RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

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Circular 35 de 2005 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/05/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/05/2005
Medio de Publicación:
No se publicó
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 035 DE 2005

(Mayo 26)

  Derogada por el art. 18, Decreto Distrital 690 de 2011

PARA:

SECRETARIOS DE DESPACHO; DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO; GERENTE DE LA UNIDAD EJECUTIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS; DIRECTORES Y GERENTES DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, INCLUIDAS LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, OFICIALES Y MIXTAS; RECTOR DE ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, GERENTES DE EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO DEL NIVEL DISTRITAL

DE:

SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D C

ASUNTO:

COMITÉS DE CONCILIACIÓN Y SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROCESOS JUDICIALES

Me permito informarles que el Comité de Conciliación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., profirió el Acuerdo 1 de 2005, mediante el cual adoptó su Reglamento Interno, con fundamento en las facultades a él conferidas mediante el Decreto Nacional 1.214 de 2000 y la Resolución 131 de 2004 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., mediante la cual se adoptó la estructura interna del Comité de Conciliación.

En tal sentido, les agradezco consultar y analizar el citado Reglamento Interno, al cual pueden tener acceso a través del sistema de información "Régimen Legal de Bogotá", ubicado en el portal Web de Bogotá, D.C., www.bogota.gov.co, bajo la opción de búsqueda avanzada, "Acuerdo 1 de 2005 Secretaría General ¿ Comité de Conciliación".

Ahora bien, en la medida que sus respectivos Comités de Conciliación no hubieren expedido sus respectivos reglamentos internos, les solicito proceder a expedirlos en la mayor brevedad y remitir copia de los mismos a la Dirección Jurídica Distrital.

De otra parte y con el propósito de consolidar la información relativa a los Comités de Conciliación del Distrito Capital, les solicito remitirnos, a más tardar el próximo 31 de mayo del presente año, lo siguiente:

1. Copia auténtica del acto administrativo vigente que integra orgánicamente los Comités de Conciliación.

2. Copia auténtica del Reglamento Interno de los respectivos Comités de Conciliación.

3. Copia auténtica de las actas de los Comités de Conciliación, en medio impreso y magnético, de los períodos 2001 a 2003 y 2004 a 2005.

4. Relación de las políticas y líneas de decisión en relación con la prevención del daño antijurídico, la viabilidad de la conciliación y/o de la acción de repetición en asuntos reiterativos o de gran impacto.

5. Nombre completo y cargo de los funcionarios que presiden los respectivos Comités de Conciliación, al igual de quienes ejercen la Secretaría Técnica.

6. Dirección de correo electrónico y número del fax, con el objeto de intercambiar información entre las Secretarías Técnicas de los Comités de Conciliación.

De antemano agradecemos su siempre valiosa colaboración.

Cordialmente,

ENRIQUE BORDA VILLEGAS