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Decreto 679 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
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DECRETO 679 DE 1998

DECRETO 679 DE 1998

(agosto 3)

 

por el cual se ordena la legalización de algunos asentamientos y barrios de Santa Fe de Bogotá, D.C., ubicados en la Localidad No.10 de Engativa.

 

El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá D.C., en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 237 del Acuerdo 6 de 1990.

 

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Desarrollos y barrios objeto de la legalización. Ordenar la legalización urbanística de los asentamientos, desarrollos y barrios ubicados en la Localidad No.10 de Engativa, que a continuación se relacionan:

 

  1. LA RIVERA
  2. MARANDÚ
  3. BOSQUES DE MARIANA
  4. VILLA CONSTANZA
  5. VILLA TERESITA
  6. EL PALMAR III
  7. LA TORTIGUA
  8. LA TORTIGUA Mz Y y J
  9. LA TORTIGUA Mz A, B,C
  10. LAS MERECEDES II
  11. LA ESPERANZA II
  12. LAS PALMAS
  13. LA FAENA
  14. LAS PALMERAS
  15. EL TRIÁNGULO
  16. EL PORVENIR
  17. SAN JOSÉ
  18. VILLA MARY
  19. VILLA SANDRA
  20. EL CEDRO
  21. LA ESPERANZA 1
  22. EL VERDUM
  23. VILLAS EL DORADO SAN ANTONOI II SECTOR

 

 

Artículo 2º.- Áreas del primer nivel de zonificación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de 1990 y demás normas concordastes, pertenecen al primer nivel de zonificación y como tal no podrán ser destinadas a usos diferentes de los previstos en las normas vigentes, las zonas relacionadas a continuación que se encuentran delimitaads en los correspondientes planos de los desarrollos objeto de la presente orden de legalización.