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DECRETO 418 DE 2006 (Octubre 05) Derogado por el art. 4, Decreto Distrital 74 de 2007 Por el cual se asigna una función al Departamento Administrativo de Planeación Distrital EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por los artículos 38 numerales 3º y 6º y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 y, CONSIDERANDO Que mediante el Acuerdo Distrital 210 de 2006, el Concejo de Bogota, D.C., autorizó al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., para que en representación de la ciudad participe en la creación de la Corporación para el Desarrollo y la Productividad "Bogota Región" cuyo objeto es la coordinación, desarrollo de planes, programas y proyectos que contribuyan a la productividad, competitividad, desarrollo económico sostenible, promoción de la inversión e intercambio comercial nacional e internacional y la exportación de bienes y servicios.Que mediante Escritura Pública 3707 del 4 de septiembre de 2006 de la Notaria 38 del Círculo de Bogotá se constituyó la Corporación Para el Desarrollo y la Productividad "Bogotá Región", con la participación del Distrito Capital y la Cámara de Comercio de Bogotá. Que de conformidad con lo establecido en el numeral 2.5. del Decreto Distrital 365 de 2001, la Subdirección Económica, de Competitividad e Innovación del Departamento Administrativo de Planeación Distrital tiene la función de realizar en coordinación con las entidades y organismos distritales y dependencias del Departamento, investigaciones y propuestas de políticas, programas y proyectos de tipo económico que integren las determinantes del desarrollo económico y los elementos estructurantes necesarios en lo institucional, espacial y medioambiental, considerando el análisis de la productividad, la competitividad, la innovación y el cambio tecnológico, en un marco de ciudad región. Que conforme con el artículo 53 del Decreto Ley 1421 de 1993, el Alcalde Mayor como jefe de la Administración Distrital, ejerce sus atribuciones por medio de los organismos o entidades Distritales. Que dada la especialidad funcional sobre la que versa la Corporación se hace necesario asignar al Departamento Administrativo de Planeación Distrital, la representación del Distrito Capital en el cumplimiento de los objetivos, ejecución y funcionamiento de la Corporación para el Desarrollo y la Productividad "Bogotá Región". Dicha entidad deberá informar al Concejo de Bogotá la ejecución del Acuerdo Distrital 210 de 2006. Que en mérito de lo expuesto, DECRETA ARTICULO 1º. Asignar al Departamento Administrativo de Planeación Distrital, la representación del Distrito Capital en el cumplimiento de los objetivos, ejecución y funcionamiento de la Corporación para el Desarrollo y la Productividad "Bogotá Región" Se entiende dentro de dicha representación el ejercicio de funciones y derechos que le corresponden al Distrito Capital como miembro fundador. En todo caso, el Alcalde Mayor designará los cuatro (4) miembros de la Junta Directiva de la Corporación. Ver el Decreto Distrital 454 de 2006 ARTÍCULO 2º. El Departamento Administrativo de Planeación Distrital deberá informar al Concejo de Bogotá sobre la ejecución del Acuerdo Distrital 210 de 2006. ARTÍCULO 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D. C., a los cinco días del mes de Octubre de 2006 LUIS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor de Bogotá D.C. ENRIQUE BORDA VILLEGAS Secretario General |