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Resolución 282 de 2006 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A

Fecha de Expedición:
09/10/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/10/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3635 de octubre 18 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 282 DE 2006

(Octubre 9)

"Por la cual se modifican las Resoluciones 41 del 1 de Marzo de 2005 y la 46 del 17 de Marzo de 2006, con el fin de actualizar el manual de procedimientos de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio - TRANSMILENIO S.A."

EL DIRECTOR DE OPERACIONES DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO «TRANSMILENIO S.A.»,

en ejercicio de sus facultades delegadas mediante la Resolución número 155 de 22 de julio de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.

Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el manual de procedimientos de TRANSMILENIO S.A., según resolución 078 de 2000.

Que siendo TRANSMILENIO S.A., el titular del Sistema y para el correcto funcionamiento del mismo, considera necesario actualizar el Manual de Procedimientos en lo que hace referencia a la actualización de un (1) procedimiento y un (1) manual , con el objeto de ajustarlo a las nuevas necesidades y desarrollo del Sistema TransMilenio y fijar las directrices y lineamientos al Personal de la entidad y a los actores que intervienen en la Operación.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Modificar las Resoluciones 41 del 1 de Marzo de 2005 y 46 del 17 de Marzo de 2006 , en lo que corresponde a:

I. La actualización de los siguientes procedimientos y manuales:

CÓDIGO

REVISIÓN

NOMBRE

P-O-DR-003

2

APLICACIÓN DE MULTAS A LOS CONCESIONARIOS DE RECAUDO

M-T-GR-001

2

MANUAL DEL USUARIO

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital y deroga en su totalidad los procedimientos que le sean contrarios; los demás procedimientos no modificados con la presente resolución continúan vigentes.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los nueve (9) días del mes de octubre de dos mil seis (2006).

RAÚL HERNANDO ROA BUITRAGO

Director de Operaciones

TÍTULO: EXIGIBILIDAD DE PENAS CONTRACTUALES A LOS CONCESIONARIOS DE RECAUDO

CODIGO:

REVISIÓN:

FECHA

P-O-DR-003

3

11-09-2006

TABLA DE CONTENIDO

1. OBJETO

2. ALCANCE

3. RESPONSABLE

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

5. DEFINICIONES

6. CONDICIONES GENERALES

7. PROCEDIMIENTO EXIGIBILIDAD DE PENAS CONTRACTUALES A LOS CONCESIONARIOS DE RECAUDO

8. TABLA DE REGISTROS

9. ANEXOS

1. OBJETO

El objetivo de este procedimiento es establecer los pasos para la exigibilidad de penas estipuladas en los contratos (multas) a los CONCESIONARIOS de Recaudo de acuerdo con los contratos de concesión para el recaudo de la tarifa al usuario del Sistema TransMilenio.

2. ALCANCE

Este procedimiento cubre a los CONCESIONARIOS de recaudo, los usuarios del Sistema TransMilenio y el personal de TRANSMILENIO S.A. que interviene de manera directa o indirecta con la exigibilidad de las penas estipuladas en los contratos (multas).

3. RESPONSABLES

El responsable de la elaboración, implantación y mantenimiento de este procedimiento es el Profesional Especializado de Distribución y Recaudo.

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

· Resolución 094 del 25 de junio de 2004 de TRANSMILENIO S.A. "Por la cual se realizan unas delegaciones de funciones, se compilan y se actualizan en un solo acto las ya efectuadas".

· Ley 80 de 1993 "Estatuto General de Contratación de la Administración Pública" .

· Sentencia de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado de Fecha 25 de Mayo de 2006 y Número de Radicación 1.748. " La Sala considera que al tener que interpretarse las cláusulas de multas y la penal pecuniaria bajo el régimen de las cláusulas penales del código civil, no puede hablarse en estricto sentido de "imponer multas" sino de la "exigibilidad" de las penas estipuladas en los contratos".

5. DEFINICIONES

ALLANARSE: Conformarse, avenirse, acceder a algo. Acción de aceptación por parte del Concesionario respecto a lo comunicado y liquidado por TRANSMILENIO S.A.

AUDITOR: Es la persona natural o jurídica encargada por TRANSMILENIO S.A. para realizar la supervisión operativa y técnica al desarrollo y ejecución de las actividades de los CONCESIONARIOS DE RECAUDO, y el ejercicio de actividades de vigilancia que le corresponden a TRANSMILENIO S.A. de acuerdo con los contratos de concesión celebrados con los CONCESIONARIOS DE RECAUDO.

