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Acuerdo 17 de 1998 Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. - Hospital Simón Bolívar III Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
15/09/1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/09/1998
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 17 DE 1998

(Septiembre 15)

Modificado por el Acuerdo Hospital Simón Bolívar 02 de 2006

Por el cual se aprueba una modificación a la Estructura Orgánica del HOSPITAL SIMÓN BOLIVAR, III NIVEL DE ATENCIÓN EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL SIMÓN BOLIVAR III NIVEL DE ATENCIÓN E.S.E.

En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el numeral 6° del artículo 12 del Acuerdo 17 de 1997 y el artículo 12 del Acuerdo 17 de 1997 y el artículo 16 de los Estatutos del Hospital.

CONSIDERANDO

Que el Hospital Simón Bolivar III Nivel por medio del acuerdo 17 de 1998 se transformó en EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO.

Que por Acuerdo No. 11 - 98 se modificó la estructura orgánica del Hospital Simón Bolivar III Nivel Empresa Social del Estado

Que el Hospital debe prestar los servicios de Salud con excelente calidad a todos sus usuarios.

Que es indispensable ajustar la estructura a las necesidades reales de la institución.

Que se hace indispensable efectuar una reestructuración dentro de los términos que la Ley permite.

Que es menester de la Junta Directiva aprobar las modificaciones a la estructura orgánica.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Modificar la estructura orgánica del Hospital Simón Bolivar III NIVEL DE ATENCIÓN EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO.

VER ANEXO

ARTÍCULO TERCERO: El Gerente de la Empresa Social del Estado, adoptará la Estructura Orgánica a lo dispuesto en el presente acuerdo, y efectuará las incorporaciones de los funcionarios a la planta establecida y hará las reparticiones correspondientes por dependencias.

ARTÍCULO CUARTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Santa fe de Bogotá, D.C. a los 15 días de septiembre de 1998

JUAN CARLOS BLACKBURN VILLAMIL

PRESIDENTE

CARLOS VICENTE RADA ESCOBAR

SECRETARIO

NOTA: El anexo puede ser consultado en las dependencias del Hospital.