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Resolución 381 de 2005 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/12/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/12/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3463 de diciembre 29 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 381 DE 2005

(Diciembre 29)

"Por la cual se adopta el Proceso y los procedimientos para el Cumplimiento de Sentencias Judiciales, Conciliaciones o Laudos Arbitrales, para la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C."

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

En ejercicio de las funciones conferidas por los artículos 1 y 8 literal d), del Decreto Distrital 331 de 2003 , y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 87 de 1993 establece que toda entidad bajo la responsabilidad de sus directivos, debe implementar procedimientos para la ejecución de los procesos, como uno de los elementos básicos del sistema de control interno.

Que el Decreto Nacional 1537 de 2001 reglamentó parcialmente la Ley 87 de 1993 señalando en los artículos 1 y 2 la importancia de la identificación de los procesos institucionales y la elaboración, adopción y aplicación de los manuales de procedimientos para el desarrollo racional de la gestión de las entidades y de cada una de sus dependencias.

Que en la Gestión Judicial se genera un Proceso y unos procedimientos para el cumplimiento de las Sentencias Judiciales, Conciliaciones o Laudos Arbitrales, debiéndose normalizar éstos dado su alto impacto económico en las finanzas distritales, estableciendo paso a paso el desarrollo de las actividades que se deben cumplir en oportunidad para minimizar la generación de intereses moratorios, definiendo el área y los responsables de cada una de las tareas, armonizando los tiempos en que se realizan con los términos legales, ofreciendo formatos de las principales actuaciones que deben ejecutarse.

En mérito de lo expuesto,

Ver el Decreto Nacional 768 de 1993

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.-Adoptar el Proceso y los Procedimientos Internos de la Secretaría General para el Cumplimiento de las Sentencias Judiciales, Conciliaciones o Laudos Arbitrales, contenidos en el anexo que forma parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO 2.-El proceso y los procedimientos adoptados conforme al artículo anterior, son de obligatorio cumplimiento por parte de todos los funcionarios que integran las oficinas o dependencias encargadas de adelantar las respectivas actividades, en los términos allí previstos.

ARTÍCULO 3.-La Subdirección de Gestión Judicial de la Dirección Distrital Jurídica, será responsable de la revisión, seguimiento y actualización del Proceso adoptado por esta resolución, de tal manera que siempre esté enmarcado dentro de las disposiciones constitucionales y legales sobre la materia.

ARTICULO 4.-La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los veintinueve de Diciembre de 2005

ENRIQUE BORDA VILLEGAS

Secretario General

 

Secretaría

GENERAL

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA, D. C.

SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN JUDICIAL

Fecha:

Reemplaza:

Efectivo:

Revisión:

1. PROCESO: CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS JUDICIALES, CONCILIACIONES, O LAUDOS ARBITRALES.

CÓDIGO MSGJ ¿ 03

2.DEFINICIÓN: Conjunto de actividades coordinadas que desarrollan las diferentes áreas de la Secretaría General, tendientes a dar efectivo y oportuno cumplimiento a las sentencias judiciales, conciliaciones y laudos arbitrales, a cargo de la Secretaría General y/o de otras entidades del sector central del Distrito Capital.

3.PROCEDIMIENTOS

3.1.Procedimiento para el cumplimiento de sentencias judiciales, conciliaciones o laudos arbitrales desfavorables a cargo de la Secretaría General.

3.1.1.Procedimiento Orden de Cumplimiento.

3.1.2. Procedimiento Liquidación de la condena

3.1.3.Procedimiento pago de la condena.

3.2.Procedimiento para el cumplimiento de sentencias judiciales, conciliaciones o laudos arbitrales favorables a la Secretaría General.

3.3.Procedimiento de traslado para cumplimiento de sentencias, laudos o conciliaciones, favorables o desfavorables, a cargo de otros organismos del sector central y de Órganos de control del Distrito Capital.

3.4.Procedimiento para ordenar el cumplimiento de sentencias, o laudos arbitrales, desfavorables, a cargo de otras entidades u organismos Distritales Capital.

CÓDIGO

MSGJ ¿ 03 01

MSGJ ¿ 03 01-01

MSGJ ¿ 03 01-02

MSGJ ¿ 03 01-03

 

MSGJ ¿ 03 02

MSGJ ¿ 03 03

 

MSGJ ¿ 03 04

4.SOPORTE LEGAL:

4.1.CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA, Artículos 6 y 90.

4.2.CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, Artículos 176 y 177.

4.3.CÓDIGO LABORAL Y DE PROCEDIMIENTO LABORAL.

4.4.CÓDIGO CIVIL.

4.5.CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, artículos 115, 302 al 314, 321, 331 al 339, 354, 370, 371, 376, 392 al 395, 420, 488 al 496, entre otros.

4.6.DECRETO DISTRITAL 714 DE 1996, Estatuto Orgánico de Presupuesto del D. C., artículo 33.