CONCEDENTE: Es la entidad pública contratante de una concesión, quien en virtud del contrato otorga a una persona llamada concesionario la prestación, operación, explotación, organización o gestión, total o parcial, de un servicio público, y/o la explotación o conservación total o parcial, de una obra o bien destinados al servicio o uso público, así como todas aquellas actividades necesarias para la adecuada prestación o funcionamiento de la obra o servicio por cuenta y riesgo del concesionario y bajo la vigilancia y control de la entidad concedente, a cambio de una remuneración que puede consistir en derechos, tarifas, tasas, valorización, o en la participación que se le otorgue en la explotación del bien, o en una suma periódica, única o porcentual y, en general, en cualquier otra modalidad de contraprestación que las partes acuerden, calidad que para este caso corresponde a la sociedad TRANSMILENIO S.A.

CONCESIONARIO: Es la persona que se desempeña como contratista de la entidad concedente, quien en virtud del contrato asume la prestación, operación, explotación, organización o gestión, total o parcial, de un servicio público, y/o la explotación o conservación total o parcial de un bien destinados al servicio o uso público, así como todas aquellas actividades necesarias para la adecuada prestación o funcionamiento de la obra o servicio por cuenta y riesgo del concesionario y bajo la vigilancia y control de la entidad concedente, a cambio de una remuneración que puede consistir en derechos, tarifas, tasas, valorización, o en la participación que se le otorgue en la explotación del bien, o en una suma periódica, única o porcentual y, en general, en cualquier otra modalidad de contraprestación que las partes acuerden, calidad que corresponde a los proponentes que resulten adjudicatarios de las Licitaciones Públicas correspondientes.

CONCILIACIÓN: Mecanismo por medio del cual, las partes de una relación contractual en conflicto buscan dirimir sus desacuerdos, mediante la intervención de una persona denominada conciliador, autorizada por la ley para cumplir dicha función, quien tiene el cometido de proponer fórmulas de solución que las partes podrán o no acoger para la solución de sus conflictos.

INFRACCION o INCUMPLIMIENTO: Es la trasgresión o la omisión de las obligaciones contractuales por parte de los CONCESIONARIOS de Recaudo

REPORTE DETALLADO DE INCUMPLIMIENTOS IDENTIFICADOS ( R-O-DR-006): Comunicación dirigida al CONCESIONARIO DE RECAUDO, mediante la cual se le presenta la evidencia de incumplimientos que derivan en la exigibilidad de penas estipuladas en el contrato (multas).

VERIFICADOR: El AUDITOR, los entes de verificación de tipologías y demás personas asignadas por la Dirección de Operaciones de TRANSMILENIO S.A. para realizar el control y seguimiento a la ejecución de los contratos de concesión para el recaudo y establecer los incumplimientos.

6. CONDICIONES GENERALES

Los contratos de concesión para el recaudo establecen que TRANSMILENIO S.A. verificará el cumplimiento de la totalidad de los parámetros, requisitos, obligaciones y responsabilidades exigibles al CONCESIONARIO en virtud del respectivo contrato.

Si el CONCESIONARIO no cumple con cualquiera de los parámetros, requisitos, obligaciones y responsabilidades que ha asumido y que le han sido asignados en el respectivo contrato, a partir de la fecha en que cada obligación se hace exigible, TRANSMILENIO S.A. podrá hacer uso de su derecho de exigibilidad de penas, de acuerdo con lo previsto en las cláusulas incluidas en el capítulo de PENAS CONTRACTUALES (MULTAS), sin subordinación ni sujeción a condición alguna diferente de la ocurrencia de los supuestos fácticos que dan lugar al incumplimiento y sin requerirse manifestación de ninguna autoridad judicial o extrajudicial de cualquier naturaleza.

Todas las penas contractuales (multas) por incumplimiento del Concesionario se causarán de manera continua hasta cuando se restituya el cumplimiento del contrato, según el parámetro, requisito, obligación o responsabilidad exigidos, si conforme a la naturaleza de la infracción la restitución del incumplimiento fuera posible. Cuando se trate de incumplimiento de ejecución inmediata cuyo cumplimiento no sea posible restituir, se causarán tanto penas contractuales (multas) como infracciones de ejecución inmediata que haya cometido el CONCESIONARIO, cuantificadas en cada caso por una sola vez.

