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Resolución 317 de 2005 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Fecha de Expedición:
20/05/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/06/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3335 de junio 01 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Resolución Número 00317

RESOLUCIÓN 00317 DE 2005

(Mayo 20)

Por la cual se modifica parcialmente la resolución 890 del 9 de agosto de 2002.

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ, E.S.P.,

en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que: "La función administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación, y la desconcentración de funciones".

Que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, E.S.P., debe dar estricto cumplimiento a los principios contenidos en el considerando anterior.

Que el artículo 15 literal a) del acuerdo 001 de 2002, por medio del cual se reforman los Estatutos del Acueducto de Bogotá, faculta al Gerente General para "Expedir los actos, celebrar los contratos y ejecutar las operaciones necesarias para asegurar el normal funcionamiento de la Empresa".

Que en virtud del parágrafo del artículo primero del acuerdo 014 del 24 de julio de 2002, la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, delegó en el Gerente General: "La facultad de expedir, actualizar y modificar el manual específico de funciones y requisitos de los servidores públicos de la entidad". (subrayado fuera de texto).

Que actualmente la Dirección de seguros ejerce la función de revisión y aprobación de pólizas de seguros otorgadas a favor del Acueducto de Bogotá, en cumplimiento a lo previsto en el artículo 6º de la resolución 890 de 2002.

Que de conformidad con el artículo 7 de la citada resolución 890 de 2002, la Dirección de Compras y Contratación tiene como función general, planear, dirigir, coordinar, evaluar y controlar las actividades a su cargo, dentro de las cuales debe incluirse la de revisión y aprobación de pólizas, por ser esta parte integral del proceso de legalización de los contratos.

Que por lo anterior, y atendiendo los principios de eficacia, economía y celeridad de que trata el considerando primero de esta resolución, se hace necesario trasladar la función antes citada a la Dirección de Compras y Contratación.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Trasladar la función de "Revisar y aprobar las pólizas de seguro otorgadas a favor de la Empresa para amparar cualquier tipo de riesgo", contenida en el numeral 5 del artículo 6 de la resolución 890 del 9 de agosto de 2002, a la Dirección de Compras y Contratación.

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Dada en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de mayo de dos mil cinco (2005).

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

GERMÁN CORREDOR AVELLA

Gerente General

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3335 de junio 01 de 2005.