4.7.DECRETO NACIONAL 768 DE 1993: Modificado por el Decreto 1328 de 1994, por el cual se reglamenta el artículo 2°, literal F) del Decreto 2112 de 1992, los artículos 176 y 177 del Código Contencioso Administrativo y el artículo 16 de la Ley 38 de 1989.

4.8.DECRETO NACIONAL 818 DE 1994: Modificado por el Decreto 2841 de 1994, por el cual se modifica y adiciona el Decreto 768 del 23 de abril de 1993.

4.9.DECRETO DISTRITAL 854 DE 2001: Por el cual se delegan funciones del Alcalde Mayor y se precisan atribuciones propias de algunos empleados de la Administración Distrital.

4.10.DECRETO DISTRITAL 311 DE 2002: Por medio del cual se adiciona el Decreto 854 de 2001.

4.11.DECRETO DISTRITAL 331 DE 2003: Por el cual se adopta la estructura interna de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones, artículo 26, modificado por el artículo 1° del Decreto 119 de 2005.

4.12.DECRETO DISTRITAL 203 DE 2005: Por el cual se efectúan unas delegaciones y asignaciones en materia de representación legal, administrativa, judicial y extrajudicial del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones en la materia: artículo 2° parágrafo 2°; artículo 10 numeral 8°; y artículo 9°.

4.13.CIRCULAR 074 DE 2002, de la Secretaría General, sobre procedimiento para el pago de sentencias judiciales.

4.14.CIRCULAR 010 DE 2002, de la Secretaría General, sobre requisitos trámite de cumplimiento de fallos.

4.15.CIRCULAR 036 DE 2004, de la Secretaría General, sobre normatividad aplicable al cumplimiento de sentencias.

4.16.RESOLUCIÓN 518 de 2003 de la Secretaría General, modificada por la Resolución 169 de 2004, Por la cual se actualiza el Manual Específico de Funciones y Requisitos de los diferentes empleos de la planta global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital.

5.POLÍTICA:

Fortalecer la autogestión y la actuación integrada, recta y eficiente en la administración de los recursos públicos, mediante el cumplimiento y pago oportuno de las sentencias para minimizar la causación de intereses corrientes o moratorios y evitar la realización de dobles pagos por el mismo concepto.

6.OBJETIVO:

Establecer la secuencia y el término de las actividades que desarrollan las diferentes áreas de la Secretaría General y de los otros organismos del nivel central del Distrito Capital, intervinientes en el trámite de cumplimiento de sentencias judiciales, conciliaciones o laudos arbitrales, desde el momento en que quedan en firme.

7.BASE DOCUMENTAL:

7.1.Comunicación del Tribunal Contencioso Administrativo para cumplimiento de la sentencia; o, solicitud del beneficiario o su apoderado con indicación de sus nombres, identificación, dirección y teléfonos; o, solicitud del apoderado del Distrito que atendió el proceso.

7.1.1 Por parte del apoderado del Distrito: En todos los casos suministrará la siguiente información previa al pago de obligaciones dinerarias derivadas de sentencias condenatorias:

  1. Nombre, documento de identificación, número de tarjeta profesional y datos de dirección y teléfono, si fueren conocidos, del abogado o abogados que hayan intervenido en el proceso como apoderados o agentes oficiosos de la parte demandante o peticionaria.

  2. Copia auténtica de los poderes que los beneficiarios de la condena otorgaron ante la jurisdicción, o en su defecto certificación sobre la identificación de los mismos expedida por la autoridad jurisdiccional respectiva.

  3. Nombre, documento de identificación, número de tarjeta profesional y datos de dirección y teléfono del abogado o abogados que hayan intervenido en el proceso como apoderados de la parte demandada.

  4. Copia auténtica de la sentencia con constancia de notificación y ejecutoria. 1

  5. Cuando se trate de una conciliación administrativa, deberá acompañarse copia auténtica del acta correspondiente, así como del auto aprobatorio de la conciliación con su correspondiente fecha de ejecutoria.

7.1.2. Solicitud de pago por parte del beneficiario: Cuyo contenido y/o anexos serán:

a) Primera copia auténtica del fallo o laudo arbitral con su constancia de notificación y fecha de ejecutoria o del acta de conciliación y del auto aprobatorio de la conciliación con constancia de notificación y fecha de ejecutoria, tratándose de conciliaciones.

b) Constancia del beneficiario de no haber presentado ninguna otra solicitud de pago por el mismo concepto y de no haber iniciado proceso ejecutivo alguno donde pretenda su pago, manifestación que se entenderá hecha bajo la gravedad del juramento (Ley 962 artículo 25);2

c) En caso de reintegro, declaración3 del beneficiario en la que se manifieste si se recibieron o no salarios o emolumentos de origen oficial durante el tiempo en que estuvo retirado de su trabajo.

d) Poder otorgado con los requisitos de ley por el beneficiario, dirigido a la Secretaría General si la solicitud de pago no la formula directamente, con facultad expresa para recibir, si fuere del caso.

e) Datos de identificación, teléfono, dirección del beneficiario (s) o su (s) apoderado(s).

f) Los demás documentos que por razón del contenido de la condena, sean necesarios para liquidar su valor.