En todo caso, en ningún evento se causarán penas contractuales (multas) por un valor total acumulado que supere del diez por ciento (10%) del valor total de los ingresos que por todo concepto perciba el concesionario con ocasión del respectivo contrato, para el periodo semanal en el que se haya causado la sanción correspondiente.

En todo caso, la introducción, modificación o supresión de penas contractuales (multas), no afectará aquellas que se hayan causado hasta el día en que sean vinculantes y exigibles.

La liquidación y pago de penas contractuales (multas) que se hagan exigibles por infracciones al contrato, se sujetará a las siguientes condiciones:

FASE II

TRANSMILENIO S.A. preparará y remitirá al CONCESIONARIO un informe preliminar de los hechos identificados mediante cualquiera de los mecanismos previstos en el contrato para su verificación que pueden configurar un incumplimiento.

El CONCESIONARIO tendrá tres (3) días hábiles a partir del recibo para presentar a TRANSMILENIO S.A. sus observaciones sobre el informe preliminar.

FASE II: Con base en dichas observaciones, o ante el silencio del CONCESIONARIO,

FASE I Y II:

TRANSMILENIO S.A. elaborará y remitirá al CONCESIONARIO un reporte detallado de los incumplimientos (R-O-DR-006) identificados mediante cualquiera de los mecanismos previstos para su verificación, indicando los hechos que configuran el incumplimiento, la condición o previsión contractual incumplida, los mecanismos de verificación que dan cuenta de la infracción identificando las circunstancias de condición, tiempo y lugar que la determinaron, y detallando la tasación o cuantificación de la pena contractual (multa) que se ha hecho exigible conforme a las previsiones contempladas al efecto en el contrato.

Si hubiere alguna objeción por parte del CONCESIONARIO, deberá acudir directamente a los mecanismos de solución de conflictos del contrato. En este caso TRANSMILENIO S.A. no podrá ordenar al administrador de los recursos del Sistema TransMilenio que se efectúe descuento alguno, pero se entenderá que de resultar vencido el CONCESIONARIO, éste quedará obligado a cancelar el valor de la pena contractual (multa) más el valor de los intereses moratorios sobre la suma correspondiente, a la tasa más alta admisible por la ley para el cobro de intereses moratorios, los que se causarán desde el momento en que se haya presentado el hecho o la circunstancia que causó la pena contractual (multa) hasta la fecha de su pago efectivo.

Si el CONCESIONARIO se allanare a la cancelación, descuento o compensación de la pena contractual (multa), deberá manifestarlo así a TRANSMILENIO S.A. de manera expresa y por escrito dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha en que haya recibido la comunicación que de cuenta sobre la infracción y la cuantificación de la pena contractual (multa) que se hace exigible con el hecho infractor, caso en el cual podrá beneficiarse de un descuento equivalente al cuarenta por ciento (40%) del valor de la correspondiente sanción, siempre y cuando renuncie por escrito al uso de cualquier recurso o acción contra los informes o comunicaciones que den cuenta de la tasación de la sanción. En todo caso, si el CONCESIONARIO se allanase a la cancelación o descuento de la pena contractual (multa) acogiéndose al beneficio previsto anteriormente, y posteriormente recurre o interpone acción alguna para debatir el informe o comunicaciones que hayan cuantificado o tasado la pena contractual (multa) se entenderá que el pago o el descuento efectuado tiene el carácter de parcial, estando obligado el CONCESIONARIO a cancelar la diferencia.

FASE II

Si el CONCESIONARIO no manifiesta a TRANSMILENIO S.A. de manera expresa y por escrito dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en que haya recibido la comunicación que dé cuenta sobre la infracción, la imposición y la cuantificación de la pena contractual (multa), su inconformidad o la aceptación de la misma, se entenderá que la aceptó, pero no se beneficiará del descuento previsto. TRANSMILENIO S.A. comunicará al administrador de los recursos del Sistema TransMilenio la circunstancia de haberse hecho exigible una pena contractual (multa) al CONCESIONARIO, así como su cuantificación y ordenará su descuento.

