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Proyecto de Acuerdo 55 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

.POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA A ENTIDADES DEL D

Bogotá D.C. 5 de febrero de 2007

Doctora

ELBA LIGIA ACOSTA

Secretaria General

Concejo de Bogotá D. C.

Ciudad

Referencia: Radicación Proyecto de Acuerdo

Respetada Doctora:

De conformidad con las facultades otorgadas en el Reglamento Interno del Concejo, me permito presentar y radicar junto con la exposición de motivos y el articulado, el proyecto de acuerdo,"Por medio del cual se establece la tarifa diferencial en el transporte masivo para los niños, estudiantes, adultos mayores y discapacitados en el Distrito Capital", para su correspondiente trámite, estudio y aprobación.

Cordialmente,

YAMILE MEDINA MEDINA

Concejal de Bogotá D.C.

PROYECTO DE ACUERDO No. 055 de 2007

"POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE LA TARIFA DIFERENCIAL EN EL TRANSPORTE MASIVO PARA LOS NIÑOS, ESTUDIANTES, ADULTOS MAYORES Y DISCAPACITADOS EN EL DISTRITO CAPITAL",

I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 01 de enero de 2004 fecha en la que me posesione como Concejal de Bogotá, presente el Proyecto de Acuerdo No 004 de 2004 "POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE EL PROGRAMA DE TRANSPORTE URBANO GRATUITO PARA EL ADULTO MAYOR Y PARA LOS ESTUDIANTES DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS EN EL DISTRITO CAPITAL", por la necesidad de encaminar esfuerzos para que el Cabildo Distrital expida Acuerdos que beneficien las poblaciones mas vulnerables como son los niños, estudiantes, adultos mayores y discapacitados, que no tienen la posibilidad de acceder al transporte publico masivo por no contar con recursos económicos suficientes para pagar un pasaje.

La necesidad de beneficiar a esta población tan vulnerable, me incentiva a reiterar mi propuesta, para lo cual presento nuevamente ante el Concejo de Bogotá este proyecto de acuerdo con una serie de modificaciones para que sea estudiado y acogido por tan prestigiosa corporación, a fin que se convierta en una realidad que beneficie a los niños, estudiantes, adultos mayores y discapacitados.

De igual manera tuve la oportunidad de reunirme con el Presidente de la Republica Dr. ALVARO URIBE VELEZ, y le plantee por escrito mi iniciativa, la cual tuvo eco en la Presidencia de la República; y a través del Ministro de Transporte ANDRÉS URIEL GALLEGO se presento el Proyecto de Ley 39 de 2006 (Cámara), "POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN TARIFAS DIFERENCIALES EN EL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS".

Esta norma de carácter nacional es una guía para el actuar del Concejo Distrital, y una muestra clara que la preocupación de crear beneficios a favor de las poblaciones vulnerables es un clamor nacional, pues la inversión social siempre generará mayores beneficios a todos los ciudadanos. Cada peso que se pueda invertir en favor de poblaciones vulnerables, es un peso que se invierte en equilibrar las cargas impuestas a cada ciudadano, y el establecimiento de una protección mínima para aquellos que necesitan de dicha protección estatal.

Los bogotanos no podemos ser indiferentes a la situación económica de muchos hogares capitalinos que no tienen las posibilidades económicas para satisfacer sus necesidades básicas elementales y mucho menos cuentan con lo del valor de un pasaje para asistir al colegio, al medico o actividades lúdicas; estos jóvenes, adultos mayores y personas con limitaciones físicas deben ser sujetos de derechos, como quiera que ellos merecen respeto y amparo del estado.

Debido a este tipo de restricciones muchos padres bogotanos no han podido continuar con la educación de sus hijos, que por falta de los mil pesos para un pasaje no pueden asistir a sus colegios; niños, niñas y jóvenes que dependen de sus familias pobres y que por la inadecuada organización en los cupos escolares se deben desplazar de extremo a extremo de la ciudad en busca de satisfacer unos derechos fundamentales como son el derecho a la educación y a una vida digna.