7.2.Resolución mediante la cual se ordena el cumplimiento de la sentencia, laudo arbitral o conciliación.

7.3.Tratándose de reintegro:

7.3.1.Copia del acto administrativo mediante el cual se ordene el reintegro.

7.3.2.Copia de la comunicación del acto que ordena el reintegro con constancia de fecha de recibido por el beneficiario del reintegro.

7.3.3.Certififcación con descripción detallada de los sueldos primas, bonificaciones, cesantías y demás prestaciones adeudadas que correspondan al cargo para el que se ordena el reintegro, así como las sumas pagadas en el último año laboral al beneficiario del mismo. Nivel y grado correspondiente al último cargo desempeñado por éste, la fecha de su primera posesión y la última dirección registrada, expedida por la Unidad de Recursos Humanos.

7.4.Liquidación de la condena.4

7.5.Resolución mediante la cual se adopta la liquidación de la condena y se ordena el pago.

7.6.Disponibilidad Presupuestal.

7.7.Registro Presupuestal.

7.8.Libro Radicador.

7.9.Registro medio magnético

7.10.Carpeta de proceso del Archivo.

8.PROCEDIMIENTOS

8.1.PROCEDIMIENTO PARA CUMPLIMIENTO DE CONCILIACIONES Y SENTENCIAS O LAUDOS ARBITRALES DESFAVORABLES A CARGO DE LA SECRETARÍA GENERAL.

CÓDIGO MSGJ ¿ 03 01

8.1.1.PROCEDIMIENTO ORDEN DE CUMPLIMIENTO.

CÓDIGO MSGJ ¿ 03- 01-01

ACTIVIDAD N°

RESPONSABLE

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES / TÉRMINO

PUNTO DE CONTROL

1.

Abogado representante judicial del D.C.

Solicitud de copias al despacho Judicial. Dentro de los 3 días siguientes a la ejecutoria de la sentencia, laudo o auto aprobatorio de la conciliación, solicitará expedición de copia auténtica con constancia de notificación y ejecutoria, y certificación de apoderados del demandante que actuaron en el proceso.

Verificación requisitos, solicitud, legalidad de la copia y contenido de la certificación.

Dentro de los 3 días siguientes a la expedición de las copias antes señaladas, radicará en el C.D.I con destino a la Subdirección de Gestión Judicial los requisitos previstos en el numeral 7.1.1 de la Base Documental, completos, legibles y en debida forma.

Verificación requisitos numeral 7.1.1 de la documentación y anexos.

 

2.

Auxiliar Administrativo del C.D.I

Radicación. Recibe la solicitud del beneficiario o comunicación para cumplimiento del abogado, Despacho Judicial o Ministerio Público, con sus anexos y los radica por el sistema de correspondencia.

½ día

3.

Secretaria Subdirección Gestión Judicial

Registro y Verificación antecedentes. Recibe la radicación con sus anexos, registra datos (fecha, beneficiario, despacho judicial, proceso, fecha fallo, descripción condena) en libro radicador y en el SIPROJ, revisa en el registro que el mismo trámite no se haya adelantado con anterioridad, toma fotocopias de la sentencia, laudo o acta de conciliación, y entrega todos los documentos al abogado encargado del cumplimiento de sentencias en la Subdirección de Gestión Judicial.

½ día

Verificar relación de anexos, antecedentes y efectuar registro

4.

Abogado Subdirección Gestión Judicial encargado

Cumplimiento

Sentencias

Recepción y revisión documental. Recibe la radicación con sus anexos, registra datos de fecha y firma en el libro de radicación.

Análisis documental

Registra el asunto en el Módulo de pago de sentencias en el SIPROJ.

Verifica que los requisitos se encuentren completos y presentados en debida forma.

Información complementaria. Solicita al abogado representante judicial del Distrito los documentos o información faltantes, si fuere el caso.

Elabora requerimiento al beneficiario de la condena para que acredite los requisitos del numeral 7.1.2 de la Base Documental, el cual reiterará hasta por 4 veces con intervalos de un máximo de 5 días hábiles.

Aprobación y traslado. Recibidos de conformidad los requisitos del numeral 7.1.1 de la base documental, y si contare con ellos, los del numeral 7.1.2. Ibídem, elabora memorando remisorio a la Dirección de Gestión Corporativa de la fotocopia de la sentencia, laudo o acta de conciliación y demás anexos, solicitando la liquidación de la condena, lo firma y envía.

1 día

Tratándose de reintegro, solicitará simultáneamente a la Unidad de Recursos Humanos la certificación e información a que se refiere el numeral 7.3.3. de la base documental.

5.

Jefe de Unidad de Recursos Humanos

Reparto. Designa al funcionario responsable de adelantar los trámites necesarios para elaborar la certificación de que trata el numeral 7.3.3 de la Base Documental

6.