FASE I Y II Todas las penas contractuales (multas) que se causen podrán ser canceladas a través de la figura de la compensación, descontándose el valor de estas de los valores que el CONCESIONARIO tenga el derecho a obtener derivados de la ejecución del contrato. Será función de TRANSMILENIO S.A. verificar que se hagan los descuentos correspondientes, de manera oportuna en los periodos de pago de las participaciones o dividendos previstos en el contrato. En todo caso, el pago o la deducción de dichas penas contractuales (multas) no exonerará al CONCESIONARIO de su obligación de cumplir plenamente con las responsabilidades y obligaciones que emanen del contrato.

TRANSMILENIO S.A. tendrá la obligación de comunicar al administrador de los recursos del Sistema TransMilenio la circunstancia de haberse hecho exigible una pena contractual (multa) al CONCESIONARIO así como su cuantificación y ordenar su descuento, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al día en que se le haya remitido al CONCESIONARIO el informe a que hace referencia el numeral anterior. En todo caso y para todos los efectos legales, las partes pactan que el contrato conjuntamente con la comunicación que incorpora la tasación de la pena contractual (multa), prestará mérito ejecutivo.

Por consiguiente:

· Toda pena contractual (multa) al concesionario de la Fase II estará soportada por el registro R-O-DR-005 "Reporte preliminar de incumplimientos CONCESIONARIO de recaudo".

· Toda pena contractual (multa) a los concesionarios de la Fase I de recaudo estará soportada por el registro R-O-DR-006 "reporte detallado de incumplimientos identificados".

· Todos los registros R-O-DR-005 y R-O-DR-006 serán elaborados por personal autorizado por la Dirección de Operaciones con información detallada y precisa.

· Toda pena contractual (multa) proyectada debe ser revisada por el Profesional Especializado de Distribución y Recaudo y validada por el Director de Operaciones o Jefe de Oficina Asesora Jurídica antes de comunicarla al CONCESIONARIO de Recaudo.

· Adicionalmente el interventor del contrato deberá remitir oficio a la Compañía que afianza al concesionario al que se aplique una pena contractual, con copia a la Oficina Asesora Jurídica, con el fin de informar sobre el incumplimiento de tal forma que La Aseguradora tenga conocimiento sobre una posible afectación del riesgo asegurado. Para el efecto se utilizará el formato R-S-AL-015. Comunicación Aseguradora Inicio Procedimiento Exigibilidad Penas Contractuales.

7. PROCEDIMIENTO PARA LA EXIGIBILIDAD DE PENAS CONTRACTUALES (MULTAS) A LOS CONCESIONARIOS DE RECAUDO.

8. TABLA DE REGISTROS

9. ANEXOS

Anexo I. Tabla de Penas Contractuales (Multas)

Las siguientes tablas ilustran cada una de las penas contractuales exigibles (multas) a los CONCESIONARIOS de Recaudo del Sistema TransMilenio. Se relaciona la cláusula del Contrato respectivo, la descripción de la infracción y el valor equivalente de la pena contractual (multa) en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).

Como quiera que los incumplimientos están descritos de manera general, las conductas específicas en las que incurra el operador serán clasificadas por TRANSMILENIO S.A. dentro de los siguientes incumplimientos de acuerdo con sus características propias y/o las consecuencias de estos.

TÍTULO: MANUAL DEL USUARIO

CODIGO:

REVISIÓN:

FECHA

M-T-GR-001

3

07-09-2006

TABLA DE CONTENIDO

1. CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA

1.1 INFRAESTRUCTURA DEL SISTEMA

2. USO DEL SISTEMA

2.1 LLEGADA AL SISTEMA

2.2 INGRESO AL SISTEMA

2.3 COMPRA DE LA TARJETA

2.4 INGRESO A LA ESTACIÓN

2.5 SELECCIÓN DE LA RUTA A UTILIZAR

2.5.1 CONVENCIONES DEL MAPA

2.6 COMO UTILIZAR LA ESTACIÓN

2.7 COMO USAR LOS BUSES

2.8 COMO SALIR DE LA ESTACIÓN

2.9 CUANDO SALE DEL SISTEMA

3. NORMAS DE SEGURIDAD

4. DECÁLOGO DEL USUARIO DEL SISTEMA TRANSMILENIO

5. ATENCIÓN AL USUARIO

6. DERECHOS DE LOS USUARIOS

1. CARACTERISTICAS DEL SISTEMA

El Sistema TransMilenio es un sistema de transporte público masivo basado en buses. Las principales características de este sistema son:

- Cuenta con una infraestructura diseñada de manera exclusiva para el Sistema

- El servicio se presta con buses de dos categorías : Articulados (de color rojo) y alimentadores (de color verde)

- Al servicio se accede a través de los buses alimentadores o a pie a través de la infraestructura diseñada para tal fin.

