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Decreto 76 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/03/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/03/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3505 de marzo 15 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 076 DE 2006

(Marzo 15)

Por el cual se adopta el Plan Director del Parque Zonal Virrey Sur

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D. C.

En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el numeral 4 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el parágrafo 2 del artículo 252 del Decreto 190 de 2004 (Compilación del POT) y

CONSIDERANDO:

I. Que el artículo 43 del Decreto Distrital 190 de 2004, "Por medio del cual se compilan las disposiciones contenidas en los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003", contempla entre otros instrumentos de planeamiento urbanístico, los Planes Directores para Parques.

II. Que el artículo 243 del Decreto Distrital 190 de 2004 establece que los parques distritales se clasifican en parques de escala regional, metropolitana, zonal, vecinal y de bolsillo. De igual manera, el parágrafo 2º de este artículo dispone que la preservación, manejo, intervención y uso de los parques de escala regional, metropolitana y zonal serán determinados por los Planes Directores, los cuales deberán armonizarse y complementarse con los Planes de Manejo Ambiental, en los casos en que formen parte de la Estructura Ecológica Principal del Distrito.

III. Que en el artículo 244 del Decreto Distrital 190 de 2004 se relacionan los parques que conforman el Sistema de Espacio Público Construido, entre los cuales se encuentra el parque Virrey Sur como de escala zonal, con el código PZ 43.

IV Que en el plano número 16 (Sistema de Espacio Público Construido) del Plan de Ordenamiento Territorial se identifica el Parque Zonal Virrey Sur.

V. Que el artículo 252 del Decreto Distrital 190 de 2004 determinó la obligatoriedad, lineamientos y contenido de los Planes Directores para los parques de escala regional, metropolitana y zonal, siendo el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte (IDRD) la entidad encargada de la formulación de los mismos.

VI. Que el parágrafo 1 del artículo 252 del citado Decreto prescribe que el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte (IDRD) será la entidad encargada de formular los Planes Directores de los parques de escala regional, metropolitana y zonal.

VII. Que la Dirección General del IDRD solicitó ante el DAPD, mediante el oficio de referencia 1-2005-30850 del 25 de agosto de 2005, que se adelantara el estudio respectivo para la adopción del Plan Director del Parque Zonal Virrey Sur, para lo cual anexó los planos y la memoria respectivos.

VIII. Que el coordinador del Grupo de Infraestructura, Transporte y Paisaje del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente, mediante el oficio número 2004EE7915 del 15 de abril de 2004, informó que no se requieren licencias ambientales y aprobaciones de planes de manejo ambiental para ciertos proyectos (parques, entre otros), por lo que recomendó atender las medidas de manejo contempladas en la guía IDU-DAMA de Manejo Ambiental para proyectos de Infraestructura Urbana en el Distrito Capital. Lo anterior es concordante con la normatividad actual sobre la materia, contenida en los artículos 7, 8, 9 y 20 del Decreto Nacional 1220 de abril 21 de 2005.

IX. Que el Departamento Administrativo de Planeación Distrital adelantó la evaluación del proyecto de Plan Director presentado por el IDRD, para el Parque Zonal Virrey Sur, y concluyó que se ajusta a las normas contenidas en el Decreto Distrital 190 de 2004.

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. - ADOPCIÓN DEL PLAN DIRECTOR. Adoptar el Plan Director del Parque Zonal Virrey Sur, según lo establecido en el presente Decreto y en el plano a escala 1:500, suscrito éste último por el anterior Director Encargado del DAPD y la Directora anterior del IDRD, quienes estaban facultados para ello, para la fecha de aprobación de dicho plano, el cual forma parte integral de este Decreto.

ARTÍCULO 2º. - LOCALIZACIÓN, ÁREAS Y ELEMENTOS. El Parque Zonal Virrey Sur se encuentra ubicado en la localidad de Usme, limita al norte con la Calle 93 Sur (V-6), al Occidente con la Carrera 53 Este (V-6), por el Oriente con la Calle 93 B Sur (V-6), al Sur con la Calle 97 Sur (V-6) y la Urbanización Serranías.