Funcionario designado de la Unidad de Recursos Humanos

Certificación. Elabora certificación con la información referida en el numeral 7.3.3, revisa, pasa a firma Subdirector y tramita su envío al abogado de Gestión Judicial encargado del cumplimiento sentencias.

½ día

7.

Abogado Subdirección Gestión Judicial encargado

Cumplimiento

Sentencias

Elaboración resolución. Con la información del numeral 7.1.1 elabora proyecto de resolución que ordena cumplimiento y oficio remisorio a la Dirección Jurídica Distrital, anexando la documentación pertinente (7.1, 7.2, y/o 7.3.3. de la Base documental, según el caso).

1 día

Ajustes. Realiza las correcciones o adiciones al memorando remisorio y/o al proyecto de resolución y los entrega nuevamente al Subdirector de Gestión Judicial.

½ día

8.

Subdirector Gestión Judicial

Aprobación y traslado. Revisa los proyectos de memorandos remisorios y el proyecto de resolución que ordena el cumplimiento y determina si los aprueba:

No: Devuelve el(os) proyectos al Abogado para que efectúe las correcciones o adiciones pertinentes. Devuelve a Actividad 7.1

Sí: Coloca visto bueno al proyecto de resolución y firma el memorando remisorio.

2 días

Análisis documental y seguimiento a observaciones.

9.

Secretaria Subdirección de Gestión Judicial

Radicación. Registra el memorando en el C.D.I. y lo envía a la dependencia correspondiente.

Pasa a la Actividad 11 de este procedimiento o a la actividad 1 del procedimiento 8.1.2. según el caso.

½ día

Entrega al encargado de archivo, la copia del memorando una vez radicada en la dependencia destinataria.

10.

Auxiliar Administrativo Subdirección Gestión Judicial

Archivo. Recibe la copia radicada y archiva el memorando remisorio en la carpeta correspondiente.

½ día

Conservación de documentos.

11.

Secretaria Dirección Jurídica Distrital.

Radicación. Registra trámite y pasa al Despacho Director Jurídico.

12.

Director Jurídico Distrital

Aprobación. Revisa proyecto de resolución y determina su aprobación:

No: Dispone devolución de la documentación a la Subdirección de Gestión Judicial, para que se efectúen las correcciones o adiciones pertinentes.

Sí: Coloca visto bueno al proyecto y lo remite para firma del Secretario.

2 días

Revisión de legalidad

13.

Secretaria Dirección Jurídica Distrital.

Traslado. Entrega proyecto de resolución con el remisorio firmado a Secretaría General para firma; ó,

Entrega a CDI documentación con observaciones del Director Jurídico. Se devuelve a actividad 7.1.

½ día

14.

Secretaria Despacho del Secretario General

Radicación. Recibe documentación, registra y pasa al Despacho del Secretario General.

½ día

15.

Secretario General

Aprobación. Revisa y firma resolución que ordena el cumplimiento de la sentencia, conciliación o laudo arbitral.

2 días

Autorización

16.

Secretaria Despacho Secretario General

Numeración y traslado. Coordina la numeración y fechado de la resolución firmada y entrega una copia de la misma con sus soportes a la Dirección de Gestión Corporativa.

½ día

8.1.2.PROCEDIMIENTO LIQUIDACIÓN CONDENA Y CUMPLIMIENTO.

CÓDIGO MSGJ ¿ 03- 01-02

1.

Secretaria Dirección Gestión Corporativa

Radicación. Recibe solicitud de liquidación de la condena con fotocopia de la sentencia, laudo o conciliación, registra y pasa al Director Gestión Corporativa.

½ día

2.

Director Gestión Corporativa

Designación competente. Recibe y dispone remisión a la dependencia interna de la Dirección con competencia para la liquidación de la(s) condena(s) según el asunto de que se trate, así:

Unidad de Recursos Humanos, si el fallo versa sobre asunto de naturaleza laboral;

Subdirección de Contratación si el fallo versa sobre asunto contractual;

Unidad Financiera si la condena es de reparación directa o de nulidad y restablecimiento del derecho en asuntos de naturaleza diferente a los antes citados.

½ día

3.

Subdirector o Jefe de Unidad Responsable de la Dirección de Gestión Corporativa

Reparto. Designa al funcionario responsable de la liquidación de la condena y de proyectar la respectiva liquidación.

½ día

4.

Funcionario designado para la liquidación

Liquidación. Elabora la liquidación, la revisa y firma y proyecta solicitud de disponibilidad presupuestal.

8 días

5

Subdirector o Jefe de Unidad responsable de la liquidación

Aprobación. Revisa y firma liquidación y solicitud de disponibilidad presupuestal.

3 días

6.

Jefe Unidad Financiera

Certificación Recursos. Expide certificado de disponibilidad presupuestal y lo remite a la Subdirección o Unidad solicitante, o la anexa a la documentación del trámite si fuere el caso.

1 día

7.

