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Resolución 475 de 2007 Secretaría Distrital de Ambiente

Fecha de Expedición:
12/03/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/03/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3728 de marzo 22 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 0475 DE 2007

(Marzo 12)

"Por la cual se delegan funciones al establecimiento público Jardín Botánico José Celestino Mutis"

LA SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE

En uso de sus facultades, en especial las conferidas por el Decreto 561 del 29 de diciembre de 2006, artículo 6º, literal j), y

CONSIDERANDO:

Que según el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia en el cual se prevé, que la función administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de eficacia, economía y celeridad, entre otros, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones.

Que la ley 489 de 1998 en su artículo 9º determina, que las autoridades administrativas, en virtud de los dispuesto en la Constitución Política, y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

Que de conformidad con el artículo 10º de la misma ley, el acto de delegación, que siempre será escrito, determinará la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren.

Que la delegación de funciones deberá acompañarse de la celebración de convenios en los que se fijen los derechos y obligaciones de las entidades delegante y delegataria, de conformidad con el artículo 14º de la ley 489 de 1998.

Que el artículo 17º del Acuerdo Distrital No. 257 de 2006 prevé que las autoridades administrativas del Distrito Capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias de conformidad con la Constitución Política y la normatividad vigente, especialmente de acuerdo con lo ordenado por la ley 489 de 1998.

Que el artículo 102º del Acuerdo Distrital No. 257 de 2006, define la integración del sector ambiente, el cual será conformado por la Secretaría Distrital de Ambiente, cabeza del sector, y por el establecimiento publico Jardín Botánico "José Celestino Mutis", entidad que le está adscrita.

Que el literal s) del artículo 103º del mencionado acuerdo, prevé como obligación de la Secretaria Distrital de Ambiente el desarrollo de programas de arborización y ornamentación de la ciudad, en particular de especies nativas y efectuar el registro e inventario en estas materias.

Que el Jardín Botánico José Celestino Mutis, como entidad adscrita a la Secretaría Distrital de Ambiente, teniendo en cuenta las funciones que desarrolla en materia de arborización urbana, de conformidad con el Decreto 472 de 2003, esta en capacidad de desarrollar de manera adecuada y eficiente, la función de desarrollar programas de arborización y ornamentación de la ciudad de Bogotá, en particular de especies nativas y efectuar el registro e inventario en estas materias.

Que el artículo 13º de la ley 299 de 1996, menciona que los Jardines Botánicos establecerán programas especiales de arborización urbana, forestación y reforestación de cuencas hidrográficas.

Que de conformidad con el artículo 14º de la ley 489 de 1998, la delegación de funciones deberá acompañarse de la celebración de convenios en los que se fijen los derechos y obligaciones de las entidades delegante y delegataria, razón por la cual, se celebró el convenio interadministrativo No. 002 del cinco (5) de marzo de 2007, cuyo objeto principal es, asumir por parte del Jardín Botánico José Celestino Mutis, la función de desarrollar programas de arborización y ornamentación de la ciudad, en particular de especies nativas y efectuar el registro e inventario en estas materias.

Que esta Secretaría, entre las obligaciones adquiridas en el mencionado convenio, tiene la de expedir los actos administrativos a que haya lugar para el cumplimiento del objeto del mismo.

Que en mérito de lo expuesto:

Ver el Acuerdo Distrital 327 de 2008

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Delegar al establecimiento público Jardín Botánico "José Celestino Mutis", entidad adscrita a esta Secretaría la función de desarrollar los programas de arborización y ornamentación de la ciudad de Bogotá, en particular de especies nativas y efectuar el registro de inventario de las mismas.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Corresponde a la Secretaría Distrital de Ambiente, el ejercicio de las siguientes obligaciones:

a) Brindar el apoyo que se requiera para la ejecución del convenio, previo acuerdo de las partes.

b) Expedir los actos administrativos a que haya lugar para el cumplimiento de la función asignada.

ARTÍCULO TERCERO.- Corresponde al establecimiento público Jardín Botánico José Celestino Mutis, el ejercicio de las siguientes obligaciones:

a) Desarrollar el programa de arborización y ornamentación de la ciudad de Bogotá, teniendo en cuenta, en particular las especies nativas.

b) Desarrollar y mantener actualizado, el registro de inventario de las especies arbóreas presentes en el área urbana del distrito Capital de Bogotá.

c) Presentar informes semestrales a la Secretaría Distrital de Ambiente, sobre el cumplimiento de la función objeto de delegación.

Ver el Acuerdo del Jardín Botánico 02 de 2007

ARTÍCULO CUARTO.- El delegatario actuará, con todas las facultades inherentes a la delegación conferida mediante esta resolución.

ARTÍCULO QUINTO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los doce (12) días del mes de marzo de dos mil siete (2007).

MARTHA LILIANA PERDOMO RAMÍREZ

Secretaria Distrital de Ambiente

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3728 de marzo 22 de 2007.