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Proyecto de Acuerdo 131 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/03/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/03/2006
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Ponencia para primer debate del Proyecto de Acuerdo No

PROYECTO DE ACUERDO NO. 131 DE 2006

Ver Acuerdo Distrital 232 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.

"Por medio del cual se crea el Sistema Integral Computarizado de Número Único 123 para la atención de llamadas de emergencia, despacho y vigilancia para Bogotá D.C; y se dictan otras disposiciones"

EXPOSICION DE MOTIVOS

Objetivo del Proyecto

El objetivo de este proyecto es crear un Sistema Integral que permita prestar un servicio adecuado para la recepción, atención, comunicación y despacho de llamadas de emergencia, dotado de los componentes tecnológicos y servicios necesarios para la realización de su labor y coordinación de intervenciones ante emergencias que se produzcan en Bogotá D. C, con la capacidad de ampliación en servicios y cobertura para el futuro.

Consideraciones Generales

Bogotá se encuentra, desde hace algunos años, en un proceso de transformación encaminado a mejorar la seguridad de la ciudad y por lo tanto la calidad de vida de los ciudadanos. El Distrito tiene entre sus objetivos la reducción de muertes violentas, los delitos de mayor impacto en la ciudad con el aumento de la percepción de seguridad de la ciudad; y finalmente, la prevención de ataques a la infraestructura de Bogotá, a las instituciones que en ella funcionan y a los ciudadanos en general.

Un breve análisis de la situación actual nos permite observar que en la ciudad existen mas de 20 números telefónicos destinados a la atención de emergencias y seguridad: 112 policía, 125 salud, 119, bomberos, 127 tránsito, 111 prevención, 164 escape, 132 ambulancias, 156 CAI, 153 DAS; 157 DIJIN, 115 CODENSA. 177. E.T.B. 144. Defensa Civil, 116 Acueducto, y otros números como los de la SIJIN, Fiscalía C.T.I., Automotores, Accidentes de tránsito, Alcaldía Mayor y los innumerables números de alcaldías locales y comités locales de emergencias, entre otros. Para los organismos de seguridad y para los ciudadanos esta cantidad de números no resulta eficaz a la hora de su utilización. Este sistema debe involucrar un importante número de entidades como la Fiscalía a quien le compete el liderazgo de la política criminal, cuya finalidad no sólo es de carácter represivo sino también preventivo.

En Bogotá, existen mas de cinco sistemas de comunicación por radio que hacen demasiado complicada la intercomunicación y por supuesto la coordinación de los organismos de seguridad y atención de emergencias.

A pesar de la inversión que la ciudad hace por año por más de 7 millones de dólares para mantener el esquema actual, este requiere ser actualizado y modernizado para que los organismos de emergencias, puedan tener por ejemplo; digitalizado los mapas de la ciudad, con las redes de acueducto, alcantarillado, gas, energía, teléfonos y de los centros de más alto riesgo; cámaras de televisión; un sistema de localización de vehículos para emergencia; una red integrada que cubra todas las entidades; un sistema tecnológico para la información, etc.

Es evidente la necesidad sentida de contar con un sistema más coordinado y efectivo para el manejo de emergencias y la recopilación de informaciones que puedan servir para evitar actos terroristas, inundaciones y tantos otros que se han registrado en la ciudad.

El NUSE 123 (Número Único de Seguridad y Emergencias) de Bogotá debe implementarse con la finalidad de proporcionar a todos los ciudadanos, ya sean residentes o en tránsito por Bogotá, un sistema de ayuda rápido y eficaz en situaciones de emergencia.

Respondiendo a esta necesidad la presente iniciativa propone la creación de un Sistema Integral Computarizado de Número Unico para la atención de Llamadas de Emergencia, Despacho y Vigilancia para Bogotá D.C., que manejará la información y las comunicaciones con sistemas computarizados que permitan el despacho oportuno de unidades, el seguimiento, la inteligencia y el apoyo en el sitio de los hechos para atender emergencias de cualquier tipo, convirtiéndose en el soporte para el manejo de eventos críticos de la ciudad. Brindando las herramientas necesarias para integrar los organismos de seguridad y socorro de la ciudad para preservar la vida, integridad y patrimonio de los ciudadanos y los bienes e infraestructura de la ciudad, respondiendo en forma oportuna y coordinada a los problemas de inseguridad y a las emergencias que se puedan presentar.

