RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 263 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/12/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/12/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3677 de diciembre 27 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN No

ACUERDO 263 DE 2006

(Diciembre 27)

"POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LOS FACTORES DE SUBSIDIO Y LOS FACTORES DE APORTE SOLIDARIO PARA LOS SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO EN BOGOTA, D.C., PARA LA VIGENCIA 2007"

EL CONCEJO DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL,

En uso de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas por los Artículos 313, 338 y 368 de la Constitución Política, el Artículo 2 del Decreto 1013 de 2005, el parágrafo 2 del artículo 5 del Decreto 057 de 2006, el artículo 13 del Decreto 1421 de 1993 y el artículo 7 de la Ley 819 de 2003,

Ver Proyectos de Acuerdo 378, 504 y 507 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. Factores de subsidio. Los factores de subsidio para los suscriptores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en Bogotá D.C., en la clase de uso residencial de estratos 1, 2 y 3 a aplicar en el año 2007, son:

FACTORES DE SUBSIDIO

 

Acueducto

Alcantarillado

Aseo

Estrato 1

70%

70%

70%

Estrato 2

40%

40%

40%

Estrato 3

8%

8%

15%

ARTÍCULO SEGUNDO. Factores de Aporte Solidario servicio de acueducto y alcantarillado: Los factores de aporte solidario para los suscriptores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado en Bogotá D.C., en la clase de uso residencial de estratos 5 y 6 y las clases de uso industrial y comercial, a cobrar en el año 2007, son:

ACUEDUCTO

ALCANTARILLADO

Estrato o clase de uso

Costo del Cargo Fijo

Consumo No Residencial

Costo del Cargo por Consumo Básico y Complementario

Costo del Cargo por Consumo Suntuario

Costo del Cargo Fijo

Consumo No Residencial

Costo del Cargo por Consumo Básico y Complementario

Costo del Cargo por Consumo Suntuario

Estrato 5

124%

N.A.

50%

50%

149%

N.A.

50%

50%

Estrato 6

174%

N.A.

60%

60%

246%

N.A.

60%

60%

Industrial

30%

38%

N.A.

N.A.

31%

43%

N.A.

N.A.

Comercial

50%

50%

N.A.

N.A.

50%

50%

N.A.

N.A.

Nota: El costo del cargo por consumo para los suscriptores Industriales y Comerciales aplica para todo rango de consumo.

ARTÍCULO TERCERO. Factores de Aporte Solidario servicio de aseo. Los factores de aporte solidario para los suscriptores del servicio público de aseo en Bogotá D.C., en la clase de uso residencial de estratos 5 y 6 y las clases de usuarios Pequeños y Grandes Productores, a cobrar en el año 2007, son:

a. Usuarios residenciales y multiusuario residencial

Estrato

Porcentaje de Contribución

Estrato 5

40%

Estrato 6

50%

b. Grandes Productores

Zona

Porcentaje de Contribución

Sur

70%

Centro

70%

Norte

90%

c. Usuarios Pequeños Productores y multiusuario no residencial

Zona

Volumen (m3)

Porcentaje de Contribución

Norte

0- 0,35

50%

>0,35 - 0,70

50%

>0,70 -1,00

50%

Centro

0- 0,35

40%

>0,35 - 0,70

40%

>0,70 -1,00

40%

Sur

0- 0,35

15%

>0,35 - 0,70

15%

>0,70 -1,00

15%

ARTÍCULO CUARTO. Informes al Concejo. La Secretaría de Hacienda presentará un informe al Concejo de Bogotá sobre el balance y movimiento del Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos, en los primeros cinco días de las sesiones ordinarias del Concejo de Bogotá, de Mayo, Agosto y Noviembre.

La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá y la UESP o quien haga sus veces, enviarán al Concejo de Bogotá informe cada cuatro meses que contenga la estructura tarifaria y el balance de los aportes solidarios y los factores de subsidio según estrato y sector en los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.

ARTICULO QUINTO. Divulgación. La Administración Distrital y El Concejo de Bogotá divulgarán ampliamente los informes a que se refiere el artículo anterior y el impacto de los subsidios y de los aportes solidarios en los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo establecidos en el presente acuerdo, a través de los medios de comunicación local y regional.

ARTÍCULO SEXTO. Vigencia: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación, y regirá para la vigencia fiscal 2007.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

ANTONIO GALAN SARMIENTO

ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO

Presidente

Secretaria General

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

Diciembre 27 de 2006