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Decreto 73 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
04/02/1999
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/02/1999
Medio de Publicación:
Registro Distrital 1834 del 4 de febrero de 1999
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM00731999

DECRETO 073 DE 1999

(Febrero 04)

Ver el Decreto Distrital 458 de 1999

"Por el cual se ordena la reorganización administrativa del Departamento Administrativo de Acción Comunal Distrital"

EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTA D.C.,

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el inciso segundo del articulo 55 del Decreto Ley 1421 de 1.993,

CONSIDERANDO:

Que se hace indispensable reorganizar la estructura orgánica y la planta de personal del Departamento Administrativo de Acción Comunal, expedir el Manual de Funciones y de Requisitos, así corno redistribuir los empleos de la misma, teniendo en cuenta las necesidades y perfiles ocupacionales que permitan garantizar una adecuada prestación del servicio y una eficiente función administrativa.

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Ordenar la reorganización administrativa y funcional del Departamento Administrativo de Acción Comunal Distrital.

ARTICULO SEGUNDO.- La reorganización administrativa y funcional, contemplada en el artículo primero del presente Decreto deberá ser adelantada dentro de los noventa (90) días siguientes a la fecha de expedición del presente acto. Modificado por el Decreto Distrital 380 de 1999

ARTICULO TERCERO.- Una vez adelantados los estudios técnicos y jurídicos que permitan la reorganización administrativa y funcional, serán expedidos los actos Administrativos relacionados con la nueva estructura, la planta de personal, el Manual Especifico de Funciones y Requisitos, los empleos a ser suprimidos y los que se considere necesario crear, y se convocaran los concursos correspondientes para proveer los empleos de carrera administrativa en los términos de ley, sin que estas situaciones excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto asignado al Departamento Administrativo de Acción Comunal para la presente vigencia fiscal.

ARTICULO CUARTO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Santafé de Bogotá; a los 04 de 1999.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor

NURIA CONSUELO VILLADIEGO MEDINA

CLAUDIA NAYIBE LOPEZ HERNANDEZ

Directora Departamento Administrativo

Directora Departamento Administrativo

Del Servicio Civil Distrital

Acción Comunal Distrital

 

Digitado Relatoría - Alcaldía Mayor