- Tiene un Sistema único para el recaudo de dinero por concepto del pago de la tarifa del servicio

- Tiene puntos de parada que responden a características técnicas previamente estudiadas.

1.1. INFRAESTRUCTURA DEL SISTEMA

Para la prestación de este servicio de transporte público que atiende a una porción de la población de Bogotá el Sistema esta compuesto por la siguiente infraestructura:

- Estaciones: de tres clases, de cabecera o portales; estaciones intermedias; estaciones sencillas

- Carriles exclusivos: Ubicados en las vías principales de la ciudad por donde está dispuesto el sistema que se denominan "troncales".

- Puentes, senderos peatonales y plazoletas: Para el acceso de peatones a las estaciones y para facilitar el uso del Sistema a todos los usuarios con especial atención a personas en situación de discapacidad, adultos mayores, niños y niñas.

- Cicloparqueaderos: Dispuestos en algunas estaciones y portales para incentivar el uso de otros modos de transporte y su combinación con el Sistema.

- Buses articulados: de color rojo y que se desplazan por algunas vías principales de la ciudad que cuentan con carriles exclusivos denominadas "troncales".

- Buses alimentadores: de color verde que se desplazan por las vías de los barrios de algunas zonas de la ciudad y que transportan a los usuarios del sistema hasta las troncales en las que se encuentran ubicadas las estaciones.

2. USO DEL SISTEMA

2.1. LLEGADA AL SISTEMA

Usted puede llegar al sistema a través de los siguientes medios:

- En una ruta alimentadora: esta se puede tomar en los paraderos dispuestos para este propósito a lo largo de los recorridos definidos para la respectiva ruta.

- En un bus intermunicipal a los portales del norte y de la calle 80

- Por los accesos peatonales de las estaciones sencillas, intermedias o portales

- En bicicleta, a los portales de las Américas, Suba, Sur y en la estación Banderas que tienen ciclo parqueaderos

2.2. INGRESO AL SISTEMA

Para ingresar al Sistema se debe comprar una tarjeta que puede ser de alguna de las siguientes modalidades:

Tarjeta Capital: De color azul, en su cara frontal tiene la impresión del logotipo de TRANSMILENIO S.A. y el texto TARJETA CAPITAL. En la cara posterior se detallan las instrucciones para su uso. Esta tarjeta se adquirir con el pago de 1 a 50 viajes, es de propiedad del Sistema TransMilenio por lo cual es retenida en los equipos de entrada al terminar el número de viajes que adquirió.

Tarjeta Propia: De color rojo, en su cara frontal tiene la impresión del logotipo de TRANSMILENIO S.A. y el texto TARJETA PROPIA y puede llevar el nombre y número de cédula del usuario a quien pertenece. En la cara posterior se detallan las instrucciones para su uso. Esta tarjeta se puede adquirir con el pago de 1 a 50 viajes, es de propiedad del usuario y nunca será retenida por los equipos de entrada al Sistema.

Tarjeta Univiaje: De color amarillo, en su cara frontal tiene la impresión del logotipo de TRANSMILENIO S.A. y el texto 1 VIAJE. En la cara posterior se establece que es propiedad del Sistema TransMilenio y por lo tanto será retenida en los equipos de entrada. Se utiliza principalmente en las estaciones intermedias de alimentación.

2.3. COMPRA DE LA TARJETA

Usted puede comprar la tarjeta en:

* En las taquillas a la entrada de cualquier estación

* En las plataformas de alimentación de los portales, estaciones de cabecera, y estaciones intermedias. En las estaciones intermedias de las troncales de la 80, Caracas y Norte, sólo se venderá un pasaje a cada usuario por cuanto debe realizarse doble validación.

* En la plataforma de intermunicipales de los portales, en las cuales se venderán máximo dos viajes a cada usuario, por cuanto la tarifa es menor.