Las áreas de cesión que conforman el Parque Zonal Virrey Sur son de propiedad del Distrito Capital, y se componen de: Zonas Verdes y Comunales número 4, 5 y 6 de la Urbanización El Virrey; y la Zona Verde y Comunal número 1, Zona Verde K y Zona Verde L de la Urbanización Serranías, de acuerdo con las certificaciones elaboradas por Germán Gómez y Yeny Téllez el 11 y el 12 de Septiembre de 2002 y el 26 de Mayo de 2004 respectivamente, expedidas por el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (DADEP).

El Parque se incorpora en la plancha IGAC P-8, a escala 1: 2.000, y en los Planos Urbanísticos US 99/4-02 y US 82/4-02, aprobados mediante las resoluciones número 488 del 31 de julio de 1984 y 310 del 16 de octubre de 1986, respectivamente.

La localización, áreas, distribución espacial de campos deportivos, senderos, árboles, mobiliario y, en general, todos los elementos constitutivos del parque, son los que aparecen en el plano de localización general denominado "Plan Director del Parque Zonal Virrey Sur", a escala 1:500, el cual forma parte integral de este Decreto.

ARTÍCULO 3º.  -  DESCRIPCIÓN. El Parque Zonal Virrey Sur tiene una área de 19.348.338 metros cuadrados. Cuenta con un andén longitudinal sobre la Calle 93 Sur y otro sobre la Calle 93 B Sur, en donde se ubica el acceso principal que comunica con las zonas de recreación activa.

El parque cuenta con dos zonas de juegos infantiles, dos piscinas, una para adultos y otra para niños y una cancha múltiple que equilibra la recreación activa y pasiva hacia el costado Sur.

El parque se encuentra afectado por el cruce de líneas de alta tensión.

ARTÍCULO 4º.  -  CORRESPONDENCIA CON LA ESTRUCTURA ECOLÓGICA PRINCIPAL Y REGIONAL Y CONECTIVIDAD CON LA REGIÓN. En relación con el ordenamiento del territorio distrital, el Parque Zonal Virrey Sur forma parte de la Estructura Ecológica Principal de Bogotá, cuya función básica es sostener y conducir la biodiversidad y los procesos ecológicos ambientales, dotando al territorio de bienes y servicios ambientales para su desarrollo sostenible.

El parque se articula con la Estructura Ecológica Principal de la red de ciudades de la región Bogotá-Cundinamarca sobre el Eje de integración Llanos; facilita y viabiliza las estrategias orientadas a garantizar la seguridad ciudadana y la sostenibilidad económica y ambiental de largo plazo.

En torno a la noción de hábitat en la región, el parque es una actuación del Distrito en el territorio regional que reconoce la interdependencia del sistema urbano y el territorio rural regional; integra los equipamientos existentes con el entorno natural, procurando la mayor conectividad ecológica con otros elementos de la Estructura Ecológica Principal encontrándose entre los parques: Ecológico Distritlal Entrenubes (Cuchilla del Gavilán), Parques Zonales Famaco, Villa Alemana y San José de Usme.

El Parque Zonal Virrey Sur promoverá el equilibrio y la equidad territorial al aumentar la oferta de recreación activa y pasiva de la ciudad; evitará la degradación ambiental apoyando los programas de dotación, equipamientos y mejoramiento integral en un entorno deficitario. Favorecerá la identidad, apropiación, pertenencia, participación y la solidaridad de la población en un territorio común.

ARTÍCULO 5º. -  CORRESPONDENCIA CON LOS SISTEMAS GENERALES

5.1. SISTEMA DE MOVILIDAD. El Parque Zonal Virrey Sur se ubica al Sur de Bogotá D. C., y se conecta con el sistema vial arterial de la ciudad a través de la Avenida Usminia (V-3), la Avenida Caracas (V-2) y la Avenida al Llano (V-2).

En el entorno inmediato, el parque se articula a través de las vías locales Calle 93 Sur y 93 B Sur, Calle 97 Sur, y la Carrera 53 Este, de la Malla vial local.

El Parque Zonal Virrey Sur se articula con la Red de corredores troncales de buses a través de la Troncal Avenida Caracas.

El parque se conectará con el nuevo corredor de la Avenida Usminia, entre la Avenida al Llano y la Avenida Circunvalar del Sur, que formará parte de la red de ciclorrutas.

5.2. SISTEMA DE EQUIPAMENTOS URBANOS. El Parque Virrey Sur forma parte del Sistema de Equipamientos Urbanos, dado que cuenta con un espacio e infraestructura deportiva clasificada por la naturaleza de su función como equipamiento deportivo y recreativo, y por su cubrimiento como equipamiento urbano de escala zonal, el cual mejorará los índices de seguridad humana en la perspectiva de consolidar la ciudad.

