|
||||||||||||||||||||
|
|||||
|
|||||
|
ACUERDO 180 DE 2005
(Octubre 20)
"Por el cual se autoriza el cobro de una Contribución de Valorización por Beneficio Local para la construcción de un Plan de obras"
EL HONORABLE CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confieren los Artículos 317 y 338 de la Constitución Política, los numerales 3 y 10 del artículo 12 y el artículo 157 del Decreto- Ley
1421 de 1993 y los artículos 15 y 242 de los Decretos 1604 de 1966 y 1333 de 1986, respectivamente,CONSIDERANDO:
Ver la Resolución del IDU-D.G. 5993 de 2007, Ver el Proyecto de Acuerdo 264 de 2005, Ver el Acuerdo Distrital 445 de 2010
ACUERDA:
CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UNAS OBRAS DE LOS SISTEMAS DE MOVILIDAD Y DE ESPACIO PÚBLICO
Determinación de la Contribución y monto distribuible
ARTÍCULO 1.- DETERMINACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN. Establécese el cobro de una Contribución de Valorización por Beneficio Local en el Distrito Capital de Bogotá, con la destinación específica de financiar la construcción del Plan de Obras que se encuentra relacionado en el Anexo No. 1, obras que integran los sistemas de movilidad y de espacio público, contempladas en el Plan de Ordenamiento Territorial y sus Operaciones Estratégicas, en consonancia con el Plan de Desarrollo.
ARTÍCULO 2. - MONTO DISTRIBUIBLE. Modificado por el art. 2, Acuerdo Distrital 398 de 2009. Fíjese en $2.103.117.895.856 a pesos de junio de 2005, el monto distribuible de la Valorización Local de que trata el artículo 1º del presente Acuerdo, de los cuales $2.039.655.294.649, corresponden al costo total de las obras del sistema de movilidad y $63.462.601.207 al costo parcial de las obras del sistema de espacio público, incluido un porcentaje equivalente al 8.396837%, destinado a sufragar el costo de la administración del recaudo.
PARÁGRAFO 1.- El Plan de Obras de Parques que integra el Sistema de Espacio Público se financiará con cargo a la contribución de valorización ordenada en el presente Acuerdo hasta el valor allí fijado. Los costos de las obras que excedan éste monto distribuible se asumirán con cargo al presupuesto del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte.
PARÁGRAFO 2.- El monto distribuible antes establecido se actualizará con base en la variación del Índice de Costos de Construcción Pesada ICCP, entre junio del año 2005 y el certificado al mes inmediatamente anterior a la asignación de la contribución de valorización, en cada una de las fases, por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE o la entidad que haga sus veces.
PARTE I
CONTRIBUCIÓN DE VALORIZACION PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE LOS SISTEMAS DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO
CAPÍTULO I
Obras de los Sistemas de Movilidad y Espacio Público a Construir
ARTÍCULO 3.- PLAN DE OBRAS. El Plan de Obras de los Sistemas de Movilidad y Espacio Público a construir con cargo a la Contribución de Valorización por Beneficio Local, esta conformado por cuatro grupos de obras, según discriminación contenida en el Anexo No. 2 de este Acuerdo.
PARÁGRAFO 1.- Para tal efecto se entiende por construcción de obras de interés público, la ejecución de obras nuevas y la rehabilitación de aquellas que han cumplido su vida útil, conforme con la normatividad y especificaciones técnicas vigentes.
PARÁGRAFO 2.- El plan de obras de que trata el presente Acuerdo, deberá incluirse dentro de los proyectos de inversión en cada vigencia fiscal en el Banco Distrital de Programas y Proyectos del Departamento Administrativo de Planeación Distrital.
PARÁGRAFO 3.- Las obras descritas en el Anexo No. 1 del presente Acuerdo, no podrán construirse a través de contratos de concesión.
ARTÍCULO 4.- CONSTRUCCIÓN DEL PLAN DE OBRAS. Modificado por el art. 4, Acuerdo Distrital 398 de 2009. El Plan de Obras que se financiará con cargo a la Contribución de Valorización establecido en el artículo anterior, será construido en cuatro grupos de obras en forma sucesiva, así:
El grupo 1 se construirá a partir del año 2007 y su costo total en pesos de junio de 2005 es de $485.974.434.006, de los cuales $463.604.076.429, corresponden a las obras del Sistema de Movilidad
y $22.370.357.577 al Sistema de Espacio Público, de las obras a construir, respectivamente.El grupo 2 se construirá a partir del año 2009 y su costo total en pesos de junio de 2005 es de $412.563.855.399, de los cuales $371.471.611.769, corresponden a las obras del Sistema de Movilidad y $41.092.243.630 al Sistema de Espacio Público, de las obras a construir, respectivamente.
El grupo 3 se construirá a partir del año 2012 y su costo total en pesos de junio de 2005 es de $575.053.767.157.
El grupo 4 se construirá a partir del año 2015 y su costo total en pesos de junio de 2005 es de $629.525.839.294.
PARÁGRAFO 1.- El Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, deberá garantizar la disponibilidad material y jurídica de los bienes inmuebles requeridos para la construcción de los parques determinados en cada grupo.
PARÁGRAFO 2.- El Instituto de Desarrollo Urbano estará a cargo de la asignación, cobro y recaudo de la contribución de valorización, quien deberá colocar a disposición del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte los recursos recaudados por este concepto, previo descuento a su favor del 8.396837%, correspondiente a los costos de administración del recaudo.
ARTÍCULO 5.- MODIFICACIONES AL PLAN DE OBRAS. Las modificaciones que sea necesario efectuar al Plan de Obras discriminado en el Anexo No. 2 de este Acuerdo, con posterioridad a la asignación del correspondiente gravamen, se presentarán al Concejo Distrital para su aprobación, siempre que ello se derive de la revisión del Plan de Ordenamiento Territorial y/o cuando el estudio de factibilidad de cada obra, recomiende la modificación; estas estarán sujetas a las siguientes condiciones:
- Cuando la obra no sea viable y pueda ser reemplazada por otra que mantenga los criterios iniciales de asignación, no se reliquidará la asignación en la zona de influencia correspondiente.
- Cuando la obra no sea viable y puede ser reemplazada por otra obra que no mantenga los criterios iniciales de asignación, se reliquidará la asignación en la zona de influencia correspondiente.
- Cuando no sea posible reemplazar la obra no viable, se excluirá sin sustituirla por otra y se reliquidará la asignación en la zona de influencia correspondiente.
Una vez aprobada la modificación, se adelantará respecto de la obra incluida la contratación de los estudios y diseños.
PARÁGRAFO 1.- No constituirán modificación del Plan de Obras, los cambios que se encuentren necesarios introducir a las especificaciones técnicas de las obras
individualmente consideradas, las que se sustentarán en los estudios técnicos que contrate el Instituto de Desarrollo Urbano.PARÁGRAFO 2.- En el evento que no se haya asignado la contribución de valorización, se podrán incluir nuevas obras en cada zona de influencia o excluir obras previamente contempladas en el Plan de Obras, casos en los cuales se deberá someter a aprobación del Concejo Distrital.
CAPÍTULO II
Liquidación y Pago de la Contribución
ARTÍCULO 6. - ASIGNACIÓN DEL MONTO DISTRIBUIBLE. Modificado por el art. 7, Acuerdo Distrital 398 de 2009. La asignación del monto distribuible establecido en el Artículo 2º para la financiación de las obras de los Sistemas de Movilidad y Espacio Público, se hará así:
La Fase I se asignará en el año 2007 por un monto distribuible de $633.662.784.641 distribuido así:
Sistema de Movilidad - $611.292.427.064 pesos de junio de 2005, el cual incluye los siguientes componentes: a) el costo total del grupo 1 de obras, que incluye el costo de administración del recaudo, equivalente a 8.396837%; b) el costo de los estudios y diseños con su interventoría, el costo de predios y las indemnizaciones sociales y el costo de administración del recaudo proporcional, equivalente al 8.396837% del grupo 2 de obras.
Sistema de Espacio Público - $22.370.357.577, incluido el costo de administración del recaudo equivalente al 8.396837%.
La Fase II se asignará en el año 2009 por un monto distribuible de $619.607.069.531 distribuido así:
Sistema de Movilidad - $578.514.825.901 pesos de junio de 2005, el cual incluye los siguientes componentes: a) el costo de construcción e interventoría del grupo 2 de obras y el costo de administración del recaudo proporcional, equivalente al 8.396837%; b) el costo de los estudios y diseños con su interventoría, el costo de predios y las indemnizaciones sociales y el costo de administración del recaudo proporcional, equivalente al 8.396837% del grupo 3 de obras.
Sistema de Espacio Público - $41.092.243.630, incluido el costo de administración del recaudo equivalente al 8.396837%.
La Fase III se asignará en el año 2012 por un monto distribuible de $629.815.893.688 pesos de junio de 2005, el cual incluye los siguientes componentes: a) el costo de construcción e interventoría del grupo 3 de obras y el costo de administración del recaudo proporcional, equivalente al 8.396837%; b) el costo de los estudios y diseños con su interventoría, el costo de predios y las indemnizaciones sociales y el costo de administración del recaudo proporcional, equivalente al 8.396837%, del grupo 4 de obras.
La Fase IV se asignará en el año 2015 por un monto distribuible de $220.032.147.996 pesos de junio de 2005, el cual incluye el costo de construcción e interventoría del grupo 4 de obras y el costo de administración del recaudo proporcional, equivalente al 8.396837%
.PARÁGRAFO 1.-
En lo que corresponde al Sistema de Movilidad, los componentes definidos en cada una de las Fases se asignarán mediante actos administrativos independientes.PARÁGRAFO 2.- El plazo máximo para iniciar la etapa de construcción de las obras de cada grupo, no podrá exceder el término de dos (2) años contados a partir del momento en que se expida el acto administrativo que ordena asignar el valor del monto distribuible correspondiente a la construcción de las obras del respectivo grupo, so pena de devolver los valores recaudados bajo el esquema financiero que se establezca mediante acto administrativo expedido por la Dirección General del Instituto de Desarrollo Urbano o la Dirección del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, cuando los dineros recaudados hayan sido puestos a disposición de éste último, consultando las mismas condiciones del mercado financiero en las que fueron manejados estos recursos. En ningún caso podrá ser inferior al valor efectivamente recaudado.
PARÁGRAFO 3.- El Director General del Instituto de Desarrollo Urbano, mediante acto administrativo, fijará políticas de recaudo y priorización de cartera de conformidad con las circunstancias imperantes en el mercado. Así mismo, establecerá los descuentos y plazos para el pago de contado y por cuotas, y los intereses corrientes y de mora.
ARTÍCULO 7.- MÉTODO DE DISTRIBUCIÓN DEL BENEFICIO. Adoptase como método de distribución de la contribución de valorización que se establece en el presente Acuerdo, el de factores de beneficio, para lo cual el Instituto de Desarrollo Urbano liquidará el gravamen con base en los factores o coeficientes numéricos que califican las características diferenciales de los predios y las circunstancias que los relacionan con las obras, previstos en el Anexo No. 4 de éste Acuerdo, los cuales son: área de terreno (variable base), estrato, nivel geoeconómico, densidad o pisos, explotación económica o uso y grado de beneficio.