Funcionario designado para la liquidación

Elaboración acto adopta liquidación y ordena pago. Recibe la disponibilidad presupuestal.

Si el beneficiario hubiere aportado los documentos y requisitos del 7.1.2 (ver actividad 4), una vez remitidos éstos por la Subdirección de Gestión Judicial, proyectará la resolución mediante la cual se adopta la liquidación y ordena el pago respectivo en su favor o de su apoderado, si fuere el caso. En este evento se incluye la primera copia de la sentencia, laudo o conciliación.

1 día.

Si el beneficiario no hubiere aportado los documentos y requisitos del 7.1.2, proyectará la resolución mediante la cual se adopta la liquidación y ordena el pago respectivo consignando en el Banco Agrario, a órdenes del Despacho Judicial de conocimiento para el proceso respectivo.

8 días

8.

Subdirector o Jefe Unidad Responsable del trámite en la Dirección de Gestión Corporativa

Traslado. Remitirá la disponibilidad presupuestal junto con la liquidación y el proyecto de resolución mediante la cual se adopta la liquidación y ordena el pago al Director de Gestión Corporativa, para aprobación y firma de la resolución.

1 día

 

9.

Secretaria Dirección Gestión Corporativa

Radicación. Recibe del CDI y radica documentación y pasa al Despacho del Director

½ día

10.

Director de Gestión Corporativa

Aprobación. Revisa soportes y firma proyecto de resolución adoptando la liquidación y ordenando el pago.

1 ½ día

Análisis documental.

11.

Funcionario designado Dirección Gestión Corporativa

Notificación. Notifica resolución conforme a instrucciones y controla agotamiento de vía gubernativa en los términos del C. C. A.5

6 días

Constancia ejecutoria y traslado En firme la resolución expide la constancia de ejecutoria y entrega el expediente al Jefe de la Unidad Financiera para el pago respectivo.

1 día

8.1.3.PROCEDIMIENTO DE PAGO DE LA CONDENA.

CÓDIGO MSGJ ¿ 03 01-03

1.

Jefe Unidad Financiera

Orden de pago. Recibe documentación realiza los trámites finales para la cancelación de la sentencia, laudo o de la conciliación.

1 día

Análisis documental.

Seguimiento. Verifica fecha de realización del pago efectivo por parte de la Tesorería Distrital. 6*(2)

Reporte pago y Traslado. Una vez reportado el pago de la sentencia o la conciliación por parte de la Tesorería, remite relación debidamente soportada de los pagos realizados a la Dirección de Gestión Corporativa, a efecto que se envíe al Secretario Técnico del Comité de Conciliación de la Secretaría General para lo de su competencia.

1 día

12

Secretario Técnico Comité de Conciliación

Información al Despacho Judicial Entrega fotocopia de los antecedentes y soportes del pago efectuado al apoderado del proceso para su entrega en el Despacho judicial, y copia para el archivo de procesos judiciales de la Subdirección de Gestión Judicial.

 

8.2.PROCEDIMIENTO PARA EL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS JUDICIALES, CONCILIACIONES O LAUDOS ARBITRALES FAVORABLES A LA SECRETARÍA GENERAL.

CÓDIGO MSGJ ¿ 03 - 02

ACTIVIDAD N°

RESPONSABLE

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

PUNTO DE CONTROL

1.

Abogado representante judicial del D.C.

Abogado representante judicial del D.C.

Informe, presentación copia simple y solicitud de poder. Informará sobre la expedición de sentencia favorable al Distrito Capital, ejecutoriada, allegando fotocopia simple de la sentencia y solicitará el poder para la ejecución o la designación de apoderado si no estuviere facultado para tramitar su ejecución.

8 días.

Solicitud de ejecución. Si contare con poder para ello, solicitará la ejecución de la sentencia7, así:

Tratándose de procesos ante la jurisdicción ordinaria, o de procesos ante la jurisdicción contenciosa que deban ejecutarse respectivamente ante las mismas, dentro de los 30 días siguientes a la ejecutoria de la sentencia, laudo o auto aprobatorio de la conciliación, o del auto de obedézcase lo resuelto por el superior, ante el mismo despacho de conocimiento solicitará la ejecución de la sentencia favorable al Distrito Capital.

Solicitud de primera copia al Despacho Judicial. Tratándose de sentencias favorables en procesos contencioso administrativos, cuando estos deban ejecutarse ante la jurisdicción ordinaria, dentro de los 3 días siguientes a la ejecutoria de la sentencia, laudo o auto aprobatorio de la conciliación, o del auto de obedézcase lo resuelto por el superior, o de los autos que liquiden y aprueben costas y agencias en derecho, solicitará la expedición de la primera copia auténtica con constancia de notificación y ejecutoria.

Entrega de copias. Recibidas las copias antes señaladas, las radica en el C.D.I con destino a la Subdirección de Gestión Judicial para la asignación del caso.

3 días.

2.

Auxiliar Administrativo del C.D.I

Radicación CDI. Recibe la comunicación del apoderado con sus anexos y los radica por el sistema.