* En puntos de venta que le sean autorizados a los operadores de recaudo por TRANSMILENIO S.A.

Al comprar la tarjeta tenga en cuenta lo siguiente:

* Verifique el cambio recibido antes de retirarse de la taquilla. Después de salir no se atienden reclamos.

* Verifique el saldo de su Tarjeta:

­ Al comprarla, en la pantalla de la taquilla aparece el número de viajes cargados.

­ En los terminales de consulta, (instalados en cada taquilla) inmediatamente después de la compra.

­ En el momento de utilizarla en el torniquete, la pantalla le informa el saldo de la Tarjeta.

* Puede comprar máximo 2 Tarjetas de carga variable desde (1) un viaje hasta (50) cincuenta viajes.

2.4. INGRESO A LA ESTACIÓN

El ingreso a las estaciones se hace por la zona de torniquetes, sitio en el cual usted debe pasar la tarjeta por el lado derecho del torniquete por donde hace el ingreso.

* Si su tarjeta tiene más de un viaje, acérquela al espacio del torniquete que tiene el símbolo de la tarjeta. Automáticamente el sistema descontará el pasaje que acaba de cancelar por su servicio.

* Si su tarjeta tiene un solo viaje, insértela en la ranura cuando esté listo para ingresar.

Tenga en cuenta:

No deje su tarjeta con saldo sobre el lector (vidrio sobre el mueble)

Cruce el torniquete en el momento en que se encienda la luz verde y escuche la señal auditiva.

Ingrese antes de 30 segundos.

2.5. SELECCIÓN DE LA RUTA A UTILIZAR

El Sistema TransMilenio tiene varios medios para que usted seleccione la ruta que lo llevará a su destino:

- Guía General de Servicios: documento de uso personal o que encuentra también en los portales

- Mapa de estación: se encuentra en cada estación del sistema y le indica las rutas que hacen paradas en esa estación

- Página WEB, www.transmilenio.gov.co: se trata de un mapa interactivo de fácil uso y le indica las posibilidades de rutas que puede utilizar.

2.5.1. CONVENCIONES DEL MAPA

Estación de intercambio troncal: Son aquellas estaciones donde el usuario puede transbordar de una troncal a otra. El intercambio es peatonal.

Buses alimentadores: Indican la estación intermedia o el portal que recibe alimentación.

Buses intermunicipales: Indican el portal que recibe buses intermunicipales.

Los puntos negros indican que el bus tiene parada en la estación respectiva y los puntos blancos indican que no hay parada en dicha estación.

B1 De esta manera es indicado el nombre de los servicios, los cuales tienen dos componentes

Letra: Corresponde a la zona de destino del Bus

Número: Corresponde al tipo de servicio y el día en que opera

Estos son los colores que identifican cada una de las zonas en que se ha dividido el sistema.

NOTA: Consultar imagen en el Registro Distrital en que aparece publicado el presente acto.

Estas son las convenciones que indican los días de operación de los servicios. Se encuentran en los extremos de las líneas de recorrido.

Estación de transferencia: Esta convención indica que en dicha estación usted debe parar para hacer trasbordo a la zona a la que se dirige. En la parte superior de la linea están indicadas las letras de las zonas a las cuales se puede hacer trasbordo.

Estación de doble transferencia: Si la letra de la zona es negra, quiere decir que para llegar a dicha zona tiene que hacer doble transbordo. Al lado de estas letras aparece el nombre de la estación en la cual debe hacer dicho transbordo

**Estas últimas, las estaciones de transferencia y de doble transferencia se encuentran unicamente en el mapa de estación.

Guía General de Servicios:

En la Guía General de Servicios del Sistema TransMilenio, ubíquese en la sección MAPA GENERAL -en este nuevo mapa se presenta toda la infraestructura para la operación del sistema TransMilenio en nuestra ciudad y allí puede localizar la estación a la que se dirige-. Al encontrarla, en el Mapa General, identifique la ZONA, LETRA y COLOR a la que pertenece. Verifique el horario del servicio que escogió, el sentido en el que va y la estación final de ese servicio.

* La sección SERVICIOS EXPRESOS le presenta información detallada de los servicios de pocas paradas que llegan a la estación en que se encuentra.

* La sección SERVICIOS CORRIENTES le presenta información acerca de los servicios que tienen parada en todas las estaciones de las zonas por donde circulan.