Bogotá siendo la capital del país esta atrasada en el tema de descuentos en los sistemas de transporte, para la población estudiantil, ya que en Medellín el actual Alcalde, ha dado descuentos en el transporte público a los estudiantes, como solución a la deserción escolar y como resultado de programas de inversión social.

Mi idea es crear una protección generalizada de los grupos vulnerables, que por su discapacidad física, necesitan una política pública de beneficios, respondiendo al principio de solidaridad. La solidaridad es uno de los principios que irradian todo el derecho constitucional moderno, y que generan la posibilidad de evitar los efectos negativos de la economía de mercado sobre aquellos menos favorecidos. El órgano de representación popular debe ser garante de las necesidades insatisfechas de la población, y crear el escenario ideal para que los beneficios tengan efectividad en la mitigación de las desigualdades propias de nuestro sistema económico.

La solidaridad no es lo único, que desarrollaríamos, sino que estaríamos también desarrollando el derecho a la igualdad, en lo relativo a la discriminación positiva de la población discapacitada. Las personas con alguna discapacidad física merecen una discriminación positiva en su favor, por que, sus condiciones especiales ameritan un trato especial por parte de las autoridades distritales y de la comunidad en general.

Este proyecto tiene como finalidad, promover la solidaridad intergeneracional, pues los mayores de 65 años, que han dado toda su capacidad laboral a la comunidad, requieren un reconocimiento por todos los demás, a través de ciertos beneficios que les hagan mas grata su vejez. Colombia es un estado social de derecho que esta en deuda con los adultos mayores; en una comparación con los diferentes países del mundo vemos que los adultos mayores tienen descuentos en los restaurantes, en los sistemas de transporte masivo y muchas más preferencias, que les ha generado una mayor facilidad en su vida, por lo cual, el establecimiento de descuentos en favor de los adultos mayores bogotanos es una obligación de todos, especialmente de aquellos que ejercemos la representación popular en la ciudad.

Este es un paso importante en el desarrollo de las políticas públicas necesarias para que el estado social de derecho, sea una realidad en Bogotá. La realidad nos impone metas cada vez más grandes en el tema de la inversión social, por eso debemos tener conciencia de la gran dimensión de las necesidades colectivas y de la profunda desigualdad que existe en muchas localidades de nuestra ciudad.

Para el año 2004 el servicio de transporte TransMilenio contó con un parque automotor de 578 buses tróncales en servicio, con un promedio diario de 505 buses, en los que se transportaron 269.469 miles de pasajeros, cifra equivalente al 15.94% del total de personas movilizadas en Bogotá, D.C. (1.690.324 miles), y 307 buses alimentadores en servicio que transportaron 133.404 miles de pasajeros; y que según la Contraloría de Bogotá TransMilenio vende aproximadamente 1.100.000 pasajes diarios. 1

Según la Corte Constitucional, el deber de solidaridad del Estado ha de ser entendido como derivación de su carácter social y de la adopción de la dignidad humana como principio fundante del mismo. En virtud de tal deber, al Estado le corresponde garantizar unas condiciones mínimas de vida digna a todas las personas, y para ello debe prestar asistencia y protección a quienes se encuentren en circunstancias de inferioridad, bien de manera indirecta, a través de la inversión en el gasto social, o bien de manera directa, adoptando medidas en favor de aquellas personas que por razones económicas, físicas o mentales, se encuentren en circunstancias de debilidad manifiesta. 2

3 En el documento "Un caso comparado de aprovechamiento económico del espacio publico TrasMilenio y Metrobus" elaborado por el ex alcalde Jaime Castro, señala lo siguiente con respecto a los costos de este sistema:

1. Los costos de un sistema masivo de transporte de pasajeros son, básicamente dos:

*La construcción y adecuación de las troncales, estaciones y portales, incluida la adquisición de predios, y su mantenimiento;

*La adquisición de los buses articulados, así como las demás inversiones que exige su operación.