1 hora

3.

Secretaria Subdirección Gestión Judicial

Registro y verificación antecedentes. Recibe la radicación con sus anexos, registra datos en libro radicador y en el Sistema, revisa en el registro que el mismo trámite no se haya adelantado con anterioridad, fotocopia sentencia, laudo o acta de conciliación, y entrega todos los documentos al Subdirector de Gestión Judicial.

1 hora

4.

Subdirector de Gestión Judicial

Orden de Trámite. Recibe documentación y analiza las providencias judiciales.

Solicita la elaboración de poder especial a nombre del apoderado que estime pertinente, la actualización del SIPROJ y ordena entregar el asunto al abogado por él designado.

½ día

Análisis documental

5.

Auxiliar Administrativo Gestión Judicial

Elabora poder y pasa a firma del Subdirector de Gestión Judicial.

½ día

6.

Subdirector de Gestión Judicial

Apoderamiento. Revisa y firma poder y entrega a auxiliar judicial

½ día

7.

Auxiliar

Judicial Gestión Judicial

Recibe y coordina trámite notarial del poder y entrega a Auxiliar Administrativo Gestión Judicial (pasa actividad 5)

½ día

 

8.

Auxiliar Administrativo Gestión Judicial

Radicación y Registro. Recibe poder, actualiza el SIPROJ, radica en el libro de poderes y lo entrega al apoderado designado por el Subdirector de Gestión Judicial.

½ día

9.

Abogado Subdirección de Gestión Judicial

Solicitud liquidación. Solicita a la Unidad Financiera la liquidación del crédito a favor del Distrito Capital.

½ día

10.

Jefe Unidad Financiera

Asignación trámite. Recibe la solicitud de liquidación, designa funcionario encargado.

½ día

11.

Funcionario designado Unidad Financiera

Elaboración liquidación. Recibe el asunto, efectúa la liquidación y la firma.

1 día

12.

Jefe Unidad Financiera

Autorización liquidación. Recibe la liquidación, la revisa, la firma y la envía al apoderado solicitante.

½ día

13.

Abogado Subdirección de Gestión Judicial

Solicitud ejecución y medidas cautelares. Recibe la liquidación del crédito, solicita al juez de la causa la ejecución de la sentencia y la práctica de medidas cautelares que garanticen el pago efectivo de la deuda a favor del Distrito Capital.

5 días.

14.

Abogado Subdirección de Gestión Judicial

Seguimiento al pago y comprobantes. Hace seguimiento hasta el pago efectivo, obtiene copia comprobante de pago y lo entrega a la Subdirección de Gestión Judicial.

15.

Auxiliar SIPROJ Gestión Judicial

Radicación y registro. Registra información en SIPROJ y remite al archivo de procesos.

½ día.

16.

Auxiliar Administrativo Subdirección Gestión Judicial

Archivo. Recibe la copia radicada y archiva en la carpeta correspondiente.

½ día

Conservación de documentos.

8.3.PROCEDIMIENTO DE TRASLADO PARA CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS, LAUDOS O CONCILIACIONES, FAVORABLES O DESFAVORABLES A CARGO DE OTROS ORGANISMOS DEL SECTOR CENTRAL Y DE ORGANOS DE CONTROL DEL DISTRITO CAPITAL.

CÓDIGO MSGJ ¿ 03 03

ACTIVIDAD N°

RESPONSABLE

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES

PUNTO DE CONTROL

1.

Abogado representante judicial del D.C.

Solicitud de copias al Despacho Judicial Dentro de los 3 días siguientes a la ejecutoria de la sentencia, laudo o auto aprobatorio de la conciliación, solicitará expedición de copia auténtica con constancia de notificación y ejecutoria, y certificación de apoderados del demandante que actuaron en el proceso.

Entrega requisitos. Dentro de los 3 días siguientes a la expedición de las copias antes señaladas, radicará en el C.D.I con destino a la Subdirección de Gestión Judicial los requisitos previstos en el numeral 7.1.1., completos, legibles y en debida forma.

2.

Auxiliar Administrativo del C.D.I

Radicación. Recibe la solicitud del beneficiario o comunicación para cumplimiento del abogado, Despacho Judicial o Ministerio Público, con sus anexos y los radica por el sistema.

½ día

3.

Secretaria Subdirección Gestión Judicial

Registro y antecedentes. Recibe la radicación con sus anexos, registra datos en libro radicador y en el Sistema, revisa en el registro que el mismo trámite no se haya adelantado con anterioridad, fotocopia sentencia, laudo o acta de conciliación, y entrega todos los documentos al abogado encargado del cumplimiento de sentencias en la Subdirección de Gestión Judicial.

½ día

Análisis documental

 

4.

Abogado Subdirección Gestión Judicial

Cumplimiento

Sentencias

Recepción y revisión documental. Recibe documentación, registra firma y fecha en el libro de radicación.

