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DECRETO 433 DE 1995 (Julio 3)
por el cual se delega una función en el Tesorero Distrital.
El Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y,
CONSIDERANDO:
DECRETA:
Artículo 1º.- Delegar en el Tesorero Distrital la celebración de contratos de cuenta corriente y/o de ahorros, así como de convenios con las instituciones financieras legalmente constituídas en el país y que se encuentren bajo la inspección y vigilancia de la cual se delega una función en el Tesorero Distrital.
La Superintendencia Bancaria, a fin de efectuar a través de ellas y mediante el sistema de abono en los pagos de las obligaciones a cargo del Distrito Capital.
Parágrafo.- Los contratos y convenios que se celebren en desarrollo de la presente delegación actuarán bajo los principios de seguridad y transparencia, protegiendo los intereses del Distrito Capital y garantizando el oportuno cumplimiento de sus obligaciones.
Artículo 2º.- Delegar en el Tesorero Distrital la celebración de contratos de la cuanta corriente y/o de ahorros, así como de convenios con las instituciones financieras vigentes constituídas en el país y que se encuentren bajo la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria, a fin de efectuar a través de ellas el recaudo de las obligaciones de los ciudadanos para con el Distrito Capital.
Parágrafo.- Los contratos y convenios que se celebren en desarrollo de la presente delegación actuarán bajo los mismos principios de seguridad y transparencia, protegiendo los intereses del Distrito Capital y, en ellos, se pactarán todas aquellas cláusulas que se consideren necesarias facilitar a la ciudadanía el oportuno pago de sus obligaciones.
Artículo 3º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C. a 3 de julio de 1996.
El Alcalde Mayor, ANTANAS MOCKUS SIVICKAS. El Secretario General (E), RAMIRO CARRANZA CORONADO.
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