Mapa por estación: El mapa de estación tiene toda la información necesaria para los usuarios que se encuentren en esa estación y los servicios que tienen parada allí.

Página Web: ingrese a la dirección de correo www.transmilenio.gov.co en la cual podrá planear su viaje interactivamente dando clic en la opción "Consulte todas las rutas del sistema interactivamente".

2.6. CÓMO UTILIZAR LA ESTACIÓN

Ingrese a la estación y ubíquese en el sitio en el que puede tomar la ruta que lo llevará a su destino, así:

* Si está en un portal o estación de cabecera, usted encontrará Mapas del Portal que le indican de que sitio sale la ruta que usted requiere.

* Si está en una estación diferente al portal, la señalización de techo le indica que rutas salen en cada vagón.

Si usted no sabe que ruta le servirá para llegar a su sitio de destino, haga uso de la guía general del servicios o del mapa de la estación para seleccionarlo. Una vez haya identificado el servicio que lo llevará a su destino:

* Ubíquese frente a las puertas de acceso al bus siempre atrás de la línea amarilla y espere hasta que el bus se detenga y abra sus puertas.

* Cuando llegue el bus permita que las personas salgan primero y luego si ingrese.

* En algunas estaciones y portales, el Sistema cuenta con organizadores para el ingreso de los usuarios a los buses de una forma ordenada y segura. Para permitir que los usuarios se bajen del bus, mantenga despejado el espacio frente a las puertas y haga la fila de forma paralela al bus, entre los organizadores y la franja amarilla que delimita la zona de seguridad en las estaciones y plataformas. Siga las indicaciones del personal de información. Por su comodidad, respete las filas.

* Para las personas en situación de discapacidad el Sistema ha dispuesto de ascensores y plataformas en puntos específicos, para facilitar su desplazamiento.

2.7. CÓMO USAR LOS BUSES

* Todas las sillas son prioritarias para personas en situación de discapacidad, de tercera edad, embarazadas, personas que lleven niños de brazos, niños menores de siete (7) años. Las sillas azules son preferenciales para estos usuarios, por favor respételas.

* En los buses existen pasamanos de los cuales usted puede asirse ó agarrarse cómodamente, no sentarse.

* Evite colocar los pies en el espaldar de otras sillas.

* Evite colocar las manos en las puertas y por su seguridad no se recueste en ellas.

* Use el timbre de emergencia de personas en situación de discapacidad sólo cuando sea necesario.

* Esté pendiente de la estación a la que se dirige. En la puerta de cada estación está escrito el nombre para que usted pueda ubicarse.

* Si se pasa de la estación deseada, no se preocupe, puede bajarse en la siguiente estación con transferencia y luego devolverse en el bus rojo que pasa en el sentido contrario sin pagar un tiquete adicional.

* Circule por el centro del bus hacia el fuelle y no se quede en las puertas.

2.8 CÓMO SALIR DE LA ESTACIÓN

* Si está en un portal o en una estación intermedia, usted puede salir a pie o por un bus alimentador. En las estaciones intermedias de Molinos, Calle 40 Sur, Cra 77 y Av. Ciudad Cali reclame su contraseña, la cual le permitirá ingresar a la zona de alimentación.

* Si va a salir a pie de la estación o portal, puede hacerlo a través de un puente peatonal o en un cruce semaforizado.

2.9 CUANDO SALE DEL SISTEMA

* Usted debe venir de un bus rojo para acceder a un bus alimentador.

* En la rampa de alimentadores, la señalización indica la plataforma para cada uno de los destinos de las rutas alimentadoras. Ubíquese en donde la señal indica el destino deseado.

* Espere siempre atrás de la línea amarilla hasta que el bus se detenga y abra sus puertas.

* El bus se detendrá siempre en los paraderos. No solicite parada en otros sitios

3. NORMAS DE SEGURIDAD

* Por seguridad, los niños deben ir siempre de la mano de un adulto, no permita que jueguen en el sistema.

* Las personas en situación de discapacidad tienen prioridad en la taquilla, en la zona de torniquete, en la puerta de la estación y en el bus, así como las personas de tercera edad, embarazadas, personas que lleven niños de brazos y niños menores de siete (7) años.

* Los usuarios deben cruzar por los puntos indicados para el cruce de peatones (cebras, túneles, entre otros).

