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DECRETO 114 DE 1991 (marzo 12) por el cual se toman medidas complementarias en el Proceso de Liquidación de la Empresa Distrital de Transportes Urbanos (EDTU). EL ALCALDE MAYOR DEL DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTÁ, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 22 de 1990. Ver el Acuerdo Distrital 22 de 1990DECRETA: Artículo 1º.- Los conflictos jurídicos que se susciten con ocasión de los contratos de trabajo a partir de la vigencia del presente Decreto serán de conocimiento exclusivo de la Justicia Laboral Ordinaria. Así mismo, los procesos en curso ante la Comisión Permanente de Conciliación y Arbitraje de la Empresa Distrital de Transportes Urbanos (EDTU) en liquidación pasarán en el estado en que se encuentren a la Justicia Ordinaria del Trabajo. Las sentencias proferidas en contra de la Empresa Distrital de Transportes Urbanos (EDTU) en liquidación que dispongan el reintegro del demandante quedarán cumplidas mediante el pago de las condenas económicas liquidadas hasta la fecha de ejecutoria de la sentencia, o hasta el vencimiento del término de la liquidación, lo que ocurriere primero, sin que haya lugar al reintegro. Artículo 2º.- El presente Decreto deroga las disposiciones que le sean contrarias y rige a partir de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D.E., a 12 de marzo de 1991 El Alcalde Mayor, JUAN MARTÍN CAICEDO FERRER. La Secretaria General, SONIA DURÁN DE INFANTE. NOTA: El Presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital No. 619 de marzo 15 de 1991. |