RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 12 de 2007 Ministerio de la Protección Social - Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar - CNJSA

Fecha de Expedición:
02/02/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/02/2007
Medio de Publicación:
Diario Oficial 46550 de febrero 22 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 12 DE 2007

(febrero 2)

por el cual se modifica y se consolida en un solo acto administrativo el reglamento de las apuestas que se realicen sobre los resultados obtenidos de los partidos de fútbol.

EL CONSEJO NACIONAL DE JUEGOS DE SUERTE Y AZAR (CNJSA),

en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 52, de la Ley 643 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 36 de la Ley 643 de 2001 define los juegos de suerte y azar en la modalidad de apuestas en eventos deportivos, gallísticos, caninos y similares como aquellos en que "las apuestas de los jugadores están ligadas a los resultados de eventos deportivos, gallísticos, caninos y similares, tales como el marcador, el ganador o las combinaciones o aproximaciones preestablecidas. El jugador que acierte con el resultado del evento se hace acreedor a un porcentaje del monto global de las apuestas o a otro premio preestablecido";

Que el inciso 2° del artículo 2° de la Ley 643 de 2001 dispone: "La explotación, organización y administración de toda modalidad de juego de suerte y azar estará sujeta a esta ley y a su reglamentación, expedida por el Gobierno Nacional, la cual es de obligatoria aplicación en todo el territorio del país, cualquiera sea el orden o nivel de gobierno al que pertenezca la dependencia o entidad administradora bajo la cual desarrolle la actividad el operador. La vigilancia será ejercida por intermedio de la Superintendencia Nacional de Salud";

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto número 2482 del 2 de septiembre de 2003, el cual reglamentó el artículo 36 de la Ley 643 de 2001, en lo referente a la operación de juegos de suerte y azar en la modalidad de apuestas en eventos deportivos, gallísticos, caninos y similares, definiendo en el artículo 2° la operación a través de terceros como "aquella que se realiza por personas jurídicas, mediante contratos de concesión celebrados con la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, en los términos de la Ley 80 de 1993";

Que de conformidad con lo señalado en el artículo 3° del Decreto 2482 de 2003, el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, mediante Acuerdos números 002 y 005, reglamentó las apuestas que se realizan sobre los resultados obtenidos en los partidos de fútbol;

Que previo cumplimiento del Proceso Licitatorio 001-03, el 22 de julio de 2004, fue celebrado entre la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, y la sociedad Intralot S. A., Contrato de Concesión número 0001 para la operación por cuenta y riesgo de esta, de las apuestas que se realicen sobre los resultados de los partidos de fútbol;

Que la cláusula décima del Contrato de Concesión número 0001 del 22 de julio de 2004, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.6 del pliego de condiciones, permite al concesionario someter a consideración de Etesa otros tipos de apuestas que a su juicio deban introducirse al mercado y que sean viables en materia de apuestas futboleras, quedando los respectivos reglamentos sujetos a la aprobación del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar;

Que mediante Comunicaciones radicadas en Etesa del mes de septiembre y diciembre de 2006 la sociedad Intralot S. A., solicita la presentación al CNJSA el reglamento de apuestas de riesgo conocidas también como fijas y variables en materia futbolera, con el fin de poder dar cumplimiento a los compromisos de ventas y transferencias acordados contractualmente en los términos y condiciones exigidas en el contrato, sin lo cual se haría imposible el cumplimiento de las obligaciones económicas contraídas; anexando para ello el reglamento;

Que en atención a lo anterior, se hace necesario fijar las reglas adicionales que deben observarse para el juego o apuesta de suerte y azar sobre los resultados de los partidos de fútbol en aquellos aspectos que competen al Consejo;

Que para garantizar a los jugadores unas reglas claras en materia de apuestas futboleras y su transparencia, el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar considera necesario modificar y consolidar en un solo acto administrativo los Acuerdos 02 y 05 de este Consejo, con el fin de integrar toda la normatividad al respecto;

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

CAPITULO I

Parte general y descripción del juego

Artículo 1º. Objeto. El presente Acuerdo tiene como objeto modificar y consolidar en un solo acto administrativo el reglamento del juego de apuestas en eventos deportivos de fútbol contenido en los Acuerdos 002 del 21 de octubre de 2003 y 005 de diciembre 6 de 2004.

Artículo 2º. Definición. Las apuestas en eventos deportivos de fútbol, independientemente del nombre comercial con que opere el juego, son una modalidad de juego de suerte y azar en la cual el jugador, a través de boleto o ticket emitido por el operador, indica el valor de su apuesta y selecciona o indica los resultados de su preferencia tales como los marcadores, los ganadores, los perdedores, empates, combinaciones o aproximaciones preestablecidas, frente a uno o varios partidos de fútbol a realizarse en una fecha determinada, que si coinciden con los resultados efectivos del juego, lo harán acreedor a un premio en dinero.

Artículo 3º. Modalidad del juego. De acuerdo con la Ley 643 de 2001 el juego que se reglamenta pertenece a la modalidad de Apuestas descrita en el artículo 36;

Artículo 4º. Características del juego. El juego de apuestas sobre los resultados de los partidos de fútbol tendrá las siguientes características:

1. Operación en línea.

2. En tiempo real.

3. Paramutual.

4. Aplicación de tecnología de punta y sistemas avanzados de informática y comunicaciones.

5. Las de riesgo o dividendos podrán ser paramutuales, mutuales, o con riesgo a los recursos del operador.

Artículo 5º. Descripción del juego. El apostador marcará el formulario o tarjetón con sus apuestas, que entregará al Punto de Venta del operador para que este lo procese a través del terminal en línea. La selección del apostador puede realizarse por intermedio del Punto de Ventas marcando el operario los números escogidos directamente en el teclado numérico del terminal, o puede también escoger la opción de jugada automática, donde el Sistema Central a través de la terminal generará los resultados en forma aleatoria. Una vez concluido este proceso, el terminal produce el boleto o ticket del juego que evidencia la jugada y la existencia de una apuesta válida, así como la fecha para la cual se ha efectuado la jugada o apuesta válida, que será el título documentario con el cual se podrán cobrar los premios.

Artículo 6º. Elementos del juego. El juego tendrá los siguientes elementos:

1. Formulario o tarjetón para las apuestas.

2. Boleto o Ticket.

3. Un programa de computación que permita monitorear el juego.

4. Plan de premios, calculado con base en las probabilidades del juego y sus características.

5. Red de comunicaciones, a través de la cual se transmitirán las apuestas al sistema central.

6. Medios de comunicaciones por los cuales se informarán o publicarán los resultados de los sorteos.

7. Terminales de venta.

8. Sistemas Centrales.

9. Un sistema de Control Interno para la entidad estatal titular de la explotación del monopolio, Etesa.

10. Los elementos necesarios para la operatividad del juego cuando así se requiera.

Parágrafo. El juego a que se refiere este reglamento, operará mediante una plataforma informática en línea, interconectada con Etesa en tiempo real.

Artículo 7º. Forma de operación del juego. Las apuestas serán exclusivamente emitidas en línea y en tiempo real a través del Sistema Central, Sistema de Comunicaciones y la red de distribución acordada por el Concesionario y Etesa.

Artículo 8º. Reglas del juego. Las reglas especiales que deben observarse para las apuestas sobre los resultados de fútbol, estarán determinadas por este reglamento y las condiciones particulares señaladas de común acuerdo por el proponente que sea seleccionado por Etesa, previos los trámites legales y contractuales pertinentes.

CAPITULO II

La apuesta

Artículo 9º. Definición de apuesta. Es la selección que hace un apostador de los resultados de su preferencia; para todos los efectos se considerará que existe una apuesta válida, una vez la apuesta escogida por el apostador haya sido diligenciada a través del terminal, registrada y almacenada en el Sistema Central y la terminal haya expedido el boleto o ticket correspondiente donde conste la apuesta.

Artículo 10. Como se efectúan las apuestas. La apuesta se puede jugar:

1. APUESTA INDIVIDUAL: una persona podrá realizar el número de apuestas individuales que se indiquen en el área del formulario o tarjetón de apuestas que contiene los paneles correspondientes, debidamente identificados; en cada panel la persona deberá marcar los resultados de su preferencia y limitados a la opción del juego. La persona podrá jugar en un (1) o más de los paneles que provee el formulario o tarjetón de apuesta. Si se comete algún error al marcar los resultados en un panel, no se puede borrar; en este caso, deberá marcar la casilla "NULO" que deberá aparecer al final del panel del formulario o tarjetón de apuesta, y deberá procederse a marcar los resultados seleccionados en el próximo panel del formulario o tarjetón de apuestas que esté disponible.

2. APUESTA AUTOMATICA: Mediante la apuesta automática el Sistema Central en forma aleatoria genera los resultados con los cuales el apostador participa en el juego. La apuesta automática puede realizarse de manera independiente a través del terminal o marcando la casilla automática que deberá mostrar el formulario o tarjetón de apuestas.

Parágrafo 1°. Tanto las JUGADAS INDIVIDUALES como las JUGADAS AUTOMATICAS podrán ser solicitadas de manera verbal al operario del Punto de Venta, sin necesidad de diligenciar el formulario o tarjetón de apuestas.

Parágrafo 2°. El terminal expedirá un boleto o ticket que contiene las jugadas individuales correspondientes, sean estas elegidas o automáticas, además el terminal emitirá boleto o ticket que combinará los resultados seleccionados por el jugador, más las jugadas automáticas marcadas en el mismo formulario o tarjetón de apuestas. En este caso, las jugadas automáticas deberán estar debidamente identificadas para diferenciarlas de las apuestas seleccionadas por el apostador.

Parágrafo 3°. Etesa y el Concesionario, de mutuo acuerdo podrán establecer formas de juego basadas en la estructura de la apuesta, tales como combinaciones extraordinarias, múltiples combinaciones y promociones de diversa índole entre otros, durante el desarrollo del contrato.

Parágrafo 4°. Las apuestas podrán ser recibidas por el operador hasta diez (10) minutos antes del evento definido como cierre de apuestas.

Artículo 11. Tipo de apuesta. Las apuestas serán de dos clases:

1. Paramutuales: por lo que del cúmulo de estas se destinará un porcentaje a formar el plan de premios en sus diferentes categorías incluida la de Premios Fijos y la Reserva, los que se repartirán entre los diferentes ganadores según su mayor grado de acertabilidad.

2. De riesgo o dividendos: en ellas el premio corresponde al pago de un número de veces la suma apostada, la cual el operador ofrece pagar sobre la apuesta, sin que necesariamente tenga que existir una bolsa generada como consecuencia de las apuestas.

Artículo 12. Valor de la apuesta. El valor de la apuesta no podrá ser inferior a dos mil quinientos pesos (2.500) en las apuestas paramutuales, ni a mil pesos (1.000) en las apuestas de riesgo o dividendo, dichos valores podrán ser variados de mutuo acuerdo por Etesa y el Concesionario, basados en el estudio de mercado y por la movilidad del juego implementado.

Parágrafo. Sus incrementos serán autorizados por Etesa, previa solicitud y justificación por parte del Concesionario.

