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Decreto 405 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
03/11/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
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DECRETO 405 DE 2005

DECRETO 405 DE 2005

(Noviembre 03)

"Por el cual se otorgan unas condecoraciones

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 30 de 1957, y

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo 30 del 1 de Marzo de 1957 establece la Medalla Cívica "Ciudad de Bogotá" la cual es otorgada a colombianos o extranjeros eminentes.

Que con el propósito de honrar a nacionales y extranjeros que se hayan hecho merecedores de una exaltación en nombre del pueblo de Colombia, la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en representación de la ciudadanía, creó por Decretos números 693 del 7 de junio de 1971 y 480 del 2 de agosto de 1991, la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá".

Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", se reunió el día 1 de Noviembre de 2005 y aprobó por unanimidad otorgar la Medalla Cívica por primera vez al Coronel Luis Alberto Moore Perea, al Teniente Coronel Jorge Iván Flórez Cárdenas, a los Capitanes Juan Carlos Guerrero Barrera, Juan Alberto Padilla Peña, Alexander González Salazar y Luz Angela Cendales Durán, a los Tenientes Giovanny Riaño Garzón y María Antonia González Quintana, a los Intendentes Guillermo Morales Sedano, Nelly Martínez Rozo, Lubian Foronda González y Fredy Enrique Mora Herrera, a los Subintendentes Luis de la Rosa Moreno, Oscar Benavides Torres, Omar Alzate Parra, José Oswaldo Ruíz Gómez, Jaime Cadena Rodríguez, José Contreras Jiménez y Miguel Rozo Gaitán, a los Patrulleros Rubén Sacristán Camacho, Fabián Andrés Tello Ñañez, Luis Antonio Aparicio Cárdenas, Mauricio Barajas Muñoz, Rubén Cárdenas Merchán, Cristian Pardo Sánchez, Efraín Quitiaques Erira y José Néstor Velásquez Parra, a los Agentes Belarmino Moreno Núñez, Alexander Molano Escobar, Federico Patiño Callejas y Julieth Rey Ruíz y al Dragoneante Juan Carlos López Urbano.

Quienes con su desempeño han contribuido cabalmente y de manera acertada a mantener la seguridad y el orden público tanto en la ciudad como en el complejo gubernamental de la Alcaldía Mayor de Bogotá, apoyando con sus programas el Plan de Desarrollo Económico Social y de Obras Públicas para Bogotá 2004 - 2008 "Bogotá sin Indiferencia un Compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión".

Que la labor del señor Andrew Gay Primer Secretario de la Embajada Británica ha sido definitiva para el desarrollo efectivo de los programas de seguridad en beneficio de las bogotanas y bogotanos, en cuanto al suministro de información sobre actos terroristas, aportes técnicos y capacitación del personal de Inteligencia de la Policía Metropolitana de Bogotá.

Que es deber del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., dar justo reconocimiento a quienes se han convertido en servidores públicos y ciudadanos ejemplares en razón a su compromiso e indeclinable voluntad de contribuir al bienestar de la comunidad.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase la Medalla Cívica por primera vez al Coronel Luis Alberto Moore Perea, al Teniente Coronel Jorge Iván Flórez Cárdenas, a los Capitanes Juan Carlos Guerrero Barrera, Juan Alberto Padilla Peña, Alexander González Salazar y Luz Angela Cendales Durán, a los Tenientes Giovanny Riaño Garzón y María Antonia González Quintana, a los Intendentes Guillermo Morales Sedano, Nelly Martínez Rozo, Lubian Foronda González y Fredy Enrique Mora Herrera, a los Subintendentes Luis de la Rosa Moreno, Oscar Benavides Torres, Omar Alzate Parra, José Oswaldo Ruíz Gómez, Jaime Cadena Rodríguez, José Contreras Jiménez y Miguel Rozo Gaitán, a los Patrulleros Rubén Sacristán Camacho, Fabián Andrés Tello Ñañez, Luis Antonio Aparicio Cárdenas, Mauricio Barajas Muñoz, Rubén Cárdenas Merchán, Cristian Pardo Sánchez, Efraín Quitiaques Erira y José Néstor Velásquez Parra, a los Agentes Belarmino Moreno Núñez, Alexander Molano Escobar, Federico Patiño Callejas y Julieth Rey Ruíz y al Dragoneante Juan Carlos López Urbano y al señor Andrew Gay Primer Secretario de la Embajada Británica.

ARTÍCULO SEGUNDO: En ceremonia especial el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de la condecoración a que se refiere el artículo anterior y copia del respectivo decreto en Nota de Estilo.

ARTÍCULO TERCERO: El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los tres (03) días del mes de Noviembre de 2005.

LUIS EDUARDO GARZON

JUAN MANUEL OSPINA RESTREPO

Alcalde Mayor . Gran Maestre

Secretario de Gobierno - Gran Canciller