2. En el caso de TransMilenio, el primer rubro (infraestructura física, sin incluir la NQS y la Avenida Suba) ha exigido hasta el momento una inversión de $1.323.221. millones (un billón trescientos veintitrés mil millones de pesos). Y el segundo -607 buses articulados-, ha costado $303.500 (trescientos tres mil quinientos millones de pesos)

No se incluye el costo de la "chatarrización", ni el de los buses de las rutas alimentadoras, que pagó el sector privado, porque no fue fácil encontrarlos ni calcularlos.

Lo anterior, en términos porcentuales, significa que la infraestructura representó como costo el 81.3% de la inversión y el equipo rodante, el 18.7% restante.

3. La inversión en infraestructura ha sido financiada en su totalidad por el sector público (Nación y Distrito) y la del equipo rodante, también en su totalidad, por el sector privado (contratistas concesionarios).

El sector público ha financiado, entonces, el 81.3% del total de la inversión, y el privado, el 18.7%.

4. El producido total del sistema (tarifas que pagan los usuarios) se reparte así:

*64.5% para los contratistas concesionarios (operan el equipo rodante y prestan el servicio);

*20% para las empresas alimentadoras;

*11% para la empresa recaudadora;

*4% para TransMilenio S.A.

*0.5% para costos de la fiducia que maneja los recursos

5. Lo anotado permite afirmar que el sector público aportó el 81.3% de la inversión que exigió el funcionamiento del sistema y recibe el 4% de lo que éste produce (en bruto).

Conviene anotar, también, que ese 4% lo destina el Distrito a gastos que aseguran el funcionamiento del sistema, v.gr. el control satelital de los buses. Con esa participación ni siquiera intenta recuperar la inversión que realizó.

Mientras tanto, el sector privado invierte el 18.7% de lo que requiere la operación del sistema y recibe el 75.5% (64.5 para los concesionarios y 11 para la empresa recaudadora).

6. El reparto de la inversión y del producido bruto del sistema es, para decir lo menos, inequitativo.

Además, tiene un "costo" adicional: el deterioro de la malla vial del resto de la ciudad porque los recursos que el Distrito debería destinar para su recuperación y mantenimiento, los absorbió trasmilenio. Por la razón anotada, la Administración está proponiendo el cobro de una valorización que valdría varias veces el predial.

(7. 8.9.)."

4 ". TODO LO QUE SE ANOTA Y PROPONE NO TIENE LA INTENCIÓN DE AFECTAR EL SISTEMA NI DEBE AFECTARLO.

COSTOS DE CONSTRUCCION DE TRANSMILENIO

TRONCALES, ESTACIONES Y PORTALES

LONGITUD (km)

COSTO (Millones $)

Caracas

21

295.000

Calle 80

10

267.000

Autopista Norte

10

209.000

Jiménez

2

20.000

Calle 13 . Américas

12

379.000

NQS

19

1.385.000

Suba

10

541.000

TOTAL

84

3.096.000

Fuente: IDU

 

 

Tres billones noventa y seis mil millones de pesos

Operadores Troncales 64,5

Alimentadores 20,0

Empresa de Recaudo 11,0

Transmilenio S.A 4,0

Empresa Fiduciaria 0,5

5COSTOS DE MANTENIMIENTO

TRONCAL

COSTO (Millones $)

Caracas

7.422

Calle 80

2.365

Autopista Norte

6.574

TOTAL

16.361

Nota:  Las troncales de la Fase II se contrataron con 5 años de mantenimiento

Fuente: IDU

 

6ESTRUCTURA DE COSTOS

ITEM

COSTO (Millones $)

%

Inversión Pública

1.323.221

81,3%

Inversión Privada

303.500

18,7%

TOTAL

1.626.721

100,0%

7, 8,INVERSION PUBLICA

ITEM

COSTO (Millones $)

Infraestructura (1)

1.170.000

Mantenimiento

16.361

Predios (1)

136.860

TOTAL

1.323.221

Notas:

