RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 550 de 2006 Secretaría Distrital de Gobierno

Fecha de Expedición:
21/06/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/06/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3572 de julio 11 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Resolución 550 de 2006

RESOLUCIÓN 550 DE 2006

(Junio 21)

Por la cual se adoptan nuevamente de manera temporal medidas para descongestionar el nivel de procesos en el Consejo de Justicia y se otorgan transitoriamente unas atribuciones al Presidente del Consejo de Justicia de Bogotá D.C.

EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE BOGOTÁ D. C.,

en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 3º del Decreto Distrital 041 del 24 de febrero de 2005, y de conformidad con lo establecido en los artículos 189 y siguientes del Acuerdo No. 79 de 2003 del Concejo de Bogotá,

RESUELVE

ARTÍCULO 1.- Adoptar nuevamente de manera temporal medidas para descongestionar y aumentar la productividad del Consejo de Justicia de Bogotá, D.C.

ARTÍCULO 2.- Otorgar transitoriamente atribuciones al Presidente del Consejo de Justicia para que reasigne los expedientes radicados con anterioridad al 31 de diciembre de 2005, atendiendo criterios de especialización de conformidad con las competencias técnicas de los Consejeros.

PARÁGRAFO: En caso de ser necesario el Presidente del Consejo de Justicia podrá integrar las Salas de Decisión, sin tener en cuenta lo dispuesto en el numeral 2º del Artículo 4º de la Resolución 304 del 31 de marzo de 2005 (Reglamento Interno del Consejo de Justicia).

ARTÍCULO 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y tendrá vigencia por seis (6) meses.

Dado en Bogotá, D.C., a los veintiún (21) días del mes de junio de dos mil seis (2006).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

ANDRÉS RESTREPO RESTREPO

Secretario de Gobierno

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3572 de julio 11 de 2006.