5.3. SISTEMA DE ESPACIO PÚBLICO CONSTRUIDO. El Parque Virrey Sur pertenece al Sistema de Espacio Público Construido, componente Parques Distritales, clasificación parque de escala zonal, identificado con el código PZ 43.

El parque se articula con el componente espacios peatonales, red de andenes, con la Avenida Usminia, la Calle 93 Sur y 93 B Sur, Calle 97 Sur, y la Carrera 53 Este.

5.4. SISTEMAS GENERALES DE SERVICIOS PÚBLICOS

5.4.1. ACUEDUCTO. El parque se encuentra localizado en la zona que hace parte del Sistema Chisacá / La Regadera - Plantas de Tratamiento la Laguna y Vitelma que cubre la zona sur de la ciudad y surte las redes matrices de distribución de la Zona de Usme.

5.4.2. SANEAMIENTO BÁSICO. El parque cuenta con colectores para aguas lluvias y aguas negras de las redes locales del costado norte y occidente que pertenecen al Sistema de Alcantarillado Sanitario y Pluvial Cuenca del Tunjuelo.

La recolección de basuras del parque es realizada por parte del consorcio de aseo LIME.

5.4.3. TELECOMUNICACIONES. El Parque Zonal Virrey Sur contempla instalación de líneas telefónicas para las zonas de piscinas y administración.

5.4.4. ENERGÍA ELÉCTRICA. El planteamiento eléctrico se conecta al sistema de baja tensión, de alumbrado público a través del transformador identificado con CD 20526.

Se plantean luminarias peatonales en andenes y senderos de circulación en contorno y al interior del parque, que complementan la iluminación de las vías circundantes.

La instalación eléctrica contempla una acometida para las edificaciones de la Administración y Piscinas.

5.4.5. GAS NATURAL Y PROPANO. El Parque Zonal Virrey Sur contempla redes de suministro del Sistema de Gas Natural para la zona de administración y piscinas.

ARTÍCULO 6º. -  CORRESPONDENCIA CON LAS CENTRALIDADES Y LAS OPERACIONES ESTRATÉGICAS. El Parque Zonal Virrey Sur se localiza al norte de la Nueva centralidad Eje de integración Llanos / Nuevo Usme y apoya la generación de espacio público de esta centralidad de integración nacional e internacional, cuya directriz principal es desarrollar una nueva área equilibrada de vivienda, servicios urbanos y actividades productivas ligadas a los productos del oriente del país, a lo largo de la Autopista al Llano.

La operación estratégica Nuevo Usme ¿ Eje de Integración Llanos es prioritaria para jerarquizar programas, actuaciones y proyectos, y orientar recursos de inversión en áreas especiales de la ciudad que se consideran fundamentales para consolidar a corto, mediano y largo plazo. (artículo 26 del Decreto Distrital 190 de 2004 ¿ Compilación del POT¿)

El Parque Zonal Virrey Sur contribuirá al desarrollo de usos urbanos y consolidar el sistema de áreas protegidas y de las áreas rurales, desarrollar un área de servicios urbanos y actividades productivas ligadas al intercambio con el oriente del país a lo largo de la Autopista al Llano, equilibrada con nuevas áreas de vivienda y a promover la estructuración de un centro internacional y regional en la óptica de integración Caracas, Bogotá, Quito.

ARTÍCULO 7º. RELACIÓN DEL PARQUE CON LA RED DE PARQUES Y LOS ESPACIOS PEATONALES CIRCUNDANTES. El Parque Zonal Virrey Sur se articula a través de vías de la malla vial local con el Parque Ecológico Distrital Entrenubes y los Parques Zonales Famaco, San José de Usme y Villa Alemana; además, el parque se articula con los parques vecinales de su entorno a través de la red de andenes de las vías locales y vías peatonales de los barrios circundantes.

ARTÍCULO 8º. -  NORMAS ESTABLECIDAS POR LAS AUTORIDADES AMBIENTALES. De conformidad con lo establecido en los artículo 7, 8, 9 y 20 del Decreto Nacional 1220 de abril 21 de 2005, no se exige licencia ambiental ni aprobación de planes de manejo ambiental para el Plan Director del Parque Zonal Virrey Sur.

El Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte ¿ IDRD, deberá atender las medidas de manejo contempladas en la guía IDU-DAMA de Manejo Ambiental para proyectos de Infraestructura Urbana en el Distrito Capital.

ARTÍCULO 9º. -  ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA Y DE GESTIÓN DEL PARQUE. En consonancia con lo dispuesto en el artículo 2º del Acuerdo 4 de 1978, Acuerdo 19 de 1996 y el artículo 2º del Decreto Distrital 759 de 1998, el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte será, directamente o a través de terceros, el encargado de la administración del Parque Zonal Virrey Sur.

Las actividades de mantenimiento y preservación de los elementos constitutivos del parque deberán sujetarse a las disposiciones de la Resolución IDRD número 321 del 24 de julio de 2002, en la cual se estableció el Programa de Mantenimiento y Preservación de los parques metropolitanos, urbanos y zonales de Bogotá D. C., así como al Decreto Distrital 463 del 22 de diciembre de 2003, "Por el cual se reglamenta la administración, el mantenimiento y el aprovechamiento económico del espacio público construido y sus usos temporales".

ARTÍCULO  10º. -  ORDENAMIENTO DEL PARQUE.  Modificado por el art. 2, Decreto Distrital 332 de 2006. Los elementos descritos en este artículo corresponden al plano de localización general denominado "Plan Director del Parque Zonal Virrey Sur", a escala 1:500, el cual forma parte integral de este Decreto.

10.1. CIRCULACIÓN PEATONAL, CICLORRUTAS RECREATIVAS Y CIRCULACIÓN VEHICULAR PARA ACCEDER A LAS ZONAS DE ESTACIONAMIENTO. La circulación peatonal está dada por andenes perimetrales arborizados con un ancho de 3,50 metros. Las circulaciones interiores están conformadas por las zonas duras que consolidan y articulan las áreas de actividad recreativa con los accesos, las plazoletas, los senderos peatonales, las canchas deportivas y las zonas de juegos infantiles.

Las diferentes áreas de su infraestructura son accesibles para personas con discapacidad.

No se contempla la construcción de ciclorrutas recreativas, circulaciones vehiculares, ni estacionamientos al interior del parque.

10.2. ESQUEMA GENERAL DE LOCALIZACIÓN DE LAS REDES DE SERVICIOS. El drenaje de aguas lluvias del parque se realiza superficialmente, con cañuelas que conducen hacia las rejillas del alcantarillado pluvial de las vías locales que lo rodean.

Las luminarias peatonales se localizan sobre andenes y senderos de circulación en contorno y al interior del parque. Las instalaciones eléctricas, hidráulicas, sanitarias, de telecomunicaciones y de gas se canalizan en el subsuelo.

10.3. LOCALIZACIÓN DE LOS USOS PRINCIPALES, COMPLEMENTARIOS Y ESPACIOS ABIERTOS

Usos principales. Recreación activa, pasiva y dotacional equipamiento deportivo y recreativo de escala zonal.

Usos compatibles. Administración, puestos de primeros auxilios, puestos de información.

Usos condicionados. Clubes deportivos que no requieran la construcción de infraestructura.

Usos prohibidos. Residencial, industrial, minero, comercial y de servicios.

10.4. CUADRO DE ÁREAS E ÍNDICES DE OCUPACIÓN

EDIF. REQUER/

OTROS m2

ZONA DE RECREACIÓN PASIVA

ZONA DE RECREACIÓN ACTIVA

TOTAL m2

ZONAS DURAS m2

Z.VERDES TRAT. PAISAJ. m2

ZONAS DURAS m2

Z.VERDES TRAT. PAISAJ. m2

Afectación Alta Tensión

0,00

0,00

8.010,68

0,00

0,00

8.010,68

Administración

494,73

0,00

0,00

0,00

0,00

494,73

Piscina

1.029,83

0,00

0,00

0,00

0,00

1.029,83

Cancha múltiple

0,00

0,00

0,00

587,24

0,00

587,24

Juegos infantiles

0,00

513,62

0,00

0,00

0,00

513,62

Plaza de recreación pasiva

0,00

104,33

0,00

0,00

0,00

104,33

Senderos interiores

0,00

4.288,67

0,00

0,00

0,00

4.288,67

Zonas verdes

0,00

0,00

0,00

0,00

4.319,24

4.319,24

PORCENTAJE

7,9%

25,4%

41,4%

3,0%

22,3%

100,0%

TOTAL

1524,56

4.906,62

8.010,68

587,24

4.319,24

19.348,34

ÍNDICE DE OCUPACIÓN. El índice de ocupación es 0,079, equivalente a 1.524,56 metros cuadrados, que corresponden al área administrativa y a la piscina, de acuerdo con lo señalado en el plano de localización general del Plan Director.

