RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 36 de 1988 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//1988
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 036 DE 1988

DECRETO 036 DE 1988

(Febrero 3)

 

por el cual se delega en el Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, la posesión de los funcionarios de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público.

Derogado por el art. 69 del Decreto Distrital 854 de 2001

El Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá, en uso de sus facultades legales, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Código de Régimen Político y Municipal, Ley 4 de 1913, artículos 265 y 266 establece que los Jueces y los Fiscales se deben posesionar ante los Alcaldes.

 

Que el Estatuto de Personal para el Distrito Especial de Bogotá, Decreto 991 de 1974, artículo 42, señala que la posesión de los Empleados del Poder Judicial y del Ministerio Público, se llevará a cabo ante el Alcalde Mayor o su Delegado. (Decreto 991 de 1974 derogado).

 

Que el Manual de Funciones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, Decreto 772 de 1977, artículo 7 indica, que era entre otras, función del Director del Departamento de Relaciones Laborales, el dar posesión a los funcionarios de la Rama Jurisdiccional del Poder Público y a los demás empleados que debieran posesionarse ante el Alcalde Mayor.

 

Que según el Decreto 1623 de 1987, artículo 18, las funciones que antes correspondían al Departamento de Relaciones Laborales, han sido asumidas por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y por las oficinas de personal de la Administración.

 

DECRETA:

 

Artículo 1º.- Delégase en el Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, la facultad de dar posesión a los funcionarios que vayan a desempeñar cargos de la Rama Jurisdiccional o del Ministerio Público.

 

Artículo 2º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

Comuníquese y cúmplase.

 

Dado en Bogotá, D.E., a 3 de febrero de 1988.

 

El Alcalde Mayor, JULIO CESAR SÁNCHEZ GARCIA. El Secretario General, GERMÁN PARÍS AYA.

 

NOTA: El presente Decreto aparece publicado en el Registro Distrital No. 430 de mayo 9 de 1988.