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DECRETO 725 DE 1996 (Noviembre 29)
por medio del cual se modifica el Decreto 678 de 1994
El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en ejercicio de sus atribuciones legales
DECRETA:
Artículo Único.- EI inciso segundo del artículo 35 del Decreto 678 de 1994 quedará así: Si en la modificación propuesta, por el hecho de alterar las características tipológicas del inmueble, por modificar sustancialmente la fachada o los espacios interiores, no se puede resolver la cuota de estacionamientos, el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, previo concepto favorable del Consejo de Monumentos Nacionales y de la Corporación La Candelaria, podrá disminuir la cuota de parqueos exigida cuando se trate de modificaciones para el uso de vivienda.
Cuando no se pueda resolver la cuota de estacionamientos, se podrá resolver en predios vecinos ubicados 500 metros a la redonda, siempre y cuando dichos predios pertenezcan al mismo propietario del proyecto.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 29 de noviembre de 1996.
El Alcalde Mayor, ANTANAS MOCKUS SIVICKAS.
NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital No. 1302 de noviembre 29 de 1996.
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