RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 286 de 1993 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//1993
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 286 DE 1993

(junio 3)

Derogado por el art. 156, Decreto Distrital 654 de 2011

por el cual se asigna una función en materia de actuación administrativa disciplinaria.

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C.,

en uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 16, numeral 14 del Decreto Ley 3133 de 1968, 

DECRETA: 

Artículo 1º.- El Secretario General de la Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá, D.C., dictará los actos de trámite previos a los fallos de primera o de única instancia, así como los necesarios a la resolución de los recursos de la vía gubernativa, dentro de las actuaciones administrativas disciplinarias que se surtan ante el despacho del Alcalde Mayor, con base en las disposiciones del Acuerdo 12 de 1987, sus decretos reglamentarios y demás normas concordantes. 

Artículo 2º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 3 de junio de 1993.

El Alcalde Mayor,

JAIME CASTRO.

El Secretario General,

ALVARO DÁVILA PEÑA.

 NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital No. 757 de junio 9 de 1993.