Garantizando la capacidad de respuesta a las llamadas de emergencia generadas por los ciudadanos y un espacio de análisis y reacción oportuna y coordinada a las denuncias e incidentes de emergencias.

Bogotá debe contar con un sistema integral de respuesta basado en un Número Único de Emergencias, que facilite y mejore la atención al ciudadano y que asegure una respuesta adecuada y coordinada de las entidades.

Situación actual

Cada entidad tiene su propio número y su propia organización de respuesta y a pesar de que se da una coordinación de hecho en el campo, no hay una estructura formal y se duplican esfuerzos.

El ciudadano que se enfrenta hoy a una emergencia en Bogotá, tiene que decidir en el momento de crisis, a cual de los 15 o más números existentes llamar. Además, como se ha visto en eventos recientes no todos los números tienen la capacidad de atender altos volúmenes de llamadas, como las que se generan en casos de eventos de emergencia, lo cual genera mayor sensación de impotencia y desprotección en la ciudadanía.

La situación actual de financiación de los servicios independientes de respuesta de emergencia se viene haciendo por parte del Fondo de Vigilancia y Seguridad, y de los presupuestos de las secretarias de Salud, Tránsito y Gobierno. este esquema no tiene en cuenta todas las necesidades, duplica algunos esfuerzos, no asegura la capacitación de todo el personal que atiende las emergencias.

Un estudio adelantado por la Cámara de Comercio de Bogotá menciona la necesidad que tiene la ciudad de implementar el sistema señalando que: "...El sistema del 112 fue adquirido en 1994 y es urgente su reemplazo pues está llegando al final de su vida útil, además el hardware, el software de la plataforma y de los aplicativos son versiones ya en desuso, que no pueden ser actualizadas y que no tienen las funcionalidades y robustez que hoy son estándar en un sistema de despacho. El CAD actual sólo se concibió para dar respuesta a emergencias de policía, no está diseñado para manejar las demás emergencias.

La Cámara de Comercio de Bogotá, como una contribución a la ciudad contrató el mencionado estudio para el dimensionamiento y especificaciones del Sistema Integral Computarizado de Número Unico para la Atención de Llamadas de Emergencia, Despacho y Vigilancia para Bogotá D.C. NUSE 123.

Este sistema se ha implementado con éxito en otras ciudades del país como Cali, Pereira, Medellín y en los grandes países del mundo como Estados Unidos, España y muchos otros.

SUSTENTO LEGAL DEL PROYECTO.

Esta iniciativa tiene su sustento en las siguientes normas:

Estatuto Orgánico de Bogotá Decreto Ley 1421 de 1993 en su Articulo 12.

En la Constitución Política de Colombia en su Articulo 2, que en uno de sus apartes establece: "Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares".

El Acuerdo 119 de 2004 Plan de Desarrollo Distrital 2004 . 2008, en su articulo 17º Políticas del Eje de Reconciliación en cuanto al tema de seguridad en algunos de sus apartes establece:

"Seguridad

Se propiciarán acciones tendientes a la prevención y el control de la violencia y la delincuencia y a la conservación del orden público en la ciudad, en el marco del respeto a los derechos fundamentales.

Fortalecerá la capacidad de los organismos civiles y de la Fuerza Pública a fin de lograr el ambiente de convivencia social requerido para que los ciudadanos puedan realizar el ejercicio público y privado de todas las libertades previstas en el orden constitucional y para garantizar el normal desarrollo y disfrute de los derechos fundamentales de las personas.

Prevención de riesgos y atención de emergencias

Se fortalecerá la capacidad del Distrito, de sus localidades y de sus habitantes para reducir los riesgos y brindar respuesta oportuna y efectiva a emergencias generadas por eventos de origen natural y antrópico.

ARTÍCULO 18°. Estrategias del Eje de Reconciliación

Fortalecimiento de los organismos de seguridad del Estado y las organizaciones de la sociedad civil para atender los asuntos del desarrollo de las acciones de resistencia civil en los actos que atenten contra el orden público, la seguridad ciudadana, y las manifestaciones conflictivas y de violencia que afectan a la ciudad.

Atención integral de violencia, delincuencia y orden público

Adelantará de manera simultánea acciones de prevención, atención y control, a través de procesos de coordinación interinstitucional del fortalecimiento de los organismos de seguridad del Estado.

ARTÍCULO 20º. Metas del Eje de Reconciliación

Reducir la tasa de muertes violentas de 40,7 a 30 por 100 mil habitantes

Adelantar acciones de prevención, atención y control por parte de los organismos de seguridad del Estado y la sociedad civil para fortalecer la seguridad ciudadana frente a todas las formas de violencia que afectan la vida de la ciudad."

La Resolución 337 del año 2000 de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones "Por la cual se organiza el sistema de Numero Único de Emergencias, se modifica y adiciona la Resolución CRT 087 de 1997" estableció en su Articulo Primero.:

"Articulo 7.1.11. Centro de Atención de emergencias. En todos los municipios, grupo de municipios o áreas metropolitanas del país, podrá establecer un Centro de atención de Emergencias (CAE) a través de un numero único telefónico de rápida marcación y fácil memorización, que garantice un acceso rápido, oportuno y eficaz a los servicios de auxilio, protección y seguridad ciudadana.

Articulo 7.1.12. Numero Único de Emergencias. Adoptar como numero Único nacional de Emergencias el 123 para ser asignado a la entidad territorial que lo solicite y cumpla con las condiciones establecidas en la presente resolución,..." 1

CONSIDERACIONES FINALES

Uno de los pilares de la reducción de muertes y delitos en Bogotá ha sido la capacidad de respuesta de las autoridades a las necesidades de los ciudadanos, capacidad de respuesta que se puede mejorar con el apoyo de procedimientos y tecnologías adecuadas.

Cada día la ciudad se enfrenta a diversas amenazas naturales como son los riesgos sísmicos, los derrumbes y las inundaciones y otras causadas por la inseguridad que requieren una mayor coordinación de las autoridades y apoyo de tecnologías de información y de esquemas de gestión más efectivos.

Esta es una oportunidad para que la corporación por su propia iniciativa le dé a la ciudad las herramientas que requiere para enfrentarlas. Por lo que queremos poner a consideración de la Honorable Corporación el presente Proyecto de Acuerdo.

Cordialmente,

HIPOLITO MORENO GUTIERREZ

Concejal de Bogotá

Proyecto de Acuerdo No_____ de 2006

"Por medio del cual se crea el Sistema Integral Computarizado de Numero Unico 123 para la atención de llamadas de emergencia, despacho y vigilancia para Bogotá D.C; y se dictan otras disposiciones.

EL CONCEJO DE BOGOTA

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO - Crease en Bogotá, el Sistema Integral computarizado de Numero Único 123 para la atención de llamadas de emergencia, despacho y vigilancia para Bogotá D.C.

ARTICULO SEGUNDO: Objeto - Este Sistema Integral tendrá como objetivo fundamental el de prestar un servicio adecuado para la recepción, atención, comunicación y despacho de llamadas de emergencia, dotado de los componentes tecnológicos y servicios necesarios para la realización de su labor y coordinación de intervenciones ante emergencias que se produzcan en Bogotá D. C.

ARTICULO TERCERO - La Administración Distrital a través del Fondo de Vigilancia y Seguridad del Distrito o quien haga sus veces, será la entidad encargada del montaje, ejecución y sostenimiento del sistema.

ARTICULO CUARTO - El sistema se conformará de las siguientes entidades, que se convierten en apoyo:

Comandante de la Policía Metropolitana

Secretaría de Gobierno del Distrito

Secretaría de Tránsito y Transportes

Cuerpo de Bomberos de Bogotá

Secretaría de Salud

DEPAE

ARTICULO QUINTO - En un plazo no mayor a un año, la Administración Distrital deberá poner al servicio de los ciudadanos y ciudadanas este Sistema.

ARTICULO SEXTO - Todas las entidades que atiendan emergencias, seguridad y servicios a los ciudadanos se integraran al Sistema único de emergencia 123.

ARTICULO SEPTIMO - Se autoriza a la Administración Distrital para hacer las modificaciones que sean necesarias para cumplir con el presente Acuerdo

ARTICULO OCTAVO - Vigencia y Derogatorias. El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación y deroga las demás normas que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá a los ........ días del mes de ............. de 2006

NOTA DE PIE DE PÁGINA

1 Resolución 337 del 2000 Comisión de Regulación de Telecomunicaciones