Registra el asunto en el Módulo de pago de sentencias en el SIPROJ

Verifica que los requisitos se encuentren completos y presentados en debida forma.

Análisis documental y seguimiento a observaciones.

Información complementaria. Solicita al abogado del Distrito los documentos o información faltantes, si fuere el caso.

½ día

Elabora el primer requerimiento al beneficiario de la condena para que acredite los requisitos del numeral 7.1.2., para su presentación ante el organismo respectivo.

½ día

Proyecto traslado. Elabora oficio remisorio para la firma del Subdirector de Gestión Judicial, con destino al organismo Distrital que deberá dar cumplimiento a la sentencia.

½ día

Si recibe los requisitos del beneficiario, elabora oficio remisorio al organismo respectivo para la firma del Subdirector de Gestión Judicial.

½ día

5

Subdirector Gestión Judicial

Aprobación Revisa el proyecto de oficio y lo suscribe.

No: Devuelve el proyecto de oficio al Abogado para que efectúe las correcciones o adiciones pertinentes.

Sí: Coloca visto bueno y suscribe el oficio remisorio.

2 días

Conservación de documentos.

 

6

Secretaria Subdirección de Gestión Judicial

Traslado. Registra el oficio en el C.D.I. y lo envía a la entidad correspondiente.

½ día

Seguimiento y conservación de documentos.

7

Abogado Subdirección Gestión Judicial

Cumplimiento

Sentencias

Seguimiento. Efectúa el seguimiento interinstitucional del cumplimiento y/o pago de la sentencia.

Para tales efectos, de no recibir los soportes del cumplimiento o pago por parte del organismo condenado, dentro de los 45 días calendario siguientes a la remisión, elaborará requerimientos a las entidades y organismos distritales responsables del cumplimiento de la condena para que acrediten su cumplimiento, el cual reiterará con intervalos de 5 días hábiles, hasta que se acredite el cumplimiento total de la sentencia.

 

8.4. PROCEDIMIENTO PARA ORDENAR EL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS, O LAUDOS ARBITRALES DESFAVORABLES, A OTRAS ENTIDADES U ORGANISMOS DISTRITALES CAPITAL CUANDO SE TRATE DE CONDENAS GENÉRICAS AL DISTRITO CAPITAL, LA ADMINISTRACIÓN DISTRITAL, EL ALCALDE MAYOR O LA ALCALDÍA MAYOR8.

CÓDIGO MSGJ ¿ 03 - 04

1.

Abogado representante judicial del D.C.9

Dentro de los 3 días siguientes a la ejecutoria de la sentencia, laudo o auto aprobatorio de la conciliación, solicitará expedición de copia auténtica con constancia de notificación y ejecutoria, y certificación de apoderados del demandante que actuaron en el proceso.

Dentro de los 3 días siguientes a la expedición de las copias antes señaladas, radicará en el C.D.I con destino a la Subdirección de Gestión Judicial los requisitos previstos en el numeral 7.1.1., completos, legibles y en debida forma.

2.

Auxiliar Administrativo del C.D.I

Recibe la solicitud del beneficiario o comunicación para cumplimiento del abogado, Despacho Judicial o Ministerio Público, con sus anexos y los radica por el sistema.

½ día

3.

Secretaria Subdirección Gestión Judicial

Recibe la radicación con sus anexos, registra datos en libro radicador y en el Sistema, revisa en el registro que el mismo trámite no se haya adelantado con anterioridad, fotocopia sentencia, laudo o acta de conciliación, y entrega todos los documentos al abogado encargado del cumplimiento de sentencias en la Subdirección de Gestión Judicial.

½ día

 

4.

Abogado Subdirección Gestión Judicial

Cumplimiento

Sentencias

Recibe documentación, registra firma y fecha en el libro de radicación.

Registra asunto en el módulo cumplimiento de sentencias del SIPROJ.

Verifica que los requisitos se encuentren completos y presentados en debida forma

Solicita al abogado del Distrito los documentos o información faltantes, si fuere el caso.

1 día

Análisis documental

Elabora requerimiento al beneficiario de la condena para que acredite los requisitos del numeral 7.1.2., el cual reiterará hasta por 4 veces con intervalos de un máximo de 5 días hábiles.

Con la información del numeral 7.1.1. elabora proyecto de resolución que ordena cumplimiento y oficio remisorio a la Dirección Jurídica Distrital, anexando la documentación pertinente. (7.1 y 7.2)

1 día

5.

Subdirector Gestión Judicial

Revisa el proyecto de resolución que ordena el cumplimiento y oficio remisorio a la Dirección Jurídica y determina si los aprueba:

No: Devuelve el proyecto de Resolución y el oficio remisorio al Abogado para que efectúe las correcciones o adiciones pertinentes. Pasa a actividad 7.

Sí: Coloca visto bueno al proyecto de resolución y firma el oficio remisorio.

2 días

Análisis documental y seguimiento a observaciones.

6.

Secretaria Subdirección de Gestión Judicial

Registra el memorando en el C.D.I. y lo envía a la dependencia correspondiente. Pasa a la actividad 8.

