RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 71 de 1967 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//1967
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 71 DE 1967

(septiembre 9)

por el cual se crea la Orquesta Filarmónica de Bogotá.

EL CONCEJO DE BOGOTA D.E.,

ACUERDA:

Ver el Decreto Distrital 536 de 1993

Artículo 1º.- Créase la Orquesta Filarmónica de Bogotá, como organismo autónomo descentralizado, con patrimonio propio. Ver el Proyecto de Acuerdo Distrital 160 de 2002 , Ver el Fallo del Consejo de Estado 16204 de 2000

Artículo 2º.- Esta Institución será regida por una junta directiva formada por siete (7) miembros así: El Alcalde Mayor o su delegado; los Secretarios de Hacienda y de Educación del Distrito, con sus suplentes, dos concejales, con sus respectivos suplentes, elegidos por el Concejo, de distinta filiación política, y dos miembros de la Fundación Filarmónica Colombiana. Esta Junta tendrá un período de dos años.

Artículo 3º.- El patrimonio de esta entidad, estará conformado por el aporte que haga el Distrito dentro de su presupuesto anual y por los que perciba de entidades particulares, o personas naturales, para cuya obtención queda facultada la junta directiva.

Los estatutos que regirán esta Institución tendrán como base los que actualmente tiene la Fundación Filarmónica Colombiana, que serán adicionados con las reformas que considere necesarias la Junta Directiva.

Artículo 4º.- La entidad de que trata este Acuerdo, a través de su Junta Directiva, estará obligada a prestar sus servicios culturales de conformidad con los planes de la Administración Distrital.

Artículo 5º.- Autorízase a la Administración Distrital para que realice un concurso a nivel nacional con el fin de escoger el himno de la ciudad de Bogotá.

Ver el Decreto Distrital 1000 de 1974

Artículo 6º.- Autorízase a la Administración para hacer traslados presupuestales en la actual vigencia hasta por la suma de $500.000.00, para dar cumplimiento al presente Acuerdo. El Distrito queda obligado a incluír dentro de los presupuestos, a partir de 1968, una suma no inferior a $1.000.000.00 como aporte anual al patrimonio de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.

Artículo 7º.- Este Acuerdo rige desde la fecha de su sanción.

Dado en Bogotá, D.E., a 9 de septiembre de 1967.

Publíquese y ejecútese.

El Presidente, ANIBAL FERNÁNDEZ DE SOTO. El Secretario, ALVARO RAMÍREZ CASTAÑO.