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Decreto 308 de 1997 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
05/05/1997
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/05/1997
Medio de Publicación:
Registro Distrital 1406 de Mayo 5 de 1997
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 308 DE 1997

(Mayo 5)

Derogado por el art. 156, Decreto Distrital 654 de 2011

"Por medio del cual se modifica el Decreto 719 del 21 de noviembre de 1995".

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA, D.C.,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confieren el artículo 38 del Decreto 1421 de 1993 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 48 de la Ley 200 de 1995, establece el deber de constituir en cada entidad una oficina del más alto nivel encargada de conocer en primera instancia de los procesos disciplinarios que se adelantan contra sus servidores.

Que el Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., teniendo en cuenta que el Departamento Administrativo de Acción Comunal Distrital no contaba con una dependencia encargada de adelantar los procesos disciplinarios, ni los recursos para crearla, asignó mediante el Decreto 719 del 21 de noviembre de 1995, las funciones de control interno disciplinario a la Subdirección Administrativa y Financiera de dicho Departamento.

Que las funciones de control interno disciplinario asignadas a la Subdirección Administrativa y Financiera deben ser trasladadas a la Oficina Jurídica del Departamento Administrativo de Acción Comunal Distrital, teniendo en cuenta que además de reunir los requisitos de la Ley 200 de 1995, la naturaleza de las funciones que cumple dicha dependencia permite un mejor cumplimiento de la función de Control Disciplinario.

Ver el Decreto Distrital 458 de 1999 Ver el art. 3, numeral 7, Decreto Distrital 328 de 2001

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- Modificar el Decreto 719 del 21 de noviembre de 1995, y asignar las funciones de control interno disciplinario a la Oficina Jurídica del Departamento Administrativo de Acción Comunal Distrital, en los términos exigidos por la ley 200 de 1995. Para tal efecto la Dirección suministrará los recursos que se requieran para el cumplimiento de dicha función.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete (1997).

PAUL BROMBERG ZILBERSTEIN

Alcalde Mayor

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 1406 de Mayo 5 de 1997