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Decreto Local 1 de 2006 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Fecha de Expedición:
29/06/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/07/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3569 de julio 06 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 01 DE 2006

(Junio 29)

"Por el cual se liquida el Acuerdo Local No. 002 de 2005 por el cual se aprueba el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de Enero y el 31 de Diciembre de 2006".

LA ALCALDESA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE (E)

En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el articulo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993 y las que le confiere el Decreto 1139 de 2000 en sus artículos 19 y 21, y

CONSIDERANDO:

Que la Alcaldesa Local en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 1139 de 2000 en su artículo 16 presentó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe a consideración de la Junta Administradora Local - JAL durante los tres (3) primeros días de las sesiones ordinarias del mes de diciembre a nivel de programa para su estudio y aprobación.

Que la Junta Administradora Local de Rafael Uribe envió y comunicó la aprobación del proyecto de presupuesto para la vigencia 2006, mediante oficio radicado bajo el número 8908 del 16 de diciembre de 2005 en la Alcaldía Local.

Que la Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe presentó objeción por ilegalidad al Acuerdo Local 002 de 2005 aprobado por la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante escrito radicado el 19 de diciembre de 2005 en el Tribunal.

Que de acuerdo con lo establecido en el articulo 19 del Decreto 1139 de 2000 la Alcaldesa Local (E ) de Rafael Uribe Uribe adoptó mediante Decreto 229 del 21 de diciembre de 2005 el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2006, en tanto se pronunciaba el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

Que la Sección Primera, subsección "B" del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, falló: "Inhíbese para pronunciarse sobre la solicitud formulada por la Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia".

Que con fundamento en el pronunciamiento del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y a solicitud de la Alcaldesa Local, la Secretaría de Hacienda expidió concepto sobre el procedimiento legal a seguir, el cual señala: "le corresponde a la Alcaldesa aprobar el texto aprobado por la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe el día 15 de diciembre de 2005, en los términos establecidos en el inciso 4 del artículo 19 del Decreto 1139 de 2000."

Que la Alcaldesa Local (E) Rafael Uribe Uribe sancionó el Acuerdo Local No. 002 de 2005 el día 22 de junio de 2006.

Que el Decreto Local 229 de 2005, "Por el cual se adopta el presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2006", tuvo vigencia y en consecuencia los actos expedidos bajo el mencionado decreto continuarán vigentes.

Que el artículo 21 del Decreto 1139 de 2000 sobre liquidación del Decreto de Presupuesto estipula: "corresponde al Alcalde Local expedir el Decreto de Liquidación de Presupuesto. Este Decreto tendrá el detalle del gasto para el año fiscal respectivo hasta el nivel de proyecto."

Que el CONFIS mediante comunicación 2-2005-30012 del 29 de noviembre de 2005 emitió concepto favorable al anteproyecto de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, donde el total de la transferencia de la Administración Central asciende a $24.236.544.057, monto comunicado por la Secretaría de Hacienda de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del Decreto 1139 de 2000.

Que para efectos de la liquidación del presente Decreto Local se hace necesario armonizar las partidas aprobadas en el Acuerdo 002 de 2005 con las ejecutadas en vigencia del Decreto 229 de 2005.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en las normas presupuestales, la Administración Local debe expedirse el Decreto de Liquidación del mencionado Acuerdo.

Que por lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO. Para efectos de armonizar y liquidar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo Local No. 002 de 2005, se realizarán los siguientes ajustes:

ARTICULO SEGUNDO: Con base en los ajustes mencionados en el articulo primero del presente Decreto, el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, ajustado para la vigencia fiscal de 2006, asciende a la cantidad de $41.885.970.290.00 (CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS NOVENTA PESOS) según el siguiente detalle:

ARTICULO TERCERO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarías. Los Actos Administrativos expedidos bajo la vigencia del Decreto Local Nº 229 de 2005, continuarán vigentes.

PUBLIQUESE Y COMUNIQUESE.

Dado en Bogotá D.C., a los veintinueve (29) días del mes de junio de 2006.

DIANA DEL PILAR MORALES BETANCOURT

Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe (E.)

NOTA: Publicado en Registro Distrital 3569 de julio 06 de 2006.

El detalle del presupuesto puede consultarse en el Registro Distrital referido.