20

Calle 30 No. 18A-87 y Cra.19 No. 2-74/64

32

22

Calle 30 No. 18A-53/55

32

23

Calle 30 No. 18A-47/ 43

32

24

Calle 3a. No. 18A-67

32

25

Carrera 18A No. 1B-57

35

09

Carrera 18A No. 1B-63

35

09

Carrera 18A No. 1B-31

35

10

Carrera 19 No. 1A-00/04/08 y Diag. 1 No. 18A-16/ 14

35

22

Diagonal 1 No. 18-55/57

36

04

Diagonal 1 No. 18-61

36

06

Carrera 19 No.1-34 y Diag. 1 No. 18-93/89

36/07

 

Diagonal 1 No. 18-85

36

10

Diagonal 1 No. 18-81

36

11

Avenida 3 No. 19-22

37

02

Carrera 19 No. 3-41/43/45

37

12

Avenida 3 No. 19-28/24

37

14

Avenida 3 No. 19-36/32

37

14

Antigua Avenida 6 No. 19-81/83/85

37

21

Calle 1D No. 19-31

40

04

Carrera 19 Bis No. 1C-64/68/74 Esq.

40

08

Calle 1D No. 19-05/13 y Cra.19 No.1C-61 Esq.

40

13

Carrera 19 No. 1C-51

40

14

Calle 1D No. 19.-84 y Cra.19A No. 10-00/12 Esq.

45

17

Calle 1D No. 19-47/43 Esq.

46

02

BARRIO EL PROGRESO

Carrera 20 No. 5-82/78/90 y Calle 5A No. 19A-51 PE p.Esq

03

02

Transversal 19 No. 5ª-69/65 y Calle 5B NO. 22-12/14

27

11

BARRIÓ ESTANCUELA (De la Avda. 6 al Sur)

Antigua Avenida 6 No. 17-16/14/10

20

07

Calle 5 No. 18-10/12

28

02

Carrera 18 No. 5-03/11y Calle 5 No. 18-02 P.Esq.

28

04

Carrera 18 No. 5-21

28

10

Carrera 18 No. 5-33/31/27

28

12

Carrera 18 No. 5-37

28

13

Carrera 18 No. 5-43

28

15

Carrera 18A No. 4-12/06/00 y Ant. Av. 6 No. 18-34 P.E.

29

07

Ant.Avda 6 No. 19-14/18

39

22

Carrera 18B No. 4-14/10/04 y Ant.Av.6 No. 18A-36

31

08

Carrera 18B No. 4-50/52/54

31

15

Carrera 18B No. 4-16/18

31

17

Calle 4 No. 18B-13/09/03 y Cra. 18B No. 3B-47/43PE

37

10

Ant.Avda 6 (Calle 3B) No. 18B-04/06/10 y Carrera 18B No. 3B-01

37

03

Carrera 18B No. 3B-23

37

11

Carrera 18B no. 3B-37/33/29

37

17

Carrera 19 No. 3B-48/50

37

16

Ant. Avda 6 No. 19-08/01 y Cra 19 No. 3B-07/13

39

02

BARRIO VERAGUAS

Carrera 24 No. 5ª-95/91/99 P. Esq.

40

04

1. NORMAS ESPECÍFICAS.

Los aspectos normativos para la intervención, trámite y demás acciones que se pretendan adelantar sobre estos inmuebles y aquellos que se declaren en el futuro. se regularán por el decreto 327 de 1992 sus decretos reglamentarios, los que lo modifiquen o complementen y demás disposiciones vigentes sobre la materia.

ARTICULO 4. TRATAMIENTO DE CONSERVACIÓN URBANÍSTICA.

1. ASIGNACIÓN.

Se asigna el tratamiento especial de conservación urbanística a los predios situados dentro de los polígonos que se relacionan a continuación:

a). Conservación múltiple 01, Código C-M-01

b). Conservación múltiple inmueble institucional Código C-M-II.

c). Conservación residencial especial continuidad de norma.

Los polígonos anteriormente definidos están señalados en el plano No. 1 de zonificación y tratamientos, que forma parte integrante del presente decreto.

1. NORMAS REGLAMENTARIAS:

Las normas que regirán para estos polígonos, son las correspondientes al Decreto 736 de 1993 las que lo complementen o lo modifiquen.

ARTICULO 5. TRATAMIENTO GENERAL DE ACTUALIZACIÓN

1. ASIGNACIÓN.

SE asigna el tratamiento general de actualización a los predios situados dentro de los polígonos que se relacionan a continuación:

a). Actualización Múltiple-01 Código A-M-01

b). Eje Local de Actualización-Múltiple-02.Código Eje Local A-M-02

c). Eje Zonal de Actualización-Múltiple-02,Código Eje Zonal A-M-02.

d). Eje metropolitano de Actualización-Múltiple-02, Código Eje Metropolitano A-M-02.

e). Eje Zonal de Actualización-Residencial General-02, Código Eje Zonal A-RG-02.

Eje metropolitano de actualización-Residencial General-02, código.

Eje Metropolitano A-RG-03.

2. NORMAS REGLAMENTARIAS:

Las normas que regirán para estos polígonos, son las correspondientes al decreto 735 de 1993, las que lo complemente o lo modifique.

CAPITULO III.

DISPOSICIONES FINALES

ARTICULO 6. INCORPORACIÓN DE PLANOS TOPOGRÁFICOS.

El Departamento Administrativo de Planeación Distrial adelantará la incorporación de los planos topográficos de las áreas de los proyectos de acuerdo a las normas vigentes de Conservación residencial especial continuidad de norma C-RE-CN código que regula éste trámite.

ARTICULO 7. VIGENCIA

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Santa fe de Bogotá D.C. , a los veintinueve (29) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro (1994).

JAIME CASTRO

Alcalde mayor de Santa fe de Bogotá D.C.

ANDRÉS ESCOBAR URIBE

Director

Departamento Administrativo de Planeación Distrital

Nota: Publicado en el Registro Distrital 925 de diciembre 30 de 1994.