CAPITULO III

Los formularios y boletos de apuestas

Artículo 13. Formulario o tarjetón de apuestas. Definición. El formulario o tarjetón de apuestas es el documento en el cual el jugador consigna los resultados de la apuesta que realiza para una fecha determinada, el cual, una vez diligenciado es presentado al operador del punto de venta para efecto de la expedición del boleto o ticket de apuesta respectivo. El formulario o tarjetón de apuestas no constituye un recibo de compra del boleto o ticket ni contrato de apuesta y su finalidad es únicamente la de facilitar al jugador la selección de los resultados para la apuesta.

Artículo 14. Contenido del formulario. En los anexos de la propuesta se acompañará el formulario de apuestas, describiendo sus características de acuerdo a los siguientes lineamientos mínimos:

1. El frente del formulario tendrá por lo menos las siguientes características: la identificación de los espacios necesarios para el juego.

2. El área designada para el logotipo de Etesa será de conformidad con el manual de identidad visual.

3. El área que contiene los paneles designados para realizar las apuestas individuales.

4. El área designada para las jugadas automáticas.

5. El área designada para la anulación de una apuesta.

6. Al respaldo del formulario se deberá especificar como se juega y cobra el juego.

Artículo 15. Valor del formulario. El formulario de apuesta no tendrá ningún costo para el apostador.

Artículo 16. Lugares de entrega del formulario. El formulario se podrá entregar a los jugadores en cualesquiera de los puntos de venta dispuestos por el operador del juego o por sus distribuidores oficiales. Para el suministro de los formularios el operador y sus distribuidores oficiales dispondrán de una red de puntos de venta electrónicos debidamente identificados.

Parágrafo. El operador deberá relacionar a Etesa los puntos de venta que vaya incorporando a su red de distribución, indicando claramente su ubicación y el distribuidor al cual pertenecen, si fuere del caso; esta información debe ser remitida a Etesa, los cinco primeros días de cada mes.

Artículo 17. Boleto o ticket. Definición. Es el recibo impreso producto de aplicar una jugada en un terminal y el cual posee unas medidas de seguridad que permiten su cobro y es el título documentario único para cobrar los premios del juego; el cual se realiza en línea y en tiempo real.

Artículo 18. Contenido del boleto o ticket. Es el documento que acredita la existencia de la apuesta y se constituye en un documento al portador. Los boletos o tickets deben contener como mínimo la siguiente información:

La parte frontal:

1. Logotipo y eslogan de Etesa de acuerdo al manual de identidad visual.

2. Nombre o logotipo del juego.

3. Nombre y logotipo del Concesionario.

4. Apuesta del apostador.

5. Valor de la apuesta.

6. Fecha(s) y números de la jornada futbolera objeto de la apuesta.

7. Punto de Venta donde fue elaborada la apuesta.

8. Número de la terminal o máquina.

9. Número de serie del boleto o ticket.

10. Marcas Opticas.

Al respaldo debe contener:

1. Prohibida la venta a menores de edad.

2. Este boleto o ticket se constituye en un documento al portador.

3. El apostador es responsable de la integridad del boleto o ticket y acepta que los resultados impresos en este boleto o ticket representan con certeza su selección.

4. Pago de premios menores se realizará en el punto de venta; los pagos mayores se pagarán por intermedio de la Fiducia autorizada.

5. Número dirección y teléfono del responsable del juego.

6. Número de serie del rollo del papel de los boletos o tickets.

7. Y los demás que se designen.

Artículo 19. Anulación de boletos o tickets de apuestas. La anulación de un boleto o ticket de apuesta, solo será permitida mediante el procesamiento y lectura del boleto que se desea anular, utilizando para ello el mismo punto de venta que lo expidió, previa autorización expresa del Operador, la que podrá darse solo durante el mismo día que fuera procesada la apuesta como válida por el sistema.

Parágrafo. El Concesionario conservará los boletos anulados para ser exhibidos ante las autoridades de control y/o la entidad concedente, cuando estas así lo soliciten.

CAPITULO IV

Plan de premios y acertabilidad de la apuesta 8+2

Artículo 20. Premios paramutuales. Definición. Se presentan cuando los ganadores comparten por partes iguales los fondos de cada premio, para cada una de sus diferentes categorías.

Artículo 21. Premio de riesgo o dividendo. Se da cuando el ganador o ganadores obtienen un premio previamente definido por el Concesionario, formado por aportes del operador y/o los jugadores, y un número de veces a devolver lo apostado de acuerdo a lo ofrecido por el operador.

Artículo 22. Plan de premios. El juego contará con un plan de premios conformado por el cuarenta y ocho por ciento (48%) de las ventas brutas (Paramutual), los que serán pagaderos en dinero y su estructura obedecerá a las siguientes categorías y porcentajes de participación según el grado de dificultad del acierto:

Porcentaje del premio sobre cuarenta y ocho por ciento (48%)

de ventas brutas para el 8 + 2

Parágrafo 1°. Los primeros dos acumulados iniciales tendrán un mínimo de $150.000.000 como premio para la Primera Categoría; una vez queden en poder del público, los subsiguientes arranques del Gran Premio tendrán como valor inicial el porcentual de lo recaudado en la jornada en que se dio el acierto al Gran Premio y que debe aplicarse al plan de premios.

Parágrafo 2°. Los premios de las categorías dos y tres, dependerán exclusivamente del valor de las apuestas realizadas para la fecha respectiva de fútbol a la cual se hubieren realizado las apuestas; en todo caso, el premio a entregar no podrá ser inferior al valor de la apuesta incluido el impuesto a las ventas.

Artículo 23. La Reserva. La Reserva del 2%, tendrá como finalidad cubrir los imprevistos que se presenten con ocasión del número de ganadores a los que deba cancelarse el premio mínimo de que trata el párrafo anterior o cualquier hecho que genere que los dineros existentes para el pago de premios no sean suficientes; en todo caso, si la Reserva no alcanza para cubrir los imprevistos que se llegaren a presentar en materia de premiación, el Concesionario deberá aportar el faltante de forma inmediata, cualquiera sea su cuantía.

Parágrafo. Una vez las Reservas existentes alcancen la suma de $150.000.000, su porcentaje se reducirá al 1%; el otro 1% se destinará a favor de la Primera Categoría de premios; cada vez que las Reservas se reduzcan a menos de $150.000.000, el porcentaje a tener en cuenta volverá a ser del 2%, hasta que su acumulado alcance de nuevo la suma aquí señalada.

Artículo 24. Ausencia de aciertos. Cuando una categoría no presente aciertos, sus premios se acumularán a favor de la primera categoría para la siguiente fecha, salvo en el caso de la Categoría de Premios Fijos.

Parágrafo. El cálculo de dividendos es mutual, por lo tanto para todas las categorías el premio a pagar será el resultado de dividir el dinero correspondiente a la categoría por el número de aciertos que se presenten en la misma.

Artículo 25. Límite del acumulado. Cuando el acumulado de la primera categoría sobrepase los $1.000.000.000, en la siguiente jornada de apuestas deberá quedar en poder de los apostadores; para lo cual, si en esa fecha no existiere apuesta que acertara la condición señalada para la obtención del Gran Premio, pasará a repartirse el acumulado entre los ganadores que acertarán la condición señalada para la Segunda Categoría; si tampoco se dieran aciertos en la Segunda Categoría, se acudirá a los de la tercera; en todo caso, el juego deberá contar con un sistema que permita que una vez se dé la condición aquí señalada, el premio quede en poder de los apostadores.

Artículo 26. Diseño premios fijos. Los premios que se diseñen para la Categoría de Premios Fijos, podrán ser determinados para los aciertos de una fecha preestablecida, para uno o varios partidos en particular, en forma transitoria o permanente durante el plazo de tiempo que se señale para el efecto. La condición que deban cumplir los jugadores para la obtención de este tipo de premios y las demás características aquí señaladas serán determinadas por el Concesionario previo visto bueno de Etesa durante el desarrollo del contrato.

Parágrafo 1°. Para el caso de la Categoría de Premios Fijos, estos no necesariamente tendrán que quedar en poder del público, caso en el cual, los fondos continuarán formando parte de la mencionada Categoría quedando a disposición de los futuros premios que se acuerden entre el Concesionario y Etesa en la Categoría de Fijos.

Parágrafo 2°. El monto de los Premios Fijos será determinado para cada caso y podrá requerir parte o el total de los fondos que se encuentren a disposición de la mencionada Categoría, en todo caso, los premios autorizados no podrán sobrepasar los fondos que se encuentren a disposición de los Premios Fijos al momento de la solicitud de visto bueno formulada por el Concesionario a Etesa.

CAPITULO V

Plan de premios y acertabilidad de la apuesta Totto 14

Artículo 27. El juego contará con un plan de premios conformado por el cuarenta y ocho por ciento (48%) de las ventas brutas, los que serán pagaderos en dinero y su estructura obedecerá a las siguientes categorías y porcentajes de participación según el grado de dificultad del acierto:

Porcentaje del premio sobre cuarenta y ocho por ciento (48%)
de ventas brutas Totto 14

Parágrafo 1°. Se contará además con una reserva del 2% en los mismos términos de la apuesta del 8+2.

Parágrafo 2°. Los premios de las categorías dos, tres, cuatro y cinco dependerán exclusivamente del valor de las apuestas realizadas, sin embargo, el premio a entregar no será inferior al valor de la apuesta, incluido el impuesto a las ventas.

Artículo 28. Entrega del gran premio o primera categoría. En el desarrollo de las apuestas del juego que hoy se comercializa conocido como Totto 14, el operador podrá repartir el premio mayor o gran premio en todas las jornadas, aún si no se diera el acierto de los 14 partidos (Primera categoría); en tal sentido la bolsa de la categoría del 14 al no ser acertada acrecentará a la de los 13 aciertos (Segunda categoría) repartiéndose entre los que la acertaren; así mismo y en caso que tampoco se diera ganador de la categoría de los 13 partidos (Segunda categoría) acertados, las bolsas de premios del 14 y el 13 acrecentarán a la del 12 (Tercera categoría) repartiéndose los premios entre quienes acertaren esta categoría; en caso que se diere el evento que tampoco existiese ganador en los 12 aciertos (Tercera categoría) se repetirá el procedimiento con la categoría de los 11 aciertos (Cuarta categoría), y si se diere el caso con la del 10 (Quinta categoría) hasta entregar el total de los premios de cada jornada de apuestas.

Parágrafo 1°. Si no hay ganadores de los 13 aciertos (Segunda Categoría), pero sí de los 14 y 12 (Primera y tercera categoría), los premios de los 13 aciertos (Segunda categoría) se distribuirán entre lo que acertaren los 12 partidos (Tercera categoría) acrecentándose esta bolsa de premios.

Parágrafo 2°. Si no hay ganadores de 13 ni 12 aciertos (Segunda y tercera categoría), pero si de 14 y 11 aciertos (Primera y cuarta categoría), los premios de 13 y 12 aciertos (Segunda y tercera categoría) se distribuirán en la categoría de los 11 aciertos (Cuarta categoría).

Parágrafo 3°. Si no hay ganadores en los 13, 12 y 11 aciertos (Segunda, tercera y cuarta categoría), pero los hay en los 14 y 10 aciertos (Primera y quinta categoría), los premios de 13, 12 y 11 aciertos (Segunda, tercera y cuarta categoría) se distribuirán entre los ganadores de los 10 aciertos (Quinta categoría).

