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Acuerdo Local 4 de 2005 Junta Administradora Local de Suba

Fecha de Expedición:
15/12/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/12/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3459 de diciembre 23 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 04 DE 2005

(Diciembre 15)

Liquidado por el Decreto Local 09 de 2005

"Por el cual se aprueba el Presupuesto de Rentas e Ingresos, Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal de 2.006".

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SUBA

En uso de sus atribuciones y en especial por las conferidas en la Constitución Nacional, el Decreto Ley 1421 de 1993 y demás normas concordantes y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo previsto en el articulo 13 del decreto 1139 de 2.000, corresponde al Alcalde Local preparar anualmente el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos de inversión del respectivo Fondo de Desarrollo Local.

Que de acuerdo al articulo 16 ibidem, el Alcalde Local presentara a la Junta Administradora Local dentro de los tres primero días de sesiones ordinarias del mes de Diciembre, el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos de inversión del respectivo Fondo de Desarrollo Local.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del decreto Distrital 1139 de 2000, El Alcalde Local presentará a la Junta Administradora Local . JAL, dentro de los tres (3) primeros días de las sesiones ordinarias del mes de diciembre, a nivel de programas el proyecto de Presupuesto para su estudio y aprobación

Que de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 69 del Decreto ley 1421 de 1.993, corresponde a la Junta Administradora Local aprobar el presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local previo concepto favorable del CONFIS

Que mediante oficio No 2005EE240722 de octubre 5 de 2.005 la secretaría de Hacienda certificó la cuota preliminar de la transferencia de la Administración Central para la vigencia 2.006 por la suma de $22.734.247.306, e igualmente el valor de los reaforos por valor de $1.582.929.287 para el 2.004 y $ 598.077.661. para la vigencia 2.005, para un total de $24.915.254.254.

Que el CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONOMICA Y FISCAL- CONFIS conceptuó favorablemente el presupuesto de Ingresos y Rentas, Gastos e Inversión para el Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2.006, según comunicación 2-2005-30018, referencia 1-2005-37044, nuestro radicado 19350 del 30 de noviembre de 2.005.

En consideración a lo anterior la Junta Administradora Local de Suba.

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.- Aprúebase el presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba, por la suma de CUARENTA Y SEIS MIL NOVESCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROSCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($46.931.054.487,oo) MCTE, para la Vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2.006, según el siguiente detalle:

 

CONCEPTO

PRESUPUESTO

1

Disponibilidad Inicial

17.604.494.699

2

INGRESOS

29.326.559.788

2,1

INGRESOS CORRIENTES

50.000.000

2.1.2

No Tributarios

50.000.000

2.1.2.03

Multas

25.000.000

2.1.2.99

Otros Ingresos No tributarios

25.000.000

2,2

TRANSFERENCIAS

27.620.759.555

2.2.4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

27.620.759.555

2.2.4.05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

27.620.759.555

2.2.4.05.01

Vigencia

27.620.759.555

2.2.4.05.02

Vigencia Anterior

0

2,4

RECURSOS DE CAPITAL

1.655.800.233

2.4.5

Excedentes Financieros Establecimientos Públicos, Fondos de Desarrollo Local y Utilidades Empresas

1.655.800.233

 

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

46.931.054.487

ARTICULO SEGUNDO.- Aprúebase el presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba, por la suma de CUARENTA Y SEIS MIL NOVESCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL CUATROSCIENTOS OCHENTA Y SIETE PESOS ($46.931.054.487.20) MCTE, para la Vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2.006, según el siguiente detalle:

3

GASTOS

46.931.054.487

3.3

INVERSIÓN

46.931.054.487

3.3.1

DIRECTA

26.621.054.487

3.3.1.12

BOGOTÁ Sin indiferencia, Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión

26.621.054.487

3.3.1.12.01

EJE SOCIAL

12.203.610.303

3.3.1.12.01.01

Bogota sin hambre

3.198.179.400

3.3.1.12.01.02

Más y mejor educación para todos y todas

2.000.000.000

3.3.1.12.01.03

Salud para la vida digna

2.641.600.000

3.3.1.12.01.04

Restablecimiento de derechos e inclusión social

1.500.000.000

3.3.1.12.01.05

Cero tolerancia con el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral infantil

100.000.000

3.3.1.12.01.06

Bogotá con igualdad de oportunidad para las mujeres

400.000.000

3.3.1.12.01.07

Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo

650.000.000

3.3.1.12.01.08

Escuela ciudad y ciudad escuela: La ciudad como escenario de formación y aprendizaje

250.000.000

3.3.1.12.01.09

Cultura par la inclusión social

595.000.000

3.3.1.12.01.10

Recreación y deporte para todos y todas

868.830.903

3.3.1.12.02

EJE URBANO REGIONAL

9.738.927.510

3.3.1.12.02.11

Hábitat desde los barrios y las - UPZ

8.206.106.467

3.3.1.12.02.12

Red de centralidades distritales

462.821.043

3.3.1.12.02.13

Sostenibilidad urbano-rural

500.000.000

3.3.1.12.02.14

Región integrada para el desarrollo

300.000.000

3.3.1.12.02.15

Bogotá productiva

270.000.000

3.3.1.12.03

EJE DE RECONCILIACION

2.044.293.533

3.3.1.12.03.16

Gestión pacífica de conflictos

81.000.000

3.3.1.12.03.17

Derechos humanos para todas y todos

100.000.000

3.3.1.12.03.19

Comunicación para la reconciliación

81.000.000

3.3.1.12.03.20

Atención integral de violencia, delincuencia y orden público

690.420.233

3.3.1.12.03.22

Bogotá, menos vulnerable ante eventos críticos.

169.873.300

3.3.1.12.03.23

Red distrital de reconciliación, resistencia civil y no-violencia

81.000.000

3.3.1.12.03.24

Participación para la decisión

160.000.000

3.3.1.12.03.25

Comunicación para la participación

81.000.000

3.3.1.12.03.27

Obras con participacion ciudadana

350.000.000

3.3.1.12.03.29

Inclusión económica y desarrollo empresarial sectorial

250.000.000

3.3.1.12.04

OBJETIVO GESTIÓN PUBLICA HUMANA

2.634.223.141

3.3.1.12.04.30

Administración moderna y humana

1.816.664.190

3.3.1.12.04.31

Localidades modernas y eficaces

576.558.951

3.3.1.12.04.32

Sistema distrital de servicio a la ciudadanía

100.000.000

3.3.1.12.04.36

Comunicación para la solidaridad

141.000.000

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

20.310.000.000

3.3.6.01

Vigencia anterior

16.000.000.000

3.3.6.00

Cuentas por Pagar

0

3.3.6.02

Otras vigencias

4.310.000.000

 

TOTAL GASTOS

46.931.054.487

4

Disponibilidad Final

0

 

TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL

46.931.054.487

ARTICULO TERCERO.- El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del primero (1) de Enero de 2.006.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá a los quince (15) días del mes de diciembre del año 2.005.

ALVARO POVEDA AGUILERA

Presidente J.A.L

Sancionado, a los veinte (20) días del mes de diciembre de dos mil cinco (2005).

MERCEDES DEL CARMEN RIOS HERNÁNDEZ

Alcaldesa Local de Suba

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3459 de diciembre 23 de 2005.