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Acuerdo Local 3 de 2006 Junta Administradora Local de San Cristobal

Fecha de Expedición:
15/12/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/12/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3673 de diciembre 19 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 03 DE 2006

(Diciembre 15)

Liquidado por el Decreto Local 16 de 2006

Por el cual se expide y adopta el presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia Fiscal del año 2007.

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DEL SAN CRISTÓBAL

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas por el Art. 62 del Decreto 1421 de 1993 y.

CONSIDERANDO

1-Que según artículo 16 del decreto 1139 de Diciembre 29 de 2000, la alcaldesa local presentara a la Junta administradora local, dentro de los tres (3) primeros días de las sesiones ordinarias del mes de Diciembre a nivel de programas el proyecto de acuerdo para su estudio y aprobación.

2-Que la participación de los ingresos corrientes del Distrito según oficio de la Secretaria de Hacienda, comunica que la cuantía preliminar a la transferencia de la Administración Central asignada para la inversión del Fondo de desarrollo Local de San Cristobal asciende a la suma de TREINTA MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CINCUENTA Y CINCO PESOS. ($30.598.440.055,00).

3-Que de acuerdo a la proyección se estima que se tendrá una disponibilidad inicial de TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($34.264.500.000,00), recursos los cuales se distribuirán primero para cubrir obligaciones por pagar que pasen de la vigencia del 2006 las cuales se estiman en TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($32.764.500.000.00) y el saldo o sea la suma de UN MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($1.500.000.00) que serian excedentes financieros se repartirá en inversión directa.

4-Que según estimación presupuestal se espera tener unos ingresos propios por valor de CIENTO SESENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($164.500.000,00).

5-Que la estimación de los ingresos propios están constituidos por multas en la suma de CATORCE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($14.500.000.00), arrendamientos los cuales se dan por la plaza de mercado del 20 de Julio los cuales se estiman en SESENTA MILLONES DE PESOS ($60.000.000.00) y otros ingreso no tributarios los cuales se estiman en la suma de NOVENTA MILLONES DE PESOS ($90.000.000.00).

6-Que según el artículo 10 y 11 del Acuerdo 13 de 2000, se debe presentar el anteproyecto de presupuesto al Consejo Local de Planeacion para sus respectivas recomendaciones.

7-Que mediante oficio de referencia 1-2006-40279 y 1-2006-38424 el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS emitió concepto favorable al anteproyecto de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal del 2.007.

Que en virtud de lo anterior

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el presupuesto anual de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia del 2.007 en una asignación por valor de SESENTA Y CINCO MIL VEINTISIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CINCUENTA Y CINCO PESOS ($65.027.440.055,00). Como se relacionan a continuación:

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

32.764.500.000,00

2

INGRESOS

32.262.940.055.00

2 1

INGRESOS CORRIENTES

164.500.000,00

2 1 2

NO TRIBUTARIOS

164.500.000,00

2 1 2 03

Multas

14.500.000,00

2 1 2 04

Rentas Contractuales

60.000.000,00

2 1 2 04 02

Arrendamientos

60.000.000,00

2 1 2 99

Otros Ingresos No Tributarios

90.000.000,00

2 2

TRANSFERENCIAS

30.598.440.055,00

2 2 4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

30.598.440.055,00

2 2 4 05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

30.598.440.055,00

2 2 4 05 01

Vigencia

30.598.440.055,00

2 4

RECURSOS DE CAPITAL

1.500.000.000,00

2 4 5

EXCEDENTES FINANCIEROS

1.500.000.000,00

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

65.027.440.055,00

ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el presupuesto anual de Gastos e inversión del fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia del 2.007 por valor de SESENTA Y CINCO MIL VEINTISIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CINCUENTA Y CINCO PESOS ($65.027.440.055,00). Como se relacionan a continuación:

CONCEPTO

3

GASTOS

65.027.440.055,00

3.3

INVERSIÓN

65.027.440.055,00

3.3.1

DIRECTA

32.262.940.055,00

3.3.1.12

BOGOTÁ Sin indiferencia, Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión

32.262.940.055,00

3.3.1.12.01

EJE SOCIAL

17.646.646.477,00

3.3.1.12.01.01

Bogotá sin hambre

7.352.446.477,00

3.3.1.12.01.02

Más y mejor educación para todos y todas

1.450.000.000,00

3.3.1.12.01.03

Salud para la vida digna

2.350.000.000,00

3.3.1.12.01.04

Restablecimiento de derechos e inclusión social

1.925.000.000,00

3.3.1.12.01.05

Cero tolerancia con el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral infantil

869.200.000,00

3.3.1.12.01.06

Bogotá con igualdad de oportunidad para las mujeres

200.000.000,00

3.3.1.12.01.07

Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo

1.700.000.000,00

3.3.1.12.01.08

Escuela ciudad y ciudad escuela: La ciudad como escenario de formación y aprendizaje

400.000.000,00

3.3.1.12.01.09

Cultura par la inclusión social

600.000.000,00

3.3.1.12.01.10

Recreación y deporte para todos y todas

800.000.000,00

3.3.1.12.02

EJE URBANO REGIONAL

8.823.905.567,00

3.3.1.12.02.11

Hábitat desde los barrios y las UPZ

8.073.905.567,00

3.3.1.12.02.13

Sostenibilidad urbano-rural

250.000.000,00

3.3.1.12.02.14

Región integrada para el desarrollo

200.000.000,00

3.3.1.12.02.15

Bogotá productiva

300.000.000,00

3.3.1.12.03

EJE DE RECONCILIACIÓN

2.775.887.748,00

3.3.1.12.03.17

Derechos humanos para todas y todos

500.637.748,00

3.3.1.12.03.20

Atención integral de violencia, delincuencia y orden público

750.000.000,00

3.3.1.12.03.22

Bogotá, menos vulnerable ante eventos críticos.

875.250.000,00

3.3.1.12.03.24

Participación para la decisión

250.000.000,00

3.3.1.12.03.27

Obras con participación ciudadana

400.000.000,00

3.3.1.12.04

OBJETIVO GESTIÓN PUBLICA HUMANA

3.016.500.263,00

3.3.1.12.04.30

Administración moderna y humana

1.214.550.000,00

3.3.1.12.04.31

Localidades modernas y eficaces

600.030.263,00

3.3.1.12.04.32

Sistema distrital de servicio a la ciudadanía

86.920.000,00

3.3.1.12.04.36

Comunicación para la solidaridad

435.000.000,00

3.3.1.12.04.37

Bogotá transparente y efectiva

680.000.000,00

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

32.764.500.000,00

4

DISPONIBILIDAD FINAL

0.00

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Dado en Bogota. D.C. a los (15) días de diciembre de 2006.

JORGE ENRIQUE ALBA RIVEROS

Presidente JAL

HAROLD GIOVANNI RINCÓN

Secretario JAL

ELSA HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ

Alcaldesa Local de San Cristóbal

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3673 de diciembre 20 de 2006.