Parágrafo 4°. Cualquier otra situación que se diere y no estuviese contemplada en forma taxativa en este artículo, se destinará a acrecentar los premios a repartir en los 10 aciertos.

Parágrafo 5°. El juego tradicional del Totto 14 podrá seguirse ofreciendo, en tal sentido si el operador ofreciere al público las dos formas de apuestas, Gran Premio con acumulado y Gran Premio con reparto total de premios por jornada de apuesta, deberá tomar las medidas para diferenciarlas comercialmente.

CAPITULO VI

Apuesta Paramutual Complementaria

Artículo 29. Apuesta Paramutual Complementaria. Como complemento a las apuestas paramutuales 8+2 y Totto 14, el Operador podrá ofrecer a los apostadores adicionar el valor de su apuesta generando una Apuesta Complementaria que le permitirá al jugador participar en una segunda opción de premio.

Artículo 30. Forma de apostar. Una vez el jugador realice la apuesta Tradicional (14 aciertos gana visitante, local o empate Totto 14, o 8+2), podrá, si lo desea, adicionar su apuesta a un nuevo conjunto de aciertos, que le permitirán acceder a un acumulado como premio.

Artículo 31. Premio único por ganador. Para el caso de la apuesta Complementaria, el ganador de ella solo podrá optar por su reparto, por lo que no participará en la repartición de los premios de las demás categorías, ni en el acumulado de la apuesta Tradicional, salvo si se diere el evento señalado en el siguiente parágrafo.

Parágrafo. En caso que el reparto de la apuesta Complementaria le generará al ganador un premio o dividendo inferior al que obtendría si solo hubiese apostado a la apuesta Tradicional, el ganador recibirá el acumulado correspondiente a la apuesta Tradicional; en tal caso el acumulado de la apuesta Complementaria continuará ofreciéndose para el siguiente juego.

Artículo 32. Valor de la Apuesta Complementaria. El valor mínimo de la apuesta Complementaria será de $500, por lo que deberá ser fijado con el aval de Etesa; igualmente podrá optarse por un valor variable, en tal sentido el jugador podrá apostar entre una apuesta mínima y una máxima, por lo que de ser ganador recibirá como premio un porcentaje del pozo equivalente al mismo porcentaje de su apuesta frente a la máxima posible a realizar; en tal sentido el saldo seguirá conformando el pozo ofreciéndose a los apostadores como acumulado en la siguiente jornada de apuestas.

Artículo 33. Plan de premios de la Apuesta Complementaria. La apuesta Complementaria contará con un plan de premios o dividendos, que estará conformado por un mínimo del cuarenta y ocho por ciento (48%) de las ventas brutas. El Operador podrá determinar aplicar un porcentaje de repartición superior al aquí señalado. De los porcentajes de distribución del cuarenta y ocho por ciento (48%), se destinarán los recursos para conformar la Reserva y el Acumulado, de acuerdo a las siguientes tablas:

Distribución del porcentaje destinado a premios o dividendos
para las apuestas complementaria

Parágrafo 1°. El premio es paramutual, por lo que se le acumulará después de cada jornada de apuestas con la parte correspondiente del 48% de las ventas brutas; para el caso específico de la apuesta Complementaria su pozo crecerá hasta que se genere el acierto quedando en poder de los apostadores el acumulado. Una vez acertado el acumulado, para la siguiente jornada de apuestas se ofrecerá como pozo el porcentaje de las ventas brutas (98% del 48%) recibidas en la jornada que se diera el acierto, más los remanentes de los ganadores que no jugaron el valor máximo posible de apostar.

Parágrafo 2°. Si dentro de los ganadores se encontrare un jugador que hubiese apostado un valor inferior a la apuesta máxima, recibirá como premio el proporcional ya explicado en este artículo, por lo que el saldo permanecerá en el pozo y formará parte del acumulado que se ofrecerá para la siguiente jornada de apuestas.

Parágrafo 3°. Cuando el acumulado de la apuesta Complementaria sobrepase los $1.000.000.000, el Operador previo consentimiento de Etesa podrá utilizar hasta el 50% del porcentaje a aplicar al Acumulado de la apuesta Complementaria en la respectiva jornada, para incrementar el pozo de la apuesta Tradicional de la siguiente jornada, o fortalecer e incrementar los dividendos a repartir entre los ganadores de 12 y 13 aciertos de la apuesta Tradicional de esa jornada de apuestas; si el acumulado de la apuesta Complementaria sobrepasa los $5.000.000.000, el Operador podrá aplicar hasta el 100% para los mismos fines y en los mismos términos ya descritos en este parágrafo.

Parágrafo 4°. Los primeros dos arranques de la apuesta Complementaria tendrán un valor mínimo equivalente al doble que para el mismo día de apuestas se tengan para la apuesta Tradicional, los que serán sufragados por cuenta del operador; para el tercer arranque en adelante se conformará el pozo de aplicar el porcentaje a las ventas brutas del día en que cayera el acumulado más los residuos de aquellos ganadores que no hubieran realizado la apuesta máxima.

Artículo 34. Reserva en la Apuesta Complementaria. La Reserva estará destinada a cubrir los imprevistos que en materia de pago de premios o dividendos se puedan presentar. Cuando la reserva no sea suficiente, el Operador deberá aportar, en forma inmediata, las sumas necesarias para completar cualquier diferencia que se presente.

Parágrafo 1°. El Operador constituirá esta reserva antes de dar inicio a la venta de la apuesta Complementaria, con la suma de doscientos millones de pesos (200.000.000) moneda legal, que depositará en la Fiducia como base para cubrir los imprevistos que en materia de pago de premios o dividendos se puedan presentar.

Parágrafo 2°. Cuando los fondos existentes en la Reserva Complementaria alcancen la suma 1.000 salarios mínimos mensuales vigentes, al Operador le serán devueltos los doscientos millones de pesos (200.000.000) moneda legal de que trata el parágrafo anterior.

Parágrafo 3°. Cuando los fondos existentes en la Reserva tuvieren que ser utilizados para sufragar las pérdidas que sean ocasionadas por las Apuestas de Riesgo, o por cualquier contingencia diferente a cubrir las diferencias que resulten en el pago de los premios mínimos de las apuestas mutuales, el Operador deberá reponer en forma inmediata aquellos fondos.

Artículo 35. Acertabilidad. La acertabilidad máxima de la apuesta Complementaria será de once millones en una.

Artículo 36. Ganadores. Serán ganadores del pozo o acumulado, el o los apostadores que acierten el Gran Premio de la apuesta Tradicional más el pronóstico a acertar de la apuesta Complementaria.

CAPITULO VII

Apuestas de riesgo, dividendos fijos o variables

Artículo 37. Definición de apuestas de riesgo, fijas o de dividendo variable. Son aquellas que se realizan alrededor de un evento o conjunto de eventos futboleros, sobre los que se diseña una serie de posible resultados o aciertos de los cuales escoge el jugador el o los de su preferencia, y de ser acertado su pronóstico recibirá como dividendo los montos señalados por el operador de las apuestas al momento de formalizarse la apuesta por el jugador; dichos pronósticos pueden dirigirse a acertar el resultado final del o los partidos, o el del primer tiempo, o quien o quienes anoten el primer, segundo, último o cualquier orden de gol, las tarjetas amarillas o rojas que se impongan, resultado, ganador de campeonato, sumatoria de goles sea de local, empate o visitante, así como sus totales, acontecimientos en vivo durante el desarrollo de los partidos, o cualquier otra situación que se desarrolle durante el transcurso de los partidos o campeonatos previamente programados por el operador de apuestas. Estas apuestas pueden desarrollarse de dos formas, books o momios. Las de Book, son aquellas que se juegan sobre los resultados y/o situación a predecir que se presenten en uno o varios partidos de fútbol o el desarrollo de campeonatos y su dividendo está relacionado directamente al dividendo oficial. Las de Momios se soportan sobre la mayor o menor posibilidad de ganar, o de la situación objeto de apuesta de los equipos, resultados, campeonatos o sus combinaciones, de cuyo factor predeterminado por el Operador, se paga un número de veces lo apostado, a los boletos o registros acertados.

Parágrafo. Se tendrá como apuesta de dividendos fijos o variables dentro del presente acuerdo el término Apuesta de Riesgo.

Artículo 38. Características de la apuesta de riesgo. El juego de apuestas de riesgo sobre los resultados de los partidos de fútbol tendrá las siguientes características:

1. Operación en línea.

2. En tiempo real.

3. Paramutual o también de riesgo.

4. Aplicación de tecnología de punta y sistemas avanzados de informática y comunicaciones.

5. Preexistencia de fondos de respaldo para el pago de premios antes de la apuesta.

Artículo 39. Descripción del juego. Las apuestas de riesgo sobre resultados de partidos de fútbol nacionales y/o internacionales consisten en realizar apuestas utilizando los resultados que de toda índole puedan generarse con ocasión del desarrollo de los partidos o los campeonatos. El apostador seleccionará un pronóstico que formalizará por intermedio de una terminal o sistema electrónico, comunicado en línea y tiempo real con la Central de Apuestas, que lo procesará y producirá un boleto que evidencia la jugada y la existencia de una apuesta válida, y que será el documento con el cual se podrán cobrar los premios. Así mismo, el Operador en el caso de los sistemas electrónicos (Internet, celulares, etc.) generará un registro único, que identificará la apuesta válida y que será la evidencia de la jugada y el documento con el cual se podrán cobrar los premios.

Parágrafo 1°. Los sistemas electrónicos de apuestas y sus registros deberán ser aprobados previamente por la Empresa Territorial para la Salud-Etesa.

Parágrafo 2°. Las terminales y los sistemas electrónicos de apuestas, deberán encontrarse conectados en línea y tiempo real a un sistema central único en el cual el Operador procesará las apuestas.

Parágrafo 3°. No se podrán realizar apuestas manuales.

Artículo 40. Las apuestas podrán ser recibidas por el operador durante el desarrollo de los partidos hasta tres (3) minutos antes de la configuración de la situación objeto de apuesta.

Artículo 41. Valor de la apuesta. El valor de la apuesta no podrá ser inferior a mil pesos (1.000) determinable de mutuo acuerdo por Etesa y el Concesionario, basados por la movilidad del juego implementado.

Artículo 42. Formas de apostar. Las apuestas podrán realizarse directamente en los puntos de venta del operador en sus terminales en línea y tiempo real, por Internet, celular o cualquier otro medio tecnológico, siempre y cuando se realicen en línea y tiempo real sobre un único sistema central de apuestas.

Artículo 43. Programación de apuestas. La programación de las apuestas se realizará de la siguiente manera:

1. Las apuestas con resultados fijos puede llevarse a cabo con la publicación del Programa (Lista) que tiene un período específico de validez. Este programa lista todos los eventos a los que se puede apostar, fechas y horas de dichos eventos, tipos de alternativas iniciales, instrucciones para hacer las apuestas, condiciones especiales que pueden aplicar para un cierto Programa. También contiene detalles e información concerniente a estos eventos con el fin de asistir apostador en su participación.

