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Circular 38 de 2006 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
04/10/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/10/2006
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 038 DE 2006

CIRCULAR 038 DE 2006

(Octubre 1)

PARA:

SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, GERENTES DE LA U.E.S.P., ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, OFICIALES O MIXTAS Y HOSPITALES, RECTOR EL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, ALCALDES LOCALES, CONTRALOR DE BOGOTÁ, PERSONERO DE BOGOTÁ Y VEEDOR DISTRITAL.

DE:

SECRETARIO GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

ASUNTO:

FORMULACIÓN DE PROYECTOS INFORMATICOS Y DE COMUNICACIONES VIGENCIA 2007

FECHA:

OCTUBRE 1 DE 2006

El Decreto 680 de 2001 redefinió la Comisión Distrital de Sistemas, convirtiéndola en el organismo rector de las políticas y estrategias que se adopten en todas las entidades del Distrito Capital en tecnología informática y comunicaciones y como asesor de la Administración Distrital en dichas materias.

Posteriormente el Acuerdo 057 de 2002 ordenó la implementación del Sistema Distrital de información "SDI" en el Distrito capital, el cual está integrado entre otros por el conjunto de políticas, estrategias, metodologías, procedimientos, bases de datos, plataformas tecnológicas y sistemas de información que determine la Comisión Distrital de Sistemas, que deben adoptar tanto las entidades del sector central como del descentralizado, las empresas sociales, industriales y comerciales del Estado, la Veeduría Distrital, Instituciones educativas oficiales del orden distrital y los fondos de desarrollo local. El Acuerdo señala que así mismo podrán hacer parte del sistema el Concejo de Bogotá, la Personería Distrital, la Contraloría Distrital y la Universidad Distrital, sin perjuicios de su autonomía administrativa y presupuestal.

En virtud de la Directiva 022 del 8 de marzo de 2002 del Alcalde Mayor, la Comisión Distrital de Sistemas evalúa la viabilidad técnica y la pertinencia de la ejecución de los proyectos con componente informático y de comunicaciones de impacto interinstitucional o de costo igual o mayor a 500 SMLV. Dicho concepto de viabilidad técnica es diferente al concepto de viabilidad que deben expedir los jefes de planeación de cada entidad, y está orientado a validar el aporte en el marco del Sistema Distrital de Información y a crear instancias de cooperación interinstitucional cuando sea necesario.

Por tal motivo, les recuerdo que las entidades que tengan inscritos o pretenda inscribir proyectos con componentes informático y de comunicación de impacto interinstitucional o de costo igual o mayor a 500 SMLV y que estén solicitando recursos dentro del proceso de programación presupuestal del 2007, deberán enviar a la Comisión Distrital de Sistemas, a más tardar el próximo 27 de octubre, los proyectos y las solicitudes de estudios de viabilidad, acompañadas de la siguiente documentación:

a. Documento preliminar de formulación / evaluación del proyecto. Mínimo a nivel de perfil; indicar el plan institucional o de sistemas en el cual se enmarca; explicar cómo contribuye el proyecto al desarrollo del Sistema Distrital de Información y al cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo Bogotá Sin Indiferencia. Es importante precisar que los proyectos con componente de tecnología, independientemente del programa presupuestal en el cual se encuentren clasificados, contribuyen a la consolidación del Sistema Distrital de Información.

b. Ficha EBI del proyecto, indicando si ya fue inscrito o pretende ser inscrito en el Banco Distrital de Programas y proyectos.

c. Para proyectos ya registrados en el Banco y en ejecución, o los ya registrados que pretendan ser ejecutados en el periodo del actual Plan de Desarrollo, adicionalmente deberán el Plan de Acción del Proyecto, discriminando la programación de metas en el año, así como el avance en la ejecución física y presupuestal a junio 30 de 2006.

d. Cuadro que consolide las proyecciones de adquisición de tecnología informática de la entidad, indicando número, tipo de equipo o servicio, fecha programada de contratación. El consolidado debe incluir la información del proyecto que se esté presentando para evaluación y la de aquellos proyectos que aun cuando no requieran ser revisados por la Comisión Distrital de Sistemas, incluyan adquisiciones de tecnología.

El concepto que sobre el proyecto emita la Comisión Distrital es requisito para la asignación de recursos que la Secretaría de Hacienda haga para la vigencia 2007.

La información completa debe remitirse tanto impresa como en medio magnético, indicando el nombre de la entidad, nombre del proyecto y relación de documentos. Para que el proyecto sea estudiado por la Comisión debe ser presentada la información completa, de otra forma será devuelto a la entidad responsable por la Secretaría Técnica:

Las solicitudes de estudio de viabilidad técnica deben remitirse a Luís Francisco Martínez, Subdirector de Informática y Sistemas de la Secretaría General y Secretario Técnico de la CDS, Carrera 8 No. 10-65, dirección electrónica Ifmartinez@alcaldiabogota.gov.co.

En caso de dudas o inquietudes respecto a lo expresado en esta circular pueden comunicarse al teléfono 3813000 extensión 1160 ó a la dirección electrónica antes mencionada.

Cordial saludo,

ENRIQUE BORDA VILLEGAS

Secretario General

Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.