10.5. VOLUMETRÍA DE LAS CONSTRUCCIONES. No se permite la ocupación de áreas libres con la construcción de edificaciones al interior del parque diferentes a las señaladas en el presente Decreto y su plano correspondiente. La altura máxima es de 8,00 metros, incluidas las áreas de cubierta.

10.6. DETERMINANTES PAISAJÍSTICAS, MANEJO DE LA TOPOGRAFÍA, LINDEROS Y TRATAMIENTO DE ESPACIOS EXTERIORES. La topografía del parque es inclinada y se manejará por medio de zonas verdes cubiertas de césped que conforman las áreas de circulación y permanencia.

Los linderos del parque se definen a través de un cerramiento perimetral y vías peatonales arborizadas, que se integran al espacio público existente. El diseño configura áreas de recreación pasiva y activa con tratamientos en zona verde y pisos en adoquín de ladrillo.

La cancha múltiple se orienta en sentido Norte-Sur. Los juegos infantiles, por su parte, se encuentran rodeados por zonas verdes y cuentan con una circulación que los integra con las demás zonas del parque.

El parque presenta una zona de afectación por el paso de una línea de alta tensión, atravesada por tres senderos peatonales. El IDRD deberá contemplar, en coordinación con CODENSA, la posibilidad de dar un tratamiento a la franja de afectación por medio de jardines.

Las especies propuestas para la plantación y el manejo de la vegetación existente deben cumplir con el diseño paisajístico del plano del Plan Director, así como con los lineamientos y especificaciones que determine el Jardín Botánico "José Celestino Mutis" y el Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente.

Se permite el tratamiento de las zonas verdes con césped y jardines.

10.7. LOCALIZACIÓN DEL MOBILIARIO URBANO Y SEÑALIZACIÓN. Los elementos del mobiliario urbano propuestos cumplen con las especificaciones establecidas en el Decreto Distrital 170 de 1999, 198 y 822 de 2000.

10.8. ACCESOS, CERRAMIENTOS Y CONTROLES. El punto de acceso principal se encuentra sobre la calle 93 sur, costado norte del parque, donde encontramos una plazoleta de acceso que comunica con los senderos interiores, la ruta de la vida y la zona de administración; cuenta con accesos peatonales secundarios sobre la calle 95 sur, en la intersección de la calle 93 B Sur con la carrera 54 Este.

El Parque Zonal Virrey Sur cuenta con un cerramiento perimetral en malla eslabonada, con una altura total de 2,40 metros, para garantizar el mantenimiento de la infraestructura del parque, así como para facilitar el control y el buen funcionamiento de la piscina.

ARTÍCULO 11º. -  PROYECTOS. Todo proyecto que se vaya a adelantar en el Parque Zonal Virrey Sur deberá desarrollarse de acuerdo con las características y localizaciones descritas en el presente Decreto y su plano anexo.

ARTÍCULO 12º. -  ACTUALIZACIÓN DE PLANOS URBANÍSTICOS. La Subdirección de Infraestructura y Espacio Público, Gerencia de Cartografía e Información Gráfica del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, efectuará las modificaciones y anotaciones a que haya lugar en los planos urbanísticos colindantes con el Parque, según lo dispuesto en el presente Decreto.

ARTÍCULO 13º. -  ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente Decreto no ampara los cerramientos y/o construcciones que no estén señalados en el Plan Director del Parque Zonal Virrey Sur, delimitado en el plano que forma parte integral del mismo, y tiene efectos únicamente sobre los predios de propiedad del Distrito Capital.

ARTÍCULO 14º. -  VIGENCIA Y DEROGATORIAS. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y en la Gaceta de Urbanismo y Construcción de Obra y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los 15 días de marzo de 2006

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor

JAIRO FERNANDO PÁEZ MENDIETA

Director (E.)

Departamento Administrativo de Planeación Distrital