 

1: Sin incluir NQS y Suba

 

INVERSION PRIVADA

ITEM

COSTO (Millones $)

607 buses a $ 500 millones c/u

303.500

TOTAL

303.500

En este sentido se deben aplicar los preceptos Constitucionales y legales, teniendo en cuenta que la Nación y el Distrito Capital han invertido para la ejecución y puesta en marcha del sistema TransMilenio aproximadamente 3.096.000 (tres billones noventa y seis mil millones de pesos), para los 84 kilómetros de vía en operación de la troncal; que ha conllevado a que los operadores del sistema reciban ganancias multimillonarias producto de este negocio, que se quedan en manos de unos pocos y que no cumplen con un objeto social.

9

Pasajeros Totales primera semana de septiembre de 2006

1.360.747.432

Pasajeros

Promedio Pasajeros hora pico de septiembre/2006

121.137

Pasajeros

Pasajeros Alimentados Totales primera semana de septiembre de 2006 (entradas / salidas)

652.479.378

Pasajeros

Pasajeros Intermunicipales Totales primera semamana de septiembre de 2006

85.347.720

Pasajeros

Estaciones en Operación

114

Estaciones

Kilometros de via en operación troncal

84

km

Flota troncal disponible vinculados a la primera semana de septiembre de 2006

882

Buses

Velocidad promedio flota troncal mes de agosto de 2006

29.05

Km/hora

Promedio kilómetros recorridos flota troncal semana hábil primera semana de septiembre de 2006

236.578

Km

Rutas alimentadoras

67

Rutas

Flota alimentación vinculados a la primera semana de septiembre de 2006

400

Buses

Barrios alimentados (aprox.)

299

Barrios

Km en operación de alimentación (aprox.)

420

Km

De igual manera es importante señalar que el distrito capital le aporta al sistema TransMilenio, producto de la sobretasa a la gasolina desde el año 2000 los siguientes valores:

AÑO

VALOR RECAUDADO (MILLONES DE PESOS)

2000

154.311

2001

173.581

2002

173.788

2003

216.248

2004

255.415

2005

279.450

Recaudo Total

1.252.792

Fuente: Secretaria de Hacienda.

 

Según el CENSO del año 2005, la población total de Bogotá es de 7.881.156 habitantes y TransMilenio transporta una cifra equivalente al 15.94% del total de personas movilizadas en Bogotá, de las cuales un porcentaje de niños estudiantes, adultos mayores y discapacitados pueden beneficiarse con la aprobación de este proyecto, al tener la posibilidad de que esta población en situación de riesgo y de bajos recursos económicos, reciba un descuento en cada pasaje. Ciudadanos que no tienen ingresos o que los perciben en cuantía inferior al salario mínimo mensual y son muy vulnerables pues sus capacidades están disminuidas y no tienen muchas oportunidades de mejorar su condición y reclaman del Estado la adopción de medidas especiales de protección.

De igual manera según la evaluación Ex - post del sistema TransMilenio10 publicada el 22 de noviembre de 2005, por el Departamento Nacional de Plantación, señala que el impacto del sistema TransMilenio para la población de menores recursos es importante, especialmente a mediano y largo plazo como resultado de las mejoras en la accesibilidad de las Zonas periféricas, señalando que la distribución socio económica de los viajeros en el estrato 1 es del 7%, en el estrato 2 del 37% y en el estrato 3 el 43%, en el estrato 4 de un 7%, en el estrato 5 un 3% y en el estrato 6 un 2%. Es decir que las personas que más se beneficiarían con la puesta en marcha de este proyecto de acuerdo son la que habitan en los estratos de menores recursos, así:

Por eso resaltamos la importancia de incentivar a los niños y niñas para que asistan a las aulas de clase, por que un menor costo en el pasaje implica la posibilidad de satisfacer otro tipo de necesidades familiares y que le permitirían a los menores culminar su educación básica.