2. El programa es publicado a través del Operador, y por cualquier otro medio que decida el organizador.

3. En caso de que hagan falta en el Programa datos o información específica respecto a los eventos ofrecidos, o haya errores o retraso en la distribución del Programa, el Operador tiene derecho de anunciar esas modificaciones.

4. El período para recoger las apuestas con resultados fijos ofrecidas en el programa, comienza con la activación en el Sistema del Computador Central de la aceptación de la apuesta, y finaliza con el inicio del último evento anunciado en el Programa.

5. Las apuestas se aceptan solo durante el período de validez del Programa y hasta la fecha y hora del primer evento escogido por el apostador, según lo valide el Sistema del Computador Central.

6. En cualquier caso concerniente a la validez de una apuesta, los datos registrados en el Sistema del Computador Central prevalecerán sobre cualquier otro dato.

7. Los juegos de apuestas con resultados fijos, son las selecciones que un apostador puede hacer sobre los posibles resultados de cada uno de los eventos o grupos de eventos, así como la cantidad de eventos que un apostador puede escoger con el fin de crear una línea (columna) de apuestas. El Operador es responsable por decidir y publicar el valor de la línea de apuesta.

8. Los juegos de apuestas fijas, se ofrecen con resultados fijos para cada selección separadamente o para una combinación como un todo escogido por el apostador. Los resultados se presentan en números decimales con dos números a la derecha. El Operador puede cambiar las alternativas en cualquier momento. Las alternativas iniciales son publicadas en el Programa.

Artículo 44. Configuración del evento y la situación a ser acertada por el apostador. La participación en apuestas con resul tados fijos está abierta a los mayores de 18 años, bajo la condición de que los apostadores acepten completa e incondicionalmente estas Normas y Regulaciones Generales, y también acepten reglas y condiciones especiales decididas por el Operador periódicamente, que serán publicadas en el Programa.

Para que un apostador participe en los juegos de apuestas fijas es necesario crear por lo menos una línea, pagar el valor de la línea o líneas producidas, o si se desea, multiplicar este valor muchas veces. El pago se formaliza después de que el Sistema del Computador Central ha validado la apuesta, validez que se puede probar mediante una copia impresa. Esta impresión puede contener las alternativas que estaban vigentes en el momento de la validación, las otras predicciones de los apostadores también pueden contener otros elementos que son necesarios para que la apuesta sea única.

Parágrafo. Es responsabilidad del Operador determinar e informar a todos los apostadores acerca del Programa, del monto máximo de pago por combinación o combinaciones de apuestas para participar en un solo juego de apuestas. En caso de que el valor de la apuesta exceda el monto máximo no será aceptada.

Artículo 45. Identificación y evaluación del premio del evento a ser acertado. Para cada resultado posible señalado en el Programa se ofrecen alternativas con las cuales los apostadores pueden calcular sus premios. Las alternativas publicadas en el Programa o anunciadas por cualquier otro medio posible son alternativas iniciales.

1. El Operador publica en el Programa las reglas que tienen que ver con diferentes tipos de apuestas. La línea de apuesta puede incluir un número de predicciones de resultados de eventos, no relacionados con el mismo evento, dependiendo de la programación del Operador, de un número mínimo de eventos que el apostador puede escoger en una línea de apuestas. Esta información se publica en el Programa.

2. El apostador hace sus predicciones de acuerdo con las instrucciones dadas por el Operador. Estas instrucciones se anuncian por todos los medios posibles (Programa, material publicado y otros medios).

3. En el Programa se publican las posibilidades y la manera de combinar diferentes tipos de apuestas en la misma línea de apuesta, siempre y cuando estas no sean para el mismo evento.

4. El equipo determinado por el Operador como el equipo de casa, se encuentra al lado izquierdo del Programa, mientras que el equipo visitante está en el lado derecho.

5. Los eventos escogidos por los apostadores pueden combinarse en permutaciones (con base en el número de resultados de "n" evento en una línea). Las permutaciones ofrecidas a los apostadores, se anuncian de todas las formas posibles.

6. Las líneas de apuesta que contengan predicciones que por cualquier razón hayan recibido probabilidades de uno (1), pueden todavía tenerse en cuenta con otras predicciones que tengan un mínimo de dos predicciones o una sola, si esta predicción puede jugarse como un sencillo. En todos los demás casos la línea no podrá aceptarse como apuesta y la suma pagada se reembolsará a los apostadores.

7. Las líneas de apuesta que contengan un pronóstico de entre un grupo, o si este pronóstico se refiere a un evento respecto del cual ningún resultado pueda ser verificado, puede aún ser tenida en cuenta con otros pronósticos que tengan un mínimo de dos predicciones o una sola si esta puede jugarse como un sencillo. En todos los demás casos, la línea no podrá ser aceptada como apuesta y la suma pagada se reembolsará, una vez todos los demás pronósticos sean verificados. Si la línea contiene pronósticos que no puedan ser verificados, todos reciben probabilidades de uno (1) y el valor de la línea se devuelve a los apostadores.

8. Las líneas de apuesta que contengan el pronóstico de un evento y que fue insertado después de iniciado el evento, serán aceptadas pero las probabilidades para ese evento serán uno (1). En estos casos las líneas que tengan un mínimo de dos pronósticos, o uno si ese pronóstico se pu ede jugar como un sencillo, serán aún válidas. Las líneas que no cumplan con los requisitos establecidos no participarán en el juego y la suma pagada por ellas se reembolsará a los apostadores después de que todos los juegos a los cuales apostó el apostador hayan terminado.

9. En ciertas circunstancias particulares en las cuales el Operador considere que hay razones especiales, a ciertas apuestas ofrecidas se les otorgará una probabilidad de uno (1).

Artículo 46. Descripción de las apuestas. La siguientes formas de apuestas descritas a continuación se pueden utilizar dentro del esquema de apuestas de riesgo, dicha relación es enunciativa, lo que quiere decir que pueden apostarse a otras formas adicionales y/o distintas a las aquí descritas, sin que por ello deban ser objeto de un nuevo reglamento, ya que el presente acuerdo las cubre:

1. Resultado final de un partido de fútbol: Se propone al apostador pronosticar el resultado final de un cierto partido de fútbol.

1.1 El Operador puede, de cualquier forma posible, anunciará la ventaja en goles para uno de los dos equipos. En este caso, un punto para un equipo será el resultado que considere y exceda la ventaja de gol dada al equipo contrario. El empate es considerado cualquier caso en el que la diferencia de goles marcada en favor de un equipo sea igual a la ventaja del contrario. La ventaja puede ser un número decimal y en este caso no es posible tener un empate como resultado. El Operador podrá cambiar la ventaja en cualquier momento, sin afectar a los que ya hubiesen apostado. Las ventajas iniciales se publican en el Programa. Las ventajas que se consideran con el fin de considerar una apuesta como ganadora, son aquellas válidas al momento de la validación del Sistema Central del Computador.

1.2 Los resultados anunciados oficialmente por el Operador serán considerados los resultados finales. Están basados en el resultado final producido durante el tiempo normal de duración de un partido. Existe la posibilidad de que el resultado final pueda ser el resultado tras el tiempo extra, o el resultado cuando se marca un "gol de oro" o después de un desempate por penaltis. De ser este es el caso será anunciado en el Programa.

1.3 Si un partido es pospuesto o cancelado por más de un día después del día anunciado en el Programa (en hora local) o si un partido fue suspendido antes del inicio del segundo tiempo, y el tiempo que falta por jugar después de la suspensión hasta completar el tiempo normal del partido no se juega al día siguiente de la fecha establecida en el Programa (en hora local), o si hay cambios o reemplazos respecto a cual es el equipo de casa y cual el equipo visitante, o si hay un cambio de equipo contrario después de haber sido publicado el Programa, en todas estas circunstancias se aceptarán las apuestas hechas sobre el resultado final por parte de los apostadores, pero las probabilidades serán uno (1).

1.4 Si un partido es suspendido durante el segundo tiempo, y lo que resta del partido no se juega dentro del período de un día desde la fecha establecida en el Programa (en hora local), el resultado al momento de la suspensión del partido será considerado como resultado final.

1.5 Si un partido es suspendido, y reiniciado y concluido un día calendario después de la fecha establecida en el programa (en hora local), el resultado válido será el resultado tras la finalización del partido.

1.6 Resultado de medio tiempo de un partido de fútbol: Se propone al apostador pronosticar el resultado del medio tiempo de un partido de fútbol.

2. Los resultados para el medio tiempo oficialmente anunciados por el Organizador se considerarán como los resultados finales del medio tiempo de un partido durante el tiempo normal de la primera mitad del partido, incluyendo el tiempo de reposición por parte del árbitro debido a lesiones y otras interrupciones.

2.1 Si un partido es pospuesto o cancelado por más de un día después del día anunciado en el Programa (en hora local) o si un partido e s suspendido durante el segundo tiempo, y el tiempo que falta por jugar tras la suspensión para completar el tiempo normal del partido no se juega el día siguiente a la fecha establecida en el Programa (en hora local), o si hay cambios o cambios respecto a cuál es el equipo de casa y cuál el equipo visitante, o si hay un cambio de equipo contrario después de haber sido publicado el Programa, en todas estas circunstancias se aceptarán las apuestas hechas por los apostadores sobre el resultado del medio tiempo del partido, pero las probabilidades serán uno (1).

2.2 Si un partido es suspendido durante el primer tiempo, y es reiniciado y concluido un día calendario después de la fecha establecida en el Programa (en hora local), el resultado válido de mitad de tiempo será el resultado del primer tiempo al finalizar el primer tiempo del partido.

2.3 Si un partido es suspendido después de terminar el primer tiempo, incluyendo el tiempo de reposición por parte del árbitro debido a lesiones y otras interrupciones, se considerará como resultado final del primer tempo, el resultado al concluir la primera mitad del partido.

3. Medio tiempo/tiempo completo de un partido de fútbol: Se propone al apostador pronosticar tanto el resultado del primer tiempo como el resultado final del partido.

3.1 Los resultados de medio tiempo/tiempo completo de un partido, anunciados oficialmente por el Operador, se considerarán los resultados finales. Estos se basan en el resultado al final del medio tiempo y en el resultado final durante la duración normal de un partido. Existe la posibilidad de que el resultado final sea aquel que se da tras el tiempo extra, o el resultado cuando se marca un "gol de oro" o después de un desempate por penaltis. De ser este el caso será anunciado en el Programa.

3.2 Si un partido es pospuesto o cancelado por más de un día después del día anunciado en el Programa (en hora local) o si un partido es suspendido antes de iniciarse el segundo tiempo, y el tiempo que falta por jugar tras la suspensión para completar el tiempo normal del partido no se juega el día siguiente a la fecha establecida en el Programa (en hora local), o si hay cambios o cambios respecto a cuál es el equipo de casa y cuál el equipo visitante, o si hay un cambio de equipo contrario después de haber sido publicado el Programa, en todas estas circunstancias se aceptarán las apuestas hechas por los apostadores sobre el resultado de medio tiempo/tiempo completo del partido, pero las probabilidades serán uno (1).

