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DECRETO 329 DE 2005 (Septiembre 15) "por el cual se ajusta parcialmente la nomenclatura y clasificación de los empleos de la planta de personal del Departamento Administrativo de Catastro Distrital, de conformidad con lo dispuesto en el decreto ley Nº. 785 de 2005"· EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C., En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Decreto Ley Nº. 785 de 2005, y CONSIDERANDO Que la Ley 909 de 2004, mediante la cual se regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados públicos que prestan sus servicios en el Distrito Capital ¿ DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CATASTRO DISTRITAL. Que el Decreto Ley Nº.785 del 17 de marzo de 2005, en su artículo 29 consagra que las autoridades territoriales competentes deben proceder a ajustar la nomenclatura y clasificación de los empleos de las plantas de personal. Que la equivalencia en la nomenclatura y clasificación de los empleos por niveles en ningún caso podrá conllevar incrementos salariales. Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil, emitió concepto técnico favorable para el efecto, mediante comunicación DIR-3986 del 15 de septiembre de 2005. Que la Secretaría de Hacienda Distrital, Dirección de Presupuesto, emitió viabilidad presupuestal Nº. 2005EE-231143 SA738, del 15 de septiembre de 2005. En mérito de lo expuesto, Ver el Decreto Distrital 100 de 2006 DECRETA ARTÍCULO PRIMERO. Ajústese parcialmente la nomenclatura de los empleos de la planta global de cargos del DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CATASTRO DISTRITAL:
ARTÍCULO SEGUNDO. Adscribir los siguientes cargos a la Dirección del DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CATASTRO DISTRITAL:
ARTÍCULO TERCERO. El Director DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CATASTRO DISTRITAL, distribuirá los empleos de la planta global de los servidores determinados en este Decreto, conforme con las necesidades institucionales de la entidad.PARÁGRAFO: Los empleados que al momento del ajuste de la planta de personal se encuentran prestando sus servicios en el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CATASTRO DISTRITAL, deberán ser incorporados a los cargos de la planta de personal fijada, de conformidad con los términos del artículo 30 del Decreto Ley Nº. 785 de 2005. ARTÍCULO CUARTO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga en lo pertinente las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D. C., a los quince (15) días de Septiembre de 2005. LUIS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor HERNANDO MALDONADO PACHÓN Director Departamento Administrativo de Catastro Distrital MARIELLA DEL SOCORRO BARRAGÁN BELTRÁN Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital |