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Decreto 87 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/03/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/03/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3507 de marzo 17 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 087 DE 2006

(Marzo 17)

"Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría de Tránsito y Transporte de Bogotá, D.C., como resultado de lo dispuesto por el Decreto Ley 785 de 2005".

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C., (E)

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en el Decreto Ley No. 785 de 2005 y

CONSIDERANDO

Que el Decreto 785 de 2005, señala en su artículo 17 que el nivel asesor está integrado entre otras por las Oficinas Asesoras de Planeación y Comunicaciones.

Que las funciones que cumplen las Oficinas de Control Interno, de Asuntos Disciplinarios y de Tecnología, son compatibles con la naturaleza general de funciones propias del Nivel Directivo, relacionadas con la formulación de políticas institucionales, adopción de planes, programas y proyectos.

Que para efectos del ajuste efectuado en cumplimiento al Decreto 785, se hace necesario modificar la denominación de las Dependencias que conformaban el Nivel Asesor

En mérito de lo expuesto,

Ver el Organigrama de la S.T.T.

DECRETA

ARTÍCULO 1º: MODIFICACIÓN DE LA DENOMINACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS: La denominación de las siguientes dependencias pertenecientes a la estructura organizacional de la Secretaría de Tránsito y Transporte, D.C.,:

DENOMINACION ACTUAL

NUEVA DENOMINACIÓN

OFICINA ASESORA DE CONTROL INTERNO

OFICINA DE CONTROL INTERNO

OFICINA ASESORA DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS

OFICINA DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS

OFICINA ASESORA DE TECNOLOGÍA

OFICINA DE TECNOLOGÍA

ARTÍCULO 2º Las Oficinas de Control Interno, Asuntos Disciplinarios y de Tecnología a las que se les establece nueva denominación conforme a lo dispuesto en el artículo anterior, seguirán cumpliendo las funciones asignadas en el Decreto 354 de 2001

ARTÍCULO 3º: VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 354 de 2001.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, D C., a los 17 días de marzo de 2006

ABEL RODRÍGUEZ CÉSPEDES

Alcalde Mayor (E)

JUSTO GERMÁN BERMÚDEZ GROSS

MARIELA BARRAGÁN BELTRÁN

Secretario de Tránsito y Transporte

Directora Departamento Administrativo Servicio Civil Distrital