3.3 Si un partido es suspendido durante la segunda mitad, y el resto del partido no se juega al día después de la fecha establecida en el Programa (en hora local), el resultado válido de mitad de tiempo/tiempo completo al momento de la suspensión será considerado como resultado final.

3.4 Si un partido es suspendido, y reiniciado y concluido un día calendario después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (en hora local), el resultado válido de mitad de tiempo/tiempo completo será el resultado al concluir el partido.

4. Resultado correcto de un partido de fútbol: Se propone al apostador pronosticar el resultado correcto de un partido de fútbol.

4.1 El resultado correcto es aquel que el Organizador anuncie oficialmente, con base en el resultado producido al final del tiempo regular del partido.

4.2 Si un partido es cancelado o pospuesto por más de un día después de la fecha establecida en el Programa (en hora local) o si un partido es suspendido antes del inicio del segundo tiempo, y el tiempo restante para completar la duración normal del partido no se juega al día siguiente de la fecha establecida en el programa (en hora local), o si hay cambios o reemplazos respecto a cuál es el equipo de casa y cuál el equipo visitante, o hay un cambio de equipo contrario después de que el Programa es publicado, en todas estas circunstancias las apuestas recibidas para resultado correcto se aceptarán pero las probabilidades serán de uno (1).

4.3 Si un partido es suspendido durante la segunda mitad, y el resto del partido no se juega al día después de la fecha establecida en el Programa (en hora local), el resultado correcto al momento de la suspensión será considerado el resultado correcto final.

4.4 Si un partido es suspendido, y reiniciado y concluido un día calendario después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (en hora local), el resultado correcto válido será el resultado al concluir el partido.

5. Primer jugador en marcar gol en un partido de fútbol: Se propone al apostador predecir cual jugador de fútbol será el primero en anotar gol durante un partido.

5.1 El primer gol marcado es el que se anota durante los 90 minutos de juego, incluyendo el tiempo de reposición sumado por el árbitro en virtud de faltas y otras interrupciones. El tiempo extra y el desempate por goles no cuentan para estas apuestas.

5.2 Las apuestas en las que se escoge como primer anotador a un jugador que no estuvo en el partido o que entró como reemplazo por otro jugador después de que ya se ha marcado el primer gol, recibirán probabilidades de uno (1).

5.3 Si el primer gol es un autogol, no se toma en cuenta para decidir el primer gol anotado. Una excepción serán los casos en los cuales se ofrezca como probabilidad que el primer gol sea un autogol. Cuando haya discusiones acerca de quién anotó el primer gol, y si el primer gol es un autogol, la decisión oficial de la asociación a cargo del evento será tenida en cuenta.

5.4 Si un partido es suspendido antes de iniciarse el segundo tiempo y después de marcado el primer gol, y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), las líneas de apuestas que incluyan primer anotador de gol serán consideradas. Si el partido es suspendido antes del inicio del segundo tiempo y aún no se ha anot ado gol, y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), los pronósticos de primer anotador recibirán probabilidades de uno (1).

5.5 Si un partido es suspendido después del inicio del segundo tiempo y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), las predicciones de primer anotador se basarán en el resultado al momento de la suspensión.

5.6 Si un partido es suspendido, y reiniciado y concluido un día calendario después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (en hora local), la predicción para primer anotador se basará en el resultado a la conclusión del partido.

5.7 Si un partido es cancelado o pospuesto por más de un día después de la fecha establecida en el Programa (en hora local) o si hay cambios o reemplazos respecto a cuál es el equipo de casa y cuál el equipo visitante, o hay un cambio de equipo contrario después de que el Programa es publicado, en todas estas circunstancias las apuestas recibidas se aceptarán pero las probabilidades serán de uno (1).

6. Ultimo jugador en marcar gol en un partido de fútbol: Se propone al apostador predecir cuál jugador marcará el último gol en un partido de fútbol.

6.1 El último gol marcado es aquel anotado durante los 90 minutos de juego, incluyendo el tiempo de reposición sumado por el árbitro en virtud de faltas y otras interrupciones. El tiempo extra y el desempate por goles no cuentan para estas apuestas.

6.2 Las apuestas en las que se escoge como último anotador a un jugador que no estuvo en el partido o que fue sustituido por otro jugador antes de marcado el último gol, recibirán probabilidades de uno (1).

6.3 Si el último gol es un autogol, no se toma en cuenta para decidir el último gol anotado. Una excepción serán los casos en los cuales se ofrezca como probabilidad que el último gol sea un autogol. Cuando haya discusiones acerca de quién anotó el último gol, y si el último gol es un autogol, la decisión oficial de la asociación a cargo del evento será tenida en cuenta.

6.4 Si un partido es suspendido antes del inicio del segundo tiempo y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), las predicciones para último anotador recibirán probabilidades de uno (1).

6.5 Si un partido es suspendido después del inicio del segundo tiempo y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), las predicciones para último anotador se basarán en el resultado al momento de la suspensión.

6.6 Si un partido es suspendido, y reiniciado y concluido un día calendario después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (en hora local), la predicción para último anotador se basará en el resultado a la conclusión del partido.

6.7 Si un partido es cancelado o pospuesto por más de un día después de la fecha establecida en el Programa (en hora local) o si hay cambios o reemplazos respecto a cuál es el equipo de casa y cuál el equipo visitante, o hay un cambio de equipo contrario después de que el Programa es publicado, en todas estas circunstancias las apuestas recibidas se aceptarán pero las probabilidades serán de uno (1).

7. Cualquier jugador en marcar gol en un partido de fútbol: Se le propone al apostador predecir qué jugador marcará gol durante un partido de fútbol.

7.1 El gol marcado es aquel anotado durante los 90 minutos de juego, incluyendo el tiempo de reposición sumado por el árbitro en virtud de faltas y otras interrupciones. El tiempo extra y el desempate por goles no cuentan para estas apuestas.

7.2 Las apuestas que escojan un anotador de gol que no participó en el partido recibirán probabilidades de uno (1).

7.3 Si un partido es suspendido ates de iniciarse el segundo tiempo y después de que se han marcado uno o más goles, y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), las líneas de apuestas que incluyan predicciones de anotador o anotadores de goles ya marcados serán ganadoras, mientras que las predicciones sobre jugadores que no marcaron gol recibirán probabilidades de uno (1). Si el partido es suspendido antes del inicio del segundo tiempo y aún no se ha anotado gol, y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), los pronósticos para cualquier jugador en anotar gol recibirán probabilidades de uno (1).

7.4 Si un partido es suspendido después del inicio del segundo tiempo y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), las predicciones para cualquier jugador en anotar gol se basarán en el resultado al momento de la suspensión.

7.5 Si un partido es suspendido, y reiniciado y concluido un día calendario después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (en hora local), la predicción para cualquier jugador en anotar gol se basará en el resultado a la conclusión del partido.

7.6 Si un partido es cancelado o pospuesto por más de un día después de la fecha establecida en el Programa (en hora local) o si hay cambios o reemplazos respecto a cuál es el equipo de casa y cuál el equipo visitante, o hay un cambio de equipo contrario después de que el Programa es publicado, en todas estas circunstancias las apuestas recibidas se aceptarán pero las proba bilidades serán de uno (1).

7.7 Las predicciones para cualquier jugador en anotar gol pueden combinarse en una línea de apuestas con el pronóstico de primer o último jugador en anotar gol en el mismo partido. También se permite combinar en una línea de apuestas el pronóstico de primer anotador con el de último anotador. Una línea de apuestas no puede combinar predicciones acerca del mismo jugador.

8. Primer equipo en anotar gol en un partido de fútbol: Se propone al apostador predecir cuál equipo marcará el primer gol durante un partido de fútbol.

81. El equipo que marca el primer gol es aquel oficialmente anunciado por el Organizador, con base en los resultados producidos al final del tiempo regular del partido.

8.2 Si un partido es suspendido ates de iniciarse el segundo tiempo y después de que se ha marcado un gol, y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), se tendrán en cuenta las líneas de apuestas que incluyan predicciones acerca de cuál equipo marcará el primer gol. Si el partido es suspendido antes del inicio del segundo tiempo y aún no se ha anotado gol, y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), los pronósticos para primer equipo en anotar gol recibirán probabilidades de uno (1).

8.3 Si un partido es suspendido después del inicio del segundo tiempo y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), las predicciones para primer equipo en anotar gol se basarán en el resultado al momento de la suspensión.

8.4 Si un partido es suspendido, y reiniciado y concluido un día calendario después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (en hora local), la predicción para primer equipo e n anotar gol se basará en el resultado a la conclusión del partido.

8.5 Si un partido es cancelado o pospuesto por más de un día después de la fecha establecida en el Programa (en hora local) o si hay cambios o reemplazos respecto a cuál es el equipo de casa y cuál el equipo visitante, o hay un cambio de equipo contrario después de que el Programa es publicado, en todas estas circunstancias las apuestas recibidas se aceptarán pero las probabilidades serán de uno (1).

9. Equipo que anotará o no anotará en un partido de fútbol: Se propone al apostador predecir si uno o ambos equipos anotarán o no durante un partido de fútbol.

9.1 El equipo o equipos que anoten son aquellos que el Organizador anuncie oficialmente con base en el resultado producido al completarse el tiempo regular de un partido.

9.2 Si un partido es suspendido ates de iniciarse el segundo tiempo y después de que un equipo ha anotado, y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), las apuestas por el equipo que anotó se considerarán ganadoras, mientras las apuestas por este mismo equipo como no anotador serán perdedoras. En este caso las apuestas con cualquier otro resultado recibirán probabilidades de uno (1).

9.3 Si un partido es suspendido antes del inicio del segundo tiempo y después de que ambos equipos han anotado, y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), las predicciones para cualquier equipo en anotar, equipo de casa en anotar, o equipo visitante en anotar, se considerarán ganadoras, mientras que las apuestas con cualquier otro resultado se considerarán perdedoras.

9.4 Si un partido es suspendido antes del inicio del segundo tiempo y no se ha anotado gol, y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), las predicciones de cualquier resultado para este tipo de apuesta recibirán probabilidades de uno (1).

9.5 Si un partido es suspendido después del inicio del segundo tiempo y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), el resultado para este tipo de apuesta se basará en el resultado al momento de la suspensión.

9.6 Si un partido es suspendido, y reiniciado y concluido un día calendario después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (en hora local), la predicción para esta apuesta se basará en el resultado a la conclusión del partido.

9.7 Si un partido es cancelado o pospuesto por más de un día después de la fecha establecida en el Programa (en hora local) o si hay cambios o reemplazos respecto a cuál es el equipo de casa y cuál el equipo visitante, o hay un cambio de equipo contrario después de que el Programa es publicado, en todas estas circunstancias las apuestas recibidas se aceptarán pero las probabilidades serán de uno (1).

10. Número total de goles marcados en un partido de fútbol: Se propone al apostador predecir si el número total de goles anotados durante un partido se encuentra dentro de cierto rango.

10.1 El número total de goles anotados durante un partido de fútbol es la suma de todas las anotaciones marcadas por ambos equipos oficialmente anunciada por el Organizador, con base en el resultado producido al finalizar el tiempo normal de juego.

