RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 397 de 2002 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Fecha de Expedición:
05/04/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/04/2002
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 0397 DE 2002

(Abril 05)

"Por la cual se delegan unas funciones"

LA GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ, E.S.P.

en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial la contenida en el literal K) del artículo 15 de los Estatutos de la Empresa, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los .iterases generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la descentralización de funciones.

Que el artículo 211 de la Constitución Política faculta a las autoridades administrativas para delegar funciones en sus subalternos o en otras autoridades, en las condiciones que la ley determine.

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la ley 489 de 1998, las autoridades administrativas pueden, mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores.

Que de conformidad con el artículo 15, literal K) de los Estatutos de la Empresa, el Gerente General tienen dentro de sus funciones la de delegar con sujeción a las normas sobre la materia, las funciones de su competencia

Que la delegación es un mecanismo administrativo que le permite a la Empresa actuar con mayor calidad, oportunidad y eficiencia.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Delegar en el Secretario General la participación en el Comité de Conciliación de que trata el Artículo Primero de la Resolución 0396 del 5 de abril de 2002.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Esta Resolución deroga el artículo Décimo Tercero de la Resolución No. 0524 de 2001 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Dada en Bogotá, D.C. a los 05 días del mes de Abril de 2002

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

ASTRID ALVAREZ HERNANDEZ

GERENTE GENERAL