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Acuerdo 155 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
24/06/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/06/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3348 de junio 24 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 155 DE 2005

(Junio 24)

"POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL PROGRAMA DE SEGUIMIENTO Y APOYO A FAMILIAS AFECTADAS POR LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR-PARVIF"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

En uso de las atribuciones que le confiere la Constitución Política, las leyes y en especial el Decreto-Ley de 1421 de 1993 en su Artículo 12 numeral 1,

Ver Proyecto de Acuerdo 248 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C. Acuerdo Distrital 152 de 2005

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO. En virtud del reconocimiento que la Constitución Política de Colombia hace de la familia como institución básica de la sociedad, crease en el Distrito Capital el Programa se Seguimiento y Apoyo a Familias afectadas por la Violencia Intrafamiliar -PARVIF.

ARTÍCULO SEGUNDO. Este Programa tendrá como objeto crear y fortalecer las capacidades de resolver en forma autónoma situaciones de violencia intrafamiliar, buscando eliminar las causas que la generan

ARTÍCULO TERCERO. El Programa será implementado por el Departamento Administrativo de Bienestar Social, a través de las Comisarias de Familia. Cada Comisaria desarrollará el programa al interior de las familias objeto de su intervención.

ARTÍCULO CUARTO. El registro de información que opera en las Comisarias de Familia incluirá las gestiones y resultados provenientes del seguimiento que se haga a cada caso, con la debida reserva legal.

ARTÍCULO QUINTO. La Administración Distrital implementará un programa de divulgación, a través de medios de comunicación, sobre los beneficios y resultados del programa, que sirva de estimulo y ayuda en la gestión de las entidades distritales encargadas de la atención y tratamiento de las causas que originan la violencia intrafamiliar

ARTÍCULO SEXTO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

HIPOLITO MORENO GUTIEREZ

Presidente

PEDRO ALEJANDRO FRANCO GOMEZ

Secretario General

LUIS EDUARDO GARZON

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

Junio 24 de 2005