10.2 Si un partido es cancelado o pospuesto por más de un día después de la fecha establecida en el Programa (en hora local) o si hay cambios o reemplazos respecto a cuál es el equipo de casa y cuál el equipo visitante, o hay un cambio de equipo contrario después de que el Programa es publ icado, en todas estas circunstancias las apuestas recibidas por número total de goles anotados se aceptarán pero las probabilidades serán de uno (1).

10.3 Si un partido es suspendido antes del inicio del segundo tiempo y el tiempo que resta para completar el tiempo oficial del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), y si al momento de la suspensión el número total de anotaciones ya se encuentra dentro del rango máximo, las predicciones respecto a este rango serán consideradas ganadoras, mientras que las predicciones con rangos diferentes se considerarán perdedoras.

10.4 Si un partido es suspendido antes del inicio del segundo tiempo y el tiempo que resta para completar el tiempo oficial del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), y si al momento de la suspensión el número total de anotaciones se encuentra por debajo del mayor rango, todas las predicciones respecto a este tipo de apuesta recibirán probabilidades de uno (1).

10.5 Si un partido es suspendido durante el segundo tiempo y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), el número total de goles anotados al momento de la suspensión será considerado como el número total de goles del partido.

10.6 Si un partido es suspendido, y reiniciado y concluido un día calendario después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (en hora local), el número total de goles válidos será el número total de anotaciones a la conclusión del partido.

11. Número de anotaciones "Mayor-Menor" a un límite específico en un partido de fútbol: Se propone al apostador predecir si el número total de goles anotados será mayor o menor que un límite publicado en el Programa.

11.1 El número total de goles anotados en un partido de fútbol es la suma de los goles anotados por ambos equipos según el anuncio oficial del Organizador, con base en el resultado producido al final del tiempo regular del encuentro.

11.2 Si un partido es cancelado o pospuesto por más de un día después de la fecha establecida en el Programa (en hora local) o si hay cambios o reemplazos respecto a cuál es el equipo de casa y cuál el equipo visitante, o hay un cambio de equipo contrario después de que el Programa es publicado, en todas estas circunstancias las apuestas recibidas por "Mayor-Menor" se aceptarán pero las probabilidades serán de uno (1).

11.3 Si un partido es suspendido ates de iniciarse la segunda mitad, y lo que resta por jugar para completar el tiempo normal del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), y si al momento de la suspensión el número total de goles anotados es mayor que el límite publicado en el Programa, entonces el resultado "Mayor" se considerará el ganador, mientras que el resultado "Menor" se considerará perdedor. Si el partido es suspendido antes del inicio del segundo tiempo y lo que resta por jugar para completar el tiempo normal del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), y si al momento de la suspensión el número total de goles anotados es menor al número publicado en el Programa, ambos resultados "Mayor", "Menor" recibirán probabilidades de uno (1).

11.4 Si un partido es suspendido durante el segundo tiempo y el resto del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), el número total de goles anotados al momento de la suspensión será considerado como el número total de goles del partido.

11.5 Si un partido es suspendido, y reiniciado y concluido un día calendario después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (en hora local), el número total de goles válidos será el número total de anotaciones a la conclusión del partido.

11.6 Número de anotaciones "Mayor-Menor" a un límite específico en el primer tiempo de un partido de fútbol: Se le propone al ap ostador predecir si el número total de goles anotados en la primera mitad de un partido de fútbol será "Mayor" o "Menor" a un límite publicado en el Programa.

11.7 El número total de goles anotados en la primera mitad de un partido de fútbol es la suma de los goles anotados por ambos equipos según el anuncio oficial del Organizador, con base en el resultado producido al final del tiempo regular del encuentro.

11.8 Si un partido es cancelado o pospuesto por más de un día después de la fecha establecida en el Programa (en hora local) o si hay cambios o reemplazos respecto a cuál es el equipo de casa y cuál el equipo visitante, o hay un cambio de equipo contrario después de que el Programa es publicado, en todas estas circunstancias las apuestas recibidas por "Mayor-Menor" en la primera mitad del partido se aceptarán, pero las probabilidades serán de uno (1).

11.9 Si un partido es suspendido ates de iniciarse la segunda mitad, y lo que resta por jugar para completar el tiempo normal del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), y si al momento de la suspensión el número total de goles anotados es mayor que el límite publicado en el Programa, entonces el resultado "Mayor" se considerará el ganador, mientras que el resultado "Menor" se considerará perdedor. Si el partido es suspendido antes del inicio del segundo tiempo y lo que resta por jugar para completar el tiempo normal del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), y si al momento de la suspensión el número total de goles anotados es menor al número publicado en el Programa, ambos resultados "Mayor", "Menor" recibirán probabilidades de uno (1).

11.10 Si un partido es suspendido, y reiniciado y concluido un día calendario después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (en hora local), el número total de goles anotados en la primera mitad será el número total de anotaciones ocurridas en la primera mitad a la conclusión del partido.

12. Número total de tarjetas (amarillas o rojas), número total de penaltis en un partido de fútbol "Mayor"-"Menor" a un límite específico. Se propone al apos tador predecir si el número total de tarjetas (amarillas o rojas) o el número total de penaltis en un partido de fútbol serán "Mayor" o "Menor" a un límite publicado en el Programa.

12.1 El número total de tarjetas (amarillas o rojas) o el número total de penaltis en un partido de fútbol es la suma de las tarjetas (amarillas o rojas) o la suma de los penaltis concedidos a ambos equipos según anuncio oficial del Organizador, con base en el resultado producido al final del tiempo regular del partido. El tiempo extra y el desempate por penaltis no cuenta para estas apuestas.

12.2 Si un partido es cancelado o pospuesto por más de un día después de la fecha establecida en el Programa (en hora local) o si hay cambios o reemplazos respecto a cuál es el equipo de casa y cuál el equipo visitante, o hay un cambio de equipo contrario después de que el Programa es publicado, en todas estas circunstancias se aceptaran las apuestas recibidas pero las probabilidades serán de uno (1).

12.3 Si un partido es suspendido ates de iniciarse la segunda mitad, y lo que resta por jugar para completar el tiempo normal del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), y si al momento de la suspensión el número total de tarjetas (amarillas o rojas) o de penaltis es mayor que el límite publicado en el Programa, entonces el resultado "Mayor" se considerará el ganador, mientras que el resultado "Menor" se considerará perdedor. Si el partido es suspendido antes del inicio del segundo tiempo y lo que resta por jugar para completar el tiempo normal del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), y si al momento de la suspensión el número total de de tarjetas (amarillas o rojas) o de penaltis es menor al número publicado en el Programa, ambos resultados "Mayor", "Menor" recibirán probabilidades de uno (1).

12.4 Si un partido es suspendido antes de iniciarse la segunda mitad, y lo que resta por jugar para completar el tiempo normal del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), y si al momento de la suspensión el número total de tarjetas (amarillas o rojas) o de penaltis es menor al número publicado en el Programa, ambos resultados "Mayor", "Menor" recibirán probabilidades de uno (1).

12.5 Si un partido es suspendido durante la segunda mitad, y lo que resta por jugar para completar el tiempo normal del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), el número total de tarjetas (amarillas o rojas) o el número total de penaltis al momento de la suspensión se considerará como el número final.

12.6 Si un partido es suspendido, y reiniciado y concluido un día calendario después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (en hora local), se tendrán en cuenta el número total de tarjetas (amarillas o rojas) y el número total de penaltis producidos a la conclusión del partido.

13. Tiempo del primer gol en un partido de fútbol: Se propone al apostador predecir el rango de tiempo en que se anotará el primer gol en un partido de fútbol.

13.1 El primer gol anotado es aquel marcado durante los 90 minutos de juego, incluyendo el tiempo de reposición sumado por el árbitro en virtud de faltas y otras interrupciones. El tiempo extra y el desempate por goles no cuentan para estas apuestas.

13.2 Si un partido es suspendido ates de iniciarse la segunda mitad, y después de que se ha marcado el primer gol, y lo que resta por jugar para completar el tiempo normal del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), se considerarán las líneas de apuesta que incluyan la predicción del tiempo en que se marcará el primer gol. Si un partido es suspendido antes del inicio del segundo tiempo y aún no se ha marcado gol, y lo que resta del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), las predicciones hechas para el tiempo en que se anotará el primer gol recibirán probabilidades de uno (1).

13.3 Si un partido es suspendido después de iniciarse el segundo tiempo, y lo que falta del partido no se juega un día después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (hora local), las predicciones para tiempo del primer gol se basarán en el resultado al momento de la suspensión.

13.4 Si un partido es suspendido, y reiniciado y concluido un día calendario después de la fecha oficialmente establecida en el Programa (en hora local), se tendrán en cuenta las predicciones acerca del tiempo de anotación del primer gol con base en los resultados al concluir el partido.

13.5 Si un partido es cancelado o pospuesto por más de un día después de la fecha establecida en el Programa (en hora local) o si hay cambios o reemplazos respecto a cuál es el equipo de casa y cuál el equipo visitante, o hay un cambio de equipo contrario después de que el Programa es publicado, en todas estas circunstancias se aceptaran las apuestas recibidas pero las probabilidades serán de uno (1).

14. Apuesta en vivo sobre el resultado final de un partido de fútbol: Se le propone al apostador predecir el resultado final de un partido de fútbol, haciendo su apuesta mientras aún se está jugando el partido.

14.1 En este tipo de apuesta no se permiten cancelaciones. La apuesta en vivo comienza con el anuncio por todos los medios posibles de las probabilidades iniciales algunos minutos antes del inicio del partido y finaliza al terminar el tiempo regular del partido.

14.2 La predicción en este tipo de apuesta no se puede combinar con ningún otro tipo de evento o de apuesta.

14.3 El resultado anunciado oficialmente por el Organizador se considerará el resultado final, con base en el resultado producido durante el tiempo regular del partido. El tiempo extra y el desempate por penaltis no se tienen en cuenta.

14.4 Si un partido es suspendido antes del inicio de la segunda mitad, y el tiempo restante para finalizar el partido no se juega dentro de un límite de tiempo de tres horas, las apuestas recibidas sobre los resultados finales se aceptarán, pero se darán probabilidades de uno (1).

14.5 Si se suspende un partido durante la segunda mitad y el resto del partido no se juega dentro de las siguientes tres horas, el resultado al momento de la suspensión se considerará como el resultado final.

15. Apuesta en vivo durante el tiempo extra o desempate por penaltis acerca de cuál equipo pasará a la siguiente ronda o sobre el ganador de una final de fútbol: Se le propone al apostador hacer un predicción sobre el equipo que pasará a la siguiente ronda o será el ganador de un campeonato de fútbol, haciendo su apuesta solo durante el tiempo extra o el tiempo de desempate por penaltis.

15.1 En este tipo de apuesta no se permiten cancelaciones.

15.2 La predicción en este tipo de apuesta no se puede combinar con ningún otro tipo de evento o de apuesta.

15.3 La apuesta en vivo comienza con el anuncio por todos los medios posibles de las probabilidades iniciales al finalizar el tiempo regular del partido y finaliza con la determinación del equipo que pasará a la siguiente ronda o será el ganador de la final.