PARÁGRAFO.- En el Sistema de Movilidad los factores de liquidación tomados para la asignación del monto distribuible, serán los que tenga la unidad predial al momento de la asignación del respectivo gravamen de cada componente, excepto para el grupo 1 de obras. En el Sistema de Espacio Público los factores de liquidación serán los que tenga la unidad predial al momento de la asignación del respectivo gravamen de cada fase.
PARÁGRAFO 2.- Adicionado por el art. 12, Acuerdo Distrital 398 de 2009.
Ver el art. 4, Acuerdo Distrital 445 de 2010
ARTÍCULO 8.- ZONAS DE INFLUENCIA. Las zonas de influencia de la Contribución de Valorización que se fijan a través del presente Acuerdo para las obras del Sistema de Movilidad y Espacio Público, son las extensiones superficiarias establecidas conforme con el beneficio que genera la construcción de las mismas, delimitadas en el Anexo No. 3.
ARTÍCULO 9.- INVENTARIO PREDIAL. El Instituto de Desarrollo Urbano de manera previa a la asignación de cada contribución de valorización, realizará un proceso de identificación de características físicas, jurídicas, económicas y cartográficas de las unidades prediales, que conforman la zona de influencia y de las variables que califican el beneficio causado por la obra o plan de obras, para efectos de la liquidación, distribución y asignación de la contribución de valorización, a partir de la información que reporte el Departamento Administrativo de Catastro Distrital.
ARTÍCULO 10.- EXENCIONES. En el Distrito Capital no habrá exenciones a la contribución de valorización diferentes a la establecida mediante Acuerdo 124 de 2004, expedido por el Concejo Distrital.
ARTÍCULO 11.- UNIDADES PREDIALES EXCLUIDAS. No se tendrán en cuenta para la distribución de la Contribución de Valorización, las siguientes unidades prediales:
- Las declaradas como monumentos nacionales, siempre que su titularidad radique en una entidad de derecho público.
- Las de propiedad del Distrito Capital: del orden central y descentralizado salvo las sociedades de economía mixta y las empresas industriales y comerciales del Estado; y los entes de control.
- Las áreas destinadas a tumbas y bóvedas de los parques cementerio.
- Las de propiedad de la Defensa Civil Colombiana y los Cuerpos de Bomberos, cuando estén destinados al ejercicio de las funciones propias de éstas Entidades.
- Los bienes de uso público a que se refiere el artículo 674 del Código Civil.
- Las zonas de cesión obligatoria gratuita generadas en la construcción de urbanizaciones, barrios o desarrollos urbanísticos, siempre que al momento de la asignación del gravamen se encuentren abiertos los folios de matrícula inmobiliaria correspondientes a dichas zonas, producto de la demarcación previa por localización y linderos en la escritura pública de constitución de la urbanización, o que se haya suscrito el acta de recibo o toma de posesión por parte del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público o la entidad que haga sus veces, incluidas en el respectivo plano urbanístico.
- Las de propiedad del Jefe de la Misión Diplomática o del Estado Acreditante que sea parte de la Convención de Viena y las establecidas en otros tratados internacionales ratificados por Colombia, siempre que se encuentren vigentes en la fecha de expedición del acto administrativo de asignación de la contribución.
- Las áreas dedicadas al culto y a la vivienda de las comunidades religiosas en las unidades prediales de propiedad de las iglesias reconocidas por el Estado Colombiano. Las áreas restantes serán objeto del gravamen.
- Los predios ubicados en zonas de alto riesgo no mitigable, de conformidad con el listado que para el efecto suministre la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias - DPAE, certificados a la entrada en vigencia del presente Acuerdo.
- Los predios de uso residencial que perteneciendo a los estratos 1, 2 y 3, les corresponda una asignación menor o igual a $45.000, pesos de junio de 2005, los cuales serán indexados por el Índice de Precios al Consumidor IPC, en cada fase al momento de la asignación.
PARÁGRAFO.- Los recursos dejados de recaudar por éste concepto, serán incluidos dentro del presupuesto del Instituto de Desarrollo Urbano, en la vigencia correspondiente a cada fase, en el rubro de transferencias ordinarias.
ARTÍCULO 12.- BALANCE. Dentro del año siguiente a la terminación de las obras de cada zona de influencia, el Instituto de Desarrollo Urbano realizará un balance en donde se consigne la diferencia entre la facturación efectiva al momento de hacer el balance y el costo de las mismas. El balance de las obras del Sistema de Movilidad, se efectuará en forma independiente para cada componente y zona de influencia, y para el Sistema de Espacio Público por cada zona de influencia.
PARÁGRAFO 1.- Cuando haya excedentes, se autoriza a la Dirección General del Instituto de Desarrollo Urbano a efectuar la devolución o el cruce entre los saldos crédito y débito que tenga la unidad predial, independientemente del tipo de valorización, siempre y cuando el sujeto pasivo de la contribución de valorización sea el mismo.
ARTÍCULO 13.- INFORMACIÓN AL CONCEJO DISTRITAL.- El Instituto de Desarrollo Urbano deberá presentar a consideración del Concejo Distrital, informes anuales sobre: avances de estudios diseños e interventorías, compra de predios y su acompañamiento social, ejecución de obras con sus interventorías y recaudo de la contribución de valorización.
ARTÍCULO 14.- ESTADOS DE CUENTA. Se autoriza a la Dirección General del Instituto de Desarrollo Urbano para establecer mediante acto administrativo motivado, los costos de expedición de los estados de cuenta con fines notariales, por concepto de la contribución de valorización.
ARTÍCULO 15.- APLICACIÓN NORMATIVA. En lo que compete a la notificación, discusión del acto administrativo de asignación de la contribución de valorización, cobro y recaudo, se aplicará lo establecido en el Decreto Distrital 807 de 1993 y las normas que lo adicionen, modifiquen o aclaren.
ARTÍCULO 16. - VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
ARTÍCULO 17.- DEROGATORIAS. El presente Acuerdo deroga el artículo 3º del Acuerdo 9 de 1998, por el cual se modifica el Acuerdo 25 de 1995.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
|
HIPÓLITO MORENO GUTIÉRREZ |
ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO |
|
Presidente |
Secretaria General (E) |
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.
Modificado por el art. 1, Acuerdo Distrital 398 de 2009
LISTADO GENERAL DE OBRAS
SISTEMA DE MOVILIDAD
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA |
|
107 |
Vías |
Avenida San José (AC 170) desde Avenida Boyacá hasta Avenida Cota (AK 91) |
|
101 |
Vías |
Avenida Laureano Gómez (AK 9) desde Avenida San Juan Bosco (AC 170) hasta Avenida de los Cedritos (AC 147) |
|
103 |
Vías |
Avenida Germán Arciniegas (AK 11) desde Calle 106 hasta Avenida Laureano Gómez (AK 9) |
|
113 |
Vías |
Avenida El TAM (AK 129) desde Avenida Luis Carlos Galán Sarmiento (AC 24) hasta Avenida Centenario. |
|
114 |
Vías |
Avenida Luis Carlos Galán Sarmiento (AC 24) desde Avenida Fontibón (AK 97) hasta Avenida El TAM (AK 129) |
|
112 |
Vías |
Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde Avenida Ciudad de Cali (AK 86) hasta Trasversal 93 |
|
122 |
Vías |
Avenida Mariscal Sucre de la Calle 19 a la Calle 62: Tramos (Carreras 20 y 22) desde la Avenida Ciudad de Lima, Calle 19 hasta la Avenida Jorge Eliécer Gaitán Calle 26. Avenida Mariscal Sucre (Carrera 20 y Carrera 22) desde la Avenida Jorge Eliécer Gaitán Calle 26 hasta la Avenida Calle 32. Avenida Mariscal Sucre (Carrera 19 y Carrera 20), en la Carrera 39 para empalmar con las Carreras 22 y 24 desde la Calle 41 hasta la Calle 45 (Avenida Francisco Miranda). Avenida Colombia (Transversal 21 y 23), desde la Diagonal 63 hasta empalmar con la Carrera 24 con Calle 62. |
|
172 |
Vías |
Avenida Cundinamarca (AK 36) desde Avenida Ciudad de Lima (AC 19) hasta Avenida Américas (AC 24) |
|
123 |
Vías |
Avenida Mariscal Sucre (Carreras 18 y 19) desde Avenida Jiménez de Quezada (AC 13) hasta Avenida de los Comuneros (AC 6) |
|
124 |
Vías |
Avenida Mariscal Sucre (Carreras 18 y 19) desde Avenida de los Comuneros (AC 6) hasta Avenida de la Hortúa (AC 1) |
|
117 |
Vías |
Avenida Villavicencio (AC 43 Sur), desde Avenida Ciudad de Cali (AK 86) hasta Avenida Tintal (AK 89B) (Calzada Norte) |
|
170 |
Vías |
Avenida Santa Lucía (TV 42) desde Avenida General Santander (DG 39A Sur) hasta Avenida Jorge Gaitán Cortes (AK 33) |
|
169 |
Vías |
Avenida San José (AC 170) desde Avenida Cota (AK 91) hasta Avenida Ciudad de Cali (AK 106) |
|
136 |
Vías |
Avenida La Sirena (AC 153) desde Avenida Laureano Gómez (AK 9) hasta Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) |
|
108 |
Vías |
Avenida El Rincón desde Avenida Boyacá hasta la Carrera 91 |
|
110 |
Vías |
Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde Carrera 114 hasta Carrera 122 |
|
116 |
Vías |
Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde Avenida de la Constitución (AK 70) hasta Avenida Boyacá (AK 72) |
|
106 |
Vías |
Avenida Colombia (AK 24) desde la Calle 76 hasta Avenida Medellín (AC 80) |
|
147 |
Vías |
Diagonal 8 sur (Carrera 60) desde Avenida Congreso Eucarístico (AK 68) hasta Avenida Ciudad Montes (AC 3) |
|
148 |
Vías |
Carrera 63 (carrera 69 B) desde Avenida Boyacá (AK 72) hasta Avenida Congreso Eucarístico (AK 68) con Diagonal 8 Sur. |
|
125 |
Vías |
