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Decreto 490 de 1996 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//1996
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 490 DE 1996

DECRETO 490 DE 1996

(Julio 29)

Derogado por el art. 7 del Decreto Distrital 682 de 2001

por el cual se reglamenta la composición del Consejo de Gobierno Distrital.

El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus facultades legales y en particular de las que le confiere el ordinal 3 articulo 38 del Decreto 1421 de 1993.

DECRETA:

Artículo 1º.- El Consejo de Gobierno Distrital está integrado por el Alcalde Mayor, quien lo preside, los Secretarios de Despacho y el Director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

Parágrafo.- Se levantará acta de las reuniones sólo en los casos en que deba emitir decisiones por mandato de la Ley, los Acuerdos Distritales o por Decreto del Alcalde Mayor. El Secretario Privado del Alcalde Mayor hará las veces de Secretario del Consejo de Gobierno. Igualmente hará el seguimiento a las decisiones obligaciones y compromisos que se adopten.

Artículo 2º.- Para efectos de planeación, de seguimiento a la gestión y coordinación se podrán realizar sesiones ampliadas del Consejo, en donde participarán los directores de departamento administrativo, los gerentes y directores de los entes descentralizados, el veedor distrital, el comandante de la Policía Metropolitana de Bogotá y un alcalde local.

Artículo 3º.- Podrán asistir como invitados a las sesiones del Consejo de Gobierno los demás funcionarios o personas que así disponga el Alcalde Mayor.

Artículo 4º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 29 de julio de 1996.

El Alcalde Mayor, ANTANAS MOCKUS SIVICKAS.

NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital No. 1220 de julio 30 de 1996.