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DECRETO 046 DE 2007 (Febrero 12) Derogado por el art. 38, Decreto Distrital 267 de 2007 "Por el cual se asignan funciones a la Secretaría Privada de la Alcaldía Mayor de Bogotá" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DC En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 38, numerales 1, 3 y 6; inciso 2 del artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993 y CONSIDERANDO Que el Decreto Distrital 094 de 2006, aclarado por el Decreto 169 de 2006, adoptó la estructura interna de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.Que la Secretaría Privada dentro de la estructura interna hace parte del Despacho del Alcalde Mayor, junto con la Oficina de Prensa y la de Protocolo. Que el artículo 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 establece que el Alcalde Mayor de Bogotá, como jefe de la administración Distrital, ejerce sus atribuciones por medio de los organismos o entidades distritales. Que las autoridades administrativas ejercen sus funciones mediante el principio de coordinación, con el fin de adecuarlas a la Constitución Política y a la Ley. Que el Concejo de Bogotá dictó las normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, D.C. y dentro de éstas definió en el artículo 32 del Acuerdo Distrital No. 257 de 2006, el Sistema de Coordinación de la Administración Distrital. Que de conformidad con lo anterior, se hace necesario asignar funciones a la Secretaría Privada para que ésta sea la encargada de ejercer la coordinación en relación con los diferentes sectores del Distrito Capital, y la vocería del Gobierno Distrital en los asuntos estratégicos que determine el Alcalde Mayor. Que en mérito de lo expuesto, DECRETA ARTÍCULO 1°. Asignar las siguientes funciones a la Secretaría Privada de la Alcaldía Mayor. 1. Ejercer la vocería del Gobierno Distrital en los asuntos estratégicos que el Alcalde Mayor determine. 2. Ejercer la Secretaría técnica del Consejo de Gobierno Distrital. 3. Impulsar las principales acciones de gobierno que deben ser desarrolladas por cada uno de los sectores administrativos definidos por el Concejo de Bogotá. 4. Coordinar las acciones adelantadas por las Secretarías del Despacho que encabezan cada uno de los sectores administrativos creados por el Concejo. 5. Apoyar las diferentes instancias del Sistema de Coordinación de la Administración Distrital. 6. Apoyar a la entidad de Planeación Distrital en las estrategias de cooperación y asistencia técnica de carácter internacional, dirigidas entre otras a mejorar los niveles de competitividad y la generación de economías de escala. 7. Ejercer el Control Administrativo sobre las Secretarías de Despacho. 8. Coordinar y vigilar el cumplimiento de las funciones asignadas a las Oficinas de Prensa y de Protocolo, y lo relacionado con la seguridad del Alcalde Mayor y de su familia. ARTICULO 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el artículo 5 del Decreto 094 de 2006. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los 12 días de Febrero de 2007 LUIS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor ENRIQUE BORDA VILLEGAS Secretario General |