Avenida de los Cerros (Avenida Circunvalar) desde Calle 9 hasta Avenida de los Comuneros. |
|
126 |
Vías |
PAR VIAL - Carrera 6 y Carrera 7 desde Avenida de los Comuneros hasta Avenida de la Hortúa (AC 1) |
|
127 |
Vías |
Avenida de La Hortúa (AC 1) desde la Carrera 6 hasta Avenida Fernando Mazuera (AK 10) |
|
143 |
Vías |
Avenida Bosa, desde Avenida Agoberto Mejía (AK 80) hasta Avenida Ciudad de Cali |
|
171 |
Vías |
Avenida San Antonio (AC 183) desde Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) hasta Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) |
|
141 |
Vías |
Avenida La Sirena (AC 153) desde Avenida Laureano Gómez (AK 9) hasta Avenida Santa Bárbara (AK 19) |
|
137 |
Vías |
Avenida El Rincón (KR 91 y AC 131A) desde Carrera 91 hasta Avenida La Conejera (TV 97) |
|
138 |
Vías |
Avenida Santa Bárbara (AK 19) desde Avenida Callejas (DG 127A) hasta Avenida Contador (AC 134) |
|
139 |
Vías |
Avenida Constitución (AK 70) desde Avenida José Celestino Mutis (AC 63) hasta puente Río Salitre (incluye traslado línea alta tensión) |
|
140 |
Vías |
Avenida Jorge Gaitán Cortés (AK 33) desde Avenida Congreso Eucarístico (AK 68) hasta Intersección Matatigres |
|
129 |
Vías |
Avenida Jorge Gaitán Cortés, (AK 33) desde Avenida Boyacá hasta Avenida del Congreso Eucarístico |
|
119 |
Vías |
Avenida Ciudad de Cali, desde Avenida Bosa hasta Avenida San Bernardino |
|
150 |
Vías |
Avenida La Sirena (AC153) desde Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) hasta Avenida Boyacá. Calzada norte. |
|
144 |
Vías |
Avenida El Tabor desde Avenida La Conejera hasta Avenida Ciudad de Cali. |
|
151 |
Vías |
Avenida Córdoba (AK 47) desde Avenida Rodrigo Lara Bonilla (AC 125A) a Trasversal de Suba |
|
152 |
Vías |
Avenida Ferrocarril de Occidente (AC 22) desde Avenida Ciudad de Cali hasta Carrera 100 |
|
174 |
Vías |
Avenida Ferrocarril de Occidente (AC 22) de Avenida Boyacá (AK 72) hasta Avenida Ciudad de Cali (AK 86) |
|
145 |
Vías |
Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde Avenida Congreso Eucarístico (AK 68) hasta Avenida De la Constitución (AK 70) |
|
146 |
Vías |
Avenida La Esmeralda (AK 48) desde Avenida Chile (AC 72) hasta Avenida Gabriel Andrade Lleras (AC 68) |
|
133 |
Vías |
Avenida Alsacia desde Avenida Boyacá (AK 72) hasta Avenida Ciudad de Cali (AK 86) |
|
142 |
Vías |
Avenida Tintal (AK 89) desde Avenida Villavicencio hasta Avenida Manuel Cepeda Vargas - Calzada Occidental |
|
135 |
Vías |
Avenida Bosa desde Avenida Ciudad de Cali hasta Avenida Tintal |
|
149 |
Vías |
Avenida Ciudad de Villavicencio desde Avenida Primero de Mayo hasta Avenida Agoberto Mejía |
|
128 |
Vías |
Avenida Mariscal Sucre (AK 24) desde Calle 27 Sur hasta Transversal 22 |
|
131 |
Vías |
Avenida Dario Echandía (AK 10) desde Avenida Villavicencio hasta Calle 48P Sur |
|
102 |
Intersección vial |
Avenida Germán Arciniegas (AK 11) por Avenida Laureano Gómez (AK 9) |
|
160 |
Intersección vial |
Avenida Paseo del Country (AK 15) por Avenida Carlos Lleras Restrepo (AC 100) |
|
104 |
Intersección vial |
Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 94 |
|
154 |
Intersección vial |
Avenida José Celestino Mutis (AC 63) por Avenida Ciudad de Cali (AK 86) |
|
134 |
Intersección vial |
Avenida Primero de Mayo por Avenida Poporo Quimbaya Mejoramiento Geométrico |
|
130 |
Intersección vial |
Avenida Ciudad de Villavicencio por Avenida Boyacá. Orejas y conectantes |
|
109 |
Intersección vial |
Avenida El Rincón por Avenida Boyacá |
|
115 |
Intersección vial |
Avenida José Celestino Mutis (AC 63) por Avenida Boyacá (AK 72) |
|
105 |
Intersección vial |
Avenida Medellín (AC 80) por Avenida Colombia (AK 24) |
|
120 |
Intersección vial |
Puente Aranda (Carrera 50) por Avenida Américas, Avenida de los Comuneros, (AC 6) y Avenida Colón (AC 13) |
|
164 |
Intersección vial |
Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) por Avenida la Sirena (AC 153). Calzada Norte |
|
159 |
Intersección vial |
Avenida Contador (AC 134) por Avenida Laureano Gómez (AK 9) |
|
155 |
Intersección vial |
Avenida Alfredo Bateman (Avenida Suba) por Avenida Rodrigo Lara Bonilla (AC 125A) |
|
158 |
Intersección vial |
Avenida Alfredo Bateman (Avenida Suba) por Avenida Pepe Sierra (AC 116) |
|
153 |
Intersección vial |
Avenida Alfredo Bateman (Avenida Suba) por Avenida España (AC 100) |
|
111 |
Intersección vial |
Avenida Chile (AC 72) por Avenida Ciudad de Cali |
|
161 |
Intersección vial |
Avenida de la Constitución por Avenida Medellín (AC 80) |
|
162 |
Intersección vial |
Avenida Chile (AC 72) por Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68). Orejas y conectantes |
|
156 |
Intersección vial |
Avenida del Sur (Autopista Sur) por Avenida Primero de Mayo (AC 22 Sur) |
|
173 |
Intersección vial |
Avenida San Antonio (AC 183) por Avenida Laureano Gómez (AK 9) |
|
163 |
Intersección vial |
Avenida La Sirena (AC 153) por Avenida Laureano Gómez (AK 9) |
|
167 |
Intersección vial |
Avenida Santa Bárbara (AK 19) por Avenida Contador (AC 134) |
|
165 |
Intersección vial |
Avenida Callejas (DG 127A) por Avenida Santa Bárbara (AK 19) |
|
175 |
Intersección vial |
Avenida Ciudad de Cali (AK 86) por Avenida Ferrocarril de Occidente (AC 22) |
|
168 |
Intersección vial |
Avenida Primero de Mayo por Avenida Villavicencio |
|
166 |
Intersección vial |
Avenida Jorge Gaitán Cortés por Avenida Boyacá |
|
302 |
Puente Peatonal |
Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) por Calle 182 |
|
305 |
Puente Peatonal |
Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 130B |
|
306 |
Puente Peatonal |
Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 123 |
|
312 |
Puente Peatonal |
Avenida Centenario por Carrera 124 |
|
313 |
Puente Peatonal |
Avenida Centenario por Carrera 111 |
|
315 |
Puente Peatonal |
Avenida Centenario por Avenida Ciudad de Cali (AK 86) Norte |
|
314 |
Puente Peatonal |
Avenida Ciudad de Cali (AK 86) por Avenida Centenario Occidente |
|
317 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá (AK 72) por Calle 21 |
|
316 |
Puente Peatonal |
Avenida Centenario por Carrera 75A |
|
318 |
Puente Peatonal |
Avenida Centenario por Avenida Boyacá (AK 72) |
|
334 |
Puente Peatonal |
Avenida José Celestino Mutis (AC 63) por Parque el Lago |
|
324 |
Puente Peatonal |
Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68) por Calle 23 Sur |
|
337 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá por Calle 60 Sur Meisen |
|
304 |
Puente Peatonal |
Avenida San José (AC 170) por Carrera 47 (Villa del Prado) |
|
333 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá por Calle 164 |
|
332 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá por Calle 152 |
|
307 |
Puente Peatonal |
Avenida Rodrigo Lara Bonilla (AC 125A) por Carrera 41 |
|
308 |
Puente Peatonal |
Avenida Callejas (DG 127A) por Carrera 31 (Clínica Reina Sofía) |
|
320 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá (AK 72) por Calle 11A (Villa Alsacia) |
|
321 |
Puente Peatonal |
Avenida Centenario (AC 13) por Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68) |
|
322 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá (AK 72) por Avenida Américas Costado Norte - Calle 7A |
|
323 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá (AK 72) por Avenida Américas Costado Sur - Calle 5A |
|
331 |
Puente Peatonal |
Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 112 |
|
311 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá (AK 72) por Calle 68B |
|
325 |
Puente Peatonal |
Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68) por Calle 31 Sur |
|
326 |
Puente Peatonal |
Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68) por Calle 38A Sur |
|
338 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá por Calle 136 |
|
340 |
Puente Peatonal |
Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 119 |
|
339 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá (AK 72) por Avenida Ferrocarril de Occidente (AC 22) |
|
336 |
Puente Peatonal |
Avenida Centenario (AC 13) por Carrera 69 B |
|
327 |
Puente Peatonal |
Avenida Primero de Mayo por Calle 33 Sur |
|
404 |
Andenes |
Andenes Avenida 19 entre Calle 134 y Calle 161 |
|
411 |
Andenes |
Andenes Calle 127 entre Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) y Avenida Santa Bárbara (AK 19) |
|
403 |
Andenes |
Andenes Calle 122 entre Avenida Paseo del Country (AK 15) y Avenida Santa Bárbara (AK 19) |
|
410 |
Andenes |
Andenes Avenida Paseo del Country (AK 15) entre Avenida Carlos Lleras Restrepo (AC 100) a Avenida Callejas (AC 127) |
|
402 |
Andenes |
Andenes Avenida Carlos Lleras Restrepo (AC 100) entre la Avenida Santa Bárbara (AK 19) y Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) |
|
412 |
Andenes |
Andenes Avenida España (AK 68 - AC 100) entre Avenida Medellín (AC 80) y Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) |
|
406 |
Andenes |
Andenes sector 1 (faltantes Zona Rosa Calle 77 y Avenida Calle 85 - Avenida Paseo del Country (AK 15) y Avenida Germán Arciniegas (AK 11) |
|
414 |
Andenes |
Andenes Calle 76 entre Avenida Paseo del Country (AK 15) y Avenida Caracas (AK 14) |
|
401 |
Andenes |
Andenes faltantes Carrera 13 entre Calle 26 y Calle 32 ambos costados, Carrera 13 entre Calle 32 y Calle 45 costado occidental, Carrera 13 entre Calle 63 y Calle 66 costado oriental, Carrera 13 entre Calle 66 y Calle 68 ambos costados |
|
407 |
Andenes |
Andenes Avenida de los Cedritos (AC 147) entre la Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) y la Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) |
|
413 |
Andenes |