La Constitución política de Colombia, establece que los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás, es por esta razón que a través del cabildo Distrital debemos impulsar este tipo de iniciativas, que beneficien a los menores y jóvenes capitalinos.

II. MARCO JURÍDICO

Las bases jurídicas que sustentan esta iniciativa son:

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1991

"ARTICULO  1. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general."

"ARTICULO 44. Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.

La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores.

Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás."

"ARTICULO 46. El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria.

El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia.

"ARTICULO 47.  El Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especializada que requieran."

III. COMPETENCIA DEL CONCEJO DE BOGOTA D.C.

Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 12, numeral 1º, señala que corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y la ley:

"1. Dictar normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito."

Por lo anterior presento a consideración de los Honorables Concejales este proyecto de acuerdo de vital importancia para el beneficio de los niños, niñas, jóvenes, adultos mayores y discapacitados, porque un menor costo en el valor del pasaje de TransMilenio implica la posibilidad de satisfacer otro tipo de necesidades familiares y poder acceder a los colegios, a actividades lúdicas o de esparcimiento y a los programas que conceden beneficios a los adultos mayores y discapacitados siendo estos derechos fundamentales señalados en nuestra Constitución Nacional.

Cordialmente,

YAMILE MEDINA MEDINA

Concejal de Bogotá D.C.

PROYECTO DE ACUERDO No. DE 2007

"POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE LA TARIFA DIFERENCIAL EN EL TRANSPORTE MASIVO PARA NIÑOS, ESTUDIANTES, ADULTOS MAYORES Y DISCAPACITADOS EN EL DISTRITO CAPITAL."

EL CONCEJO DE BOGOTA D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las previstas en la Constitución Nacional art. 44; Decreto 1421 de 1993 en su artículo 12, numeral 1°,,

ACUERDA:

ARTICULO 1º. En el sistema de transporte masivo del Distrito Capital, se establecerá una tarifa diferencial para el transporte de niños menores de cinco (5) años de edad, estudiantes, adultos mayores de sesenta y cinco (65) años y discapacitados equivalente a un cuarenta 50% de la tarifa establecida para cada pasaje.

Los estudiantes beneficiados con esta medida deberán tener menos de 25 años de edad y cursar básica primaria, secundaría y universitaria.

ARTÍCULO 2º El Gobierno Distrital reglamentará la adquisición, utilización y control de todo lo relacionado con la tarifa diferencial para el beneficio del servicio de transporte urbano masivo.

ARTICULO 3º El presente acuerdo rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

NOTAS DE PIE DE PAGINA

1 INFORME TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS EN 23 CIUDADES. Publicado por el DANE EL 11 de junio de 2005.

2 Corte Constitucional. Sentencia C-237 de 1997. Deber de solidaridad de Estado y particulares.

3 Resumen de la exposición hecha por el ex alcalde Jaime Castro. Fuente "Portal www.redbogota.com del programa Red Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia" Esta información puede ser reproducida parcial o totalmente siempre y cuando se cite apropiadamente al Autor de cada documento en cualquier medio en el que sea utilizada.

4 Resumen de la exposición hecha por el ex alcalde Jaime Castro. Fuente "Portal www.redbogota.com del programa Red Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia"

5 Resumen de la exposición hecha por el ex alcalde Jaime Castro. Fuente "Portal www.redbogota.com del programa Red Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia"

6 Resumen de la exposición hecha por el ex alcalde Jaime Castro. Fuente "Portal www.redbogota.com del programa Red Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia"

7 Resumen de la exposición hecha por el ex alcalde Jaime Castro. Fuente "Portal www.redbogota.com del programa Red Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia"

8 Resumen de la exposición hecha por el ex alcalde Jaime Castro. Fuente "Portal www.redbogota.com del programa Red Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia"

9 FUENTE: TRANSMILENIO www.transmilenio.gov.co

10 Evaluación Ex - post del sistema TransMilenio publicada el 22 de noviembre de 2005, por el Departamento Nacional de Plantación. Fuente pagina web www.dnp.gov.co