½ día

7.

Abogado Subdirección Gestión Judicial

Cumplimiento

Sentencias

Realiza las correcciones o adiciones al proyecto de resolución y/o al oficio remisorio y los entrega nuevamente al Subdirector de Gestión Judicial.

Devuelve a la actividad 5.

½ día

8.

Auxiliar Administrativo Subdirección Gestión Judicial

Radica en el CDI memorando remisorio del proyecto de resolución mediante la cual se ordena el cumplimiento de la sentencia con sus soportes, para su envío a la Dirección Jurídica Distrital.

Archiva copia radicada del oficio remisorio en la carpeta correspondiente.

½ día

Conservación de documentos.

9.

Secretaria Dirección Jurídica Distrital

Recibe del CDI y radica documentación y pasa al Despacho del Director

½ día

10.

Director Jurídico Distrital

Revisa proyecto de resolución y determina su aprobación:

No: Devuelve la documentación a la Subdirección de Gestión Judicial, para que se efectúen las correcciones o adiciones pertinentes.

Sí: Coloca visto bueno al proyecto y lo remite para firma del Secretario.

2 días

Revisión de legalidad

11.

Secretaria Dirección Jurídica Distrital.

Entrega proyecto a Secretaría General para firma; ó,

Entrega a CDI documentación con observaciones del Director Jurídico. Se devuelve a actividad 4.

½ día

12.

Secretaria Despacho del Secretario General

Recibe documentación, registra y pasa al Despacho.

½ día

13.

Secretario General

Revisa y firma resolución que ordena el cumplimiento de la sentencia, conciliación o laudo arbitral.

2 días

Autorización

14.

Secretaria Despacho Secretario General

Coordina la numeración y fechado de la resolución firmada.

½ día

15.

Funcionario designado Dirección Gestión Corporativa

Comunica la resolución a los ciudadanos, entidades y organismos interesados y al abogado de la Subdirección de Gestión Judicial encargado del cumplimiento de sentencias.

A la resolución se acompañará copia de las providencias judiciales que señale el acto administrativo.

3 días

16.

Abogado Subdirección Gestión Judicial

Cumplimiento

Sentencias

Recibe copia de la Resolución y la registra en SIPROJ.

½ día

Análisis documental.

Efectúa el seguimiento interinstitucional a la orden de cumplimiento y pago de la sentencia, expedida por el Secretario General.

Para tales efectos, de no recibir los soportes del cumplimiento o pago por parte del organismo responsable, dentro de los 45 días calendario siguientes a la remisión, elaborará requerimientos a las entidades y organismos distritales responsables del cumplimiento de la condena para que acrediten su cumplimiento, el cual reiterará con intervalos de 5 días hábiles, hasta que se acredite el cumplimiento total de la sentencia.

 

9.PROBADO POR: FIRMA

HÉCTOR DÍAZ MORENO _____________________________

Subdirector de Gestión Judicial

CÓDIGO DEPENDENCIA:

10.APROBADO POR: CARGO- NOMBRE

CODIGO DEPENDENCIA: RESOLUCIÓN N°.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3463 de diciembre 29 de 2005

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:

1 De primera, segunda instancia y/o recurso extraordinario, según el caso, autos de liquidación y aprobación de costas y agencias en derecho.

2 (Certificación del Banco de República, sobre el valor de gramos oro, si es del caso; < suprimida Ley 794 de 2003 art. 19>).

3 (La expresión "extrajuicio" fue suprimida Ley 962 artículo 25)

4 Eventualmente aplica 7.5 en el procedimiento de cumplimiento de sentencias favorables. 7.4 a 7.9 no aplican.

5 Puede surtirse notificación por edicto y trámite de recursos, operando términos de ley. Si se interponen recursos pasa el trámite al Director para designación de funcionario encargado de la sustanciación.

6 (*2)Si transcurridos veinte (20) días hábiles luego de comunicada la resolución de pago sin que el beneficiario o su apoderado se presente a recibir el cheque, la Tesorería Distrital consignará las sumas a pagar en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario a órdenes de los respectivos Tribunales y a favor de él o los beneficiarios. Se entiende que ha existido pago de una sentencia, una conciliación o un laudo arbitral en la fecha de entrega del cheque al beneficiario a su apoderado, o de la consignación en la cuenta de Depósitos judiciales.

La comunicación se hará, enviando copia de la resolución de pago al respectivo apoderado a la dirección que haya suministrado o al beneficiario si actúa directamente. Si no aparece reportada la dirección, se le enviará a la que aparezca en el directorio telefónico, si tampoco figura, se le notificará por estado, de conformidad con el procedimiento establecido en el C. C. A.

7 Art. 35 Ley 794 de 2003.

8 Artículo 9 Decreto Distrital 203 de 2005.

9 Puede tratarse del abogado de la Subdirección de Gestión Judicial de la Secretaría General, o de cualesquiera otros organismos o entidades.