Andenes Avenida Rodrigo Lara Bonilla (AC 125A) entre la Avenida Alfredo Bateman (Avenida Suba) y la Avenida Boyacá |
|
416 |
Andenes |
Andenes y Cicloruta en Av. Pepe Sierra, desde la Av. Paseo de Los Libertadores (Autopista Norte), hasta Av. Boyacá. |
|
409 |
Andenes |
Andenes sector 1 (Sector Héroes) Calle 77 y Calle 85 - Avenida Paseo del Country (AK 15) y Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) |
|
415 |
Andenes |
Andenes Avenida Calle 85 entre Avenida Germán Arciniegas (AK 11) y Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) |
|
417 |
Andenes |
Andenes y Cicloruta en la Av. Boyacá, desde la Av. Medellín (AC 80) hasta la Calle 76 |
|
418 |
Andenes |
Andenes y Cicloruta en la Calle 76, desde Av. Paseo del Country (AK 15) hasta Av. Alberto Lleras Camargo (AK 7) |
|
421 |
Andenes |
Andenes y Cicloruta en la Calle 94, desde la Av. Alberto Lleras Camargo (AK 7) hasta la Av. Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) |
|
419 |
Andenes |
Andenes y Cicloruta en la Av. Pedro León Trabuchy (AK 42B), desde la Av. Jorge Eliécer Gaitán (AC 26) hasta Av. de las Américas (AC 24) |
|
420 |
Andenes |
Andenes y Cicloruta en la Av. Batallón Caldas (AK 50), desde Av. Jorge Eliécer Gaitán (AC 26) hasta Av. de las Américas |
SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO
|
CÓDIGO DE OBRA |
PARQUE |
INTERVENCIÓN |
|
202 |
Fontanar del Río - Suba |
Construcción |
|
204 |
Country Club - Cancha de Polo - Usaquén |
Construcción |
|
215 |
Zona Franca - Fontibón |
Construcción |
|
212 |
La Tingua Tibanica II - Bosa |
Construcción |
|
213 |
Villa Mayor - Antonio Nariño |
Construcción |
|
201 |
San José de Bavaria - Suba |
Construcción |
|
203 |
La Vida - Usaquén |
Construcción |
|
206 |
Morato - Suba |
Construcción |
|
216 |
Tabora - Negativa |
Construcción |
|
208 |
Villa Luz - Negativa |
Construcción |
|
209 |
Simón Bolivar - Sector Parque Los Novios - Barrios Unidos |
Construcción |
|
210 |
Gustavo Uribe Botero - Chapinero |
Construcción |
|
211 |
Las Margaritas - Kennedy |
Construcción |
|
217 |
La Esperanza - Bosa |
Construcción |
|
214 |
La Victoria - San Cristóbal |
Construcción |
|
219 |
Cementerio Central - Globo B |
Construcción |
Modificado por el art. 3, Acuerdo Distrital 398 de 2009
PLAN DE OBRAS POR GRUPOS Y ZONAS DE INFLUENCIA
GRUPO 1
ZONA DE INFLUENCIA 1
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA |
|
107 |
Vías |
Avenida San José (AC 170) desde Avenida Boyacá hasta Avenida Cota (AK 91) |
|
101 |
Vías |
Avenida Laureano Gómez (AK 9) desde Avenida San Juan Bosco (AC 170) hasta Avenida de los Cedritos (AC 147) |
|
103 |
Vías |
Avenida Germán Arciniegas (AK 11) desde Calle 106 hasta Avenida Laureano Gómez (AK 9) |
|
102 |
Intersección vial |
Avenida Germán Arciniegas (AK 11) por Avenida Laureano Gómez (AK 9) |
|
160 |
Intersección vial |
Avenida Paseo del Country (AK 15) por Avenida Carlos Lleras Restrepo (AC 100) |
|
104 |
Intersección vial |
Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 94 |
|
302 |
Puente Peatonal |
Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) por Calle 182 |
|
305 |
Puente Peatonal |
Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 130B |
|
306 |
Puente Peatonal |
Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 123 |
|
404 |
Andenes |
Andenes Avenida 19 entre Calle 134 y Calle 161 |
|
411 |
Andenes |
Andenes Calle 127 entre Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) y Avenida Santa Bárbara (AK 19) |
|
403 |
Andenes |
Andenes Calle 122 entre Avenida Paseo del Country (AK 15) y Avenida Santa Bárbara (AK 19) |
|
410 |
Andenes |
Andenes Avenida Paseo del Country (AK 15) entre Avenida Carlos Lleras Restrepo (AC 100) a Avenida Callejas (AC 127) |
|
402 |
Andenes |
Andenes Avenida Carlos Lleras Restrepo (AC 100) entre la Avenida Santa Bárbara (AK 19) y Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) |
|
412 |
Andenes |
Andenes Avenida España (AK 68 - AC 100) entre Avenida Medellín (AC 80) y Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) |
|
406 |
Andenes |
Andenes sector 1 (faltantes Zona Rosa Calle 77 y Avenida Calle 85 - Avenida Paseo del Country (AK 15) y Avenida Germán Arciniegas (AK 11) |
|
414 |
Andenes |
Andenes Calle 76 entre Avenida Paseo del Country (AK 15) y Avenida Caracas (AK 14) |
|
COSTO TOTAL ZONA DE INFLUENCIA 1 |
$ 265,027,312,803 | |
ZONA DE INFLUENCIA 2
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA | ||
|
113 |
Vías |
Avenida El TAM (AK 129) desde Avenida Luis Carlos Galán Sarmiento (AC 24) hasta Avenida Centenario. | ||
|
114 |
Vías |
Avenida Luis Carlos Galán Sarmiento (AC 24) desde Avenida Fontibón (AK 97) hasta Avenida El TAM (AK 129) | ||
|
112 |
Vías |
Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde Avenida Ciudad de Cali (AK 86) hasta Trasversal 93 | ||
|
154 |
Intersección vial |
Avenida José Celestino Mutis (AC 63) por Avenida Ciudad de Cali (AK 86) | ||
|
312 |
Puente Peatonal |
Avenida Centenario por Carrera 124 | ||
|
313 |
Puente Peatonal |
Avenida Centenario por Carrera 111 | ||
|
315 |
Puente Peatonal |
Avenida Centenario por Avenida Ciudad de Cali (AK 86) Norte | ||
|
314 |
Puente Peatonal |
Avenida Ciudad de Cali (AK 86) por Avenida Centenario Occidente | ||
|
317 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá (AK 72) por Calle 21 | ||
|
316 |
Puente Peatonal |
Avenida Centenario por Carrera 75A | ||
|
318 |
Puente Peatonal |
Avenida Centenario por Avenida Boyacá (AK 72) | ||
|
COSTO TOTAL ZONA DE INFLUENCIA 2 |
$103,547,465,894 | |||
ZONA DE INFLUENCIA 3
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA | |
|
122 |
Vías |
Avenida Mariscal Sucre de la Calle 19 a la Calle 62: Tramos (Carreras 20 y 22) desde la Avenida Ciudad de Lima, Calle 19 hasta la Avenida Jorge Eliécer Gaitán Calle 26. Avenida Mariscal Sucre (Carrera 20 y Carrera 22) desde la Avenida Jorge Eliécer Gaitán Calle 26 hasta la Avenida Calle 32. Avenida Mariscal Sucre (Carrera 19 y Carrera 20), en la Carrera 39 para empalmar con las Carreras 22 y 24 desde la Calle 41 hasta la Calle 45 (Avenida Francisco Miranda). Avenida Colombia (Transversal 21 y 23), desde la Diagonal 63 hasta empalmar con la Carrera 24 con Calle 62. | |
|
172 |
Vías |
Avenida Cundinamarca (AK 36) desde Avenida Ciudad de Lima (AC 19) hasta Avenida Américas (AC 24) | |
|
123 |
Vías |
Avenida Mariscal Sucre (Carreras 18 y 19) desde Avenida Jiménez de Quezada (AC 13) hasta Avenida de los Comuneros (AC 6) | |
|
124 |
Vías |
Avenida Mariscal Sucre (Carreras 18 y 19) desde Avenida de los Comuneros (AC 6) hasta Avenida de la Hortúa (AC 1) | |
|
334 |
Puente Peatonal |
Avenida José Celestino Mutis (AC 63) por Parque el Lago | |
|
401 |
Andenes |
Andenes faltantes Carrera 13 entre Calle 26 y Calle 32 ambos costados, Carrera 13 entre Calle 32 y Calle 45 costado occidental, Carrera 13 entre Calle 63 y Calle 66 costado oriental, Carrera 13 entre Calle 66 y Calle 68 ambos costados | |
|
COSTO TOTAL ZONA DE INFLUENCIA 3 |
$ 62,680,444,162 | ||
ZONA DE INFLUENCIA 4
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA | |
|
117 |
Vías |
Avenida Villavicencio (AC 43 Sur), desde Avenida Ciudad de Cali (AK 86) hasta Avenida Tintal (AK 89B) (Calzada Norte) | |
|
134 |
Intersección vial |
Avenida Primero de Mayo por Avenida Poporo Quimbaya . Mejoramiento Geométrico | |
|
COSTO TOTAL ZONA DE INFLUENCIA 4 |
$ 8,891,811,061 | ||
ZONA DE INFLUENCIA 5
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA | |||
|
170 |
Vías |
Avenida Santa Lucía (TV 42) desde Avenida General Santander (DG 39A Sur) hasta Avenida Jorge Gaitán Cortes (AK 33) | |||
|
130 |
Intersección vial |
Avenida Ciudad de Villavicencio por Avenida Boyacá. Orejas y conectantes | |||
|
324 |
Puente Peatonal |
Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68) por Calle 23 Sur | |||
|
337 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá por Calle 60 Sur Meisen | |||
|
COSTO TOTAL ZONA DE INFLUENCIA 5 |
$ 23,457,042,509 | ||||
|
GRUPO 1 - SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO | |||||
|
CÓDIGO DE OBRA |
PARQUE |
MONTO DISTRIBUIBLE | |||
|
202 |
Fontanar del Río - Suba |
$ 4,919,288,831 | |||
|
204 |
Country Club - Cancha de Polo - Usaquén |
$ 5,937,768,620 | |||
|
215 |
Zona Franca - Fontibón |
$ 7,166,868,032 | |||
|
212 |
La Tingua Tibanica II - Bosa |
$ 884,423,006 | |||
|
213 |
Villa Mayor - Antonio Nariño |
$ 3,462,009,088 | |||
|
COSTO TOTAL PARQUES GRUPO 1 |
$ 22,370,357,577 | ||||
|
COSTO TOTAL GRUPO 1 |
$ 485,974,434,006 | ||||
GRUPO 2
ZONA DE INFLUENCIA 1
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA |
|
169 |
Vías |
Avenida San José (AC 170) desde Avenida Cota (AK 91) hasta Avenida Ciudad de Cali (AK 106) |
|
136 |
Vías |
Avenida La Sirena (AC 153) desde Avenida Laureano Gómez (AK 9) hasta Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) |
|
108 |
Vías |
Avenida El Rincón desde Avenida Boyacá hasta la Carrera 91 |
|
109 |
Intersección vial |
Avenida El Rincón por Avenida Boyacá |
|
304 |
Puente Peatonal |
Avenida San José (AC 170) por Carrera 47 (Villa del Prado) |
|
333 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá por Calle 164 |
|
332 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá por Calle 152 |
|
307 |
Puente Peatonal |
Avenida Rodrigo Lara Bonilla (AC 125A) por Carrera 41 |
|
308 |
Puente Peatonal |
Avenida Callejas (DG 127A) por Carrera 31 (Clínica Reina Sofía) |
|
407 |
Andenes |
Andenes Avenida de los Cedritos (AC 147) entre la Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) y la Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) |
|
413 |