15.4 Si un partido es suspendido durante el tiempo extra o durante el desempate por penaltis, y el tiempo restante para finalizar el partido no se juega dentro de las siguientes tres horas, se aceptarán las apuestas recibidas acerca del equipo que pasará a la siguiente ronda o acerca del ganador del campeonato, pero se darán probabilidades de uno (1).

16. Ganador de un campeonato, Ganador de una semifinal en un campeonato de fútbol, Ganadores en diferentes fases de diferentes campeonatos de fútbol: Se propone al apostador predecir cuál equipo quedará de primeras en cierta competencia o quién será el ganador en una semifinal de un campeonato, o el grupo ganador de ciertas fases clasificatorias de un campeonato de fútbol.

16.1 Determinar el ganador de un campeonato, o el ganador de una semifinal, o el ganador de cierta ronda de un campeonato está de acuerdo con las reglas de competencia según se ha organizado por parte del cuerpo regulatorio del campeonato. Esto es indiferente de la forma como se decida el campeonato, ya sea con un rating por puntos, finales (incluyendo posible tiempo extra, o posible desempate por penaltis), un juego extra o una apuesta.

16.2 Las apuestas recibidas por un equipo que fue descalificado por alguna razón o dejó el campeonato, no serán apuestas ganadoras, a menos que el Programa establezca lo contrario.

16.3 Las apuestas recibidas por un equipo que por cualquier razón no participó en el campeonato recibirán probabilidades de uno (1).

16.4 En caso de que la competencia se cancele por cualquier razón, todas las apuestas se convertirán en probabilidades de uno (1).

17. Participantes en la final de un campeonato de fútbol: Se le propone al apostador predecir los equipos que llegarán a la final de un campeonato de fútbol.

17.1 Determinar el par de equipos que lleg aran a la final es una decisión que está acorde con las reglas de competencia según la organización del cuerpo gobernante. Esto es ajeno a la forma como estos equipos alcancen la final, que puede incluir desempate por penaltis.

17.2 Las apuestas recibidas por un equipo que por cualquier razón sea descalificado o abandone el campeonato no podrán ser apuestas ganadoras, a menos que se establezca lo contrario en el Programa.

17.3 Las apuestas recibidas por un equipo que por cualquier razón no participó en el campeonato recibirán probabilidades de uno (1).

17.4 En caso de que la competencia se cancele por cualquier razón, todas las apuestas se convertirán en probabilidades de uno (1).

18. Goleador máximo en un campeonato de fútbol: Se le propone al jugador predecir el nombre del jugador que anote el mayor número de goles en un campeonato.

18.1 Determinar el goleador máximo en un campeonato se hace de acuerdo con las reglas establecidas por el cuerpo organizador de la competencia y los resultados según se van desarrollando dentro del marco del campeonato, a menos que el Programa establezca lo contrario.

18.2 Cuando se determina el goleador máximo de un campeonato, se incluyen los goles anotados durante posibles tiempos extra, pero no aquellos marcados durante el desempate por penaltis.

18.3 Las apuestas recibidas por jugadores que no participaron en el campeonato no se considerarán ganadoras.

18.4 Las apuestas recibidas por jugadores cuyos equipos fueron descalificados del campeonato recibirán probabilidades de uno (1).

18.5 Si la competencia es cancelada, cualquier predicción sobre el goleador máximo recibirá probabilidades de uno (1).

18.6 Si hay dos o más jugadores que marcaron el mismo número de goles y se consideran goleadores máximos del campeonato las apuestas por cada uno de ellos se divide por el número total de anotadores.

18.7 Los goles marcados durante juego que fue suspendido serán considerados para goleador máximo en un campeonato, solo si el juego concluye el mismo día u otro día diferente a aquel en el cual estaba programado, y el tiempo restante jugado es el que hacía falta jugar desde el momento de la suspensión. Los goles marcados durante el tiempo restante de este partido serán considerados para determinar el goleador máximo.

Parágrafo 1°. Cuando la forma de apuesta formulada en el programa no coincida con ninguna de las anteriores, el Operador deberá indicar en el programa cuál de las anteriores regulaciones se les aplicará como reglamento.

Parágrafo 2°. Todas las formas de apuesta aquí relacionadas, y las que a futuro se apliquen, se podrán ejecutar en apuestas con el fin de acertar los resultados de un partido, varios partidos, un campeonato, varios campeonatos, nacionales, internacionales, etc.; siendo el único condicionamiento que se realicen las apuestas sobre partidos de fútbol.

Artículo 47. Apuesta ganadora, pago de ganancias. Cada línea que e ntra al Sistema del Computador Central es ganadora cuando se han predicho con éxito todos los resultados seleccionados. En este caso el premio es pagado al apostador y es igual al valor de la línea multiplicado por todas las alternativas válidas al momento de la validación para esa línea. En caso de que se ofrezcan alternativas como un todo para una combinación escogida por un jugador, el premio pagado al jugador es igual al valor de la línea multiplicado por las alternativas válidas al momento de la validación, dadas para esta combinación.

De acuerdo con lo señalado en el inciso anterior, el pago de premios se hace solo después de que todos los eventos incluidos en la apuesta hayan finalizado, y después de que la confirmación del registro respectivo en el Sistema del Computador Central. La forma como se redondea la suma que debe pagarse para todos los eventos escogidos por el apostador se publica en el programa.

Si por cualquier razón las apuestas ganadoras no pueden ser reconocidas automáticamente, el Operador puede aplicar procedimientos especiales, asumiendo que el Sistema Central del Computador pueda reconocer de alguna manera estas apuestas ganadoras.

En caso de pérdida, destrucción total o parcial del recibo de la apuesta (en caso de que se suministre recibo), o en general cuando no es posible recuperar la apuesta ganadora, no habrá lugar a pagar el premio.

Artículo 48. Fuerza mayor o caso fortuito. La Fuerza Mayor cubre los casos que están fuera del control del Operador y que fueron impredecibles e inevitables; donde ninguna planeación o aplicación de medidas defensivas por parte del Operador hubiera podido prevenir estos eventos. La Fuerza Mayor cubre, eventos tales como desastres naturales, inundaciones, terremotos, incendios, guerra, ataques, actos terroristas, etc. El Operador, no tiene ninguna responsabilidad frente a daños causados por la pérdida, destrucción total o parcial del recibo de la apuesta.

Artículo 49. Premios o dividendos para las apuestas de riesgo: Books o momios. Los premios o dividendos para las apuestas en riesgo serán los siguientes:

1. Los boletos o registros acertados en las apuestas de book recibirán como premio o dividendo la proporción fijada por el Operador, del dividendo oficial.

2. Los boletos o registros acertados en las apuestas de momios recibirán como premio o dividendo el producto de multiplicar su apuesta por un número de veces predeterminado por el Operador y que es conocido al momento de realizarse la apuesta.

Artículo 50. Plan de premios. El juego de apuestas sobre eventos futboleros contará con un plan de premios o dividendos, que estará conformado por un mínimo del cuarenta y ocho por ciento (48%) de las ventas brutas para todas las clases de apuestas. El Operador podrá determinar aplicar un porcentaje de repartición superior al señalado por la ley para cualquiera de las apuestas. De los porcentajes de distribución del cuarenta y ocho por ciento (48%), se destinarán los recursos para conformar la Reserva y los acumulados, de acuerdo a las siguientes tablas:

Distribución del porcentaje destinado a premios o dividendos para las apuestas de riesgo

Artículo 51. Reserva en las apuestas de riesgo. La Reserva estará destinada exclusivamente a cubrir diferencias que resulten en el pago de los premios mínimos de las apuestas y a los demás imprevistos que en materia de pago de premios o dividendos se puedan presentar. Cuando la reserva no sea suficiente, el Operador deberá aportar, en forma inmediata, las sumas necesarias para completar cualquier diferencia que se presente.

Parágrafo 1°. El Operador constituirá esta reserva antes de dar inicio a la venta de apuestas de riesgo, con la suma de doscientos millones de pesos (200.000.000) moneda legal, que depositará en la fiducia como base para cubrir los imprevistos que en materia de pago de premios o dividendos se puedan presentar.

Parágrafo 2°. Cuando los fondos existentes en la Reserva alcancen la suma de 1.250 salarios mínimos mensuales vigentes, al Operador le serán devueltos los doscientos millones de pesos (200.000.000) moneda legal de que trata el parágrafo anterior.

Parágrafo 3°. Cuando los fondos existentes en la Reserva tuvieren que ser utilizados para sufragar las pérdidas que sean ocasionadas por las Apuestas de Riesgo, o por cualquier contingencia diferente a cubrir las diferencias que resulten en el pago de los premios mínimos de las apuestas mutuales, el Operador deberá reponer en forma inmediata aquellos fondos.

Artículo 52. Bolsa para apuestas de riesgo. El Operador al comenzar la operación constituirá una bolsa para el pago de premios o dividendos de las apuestas de riesgo, también conocidas como book o momios, fondos que depositará en la fiducia. Esta bolsa estará destinada para respaldar el pago de los premios de las apuestas que realice el Operador bajo este sistema y donde corre el riesgo de perder.

Parágrafo 1°. El Operador estará limitado a la recepción de este tipo de apuestas por el monto de los dineros que se encontraren en la Bolsa para Apuestas de Riesgo. Esta bolsa deberá ser suficiente para soportar el sesenta por ciento (60%) de las pérdidas que se dieren, si el total de las apuestas acertaran un pronóstico.

Parágrafo 2°. Para establecer el límite de que trata el parágrafo anterior, se tendrá en cuenta el monto de la Bolsa para Apuestas de Riesgo, totalizado el día anterior a la celebración de la reunión. Una vez conocido este monto, se determinará:

I. Sumatoria máxima de las apuestas de riesgo a recibir por combinación a un pronóstico.

II. Máximo de número de veces a pagar por pronóstico y por las diferentes combinaciones, que deberá estar relacionado con los momios de favoritismo de la misma apuesta mutual.

Parágrafo 3°. Los valores, sumatorias y montos máximos, señalados en este artículo serán autorizados por Etesa, previa solicitud del Operador con su debida justificación, una vez estén aprobados, el Operador los aplicará.

Parágrafo 4°. Cuando se presente una reducción de más del 30% de la Bolsa para Apuestas de Riesgo en una sola reunión, las apuestas de este tipo se suspenderán y los valores se recalcularán, y hasta tanto no se autoricen de nuevo por Etesa, el Operador no podrá recibir apuestas de este tipo.

Parágrafo 5°. El sistema central de apuestas deberá estar capacitado para que una vez se llegue a los límites establecidos, no permita que las terminales o los sistemas electrónicos continúen recibiendo apuestas a esos pronósticos.

Parágrafo 6°. El Operador podrá acrecentar la Bolsa para Apuestas de Riesgo cada vez que lo desee, haciendo los aportes en dinero pertinentes y que se conocerán como Anticipos a Premios. Serán depósitos provisionales en la Bolsa para Apuestas de Riesgo; y si se pres entaren pérdidas, responderán por estas antes de utilizar los existentes en la Reservas. Cuando se presente este caso, el Operador no podrá solicitar su devolución, ni su posterior compensación. En caso contrario, el Operador los podrá retirar total o parcialmente.

