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Resolución 159 de 2005 Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. - Hospital Suba II Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
28/11/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/11/2005
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 159 DE 2005

(Noviembre 28 )

"Por medio de la cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005 para el Hospital de Suba II Nivel, E.S.E."

LA GERENTE DEL HOSPITAL DE SUBA II NIVEL, E.S.E,

en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales y,

C O N S I D E R A N D O:

Que el artículo 209 de la Constitución Política reza que la Función Administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.... "

Que el artículo 269 ibídem establece que "En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones métodos y procedimientos de Control Interno de conformidad con que disponga la Ley.

Que concordante con lo anterior, el artículo 6 de la Ley 87 de 1993, dispuso que el establecimiento y desarrollo del sistema de control interno en los organismos y entidades públicas, será responsabilidad del representante legal o máximo directivo.

Que el artículo 4 Transitorio del Decreto 1599 reza que " Las entidades obligadas a implementar el Sistema de Control Interno deberán adoptar el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano en un término no superior a veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia del presente Decreto.

Que a su turno la Ley 734/2002 Código Unico Disciplinario, en su artículo 34 Numeral 31 establece que es obligación de todo servidor público "Adoptar el Sistema de Control Interno y la Función independiente de Auditoría Interna de que trata la Ley 87 de 1993 y demás normas concordantes con la materia.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto, la Gerente del Hospital de Suba II Nivel, E.S.E,

Ver el Acuerdo de Hospital de Suba 06 de 1997

R E S U E L V E:

ARTICULO PRIMERO: ADÓPTESE para el Hospital de Suba II Nivel, E.S.E, el Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000-2005, establecido por el Decreto 1599 de 2005, que permita garantizar, desarrollar, implementar y mantener en operación el Sistema de Control Interno establecido en el mencionado Decreto.

ARTICULO SEGUNDO: El modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano MECI 1000:2005 hace parte integrante del presente Acto Administrativo.

ARTICULO TERCERO: El presente Acto Administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá D.C. a los 28 días de noviembre de 2005

SANDRA ISABEL LOZANO CERON

Gerente