Andenes |
Andenes Avenida Rodrigo Lara Bonilla (AC 125A) entre la Avenida Alfredo Bateman (Avenida Suba) y la Avenida Boyacá |
|
416 |
Andenes |
Andenes y Cicloruta en Av. Pepe Sierra, desde la Av. Paseo de Los Libertadores (Autopista Norte), hasta Av. Boyacá |
|
TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN |
$ 48,339,561,326 | |
|
TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN |
$ 79,422,071,349 | |
|
TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 1 |
$ 127,761,632,675 | |
ZONA DE INFLUENCIA 2
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA |
|
110 |
Vías |
Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde Carrera 114 hasta Carrera 122 |
|
116 |
Vías |
Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde Avenida de la Constitución (AK 70) hasta Avenida Boyacá (AK 72) |
|
106 |
Vías |
Avenida Colombia (AK 24) desde la Calle 76 hasta Avenida Medellín (AC 80) |
|
115 |
Intersección vial |
Avenida José Celestino Mutis (AC 63) por Avenida Boyacá (AK 72) |
|
105 |
Intersección vial |
Avenida Medellín (AC 80) por Avenida Colombia (AK 24) |
|
409 |
Andenes |
Andenes sector 1 (Sector Héroes) Calle 77 y Calle 85 - Avenida Paseo del Country (AK 15) y Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) |
|
415 |
Andenes |
Andenes Avenida Calle 85 entre Avenida Germán Arciniegas (AK 11) y Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) |
|
417 |
Andenes |
Andenes y Cicloruta en la Av. Boyacá, desde la Av. Medellín (AC 80) hasta la Calle 76 |
|
418 |
Andenes |
Andenes y Cicloruta en la Calle 76, desde Av. Paseo del Country (AK 15) hasta Av. Alberto Lleras Camargo (AK 7) |
|
421 |
Andenes |
Andenes y Cicloruta en la Calle 94, desde la Av. Alberto Lleras Camargo (AK 7) hasta la Av. Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) |
|
TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACION |
$ 69,003,075,221 | |
|
TOTAL COSTO CONSTRUCCION |
$ 69,156,442,549 | |
|
TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 2 |
$ 138,159,517,770 | |
ZONA DE INFLUENCIA 3
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA |
|
147 |
Vías |
Diagonal 8 sur (Carrera 60) desde Avenida Congreso Eucarístico (AK 68) hasta Avenida Ciudad Montes (AC 3) |
|
148 |
Vías |
Carrera 63 (carrera 69 B) desde Avenida Boyacá (AK 72) hasta Avenida Congreso Eucarístico (AK 68) con Diagonal 8 Sur. |
|
120 |
Intersección vial |
Puente Aranda (Carrera 50) por Avenida Américas, Avenida de los Comuneros, (AC 6) y Avenida Colón (AC 13) |
|
320 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá (AK 72) por Calle 11A (Villa Alsacia) |
|
321 |
Puente Peatonal |
Avenida Centenario (AC 13) por Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68) |
|
322 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá (AK 72) por Avenida Américas Costado Norte - Calle 7A |
|
323 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá (AK 72) por Avenida Américas Costado Sur - Calle 5A |
|
419 |
Andenes |
Andenes y Cicloruta en la Av. Pedro León Trabuchy (AK 42B), desde la Av. Jorge Eliécer Gaitán (AC 26) hasta Av. de las Américas (AC 24) |
|
420 |
Andenes |
Andenes y Cicloruta en la Av. Batallón Caldas (AK 50), desde Av. Jorge Eliécer Gaitán (AC 26) hasta Av. de las Américas |
|
TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN |
$ 9,505,838,153 | |
|
TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN |
$ 53,325,762,489 | |
|
TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 3 |
$ 62,831,600,642 | |
ZONA DE INFLUENCIA 4
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA |
|
125 |
Vías |
Avenida de los Cerros (Avenida Circunvalar) desde Calle 9 hasta Avenida de los Comuneros. |
|
126 |
Vías |
PAR VIAL - Carrera 6 y Carrera 7 desde Avenida de los Comuneros hasta Avenida de la Hortúa (AC 1) |
|
127 |
Vías |
Avenida de La Hortúa (AC 1) desde la Carrera 6 hasta Avenida Fernando Mazuera (AK 10) |
|
TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN |
$ 9,289,483,413 | |
|
TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN |
$ 10,108,316,997 | |
|
TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 4 |
$ 19,397,800,410 | |
ZONA DE INFLUENCIA 5
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA | |||
|
143 |
Vías |
Avenida Bosa, desde Avenida Agoberto Mejía (AK 80) hasta Avenida Ciudad de Cali | |||
|
TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN |
$ 11,550,392,522 | ||||
|
TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN |
$ 11,770,667,750 | ||||
|
TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 5 |
$ 23,321,060,272 | ||||
|
TOTAL GRUPO 2 PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN |
$ 147,688,350,635 | ||||
|
TOTAL COSTO GRUPO 2 CONSTRUCCIÓN |
$ 223,783,261,134 | ||||
|
GRUPO 2 - SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO | |||||
|
CÓDIGO DE OBRA |
PARQUE |
COSTO | |||
|
201 |
San José de Bavaria - Suba |
$ 5,125,587,514 | |||
|
203 |
La Vida - Usaquén |
$ 4,192,999,478 | |||
|
206 |
Morato - Suba |
$ 394,484,254 | |||
|
216 |
Tabora - Engativa |
$ 1,525,552,818 | |||
|
208 |
Villa Luz - Engativa |
$ 6,023,394,828 | |||
|
209 |
Simón Bolívar - Sector Parque Los Novios - Barrios Unidos |
$ 7,313,919,220 | |||
|
210 |
Gustavo Uribe Botero - Chapinero |
$ 1,112,958,061 | |||
|
211 |
Las Margaritas - Kennedy |
$ 1,530,182,864 | |||
|
217 |
La Esperanza - Bosa |
$ 1,442,287,027 | |||
|
214 |
La Victoria - San Cristóbal |
$ 1,317,217,299 | |||
|
219 |
Cementerio Central Globo B |
$ 11,113,660,267 | |||
|
COSTO TOTAL PARQUES GRUPO 2 |
$ 41,092,243,630 | ||||
|
TOTAL COSTO GRUPO 2 |
$ 412,563,855,399 | ||||
GRUPO 3
ZONA DE INFLUENCIA 1
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA |
|
171 |
Vías |
Avenida San Antonio (AC 183) desde Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) hasta Avenida Alberto Lleras Camargo (AK 7) |
|
141 |
Vías |
Avenida La Sirena (AC 153) desde Avenida Laureano Gómez (AK 9) hasta Avenida Santa Bárbara (AK 19) |
|
137 |
Vías |
Avenida El Rincón (KR 91 y AC 131A) desde Carrera 91 hasta Avenida La Conejera (TV 97) |
|
138 |
Vías |
Avenida Santa Bárbara (AK 19) desde Avenida Callejas (DG 127A) hasta Avenida Contador (AC 134) |
|
164 |
Intersección vial |
Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) por Avenida la Sirena (AC 153). Costado Norte |
|
159 |
Intersección vial |
Avenida Contador (AC 134) por Avenida Laureano Gómez (AK 9) |
|
155 |
Intersección vial |
Avenida Alfredo Bateman (Avenida Suba) por Avenida Rodrigo Lara Bonilla (AC 125A) |
|
158 |
Intersección vial |
Avenida Alfredo Bateman (Avenida Suba) por Avenida Pepe Sierra (AC 116) |
|
153 |
Intersección vial |
Avenida Alfredo Bateman (Avenida Suba) por Avenida España (AC 100) |
|
331 |
Puente Peatonal |
Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 112 |
|
TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN |
$ 182,101,632,438 | |
|
TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN |
$ 114,548,578,457 | |
|
TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 1 |
$ 296,650,210,895 | |
ZONA DE INFLUENCIA 2
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA |
|
139 |
Vías |
Avenida Constitución (AK 70) desde Avenida José Celestino Mutis (AC 63) hasta puente Río Salitre (incluye traslado línea alta tensión) |
|
111 |
Intersección vial |
Avenida Chile (AC 72) por Avenida Ciudad de Cali |
|
161 |
Intersección vial |
Avenida de la Constitución por Avenida Medellín (AC 80) |
|
162 |
Intersección vial |
Avenida Chile (AC 72) por Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68). Orejas y conectantes |
|
311 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá (AK 72) por Calle 68B |
|
TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN |
$ 96,458,142,211 | |
|
TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN |
$ 61,557,574,842 | |
|
TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 2 |
$ 158,015,717,053 | |
ZONA DE INFLUENCIA 3
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA |
|
140 |
Vías |
Avenida Jorge Gaitán Cortés (AK 33) desde Avenida Congreso Eucarístico (AK 68) hasta Intersección Matatigres |
|
129 |
Vías |
Avenida Jorge Gaitán Cortés, (AK 33) desde Avenida Boyacá hasta Avenida del Congreso Eucarístico |
|
156 |
Intersección vial |
Avenida del Sur (Autopista Sur) por Avenida Primero de Mayo (AC 22 Sur) |
|
325 |
Puente Peatonal |
Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68) por Calle 31 Sur |
|
326 |
Puente Peatonal |
Avenida del Congreso Eucarístico (AK 68) por Calle 38A Sur |
|
TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN |
$ 58,396,685,673 | |
|
TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN |
$ 28,969,166,570 | |
|
TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 3 |
$ 87,365,852,243 | |
ZONA DE INFLUENCIA 4
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA | ||
|
119 |
Vías |
Avenida Ciudad de Cali, desde Avenida Bosa hasta Avenida San Bernardino | ||
|
TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN |
$ 17,775,104,445 | |||
|
TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN |
$ 15,246,882,521 | |||
|
TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 4 |
$ 33,021,986,966 | |||
|
TOTAL GRUPO 3 PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN |
$ 354,731,564,767 | |||
|
TOTAL COSTO GRUPO 3 CONSTRUCCIÓN |
$ 220,322,202,390 | |||
|
TOTAL COSTO GRUPO 3 |
$ 575,053,767,157 | |||
GRUPO 4
ZONA DE INFLUENCIA 1
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA |
|
150 |
Vías |
Avenida La Sirena (AC153) calzada norte, desde Avenida Paseo de los Libertadores (Autopista Norte) hasta Avenida Boyacá. |
