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Circular 239 de 2006 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
26/01/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/01/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3478 de enero 26 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 0239 DE 2006

(Enero 26)

PARA:

Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., Secretarías General y Privada, Personería Distrital, Veeduría Distrital, Secretaría de Gobierno, Alcaldías Locales, Fondos de Desarrollo Local, Concejo de Bogotá d.C., Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, Empresa de Renovación Urbana ¿ ERU, Fondo de Educación y Seguridad Vial FONDATT, Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, Fondo de prevención y Atención de Emergencias FOPAE, Unidades Ejecutivas Locales UEL, Secretaría Distrital de Salud, Hospitales Distritales de I, II y III Nivel, Fondo Financiero Distrital de Salud, Caja de Previsión Social Distrital "en liquidación", Secretaría de Obras Públicas "en liquidación", Secretaría de Hacienda, secretaría de Tránsito y Transporte, Secretaría de Educación (Fondos de Servicios Docentes de los Establecimientos Educativos Adscritos), Fondo Mixto para la Promoción de la Cultura y las Artes, Departamento Administrativo de Bienestar Social, Departamento Administrativo de Acción Comunal, Departamento Administrativo del Servicio Civil, Departamento Administrativo de Planeación Distrital, Departamento Técnico Administrativo del medio Ambiente ¿DAMA-, Departamento Administrativo de Catastro, Caja de Vivienda Popular, Fondo de Ahorro y Vivienda Distrital "Favidi", Instituto de Desarrollo Urbano "IDU", Empresa de Acueducto Alcantarillado de Bogotá D.C., Empresa de Energía de Bogotá D.C. E.S.P., Instituto Distrital para la Protección de la Juventud y la nIñez Desamparada ¿ IDIPRON-, Corporación La Candelaria, Fondo de Ventas Populares de Bogotá, Terminal de Transporte S.A., Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá E.T.B., Instituto Distrital para la Recreación y el deporte, Fundación Gilberto Alzate Avendaño, Canal Capital Ltda., Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos de Bogotá UESP, Jardín Botánico de Bogotá "José Celestino Mutis", Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico ¿IDEP-, Lotería de Bogotá, Instituto Distrital de Cultura y Turismo, Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, Empresa de Transporte del Tercer Milenio "Transmilenio S.A.", Universidad Distrital "Francisco José de Caldas", Metrovivienda, y demás entidades, particulares o contratistas que manejen bienes o fondos distritales, Funcionarios de la Contraloría de Bogotá D.C.

DE:

Contralor de Bogotá D.C.

ASUNTO:

Ley 996 del 24 de noviembre de 2005.

Doy alcance al contenido de la Circular No. 30013 del 23 de diciembre de 2005, en el sentido de aclarar que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005, durante los cuatro meses anteriores a la elección presidencial y hasta la realización de la elección de la segunda vuelta, si fuere el caso, queda prohibida la contratación directa de bienes y servicios. En otros términos, la abstención para efectuar contrataciones directas es a partir del 28 de enero de 2006 inclusive.

ÓSCAR GONZÁLEZ ARANA

Contralor de Bogotá D.C.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3478 de enero 26 de 2006.