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Resolución 7 de 2007 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
05/01/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/01/2007
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 007 DE 2007

(Enero 05)

"Por la cual se adopta el Manual de Procesos y Procedimientos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D. C."

LA SECRETARIO GENERAL (E) DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ, D C.,

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el, artículo 114, del Decreto Ley 1421 de 1993, los artículos 8º literal d), y 28º del Decreto Distrital No. 094 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización de funciones, y que la administración pública tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.

Que el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia establece que las entidades públicas, están obligadas a diseñar y aplicar según la naturaleza de funciones, métodos y procedimientos de control interno de conformidad con lo que disponga la ley.

Que la Directiva Presidencial 01 de enero de 1997, explicita los elementos generales que conforman el Sistema de Control Interno, entre los cuales se encuentran los procesos, procedimientos y formatos.

Que el artículo 114 del Decreto Ley 1421 de 1993, Estatuto Orgánico de Bogotá D.C. dispone que el control interno se ejercerá en todas las entidades del Distrito, mediante la aplicación de técnicas de dirección, verificación y evaluación del desempeño y de la gestión que se cumple. Con tal fin se adoptarán manuales de funciones y procedimientos, sistemas de información y programas de selección inducción y capacitación de personal.

Que la norma anteriormente citada faculta al Secretario General para establecer y desarrollar el Sistema de Control Interno en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D. C.

Que el literal b) del artículo 3° y el artículo 6° de la Ley 87 de 1993, dispone que el establecimiento, desarrollo, mantenimiento y perfeccionamiento del sistema de Control Interno en los organismos y entidades públicas, será responsabilidad de la máxima autoridad de la entidad y que el sistema deberá ser adecuado a la naturaleza, estructura y misión de la organización.

Que el artículo 4º de la Ley 87 de 1993 establece los elementos mínimos que deben cumplir las entidades públicas para la orientación y aplicación del Sistema de Control Interno, bajo la responsabilidad de sus directivos.

Que el Decreto Nacional 1537 del 26 de 2001, reglamentario de la Ley 87 de 1993, prevé como instrumento para garantizar el cumplimiento del Control Interno en las organizaciones públicas, la elaboración, adopción y aplicación de manuales de procedimiento.

Que la Ley 872 de 2003, por la cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios, promueve la adopción de un enfoque basado en los procesos, que consiste en identificar y gestionar, de manera eficaz, numerosas actividades relacionadas entre sí.

Que el Decreto 4110 de 2004, por el cual se reglamenta la Ley 872 de 2003 y se adopta la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública, NTCGP 1000:2004 contempla como uno de los principios de la Gestión de la Calidad que "un resultado deseado se alcanza más eficientemente cuando las actividades y los recursos relacionados se gestionan como un proceso".

Que la misma norma NTCGP 1000:2004 establece como requisito la documentación de los procesos y procedimientos.

Que el Decreto Nacional No. 1599, por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano, promueve la adopción de un enfoque de operación basado en procesos y la correspondiente identificación y documentación de los procedimientos.

Que la Directiva 004 de 2005 de la Secretaria General, imparte las orientaciones y directrices para la estructuración e implementación del Sistema de Gestión de Calidad en las entidades y organismos distritales.

Que la Resolución 041 de 2006, adoptó para la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D. C., el Modelo Estándar de Control Interno.

Que la Resolución 112 de 2006 establece el Sistema Integrado de Gestión de la Secretaria General y se Integran los Comités de Calidad y Coordinación de Control Interno.

Que la Circular Conjunta de la Veeduría Distrital y la Secretaria General No. 018 de 2006 sobre la Compatibilidad de los Sistemas de Gestión de Calidad y Control Interno, establece lineamientos para su implementación.

Que la estandarización de los procedimientos institucionales, dentro de los parámetros de calidad, facilita y agiliza la gestión de la entidad.

Que esta estandarización propicia la transparencia en todas las actuaciones de los servidores públicos, generando credibilidad en la Administración Pública por parte de los ciudadanos.

Que con fundamento en todo lo anterior se hace necesario adoptar el presente Manual de Procesos y Procedimientos de la Secretaría General.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Adoptar el "Manual de Procesos y Procedimientos - Fase I - de la Secretaría General, de la Alcaldía Mayor de Bogotá D. C.", documento que hace parte integral de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°. Las políticas y procedimientos adoptados por la presente Resolución, son de obligatorio cumplimiento para todos los servidores públicos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital.

ARTÍCULO 3°. Será responsabilidad de todos los Directores, Subdirectores, Jefes de dependencia, Responsables de Área e intervinientes en los procesos y procedimientos, garantizar la implementación, la divulgación, la aplicación y el seguimiento de los mismos.

ARTÍCULO 4°. Será responsabilidad de todos los Directores, Subdirectores, Jefes de dependencia, Responsables de Área que hacen parte de la estructura administrativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, la permanente actualización de los procesos y procedimientos de conformidad con los parámetros establecidos por la Oficina Asesora de Planeación de la entidad.

ARTÍCULO 5°. La coordinación y asesoría para la implementación y actualización del presente manual, estará a cargo del Oficina Asesora de Planeación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

ARTÍCULO 6°. El presente manual será difundido por la Oficina Asesora de Planeación y el jefe de área o dependencia de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, responsable de los procesos y procedimientos descritos en el mismo

ARTICULO 7°. La presente Resolución rige a partir de su fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución No. 1017 del 29 diciembre de 2000, expedida por el Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Se expide en Bogotá D.C., a los cinco días del mes de Enero de 2007

MARTHA YANETH VELEÑO QUINTERO

Secretaria General (E)

NOTA: El manual puede ser consultado en la página web www.bogota.gov.co/secretariageneral