|
144 |
Vías |
Avenida El Tabor desde Avenida La Conejera hasta Avenida Ciudad de Cali. |
|
151 |
Vías |
Avenida Córdoba (AK 47) desde Avenida Rodrigo Lara Bonilla (AC 125A) a Trasversal de Suba |
|
173 |
Intersección vial |
Avenida San Antonio (AC 183) por Avenida Laureano Gómez (AK 9) |
|
163 |
Intersección vial |
Avenida La Sirena (AC 153) por Avenida Laureano Gómez (AK 9) |
|
167 |
Intersección vial |
Avenida Santa Bárbara (AK 19) por Avenida Contador (AC 134) |
|
165 |
Intersección vial |
Avenida Callejas (DG 127A) por Avenida Santa Bárbara (AK 19) |
|
338 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá por Calle 136 |
|
340 |
Puente Peatonal |
Avenida Laureano Gómez (AK 9) por Calle 119 |
|
TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN |
$ 220,891,457,064 | |
|
TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN |
$ 89,950,089,705 | |
|
TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 1 |
$ 310,841,546,769 | |
ZONA DE INFLUENCIA 2
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA |
|
152 |
Vías |
Avenida Ferrocarril de Occidente (AC 22) desde Avenida Ciudad de Cali hasta Carrera 100 |
|
174 |
Vías |
Avenida Ferrocarril de Occidente (AC 22) de Avenida Boyacá (AK 72) hasta Avenida Ciudad de Cali (AK 86) |
|
145 |
Vías |
Avenida José Celestino Mutis (AC 63) desde Avenida Congreso Eucarístico (AK 68) hasta Avenida De la Constitución (AK 70) |
|
146 |
Vías |
Avenida La Esmeralda (AK 48) desde Avenida Chile (AC 72) hasta Avenida Gabriel Andrade Lleras (AC 68) |
|
133 |
Vías |
Avenida Alsacia desde Avenida Boyacá (AK 72) hasta Avenida Ciudad de Cali (AK 86) |
|
175 |
Intersección vial |
Avenida Ciudad de Cali (AK 86) por Avenida Ferrocarril de Occidente (AC 22) |
|
339 |
Puente Peatonal |
Avenida Boyacá (AK 72) por Avenida Ferrocarril de Occidente (AC 22) |
|
336 |
Puente Peatonal |
Avenida Centenario (AC 13) por Carrera 69 B |
|
TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN |
$ 100,286,593,814 | |
|
TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN |
$ 62,619,209,670 | |
|
TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 2 |
$ 162,905,803,484 | |
ZONA DE INFLUENCIA 3
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA |
|
142 |
Vías |
Avenida Tintal (AK 89) desde Avenida Villavicencio hasta Avenida Manuel Cepeda Vargas - Calzada Occidental |
|
135 |
Vías |
Avenida Bosa desde Avenida Ciudad de Cali hasta Avenida Tintal |
|
149 |
Vías |
Avenida Ciudad de Villavicencio desde Avenida Primero de Mayo hasta Avenida Agoberto Mejía |
|
168 |
Intersección vial |
Avenida Primero de Mayo por Avenida Villavicencio |
|
327 |
Puente Peatonal |
Avenida Primero de Mayo por Calle 33 Sur |
|
TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN |
$ 37,640,897,567 | |
|
TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN |
$ 38,071,500,241 | |
|
TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 3 |
$ 75,712,397,808 | |
ZONA DE INFLUENCIA 4
|
CÓDIGO DE OBRA |
SUBSISTEMA |
OBRA | ||
|
128 |
Vías |
Avenida Mariscal Sucre (AK 24) desde Calle 27 Sur hasta Transversal 22 | ||
|
131 |
Vías |
Avenida Dario Echandía (AK 10) desde Avenida Villavicencio hasta Calle 48P Sur | ||
|
166 |
Intersección vial |
Avenida Jorge Gaitán Cortés por Avenida Boyacá | ||
|
TOTAL PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN |
$ 50,674,742,853 | |||
|
TOTAL COSTO CONSTRUCCIÓN |
$ 29,391,348,380 | |||
|
TOTAL COSTO ZONA DE INFLUENCIA 4 |
$ 80,066,091,233 | |||
|
TOTAL GRUPO 4 PREDIOS ESTUDIOS Y DISEÑOS Y ADMINISTRACIÓN |
$ 409,493,691,298 | |||
|
TOTAL COSTO GRUPO 4 CONSTRUCCIÓN |
$ 220,032,147,996 | |||
|
TOTAL COSTO GRUPO 4 |
$ 629,525,839,294 | |||
|
TOTAL COSTO 4 GRUPOS |
$ 2,103,117,895,856 | |||
DELIMITACIÓN ZONAS DE INFLUENCIA
1. DELIMITACION ZONAS DE INFLUENCIA GRUPO I
1.1. ZONA DE INFLUENCIA 1
NORTE:
Costado norte de los sectores catastrales Tuna Baja (009242), Villa Hermosa (009244) y las Mercedes I (009243); proyección de la Avenida Tibabita.ORIENTE: Avenida Alberto Lleras Camargo y costado oriental del perímetro urbano.
SUR: Avenidas Chile, Medellín, Camino del Prado, Transversal de Suba (incluyendo la proyección entre la Avenida Boyacá y el sector de Carabineros).
OCCIDENTE: Carreras 47 y 49 A, Transversales 48 y 38; Avenida Paseo de los Libertadores, limite occidental de los sectores catastrales Tibabuyes (009233), Del Monte (009246), Vereda Suba Cerros II (009265) y San José de Bavaria (009113).
1.2. ZONA DE INFLUENCIA 2
NORTE: Costado norte de los sectores catastrales El Gaco (005669), La Faena (005666) y La Riviera (005670); Avenidas Medellín y Chile.
ORIENTE: Costado oriental de los sectores catastrales La Granja (005610) Y Tabora (005609), Avenida Boyacá y costado oriental de los sectores catastrales Terminal de Transporte (006319) y Franco (006308)
SUR: Limite sur de la localidad de Fontibón, costado occidental del perímetro urbano.
OCCIDENTE: Costado occidental del perímetro urbano.
1.3. ZONA DE INFLUENCIA 3
NORTE: Avenida Chile, costado norte de los sectores catastrales Emaus (008202) y Las Acacias (008203).
ORIENTE: Costado oriental del perímetro urbano, Avenida Jiménez de Quesada, costado oriental de los sectores catastrales La Catedral (003110), Centro Administrativo (003106), Santa Bárbara (003203), Calvo Sur (001210), Nariño Sur (001207), Quinta Ramos (001206) y Sociego (001205).
SUR: Avenidas Primero de Mayo, Los Comuneros y la Esperanza.
OCCIDENTE: Avenidas Jorge Gaitán Cortes, Ciudad de Quito, Batallón Caldas y La Esmeralda.
1.4. ZONA DE INFLUENCIA 4
NORTE: Proyección de la Avenida Manuel Cepeda Vargas, Avenida de las Américas, calles 3, 1 y 2A sur.
ORIENTE: Avenida Boyacá, costado oriental de los sectores catástrales la Campiña (004506) y Renania Urapanes (004582).
SUR: Costado sur de los sectores catastrales Santa Catalina (004584), Timiza B (004530), Catalina (004545), Casablanca (004537), Casablanca Sur (004576), Gran Britalia (004557), El Carmelo (004559), Jorge Uribe Botero (004568), Chicalá (004605), Brasilia (004604), Portal del Brasil (004591) y El Corzo (004631).
OCCIDENTE: Río Bogota y costado occidental del perímetro urbano.
1.5. ZONA DE INFLUENCIA 5
NORTE: Avenida Primero de Mayo, costado norte de los sectores catastrales Libertador (002305) y Quiroga (002202).
ORIENTE: Avenida Caracas, costado oriental de los sectores catastrales Abraham Lincoln (002507), Meisen (002514) y México (002516).
SUR: Costado sur de los sectores catastrales Candelaria la Nueva (002531) y Verona (002412); Avenida Boyacá.
OCCIDENTE: Avenidas Jorge Gaitán Cortes, Boyacá y proyección de Ferrocarril del Sur.
1.6. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE FONTANAR DEL RIO - SUBA
NORTE: Costado norte de los sectores catastrales Tibabuyes II (009248), Rincón de Santa Inés (009217) y Tuna Baja (009242).
ORIENTE: Avenida Ciudad de Cali
SUR: Proyección de la Avenida del Tabor, costado norte del humedal Juan Amarillo.
OCCIDENTE: Cauce del Río Bogotá.
1.7. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE COUNTRY CLUB - CANCHA DE POLO - USAQUEN
NORTE: Costado norte de los sectores catastrales El Contador (008514), Cedro Narváez (008511), Acacias Usaquen (008510) y Bosque de Pinos (008536).
ORIENTE: Perímetro Oriental sectores catastrales Bosque de Pinos (008536), Ginebra (008407), Usaquen (008407) y Santa Ana Occidental (008414).
SUR: Calles 112 y 106.
OCCIDENTE: Avenidas Paseo de los Libertadores, Santa Bárbara y Jorge Uribe Botero.
1.8. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE ZONA FRANCA - FONTIBON
NORTE: Avenida Centenario; costado norte de los sectores catastrales El Carmen Fontibón (006408) y San Pedro de los Robles (006523).
ORIENTE: Avenida Fontibón y costado oriental del sector catastral Sabana Grande (006521).
SUR: Limite sur de los sectores catastrales Sabana Grande (006521), El Tintal (105104), El Chanco I (006525) y El Chanco II (205401).
OCCIDENTE: Costado occidental de los sectores catastrales El Chanco II (205401) y El Chanco I (006525).
1.9. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE LA TINGUA TIBANICA II - BOSA
NORTE: Costado norte de los sectores catastrales San Bernardino I (004597) y El Retazo (004533)
ORIENTE: Proyección de la Avenida Agoberto Mejia; costado oriental de los sectores catastrales La Estación-Bosa (004521), Nueva Granada Bosa (004527), José Maria Carbonel (004550), Villa Anny I (004599) y Villa Anny II (004598).
SUR: Costado sur de los sectores catastrales Villa Anny II (004598) y San Bernardino I (004597).
OCCIDENTE: Costado occidental de los sectores catastrales San Bernardino I (004597) y Gran Colombiano (004539).
1.10. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE VILLA MAYOR - ANTONIO NARIÑO
NORTE: Avenida Primero de Mayo; costado norte de los sectores catastrales Remanso Sur (004412) y Santander (002105); Calle 28 Sur.
ORIENTE: Avenida General Santander, Carrera 27 y Avenida Mariscal Sucre.
SUR: Avenida Quiroga, Diagonal 40 Sur y Avenida del Sur.
OCCIDENTE: Avenida Batallón Caldas.
2. DELIMITACIÓN ZONAS DE INFLUENCIA GRUPO II
2.1. ZONA DE INFLUENCIA 1
NORTE: Límite norte del perímetro urbano, proyección de la Avenida Tibabita.
ORIENTE: Avenida Alberto Lleras Camargo; limite oriental del perímetro urbano; Avenidas Santa Bárbara y Paseo de los Libertadores.
SUR: Costado sur del sector catastral Cedro Narváez (008511), Avenidas España y Medellín; canal y humedal Juan Amarillo.
OCCIDENTE: Costado occidental del sector catastral Los Cerezos (005616), costado occidental del perímetro urbano.