* Mantenga la calma en caso de emergencias y siga las instrucciones del conductor -dentro del bus- y del personal de Sistema, autoridades u organismos de socorro en las estaciones y portales.

* Al transitar conserve la derecha, así el desplazamiento será más rápido y seguro, si necesita detenerse hágalo a un costado de la estación o corredor y durante el menor tiempo posible.

* Ubíquese siempre atrás de la línea ó zona amarilla (delimita zonas de riesgo), tanto en la estación como en el bus, hasta que este último se detenga y abra sus puertas.

* En caso de sufrir un accidente dentro del sistema infórmelo de inmediato a los funcionarios o autoridades del Sistema.

* Cuide sus objetos personales.

* Se recomienda no usar los parales de las puertas como pasamanos, ni sentarse en los pasamanos.

* Ingrese y salga de los buses oportunamente, evite el riesgo de ser aprisionado en la operación de puertas.

4. DECÁLOGO DEL USUARIO DEL SISTEMA TRANSMILENIO

1. El Sistema debe permanecer limpio, tanto buses como estaciones. No consuma alimentos y bebidas antes de ingresar al Sistema.

2. Está prohibida la venta ambulante y la distribución de publicidad no autorizada, las personas que se encuentren desarrollando estas actividades deberán salir en forma inmediata perdiendo el derecho a la devolución del valor de la entrada.

3. Los usuarios deberán abstenerse de tomar fotografías e imágenes de vídeo sin el permiso pertinente.

4. Evite correr en la estación.

5. Cuide sus Tarjetas para que no se deformen, es responsabilidad de todos procurar que se conserven en buen estado.

6. Agilice la compra de la Tarjeta pagando su valor exacto y llevando el dinero listo. Los niños de brazos no requieren de tarjeta. (Son niños y niñas menores de dos (2) años. Sentencia T-087 de febrero 3 de 2005 - Corte Constitucional - Sala Tercera de Revisión).

7. Evite entrar con paquetes grandes que incomodan a los demás usuarios y obstaculizan el tránsito tanto en las estaciones como en los buses.

8. Absténgase de incomodar, molestar o agredir a los demás pasajeros o personas asociadas al Sistema.

9. No entre al Sistema en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas alucinógenas.

10. No ingrese animales al Sistema, con excepción de perros lazarillos, estos animales deberán estar debidamente identificados mediante un distintivo en lugar visible y su propietario deberá estar en capacidad de acreditar que el animal cumple con los requisitos sanitarios correspondientes y que no padece enfermedades transmisibles a las personas. El perro de asistencia deberá llevar colocado un bozal. (Decreto 1660 de 2003)

5. ATENCIÓN AL USUARIO

* Marque a la línea 195 para solicitar información general del Sistema y sus servicios, hacer sugerencias o reportar objetos perdidos en el Sistema.

* Si su tarjeta presenta inconvenientes de lectura (no es leída o al leerla registra "saldo inválido") el taquillero le suministrará un formato de reclamo, que usted deberá diligenciar y será atendido en un término máximo de 24 horas, reintegrándole el valor de viajes registrados en la base de datos. Por esto es importante siempre verificar el saldo de su tarjeta después de comprarla.

6. DERECHOS DE LOS USUARIOS

Son derechos de los usuarios de TransMilenio:

* Utilizar el transporte del bus articulado y del bus alimentador en los diferentes servicios y rutas establecidos en el Sistema, de acuerdo con el número de viajes adquiridos.

* Circular libremente por el Sistema una vez adquirida la tarjeta.

* Ser transportado con perros de asistencia que cumplan con lo establecido en el numeral 4, ítem 10, del presente Manual.

* Ser tratado correctamente por el personal del Sistema TransMilenio y atendidas sus solicitudes de información.

* Expresar con libertad y en forma respetuosa, cualquier reclamación, queja o sugerencia sobre la prestación del servicio a través de los canales establecidos por TRANSMILENIO S.A..

Para garantizar la convivencia ciudadana, todos debemos ser veedores del Sistema, denuncie y regule el comportamiento de aquellos que no observen las normas del Sistema a la línea 195.

La inobservancia de los anteriores comportamientos dará lugar a las medidas correctivas contenidas en el Libro Tercero, Título III del Código de Policía.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3635 de octubre 18 de 2006.