Parágrafo 7°. Cuado la Bolsa para Premios de Riesgo se reduzca a menos de cien millones de pesos (100.000.000) moneda legal, el Operador no podrá seguir ofreciendo este tipo de apuestas hasta tanto se complete este mínimo o aporte el faltante, con sus recursos, caso en el cual los dineros que entregue para completar el mínimo de la bolsa no le serán reembolsados.

Parágrafo 8°. La reserva para las apuestas de riesgo será totalmente independiente de la que trata el Acuerdo 002 de 2003 del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, por lo que se administrarán y controlarán por separado dentro de la fiducia, y la una no podrá soportar lo que la otra debe responder.

Artículo 53. Fiducia. El recaudo y manejo de los dineros de las apuestas será realizado por medio de un encargo fiduciario o Fiducia, el mismo que hoy se tiene para las apuestas paramutuales y mutuales.

Parágrafo 1°. Cualquier plan de premios para las Apuestas de Riesgo que el Concesionario presente deberá ser aprobado por Etesa y deberá estar previamente fondeado de recursos dentro de la Fiducia.

Parágrafo 2°. Al iniciar la operación de las apuestas de riesgo, el Operador depositará en la Fiducia seleccionada, un valor mínimo de cuatrocientos millones de pesos (400.000.000) moneda legal, a distribuir y utilizar así:

A. Doscientos millones de pesos (200.000.000) que se destinarán como fondo inicial para las Apuestas de Riesgo.

B. Doscientos millones de pesos (200.000.000) que se destinarán a favor de la Reserva.

En caso de que ni la bolsa de premios, ni la reserva alcance para pagar los premios acertados, el operador deberá, inmediatamente, entrar a completar los dineros faltantes, dineros que no serán objeto de reposición.

Del monto del 48% destinado al plan de premios se reservará un porcentaje del 2% suma que incrementará el fondo de la Reserva, fondo que tendrá un tope máximo de los recursos generados por el propio juego de 2.793 salario mínimo legal vigente mensual (smlvm).

Una vez se haya completado el valor de 2.793 salario mínimo legal vigente mensual (smlvm) para el Fondo de Reserva con recursos de la operación del juego, se dejará de aplicar el 2% a la reserva, destinándose el 100% al plan de premios; en el evento que el fondo se disminuyera a menos de 2.000 smlvm de nuevo se aplicará el 2% a la reserva hasta que recobre la suma de 2.793 smlvm.

Vencido el término del contrato, los dineros del Fondo de Reserva serán destinados al sector salud.

Parágrafo 3°. Las comisiones y costos que de toda índole genere la Fiducia serán de cuenta del Operador, y serán descontados directamente por el encargo fiduciario.

Parágrafo 4°. En la Fiducia deberán quedar debidamente acreditadas e identificadas como mínimo las cuentas y subcuentas correspondientes a los dineros de los derechos de explotación y gastos de administración, al plan de premios, bolsa para Apuestas de Riesgo y la Reserva, bolsa para apuestas de riesgo, priorizando en ese mismo orden su pago.

CAPITULO VIII

Aspectos comunes para todas las formas de apuestas

Artículo 54. Premios no cobrados. Los premios no cobrados se destinarán a favor de las transferencias al sector salud, sin importar la causa ni su cuantía; dicho traslado se realizará una vez prescriba el derecho y/o caduque la acción legal de reclamación.

Parágrafo 1°. Los premios tendrán un plazo para su cobro directo por parte del apostador de sesenta días (60), contados a partir del día siguiente a aquel en que los partidos de fútbol sobre los cuales recaían las apuestas se hubieran celebrado.

Parágrafo 2°. Una vez terminada la operación del juego por vencimiento del plazo de la concesión, caducidad, terminación unilateral, mutuo acuerdo o cualquier otra causa, los dineros que se encontraren en la Reserva, en las categorías de premios dos y tres, en el fondo de premios fijos, en el Gran Premio o en cualquier otra categoría o tipo de apuesta, por no haber quedado en poder del público, se destinarán en su totalidad para transferencias al sector salud.

Artículo 55. Fiducia. El recaudo y manejo de los dineros de las apuestas será realizado por medio de un encargo fiduciario; la fiduciaria será seleccionada, previo trámite legal respectivo, por Etesa, quien además fijará las reglas que rodearán su operación.

Parágrafo 1°. Al iniciar la operación del juego, el Concesionario como mínimo, depositará en la fiducia seleccionada por Etesa, un valor equivalente a quinientos millones de pesos (500.000.000), a distribuir y utilizar así:

1. Ciento cincuenta millones de pesos (150.000.000), los que se destinarán para el primer arranque del Gran Premio o Primera Categoría.

2. Ciento cincuenta millones de pesos (150.000.000), los que se destinarán para acrecentar lo recaudado para el segundo arranque del Gran Premio.

3. Cien millones de pesos (100.000.000), los que se destinarán como fondo inicial para la Categoría de Premios Fijos.

4. Cien millones de pesos (100.000.000), que se destinarán a favor de la Reservas.

Parágrafo 2°. Las comisiones y costos que de toda índole genere la fiducia serán de cuenta del Concesionario, los que serán descontados directamente por el encargo fiduciario.

Parágrafo 3°. En la fiducia deberán quedar debidamente acreditadas e identificadas como mínimo las cuentas y subcuentas correspondientes a los dineros de los derechos de explotación y gastos de administración, al plan de premios incluidas las Reservas, priorizando en ese mismo orden su pago.

Artículo 56. Oportunidad para el pago de premios. Los ganadores deberán reclamar el premio de acuerdo al procedimiento que se señale entre el Concesionario y Etesa; procedimiento que deberá tener en cuenta el responsable del pago, quien mediante la orden emitida por Etesa, previa verificación y validación del boleto o ticket por el Operador a través del Sistema Central, deberá pagar en forma inmediata el valor correspondiente.

Parágrafo. En todo caso, los premios deberán cancelarse inmediatamente sean presentados para el cobro y validados, previa verificación de los requisitos exigidos.

Artículo 57. Premio único por ganador. La apuesta ganadora solo podrá optar por el cobro del premio de la categoría mayor acertada, por lo que no participará en la repartición de los premios de las demás categorías.

Parágrafo 1°. Los premios de todas las categorías serán ajustados y aproximados al número entero de pesos superior en caso que dicho valor fuese igual o mayor a 51; si por el contrario fuese de 50 o menor, se ajustará al entero de pesos inferior; los remanentes por efectos de los ajustes antes mencionados se destinarán al fondo de Reserva.

Parágrafo 2°. La Fiducia será responsable de la guarda física de los boletos que ella cancele.

Artículo 58. Validación del boleto o ticket para el pago de premios. Para validar y/o pagar los premios se deben llenar como mínimo los siguientes requisitos:

1. Presentación del original del boleto o ticket.

2. El boleto o ticket debe estar sin enmendadura.

3. En el boleto o ticket deben encontrarse impresos todos los elemen tos y espacios señalados por este reglamento y aquellos que acuerden el Concesionario y Etesa.

4. El boleto o ticket no puede presentar alteraciones, estar ilegible, reconstruido o roto.

5. El boleto o ticket no puede figurar entre los ya pagados.

6. El boleto o ticket debe haber sido validado por el Punto de Ventas o la entidad encargada de su pago a través del Sistema en línea.

7. Mención del término de caducidad.

Artículo 59. Publicidad de los resultados. Los resultados serán difundidos por un medio de comunicación de cobertura nacional, dentro de los dos días siguientes a la celebración de los partidos objeto de las apuestas.

Artículo 60. Actas de los resultados. Al finalizar cada fecha de partidos, se levantará un acta en la cual se indique la fecha, hora, número de la jornada futbolera, el escrutinio de los resultados obtenidos, esta acta será firmada por las personas señaladas por el Concesionario y Etesa, las que además deberán ser enumeradas consecutivamente y sus copias reposarán en las instalaciones de la entidad estatal titular de la explotación del monopolio.

Artículo  61. Resultados ganadores oficiales. Los resultados ganadores oficiales serán aquellos que, conforme al acta de escrutinio, coincidan con los resultados del juego de fútbol realizado en la fecha programada.

Parágrafo 1°. Si una vez iniciado el partido se ordenara su suspensión para continuarse en otro día diferente al cual se estuviera jugando, el resultado a tener en cuenta para el juego, será aquel que se estuviera dando al momento de su suspensión.

Parágrafo 2°. Si por cualquier motivo un partido no se pudiera iniciar el día programado, su resultado será reemplazado por el que se diere entre los equipos que dentro del programa oficial se encontraren en primer lugar del listado y se hubiese llevado a cabo el mismo día del que no se dio inicio; si fueren más, se aplicará la misma regla, doblando los resultados del segundo, tercero y subsiguientes partidos del listado que se hubiesen celebrado el mismo día de los no iniciados.

Parágrafo 3°. Si los partidos no iniciados sobrepasaran una tercera parte de los programados, se procederá a suplir los resultados mediante un sorteo con balotas, las que entrarán a definir todas las variables de cada uno de los partidos que no se llevaron a cabo.

Parágrafo 4°. Si los resultados de la jornada futbolera se modificaran con ocasión de una decisión administrativas de la entidad responsable de los partidos o del campeonato, o cualquier otro tribunal o autoridad competente pública o privada, ese nuevo resultado no se tendrá en cuenta para determinar el ganador o ganadores del juego; los únicos resultados válidos serán los que al día de la celebración de los partidos se tuvieren como tales, o en atención a la aplicación de los parágrafos primero, segundo y tercero de este artículo.

Parágrafo 5°. Adicionado por el art. 1, Acuerdo del C.N.J.S.A. 036 de 2008

CAPITULO IX

Derechos de explotación y gastos de administración

Artículo  62. Derechos de explotación.  Modificado por el art. 2, Acuerdo del C.N.J.S.A. 036 de 2008. Los derechos de explotación se calcularán sobre los ingresos brutos de acuerdo a los siguientes porcentajes para cualquier tipo o modalidad de apuesta:

1. Para el primer año de explotación el 18% de los ingresos brutos.

2. Para el segundo año de explotación el 19% de los ingresos brutos.

3. Para el tercer año de explotación el 21% de los ingresos brutos.

4. Para el cuarto año de explotación el 22% de los ingresos brutos.

5. Para el quinto año de explotación el 23% de los ingresos brutos.

Parágrafo 1°. Si terminado el plazo de la concesión y este fuere ampliado o se suscribiere un nuevo contrato con igual operador o uno diferente, el porcentaje de los derechos de explotación para el nuevo período o contrato será del 25% durante toda su vigencia y las demás que se dieren.

CAPITULO X

Efectos jurídicos

Artículo 63. Efectos jurídicos. Los contratos que se encuentren vigentes a la fecha de publicación del presente Acuerdo podrán ser adicionados con lo aquí dispuesto, en cuyo caso deberán exhibir dicha adición a los apostadores y en sus dependencias, y aquellos contratos que se suscriban con posterioridad deberán regirse por lo dispuesto en la presente norma.

Artículo  64. Vigencia y derogatorias. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga en su integridad los Acuerdos 02 y 05 del Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de febrero de 2007.

El Presidente,

Edmundo Conde Zamorano.

La Secretaria Técnica,

Gloria Beatriz Gaviria Ramos.

(C.F.)

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46550 de febrero 22 de 2007.