2.2. ZONA DE INFLUENCIA 2
NORTE: Avenidas Medellín, España y Carlos Lleras Restrepo
ORIENTE: Avenidas Alberto Lleras Camargo y Batallón Caldas
SUR: Avenidas José Celestino Mutis y su proyección entre Avenidas Caracas y Alberto Lleras, Pablo VI y Jorge Eliécer Gaitán; costado norte del sector catastral Puerta de Teja (006404) y el costado norte del Aeropuerto el Dorado, identificado con el código de sector catastral 005624
OCCIDENTE: Costado occidental de los sectores catastrales Modelia Occidental (006312), Bosques de Modelia (006316), Santa Cecilia (006301) y Los Álamos (005626); costado occidental del perímetro urbano.
2.3. ZONA DE INFLUENCIA 3
NORTE: Proyección Avenida Ferrocarril de Occidente, Avenidas Jorge Eliécer Gaitán y Pablo VI
ORIENTE: Avenidas Ciudad de Quito, Jorge Gaitán Cortes y proyección de la Ferrocarril de Occidente.
SUR: Avenidas del Sur y Ciudad de Villavicencio; costado sur del sector catastral Mandalay (004531).
OCCIDENTE: Avenidas Primero de Mayo y Boyacá; costado occidental de los sectores catastrales Ciudad Salitre Occidental (006313) y el Salitre (005110).
2.4. ZONA DE INFLUENCIA 4
NORTE: Calle 8; Avenidas Jiménez de Quesada (Eje Ambiental) y de los Cerros.
ORIENTE: Costado oriental del perímetro urbano; costado oriental de los sectores catastrales El Guavio (003205), Girardot (003211), Ramírez (003210), Quinta Ramos (001206) y Sociego (001205).
SUR: Avenidas Fucha y Primero de Mayo.
OCCIDENTE: Avenidas Mariscal Sucre y Caracas.
2.5. ZONA DE INFLUENCIA 5
NORTE: Limite norte de los sectores catastrales Osorio X (105210), Osorio X Urbano (004616) y Las Margaritas (004316) y Avenida Ciudad de Villavicencio.
ORIENTE: Costado Oriental de los sectores catastrales Catalina (004545), Andalucia II (004553), La Cecilia (004532), Gualoche (004552), La Estación Bosa (004521), Nueva Granada Bosa (004527), José Maria Carbonel (004550), Villa Anny I (004598) y Villa Anny II (004599).
SUR: Costado sur de los sectores catastrales Villa Anny I (004598), San Bernardino I (004597) y San Diego Bosa (004513); costado sur del perímetro urbano.
OCCIDENTE: Límite Occidental de la localidad de Bosa.
2.6. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE SAN JOSÉ DE BAVARIA- SUBA
NORTE: Calles 177 y 181, Avenida San Antonio y costado norte del sector catastral Villa del Prado (009129).
ORIENTE: Carreras 59, 52A, 51A, 51 Bis y Carrera 55.
SUR: Calles 167 y 164; costado sur del sector catastral Casablanca Suba (009215).
OCCIDENTE: Costado occidental de los sectores catastrales Casablanca Suba (009215) e Iragua (009247); Carreras 71 y 68.
2.7. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE LA VIDA - USAQUEN
NORTE: Costado norte de los sectores catastrales Orquídeas (008516), La Pradera Norte (008502) y San Cristóbal Norte (008505).
ORIENTE: Avenida Laureano Gómez, Carreras 20, 18, 17, 16 y 15.
SUR: Avenidas La Sirena y de los Cedritos.
OCCIDENTE: Avenida Santa Bárbara), Carrera 37A y costado occidental del sector catastral La Pradera Norte (008502).
2.8. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE MORATO- SUBA
NORTE: Avenida Alfredo D Bateman.
ORIENTE: Costado oriental del sector catastral Julio Flores (005403) y carrera 49A.
SUR: Calles 103, 101 y 99A.
OCCIDENTE: Transversal 56A; Diagonales 113, 113ª y 114; costado occidental del sector catastral Potosí (0054019).
2.9. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE TABORA - ENGATIVA
NORTE: Avenida Medellín.
ORIENTE: Costado oriental del sector catastral Bonanza (005406); Avenidas de la Constitución y Boyacá.
SUR: Avenida Chile y Calle 66A.
OCCIDENTE: Avenida Ciudad de Cali.
2.10. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE VILLA LUZ- ENGATIVA
NORTE: Avenida el Salitre y Calle 69A.
ORIENTE: Avenida Boyacá.
SUR: Avenida Jorge Eliécer Gaitan.
OCCIDENTE: Transversal 93.
2.11. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE SIMÓN BOLÍVAR - SECTOR PARQUE DE LOS NOVIOS - BARRIOS UNIDOS
NORTE: Calle 70, Avenida Chile, costado norte de los sectores catastrales San Fernando (005203), 12 de Octubre (005202), 11 de Noviembre (007405), La Aurora (007407), Colombia (007303) y Concepción Norte (007304).
ORIENTE: Avenidas Colombia, Caracas y Ciudad de Quito.
SUR: Costado Norte de los sectores catastrales Chapinero Occidental (007203), Banco Central (007208) y Ciudad Universitaria (005108).
OCCIDENTE: Avenida Congreso Eucarístico y costado occidental del sector catastral San Fernando (005203).
2.12. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE GUSTAVO URIBE BOTERO - CHAPINERO
NORTE: Costado norte de los sectores catastrales Quinta Camacho (008201), Porciúncula (008306) y Bellavista (008305).
ORIENTE: Costado oriental de los sectores catastrales Bellavista (008305), Las Acacias (008203) y Maria Cristina (008205).
SUR: Costado sur de los sectores catastrales La Salle (008206) y Chapinero Norte (008214).
OCCIDENTE: Avenidas Alberto Lleras Camargo, Caracas y Germán Arciniegas.
2.13. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE LAS MARGARITAS - KENNEDY
NORTE: Costado norte de los sectores catastrales Tintalito (004617) y Chucua de la Vaca (004621).
ORIENTE: Costado oriental de los sectores catastrales Chucua de la Vaca (004621) y Casablanca Sur (004576).
SUR: Costado norte de los sectores catastrales Class (004535), La Paz Bosa (004520) y Escocia (004519) y Proyección de la Avenida Primero de Mayo.
OCCIDENTE: Costado occidental del sector catastral Brasilia (004604) y Carrera 88C.
2.14. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE LA ESPERANZA - BOSA
NORTE: Costado norte del sector catastral Gran Colombiano (004539) y calles 71F Sur y 72 B Bis Sur.
ORIENTE: Costado oriental de los sectores catastrales Villa Anny II (004599) y Villa Anny I (004598).
SUR: Limite sur de la localidad de Bosa.
OCCIDENTE: Costado occidental de los sectores catastrales San Diego Bosa (004513), El Jardín (004561) y Los Laureles (004575).
2.15. ZONA DE INFLUENCIA PARQUE LA VICTORIA- SAN CRISTOBAL
NORTE: Costado norte de los sectores catastrales Bello Horizonte (001304) y San Vicente (001309).
ORIENTE: Costado oriental de los sectores catastrales San Vicente (001309), Bellavista Sur (001313), Altos del Poblado (001333) y La Gloria Oriental (001319).
SUR: Costado sur de los sectores catastrales La Gloria Oriental (001319), La Gloria Occidental (001311) y San Martín Sur (001321).
OCCIDENTE: Costado occidental de los sectores catastrales Las Guacamayas (001326), Villa de los Alpes (001408) y Bello Horizonte (001304).
2.16 ZONA DE INFLUENCIA CEMENTERIO CENTRAL - GLOBO B
NORTE: Costado norte de los sectores catastrales el Recuerdo (006201), Acevedo Tejada (005107) y Palermo (007205); Calle 47 y costado norte del sector catastral Cataluña (008111).
ORIENTE: Avenida de los Cerros, Costado Oriental de los sectores catastrales La Perseverancia (008104), La Macarena (008105) y La Catedral (003110).
SUR: Costado sur del sector catastral La Catedral (003110); Calles 10, 8 y 9; Avenida Colon.
OCCIDENTE: Avenidas Ciudad de Quito, Cundinamarca y Pedro León Trabuchy.
3. DELIMITACIÓN ZONAS DE INFLUENCIA GRUPO III
3.1. ZONA DE INFLUENCIA 1
NORTE: Límite norte del perímetro urbano y la proyección de las Avenidas Tibabita y el Polo y costado norte del sector catastral Tibabuyes Occidental (009250).
ORIENTE: Limite oriental del perímetro urbano, costado oriental de los sectores catastrales Páramo urbano (008420) y Seminario (008302) y la Avenida Paseo del Country.
SUR: Límite sur del perímetro urbano, Avenida Alejandro Obregón, Avenida Medellín y costado sur de los sectores catastrales Polo Club (007401), Antiguo Country (008314) y Chico Norte (008307).
OCCIDENTE: Límite occidental del perímetro urbano y costado occidental de la Localidad de Suba.
3.2. ZONA DE INFLUENCIA 2
NORTE: Límite norte de la Localidad de Engativa; Avenidas Morisca y Medellin.
ORIENTE: Avenidas Ciudad de Quito, La Esmeralda y Congreso Eucarístico.
SUR: Limite Norte del sector catastral Parque Distrital Salitre (005112); Avenidas Jorge Eliécer Gaitán, Avenida Ferrocarril de Occidente y José Celestino Mutis.
OCCIDENTE: Costado occidental de los sectores catastrales Sabana del Dorado (005657), Engativa Zona Urbana (005636), Villas de Alcalá (005668) y el Cortijo (00563).
3.3. ZONA DE INFLUENCIA 3
NORTE: Costado Norte del sector Providencia Norte (004310), Avenida Colón (calle 13), costado norte del sector catastral Eduardo Santos (004105).
ORIENTE: Avenidas Mariscal Sucre (carrera 19) y Caracas, carrera 11, costado oriental del sector catastral San José Sur (001401) y Avenida Tunjuelito.
SUR: Avenida Ciudad de Villavicencio.
OCCIDENTE: Avenida Primero de Mayo, costado occidental del sector catastral Providencia Oriental (004503) y Avenida Ferrocarril del Sur
3.4. ZONA DE INFLUENCIA 4
NORTE: Avenida Ciudad de Villavicencio, Avenida Calle 54 Sur, Avenida Bosa y costado norte de los sectores catastrales Canaveralejo (004634) y Santa Fe de Bosa (004633).
ORIENTE: Avenida Agoberto Mejía Cifuentes y Avenida del Sur
SUR: Avenida del Sur y limite sur del perímetro urbano.
OCCIDENTE: Limite occidental de la Localidad de Bosa y Río Bogotá.
4. DELIMITACIÓN ZONAS DE INFLUENCIA GRUPO IV
4.1. ZONA DE INFLUENCIA 1
NORTE: Transversal de Suba, Avenida San Jose, costado norte de los sectores catástrales Canaima (008544), Tibabita (008521) y Buena Vista (008535).
ORIENTE: Limite oriental del perímetro urbano y costado oriental de los sectores catastrales La Granja Norte (008524) y Santa Teresa (008503).
SUR: Costado sur del sector catastral Santa Ana (008408); Avenida Carlos Lleras y Medellín; Canal y Humedal Juan Amarillo.
OCCIDENTE: Costado occidental del perímetro urbano.
4.2. ZONA DE INFLUENCIA 2
NORTE: Avenidas Luis Carlos Galán Sarmiento y Jorge Eliécer Gaitán, costado norte de los sectores catastrales Los Álamos (005625), Soledad Norte (005615) y Tabora (005609); Avenida Medellín.
ORIENTE: Avenidas Colombia y Congreso Eucarístico.
SUR: Avenidas Jorge Eliécer Gaitán, De las Americas y Proyección de la Castilla.
OCCIDENTE: Limite occidental del perímetro urbano.
4.3. ZONA DE INFLUENCIA 3
NORTE: Proyección de la Avenida Castilla, limite norte del predio 02 de la manzana 98 del sector catastral Ciudad Techo II (006531); costado norte de los sectores catastrales Ciudad Kennedy Central (004511), Ciudad Kennedy Oriental (004510), Providencia Occidental (004505), la Campiña (004506) y Nueva York (004549).
ORIENTE: Avenidas Boyacá, Ferrocarril del Sur y del Sur; costado oriental de los sectores catastrales La Estación-Bosa (004521), Nueva Granada Bosa (004527), José Maria Carbonel (004550), Villa Anny I (004599) y Villa Anny II (004598).
SUR: Limite sur de la Localidad de Bosa.
OCCIDENTE: Cauce del Río Bogota.
4.4. ZONA DE INFLUENCIA 4
NORTE: Avenidas Fucha y de la Hortua; costado norte de los sectores catástrales Caracas (001203), 20 de Julio (001405) y Granada Sur (001301).
ORIENTE: Avenida Fernando Mazuera; limite oriental de los sectores catastrales Granada Sur (001301), Monte Bello (001302), Córdoba (001303), Bello Horizonte (001304), Atenas (001305), Canada (001330), Arrayanes I (002601), Diana Turbay Cultivos (001432), Palermo Sur (002535), La Fiscal Norte (002597), La Fiscala (002590), Alaska (002551) y Porvenir (002589).
SUR: Costado sur del sector catastral Porvenir (002589); Avenidas Boyacá y Ciudad de Villavicencio.
OCCIDENTE: Costado occidental de los sectores catastrales Guadalupe (004563), Delicias (004544) y Alquería la Fragua (004543); Avenida del Sur.
Para la delimitación de las zonas de influencia de los sistemas de movilidad y de espacio público Parques Distritales, se anexan los planos de delimitación de las zonas de influencia, que prevalecen en caso de duda de las delimitaciones descritas.
Adicionado y eliminado parcialmente por el Acuerdo Distrital 398 de 2009, Modificado por el art. 1, Acuerdo Distrital 445 de 2010
FACTORES EXPLOTACIÓN ECONÓMICA, PISOS, GRADO DE BENEFICIO, ESTRATO Y GEOECONÓMICO
|
FACTOR DE EXPLOTACIÓN ECONÓMICA | |
|
Explotación Económica |
Factor |
|
RESIDENCIALES |
|
|
Residencial |
1.00 |
|
Residencial con comercio o servicios de escala vecinal o industria |
1.16 |
|
Residencial con Dotacional |
1.05 |
|
COMERCIALES Y DE SERVICIOS |
|
|
Comercial o servicios de escala metropolitana |
3.60 |
|
Comercial o servicios de escala zonal |
2.40 |
|
Comercial o servicios de escala vecinal |
1.90 |
|
Comercio o servicios con residencial |
1.48 |
|
INDUSTRIALES |
|
|
Industria zonificada micro |
4.08 |
|
Industria zonificada pequeña |
5.10 |
|
Industria zonificada mediana |
6.12 |
|
Industria zonificada grande |
7.14 |
|
Industria no zonificada micro |
2.88 |
|
Industria no zonificada pequeña |
3.60 |
|
Industria no zonificada mediana |
4.32 |
|
Industria no zonificada grande |
5.04 |
|
MINEROS |
|
|
Minero en Parque Minero Industrial |
1.44 |
|
Minero en Área de suspensión de Actividad Minera |
0.22 |
|
DOTACIONALES |
|
|
Dotacional privado administrativo |
1.30 |
|
Dotacional privado educativo 1 |
0.90 |
|
Dotacional privado educativo 2 |
1.20 |
|
Dotacional privado educativo 3 |
1.50 |
|
Dotacional privado recreativo 1 |
0.88 |
|
Dotacional privado recreativo 2 |
1.21 |
|
Dotacional privado otras |
1.15 |
|
Dotacional Privado Zonas Verdes Metropolitanas. |
0.60 |
|
Dotacional público administrativo |
0.90 |
|
Dotacional público otros |
0.60 |
|
CONSERVACIÓN |
|
|
Inmuebles de conservación histórica, artística o arquitectónica |
0.22 |
|
LOTES |
|
|
Lotes con área de terreno inferior a 100 metros cuadrados |
1.00 |
|
Lotes Tratamiento de Desarrollo |
1.75 |
|
Lotes Tratamiento de actualización de actividad múltiple |
3.25 |
|
Lotes Tratamiento de actualización de actividad industrial |
4.50 |
|
Lotes Tratamiento de actualización de actividad residencial |
3.00 |
|
Lotes Tratamiento de actualización de actividad dotacional |
2.10 |
|
Lotes Tratamiento de conservación de actividad múltiple |
2.50 |
|
Lotes Tratamiento de conservación de actividad industrial |
3.30 |
|
Lotes Tratamiento de conservación de actividad residencial |
3.03 |
|
Lotes Tratamiento de conservación de actividad dotacional |
2.75 |
|
Lotes Tratamiento de conservación de actividad comercio y servicios |
2.50 |
|
Lotes Tratamiento de conservación de actividad central |
2.50 |
|
Lotes Tratamiento de conservación área urbana integral |
2.50 |
|
Lotes Tratamiento de conservación de actividad minera |
2.75 |
|
Lotes Tratamiento de Habilitación |
2.25 |
|
Lotes de Preservación Urbana |
0.22 |
|
Lotes Tratamiento de consolidación de actividad industrial |
4.50 |
|
Lotes Tratamiento de consolidación de actividad residencial |
3.00 |
|
Lotes Tratamiento de consolidación de actividad dotacional |
2.10 |
|
Lotes Tratamiento de consolidación de actividad comercio y servicios |
3.25 |
|
Lotes Tratamiento de consolidación de actividad central |
3.25 |
|
Lotes Tratamiento de consolidación área urbana integral |
3.25 |
|
Lotes Tratamiento de consolidación de actividad minera |
2.10 |
|
Lotes Tratamiento de renovación urbana |
2.25 |
|
Lotes Tratamiento de mejoramiento integral |
2.25 |
|
Lotes en áreas de manejo especial nacionales |
0.22 |
|
Lotes en áreas de manejo especial regionales |
0.22 |
|
Lotes en Santuario Distrital de flora y fauna |
0.10 |
|
Lotes en Área forestal Distrital |
0.22 |
|
Lotes en Parque Ecológico Distrital |
0.00 |
|
Lotes en Parques urbanos |
0.00 |
|
Lotes en ronda de río o canal |
0.00 |
|
Lotes en Corredor ecológico de ronda |
0.00 |
|
Lotes en Corredor ecológico vial |
0.00 |
|
Lotes en Corredor ecológico del borde |
0.00 |
|
Lotes en Corredor Ecológico regional |
0.00 |
|
Lotes en ronda Hidráulica del Río Bogotá |
0.00 |
|
Lotes en zona de manejo y preservación ambiental del Río Bogotá |
0.10 |
|
Lotes en áreas reservadas para las plantas de tratamiento de los ríos Fucha y Tunjuelito |
0.22 |
|
Lotes en áreas de los 130 hectáreas para expansión del relleno sanitario Doña Juana |
0.22 |
|
Lotes de expansión urbana |
0.50 |
|
TABLA FACTOR PISOS USO RESIDENCIAL | ||||||
|
Número Pisos |
Factor | |||||
|
1 |
1 | |||||
|
2 |
1 | |||||
|
3 |
1 | |||||
|
4 |
2.021 | |||||
|
5 |
2.352 | |||||
|
6 |
2.682 | |||||
|
7 |
3.013 | |||||
|
8 |
3.344 | |||||
|
9 |
3.674 | |||||
|
10 |
4.005 | |||||
|
11 |
4.335 | |||||
|
12 |
4.666 | |||||
|
13 |
4.997 | |||||
|
14 |
5.327 | |||||
|
MAS DE 14 |
5.327 | |||||
|
TABLA FACTOR PISOS USO COMERCIAL | ||||||
|
Número Pisos |
Factor | |||||
|
1 |
1 | |||||
|
2 |
1.785 | |||||
|
3 |
2.571 | |||||
|
4 |
2.918 | |||||
|
5 |
3.265 | |||||
|
6 |
3.611 | |||||
|
7 |
3.958 | |||||
|
8 |
4.305 | |||||
|
9 |
4.652 | |||||
|
10 |
4.998 | |||||
|
11 |
5.345 | |||||
|
12 |
5.692 | |||||
|
13 |
6.038 | |||||
|
14 |
6.385 | |||||
|
15 |
6.732 | |||||
|
16 |
7.079 | |||||
|
17 |
7.425 | |||||
|
18 |
7.772 | |||||
|
19 |
8.119 | |||||
|
20 |
8.466 | |||||
|
21 |
8.812 | |||||
|
22 |
9.159 | |||||
|
MAS DE 22 |
9.159 | |||||
|
FACTOR GRADO BENEFICIO SISTEMA DE MOVILIDAD | ||||||
|
Grado Beneficio |
Factor | |||||
|
MAYOR 1 |
2.50 | |||||
|
MEDIO 2 |
1.80 | |||||
|
MENOR 3 |
1.30 | |||||
|
MÍNIMO 4 |
1.00 | |||||
|
FACTOR GRADO BENEFICIO SISTEMA DE PARQUES | ||||||
|
Grado Beneficio |
Factor | |||||
|
MAYOR 1 |
1.50 | |||||
|
MENOR 2 |
1.00 | |||||
|
FACTOR ESTRATO Para predios Residenciales | ||||||
|
Estrato |
Factor | |||||
|
1 |
1.0 | |||||
|
2 |
2.5 | |||||
|
3 |
5 | |||||
|
4 |
9 | |||||
|
5 |
14 | |||||
|
6 |
20 | |||||
|
TABLA FACTOR GEOECONÓMICO* para predios No Residenciales | ||||||
|
|
RANGO Valor m2 Terreno (DACD) |
| ||||
|
NIVEL |
Mínimo |
Máximo |
FACTOR | |||
|
1 |
$0 |
$89,000 |
1.0 | |||
|
2 |
$89,001 |
$175,000 |
2.8 | |||
|
3 |
$175,001 |
$350,000 |
5.4 | |||
|
4 |
$350,001 |
$520,000 |
9.5 | |||
|
5 |
$520,001 |
$860,000 |
14.6 | |||
|
6 |
MAS DE $860,000 |
22.4 | ||||
*Valores a junio 2005, ajustados según el índice del IPC al momento de asignación
|
|



